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consideraciones o considerandos constitución Política de los estados unidos

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LXIV LEGISLATURA CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO

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so, en los casos en que la presente ley no disponga determinado procedimiento; VIII. Previa su formulación por la Comisión de Administración, aprobar el proyecto de presupuesto anual del Poder Legislativo; IX. Suministrar, por conducto de la Secretaría de Servicios Administrativos y Financieros, los requerimientos indispensables para el funcionamiento del Congreso; X. Suministrar, por conducto de la dependencia de la Secretaría correspondiente, el apoyo profesional y técnico a la Mesa Directiva, Comisiones Legislativas y demás órganos técnicos, para el mejor desempeño de sus funciones; XI. Determinar los sistemas de estímulos y recompensas del personal del Congreso; XII. Designar y remover al titular de la Unidad de Enlace para el Acceso a la Información Pública; XIII. Designar a los auditores generales de la Entidad de Auditoría Superior del Estado, en los términos de la legislación respectiva; XIV. Efectuar el proceso de entrega-recepción, en los términos que dispongan los ordenamientos legales aplicables; XV. Signar convenios de colaboración o coordinación en asuntos de su competencia; y, XVI. Las demás que le confiera esta Ley (Congreso del Estado de Guanajuato-lxiv Legislatura, 2020b).

consideraciones o considerandos

Definición

Consideración: Del latín consideratio, -ōnis.

1. Aplicarla particular y determinadamente a algún asunto (dle, 2020).

Parl. Acto de un Pleno de la Cámara legislativa por el que, en un debate y votación de totalidad, decide si acepta o no la tramitación de una proposición de ley (dpej, 2020l).

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PRONTUARIO DE TÉRMINOS, PRÁCTICAS Y PROCEDIMIENTOS MÁS USADOS EN EL TRABAJO PARLAMENTARIO

Considerar: Del latín considerāre.

1. tr. Pensar sobre algo analizándolo con atención (dle, 2020).

Considerando:

Hist. y Proc. Cada uno de los fundamentos jurídicos de una sentencia o resolución (dpej, 2020q).

Nombre dado a cada uno de los párrafos de la parte de un fallo que contiene lamotivaciónde él. Cada uno de ellos comienza por las palabras: Considerando que... [En lenguaje forense francés se utilizan en este sentido las voces attendu y considérant, pero esta última se emplea particularmente en la redacción de las sentencias de la Corte de Apelación, del Consejo de Estado y del Tribunal de Conflictos].

Razonamiento jurídico que, en relación con los hechos, justifica jurídicamente la parte dispositiva de una resolución o de una disposición. Recibe este nombre, porque antiguamente era obligatorio que cada párrafo, separado y numerado, de tales razonamientos empezase con ese gerundio.

Cada una de las razones que apoyan o sirven de fundamento al texto de una ley o a una sentencia, auto, decreto o resolución. Recibe dicho nombre por ser ésta la palabra con que comienza (Enciclopedia Jurídica, 2020a).

El documento que contiene las críticas, juicios y/o reflexiones minuciosas sobre un tema específico (Rangel Hernández y Ceballos Lizama, s.f.).

Para la toma de contacto de la voz sobre Considerando de forma rápida y eficaz, y comenzar el estudio de Considerando en esta jurisdicción, puede acudir el lector a la explicación que, sobre Considerando, ofrece el Portal de Derecho argentino de la Enciclopedia Jurídica, a modo de verdadera síntesis y compendio de la legislación, jurisprudencia y/o doctrina argentina.

LXIV LEGISLATURA CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO

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Cada una de las razones esenciales que preceden y sirven de apoyo a un fallo o dictamen y empiezan con dicha palabra. Couture lo define como “gerundio utilizado en las sentencias para agrupar bajo ese rubro los motivos o razones de Derecho en que se funda la decisión”.

[También una] explicación y/o definición de Considerando que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: En la sentencia o decreto, cada uno de los motivos o argumentos sobre que se basa el fallo o resolución.

[Como una] Definición de considerando en el contexto del derecho administrativo público argentino: Masculino. Cada una de las razones esenciales que preceden y sirven de apoyo a un fallo o dictamen y empiezan con dicha palabra.

[Dicho también que] Segunda parte de un documento administrativo de carácter regulativo que se inicia con esta palabra y contiene la exposición de cada una de las razones esenciales y circunstancias que, por su relación con el asunto tratado, se han de considerar como fundamento y apoyo de lo que se dispone en una ley o sentencia, auto, decreto o resolución. (L13: 169). Cada considerando se inicia con letra mayúscula y concluye con punto final. (L13: 170). Considerando en inglés: whereas clause. Considerando en francés: considerant (Vega, 2014).

Fundamento constitucional y legal Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato

Artículo 88. Cuando se discuta un dictamen y se expresen votos particulares, se deberán formular de manera independiente al dictamen y lo comunicarán a la Presidencia de la Comisión, para el trámite parlamentario que señala la presente Ley.

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