Herramienta para incorporar el enfoque de derechos humanos, género e interseccionalidad en sentencias sobre violencia de género
BUENAS PRÁCTICAS Identificación de relaciones desiguales de poder de género materializadas en acciones de los sindicados En un caso de femicidio perpetrado contra una joven por su novio al enterarse de que ella estaba embarazada, un Tribunal de Sentencia Penal identificó que el móvil del delito fue el embarazo de la joven para eludir las obligaciones de paternidad. En toda su argumentación, las juzgadoras (es) visibilizaron las asimetrías de poder y la relación de control que existió entre el victimario y la víctima: “Se probó la relación desigual de poder entre el hombre y la víctima, pues él no permitía que su relación se hiciera pública, llegando él a la casa de ella en horas de la madrugada a la habitación de ella, ingresando a la casa subrepticiamente, ella le manifestaba su afecto con papeles con detalles minuciosos, él la celaba pero él mismo había sido infiel en la relación; cuando la llamaba ella dejaba lo que estaba haciendo ante la inseguridad que si no respondía inmediatamente ‘perdería la oportunidad’ de verlo, y, luego de enterarse del embarazo de la joven, la trataba más distante contestándole solo cuando él quería y ya no buscándola con tanta frecuencia, lo que la hacía a ella más vulnerable a sus requerimientos y estar dispuesta a acudir en cualquier momento que él se lo requiriera; existía una relación de pareja entre ambos, que de acuerdo a la víctima era un noviazgo, (…) de lo que resultó ella en estado de gestación; (…) al momento de ejecutar el acto femicida, el hombre lo hizo con alevosía y premeditación, pues se aseguró el resultado al haber citado a la víctima, quien con ilusión de verlo llegó al parque totalmente confiando en él, donde la esperaba con el arma de fuego con la que disparó en tres certeras oportunidades a la cabeza, (…) por lo que se concluye que efectivamente los hechos se califican como femicidio. (…) En relación al móvil del delito, quedó acreditado que se debió al embarazo de la víctima, por lo que el femicida decidió cegarle la vida para eludir su responsabilidad paterna”.
3.3 Estereotipos de género en el sistema de justicia Los estándares internacionales de derechos humanos han puesto un énfasis especial en la importancia de no utilizar prejuicios y estereotipos de género que discriminen a las mujeres por diversos motivos en las labores de investigación, persecución y sanción de casos de contra las mujeres. Ello implica sobre todo liberarse de una serie de ideas preconcebidas o prejuicios en los que las y los funcionarios judiciales pueden incurrir. La Recomendación General No. 19 del Comité CEDAW establece que las actitudes tradicionales que consideran a las mujeres como subordinadas o aquellas que le atribuyen funciones estereotipadas pueden llegar a justificar la violencia contra la mujer, como una forma de dominación113. Por otra parte, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece la obligación de los Estados de combatir estereotipos compuestos que discriminan a las mujeres por diversos motivos (artículo 6). La Recomendación General No. 33 del Comité CEDAW establece que la presencia de estereotipos y prejuicios de género en el sistema de justicia tiene consecuencias de gran alcance al impedir que las mujeres ejerzan su derecho de acceder a la justicia en condiciones de igualdad. También establece que los estereotipos de género pueden estar presentes en todas las fases de los procesos
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Comité CEDAW, Recomendación General No. 19: La violencia contra la mujer, 11º período de sesiones,1992, párr. 23. Disponible en:https://tbinternet.ohchr.org/_layouts/15/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=INT/CEDAW/GEC/3731&Lang=en
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