LXIV LEGISLATURA CONGRESO DEL ESTADO DE GUANAJUATO
C
II. Una parte resolutiva, que deberá constar de los artículos o propuestas concretas que se sujetarán a la votación del Pleno; y III. La firma de quien o quienes lo promueven. El voto particular se turnará a la Presidencia de la Mesa Directiva para el trámite parlamentario que señala la presente Ley (pp. 29-30). Artículo 92. En las reuniones de las Comisiones Legislativas se aplicará, en lo conducente, el procedimiento de discusiones y votaciones de las sesiones ordinarias. El orden de los asuntos de las Comisiones Legislativas se sujetará, en lo conducente, al orden previsto en esta Ley para las sesiones ordinarias. Los asuntos generales que se presenten en reuniones de Comisión. En caso de contener alguna propuesta de acuerdo, éstas no serán sometidas a discusión ni votación, y se enlistarán en el orden del día de la siguiente reunión de Comisión. El orden del día de las Comisiones Legislativas Unidas no contendrá asuntos generales (p. 31). Artículo 95. La Secretaría de la Comisión Legislativa tendrá las siguientes atribuciones: (…) III. Recabar la votación de los asuntos que se discutan (p. 32).
Comité de transición Definición Comité: Del francés comité, y este del inglés committee.
105