1 minute read

votación calificada

LXIV LEGISLATURA CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO

V

Advertisement

(Congreso del Estado de Guanajuato-lxiv Legislatura, 2020b, p. 60).

Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 146. Habrá tres clases de votaciones: nominales, económicas y por cédula. Nunca podrá haber votaciones por aclamación (Cámara de Diputados-lxi Legislatura, 2010, p. 19).

votación calificada

Definición

Voto:

(…) manifestación del criterio y sentido formulado por el componente de una asamblea, junta o tribunal colegiado acerca de cuál ha de ser, a su juicio, la solución de la cuestión que ante los mismos haya sido objeto de debate (De Pina, 2004, p. 499).

Cualificado: Del participio de cualificar.

3. adj. Dicho de un trabajo: Que requiere formación especializada (dle, 2020).

Doctrina

Mayoría calificada es el resultado de la suma de diputados o votos que representan, cuando menos, las dos terceras partes de los presentes (sil, s.f.o).

Fundamento constitucional y legal Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato

Artículo 196. Todas las votaciones se decidirán por mayoría de votos de los presentes, salvo los casos en que se exija una mayoría calificada (Congreso del Estado de Guanajuato-lxiv Legislatura, 2020b, p. 62).

This article is from: