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diPutados. atribuciones, derechos, Prerrogativas y obligaciones diPutados. diálogo entre diPutado orador y otro

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LXIV LEGISLATURA CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO

D

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jurisdicciones, si no se separan definitivamente de sus cargos noventa días antes del día de la elección;

VI. No ser Ministro de algún culto religioso, y

VII. No estar comprendido en alguna de las incapacidades que señala el artículo 59 (Cámara de Diputados-lxiv Legislatura, 2020a, pp. 62-63).

Constitución Política para el Estado de Guanajuato

Artículo 45. Para ser Diputado se requiere:

I. Ser ciudadano guanajuatense en ejercicio de sus derechos;

II. Se Deroga; y,

III. Tener residencia en el Estado cuando menos de dos años anteriores a la fecha de la elección.

Los guanajuatenses que migren al extranjero tendrán derecho a que se les reconozca la residencia binacional, cuando así lo acrediten en los términos de la ley de la materia, pero en todo caso, para poder ser electos, deberán incorporarse al Estado por lo menos ciento ochenta días previos al de la elección (Congreso del Estado de Guanajuato-lxiv Legislatura, 2019c, pp. 30-31).

diPutados. atribuciones, derechos, Prerrogativas y obligaciones

Doctrina

Diputadas y Diputados electos en la forma y términos que establezca la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y la normativa en materia electoral, que guardarán la misma categoría e igualdad en derechos, obligaciones y garantías establecidas en la Constitución local, en la Ley Orgánica del Congreso del Estado de

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