2 minute read

dictamen

Next Article
referencias

referencias

LXIV LEGISLATURA CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO

D

Advertisement

Fundamento constitucional y legal Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato

Artículo 278. La Dirección del Diario de los Debates y Archivo General, es el área encargada de implementar métodos y prácticas destinados a planear, dirigir y controlar la generación, circulación, organización, conservación, uso, clasificación, transferencia y destino de los documentos de archivo, así como la elaboración del Diario de los Debates y tendrá las siguientes atribuciones:

III. Elaboración del Diario de los Debates (Congreso del Estado de Guanajuato-lxiv Legislatura, 2020b, p. 85).

dictamen

Definición

Dictamen: Del latín dictāmen.

1. m. Opinión y juicio que se forma o emite sobre algo (dle, 2020).

I. Proviene esta palabra del latín dicere, dictare, acción de dictar, decir. De sus acepciones interesa destacar la de opinión y juicio que se emite sobre una cosa, así como opinión, consejo o juicio que en determinados asuntos debe oírse por los tribunales, corporaciones o autoridades.

II. En términos parlamentarios, el dictamen es una resolución acordada por la mayoría de los integrantes de algún comité o comisión de un parlamento o Congreso, con respecto a una iniciativa, asunto o petición sometida a su consideración por acuerdo de la Asamblea, la cual está sujeta a lecturas previas y

D

PRONTUARIO DE TÉRMINOS, PRÁCTICAS Y PROCEDIMIENTOS MÁS USADOS EN EL TRABAJO PARLAMENTARIO

a una posterior discusión y aprobación del Pleno de la Cámara respectiva debiendo contener, para ello, una parte expositiva de las razones en que se funde la resolución. Los dictámenes se deben emitir dentro de los plazos fijados por los reglamentos respectivos. Por lo general los legisladores que dictaminan, son los miembros de la comisión respectiva (Berlín Valenzuela, 1998, p. 251).

Doctrina

Los dictámenes son aquellos documentos en que se contiene la exposición de motivos que emiten las comisiones en el marco de sus respectivas competencias, referente a las iniciativas que le son turnadas, y que entrañan proyectos de ley, decreto o acuerdo, que se presentan a la mesa directiva, para que ésta, a su vez, la someta a consideración ante el Pleno del Congreso (Salazar Abaroa, 2005).

Los Dictámenes legislativos son documentos formulados en comisiones, por los cuales se propone al pleno una decisión sobre las iniciativas o proyectos turnados (…) Son los documentos preparados, discutidos y aprobados por la mayoría absoluta de los miembros de una comisión o comisiones y refleja la opinión sobre las iniciativas o proyectos de ley turnados por la Mesa Directiva (Garita Alonso, 2018, p. 160).

Fundamento constitucional y legal Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato

Artículo 171. Las Comisiones Legislativas a las que se turnen las iniciativas, rendirán su dictamen al Congreso del Estado o Diputación Permanente, por escrito. Los dictámenes deberán contener consideraciones claras y precisas del asunto a que se refieran, y concluir sometiendo a consideración del Pleno el proyecto de ley, decreto o acuerdo, según corresponda (Congreso del Estado de Guanajuato-lxiv Legislatura, 2020b, p. 55).

This article is from: