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PRONTUARIO DE TÉRMINOS, PRÁCTICAS Y PROCEDIMIENTOS MÁS USADOS EN EL TRABAJO PARLAMENTARIO
Las leyes, decretos e iniciativas al Congreso de la Unión se comunicarán al titular del Poder Ejecutivo del Estado. Asimismo, se comunicarán los acuerdos y se solicitará su publicación cuando así lo estime conveniente el Congreso del Estado. Se entiende por: I. Ley: Toda resolución del Congreso del Estado que otorgue derechos e imponga obligaciones a la generalidad de las personas; II. Decreto: Toda resolución del Congreso del Estado que otorgue derechos e imponga obligaciones a determinadas personas; III. Acuerdo: Toda resolución del Congreso del Estado que por su naturaleza no requiera de sanción, promulgación y publicación, en su caso; salvo que éste estime conveniente su publicación; y IV. Iniciativas al Congreso de la Unión: Toda propuesta de reformas a la legislación de orden general o federal que se formulan de conformidad con la fracción III del artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 205. Todas las resoluciones del Congreso del Estado en materia electoral tendrán el carácter de decreto (Congreso del Estado de Guanajuato-lxiv Legislatura, 2020b, pp. 63-64).
Decreto de interpretación legislativa Definición Decreto: Del latín decrētum. 1. m. Decisión de un gobernante o de una autoridad, o de un tribunal o juez, sobre la materia o negocio en que tengan competencia (dle, 2020).
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