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integración del congreso del estado

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I

PRONTUARIO DE TÉRMINOS, PRÁCTICAS Y PROCEDIMIENTOS MÁS USADOS EN EL TRABAJO PARLAMENTARIO

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IV. Formular y ejecutar programas de formación y capacitación de personal técnico en el desarrollo de la función legislativa;

V. Convocar a concursos de investigación;

VI. Tener a su cargo la Biblioteca para los fines del Congreso del Estado;

VII. Realizar los análisis que le encomienden las Comisiones Legislativas;

VIII. Coordinar las acciones y estudios que le asigne la Junta de Gobierno y Coordinación Política o el titular de la Secretaría General;

IX. Editar publicaciones;

X. Coordinar la compilación y difusión de las normas, decretos, acuerdos y disposiciones de observancia general;

XI. Dar a conocer a la ciudadanía a través de la página de internet del Congreso del Estado, las funciones del Poder Legislativo, las atribuciones de los Diputados y el proceso legislativo;

XII. Colaborar con el Centro de Estudios Parlamentarios, de conformidad con el Manual de Organización del mismo; y

XIII. Las demás que acuerde el Pleno, la Diputación Permanente o la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Congreso del Estado de Guanajuato-lxiv Legislatura, 2020b, pp. 79-80).

integración del congreso del estado

Definición

Es la forma en la que se compone el Congreso del Estado para su funcionamiento.

LXIV LEGISLATURA CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO

I

Integración: Del latín integratio, -ōnis.

1. f. Acción y efecto de integrar o integrarse (dle, 2020).

Integrar: Del latín integrāre.

1. tr. Dicho de diversas personas o cosas: constituir un todo (dle, 2020).

Congreso: Asamblea legislativa formada por representantes del pueblo elegidos por sufragio universal (dle, 2020).

Doctrina

De acuerdo con Montesquieu en su libro El Espíritu de las Leyes, la división de los poderes es una característica imperativa de un Estado que busca garantizar el equilibrio y evitar la tendencia hacia la tiranía. En este sentido, el Poder Legislativo juega un rol esencial en la consolidación del Estado democrático. El antecedente clásico del Poder Legislativo y su división en Cámara Alta y Cámara Baja data del Parlamento inglés: Cámara de los Lores y Cámara de los Comunes. La Cámara de los Lores no es un órgano representativo en el sentido democrático ni ejerce funciones de gobierno más bien funge como un conjunto de asesores que revisa los proyectos de la Cámara de los Comunes. En cuanto a la Cámara de los Comunes, con base en el Parliament Acts son quienes, en estricto, realizan las funciones de un Poder Legislativo al presentar propuestas de creación, reforma, abrogación o derogación de leyes y decidir en materia presupuestal (Menaut, 2010, pp. 119-121). A fin de garantizar la representación proporcional de la población, la Constitución mexicana establece la relación que debe existir entre población y número de diputadas o diputados que deben integrar los congresos locales. Una de las reformas más importantes en cuanto la integración del Congreso del Estado de Guanajuato fue la publicada en el año 2019 en materia de paridad de género, la cual garantiza que

I

PRONTUARIO DE TÉRMINOS, PRÁCTICAS Y PROCEDIMIENTOS MÁS USADOS EN EL TRABAJO PARLAMENTARIO

en el Poder Legislativo participarán 18 mujeres y 18 hombres como representantes populares.

Fundamento constitucional y legal Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 116. El poder público de los estados se dividirá, para su ejercicio, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el legislativo en un solo individuo.

II. El número de representantes en las legislaturas de los Estados será proporcional al de habitantes de cada uno; pero, en todo caso, no podrá ser menor de siete diputados en los Estados cuya población no llegue a 400 mil habitantes; de nueve, en aquellos cuya población exceda de este número y no llegue a 800 mil habitantes, y de 11 en los Estados cuya población sea superior a esta última cifra (Cámara de Diputados-lxiv Legislatura, 2020a, pp. 119-120).

Constitución Política para el Estado de Guanajuato

Artículo 37. El Poder Legislativo se deposita en una Asamblea denominada Congreso del Estado Libre y Soberano de Guanajuato (Congreso del Estado de Guanajuato-lxiv Legislatura, 2019c, p. 28).

Artículo 41. El Congreso del Estado de Guanajuato se compondrá de representantes populares electos en su totalidad cada tres años, mediante votación libre, directa y secreta. Por cada Diputado Propietario se elegirá un Suplente.

En la integración del Congreso del Estado de Guanajuato, esta Constitución y la ley electoral determinarán los mecanismos para cumplir con el principio de paridad de género. Artículo 42. El Congreso del Estado estará integrado por

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