8.6. MARCO NORMATIVO O LEGAL 8.6.1. PLAN NACIONAL DE DESARROLLO (Gobieno Nacional , 2018-2022). •
Pacto por el emprendimiento, la formalización y la productividad “Turismo, el propósito que nos une”.
•
Pacto por la sostenibilidad “producir conservando y conservar produciendo”.
8.6.2. LEYES •
Ley 84 de 1984: por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Protección de los Animales y se crean unas contravenciones y se regula lo referente a su procedimiento y competencia. La presente ley contempla en el Artículo 1 que los animales tendrán en todo el territorio nacional especial protección contra el sufrimiento y el dolor, causados directa o indirectamente por el hombre. Teniendo en cuenta las disposiciones planteadas en el Artículo 2: de las cuales, se extraen para el proyecto las siguientes: o Promover la salud y el bienestar de los animales, asegurándoles higiene, sanidad y condiciones apropiadas de existencia; o Desarrollar medidas efectivas para la preservación de la fauna silvestre.
•
Ley 9 de 1989: por la cual se dictan normas sobre planes de desarrollo municipal, compraventa y expropiación de bienes y se dictan otras disposiciones. Como se contempla en el Artículo 6 de la presente ley los parques, zonas verdes, las vías públicas, no podrán ser encerrados en forma tal que priven a la ciudadanía de su uso, goce, disfrute visual y libre tránsito.
•
Ley 165 de 1994: por medio de la cual se aprueba el "Convenio sobre la Diversidad Biológica", hecho en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992. La presente ley contempla en los artículos 7 y 10 los lineamientos que se deben seguir para dar cumplimiento a la protección de la diversidad biológica. Artículo 7 Identificará los componentes de la diversidad biológica que sean importantes para su conservación y utilización sostenible; Procederá, mediante muestreo y otras técnicas, al seguimiento de los componentes de la diversidad