Artículo 42 Excepciones para el goce anual de vacaciones.- Cuando se trate de labores para las que sea difícil reemplazar al trabajador, el empleador podrá negar el goce de las vacaciones de un año, las cuales serán necesariamente gozadas en el año siguiente. Por otro lado, únicamente por acuerdo expreso de las partes, el trabajador podrá no gozar de las vacaciones de determinados períodos con el objetivo de acumularlas para su goce en períodos futuros. Artículo 43 Exclusión de las vacaciones.- El pago de las vacaciones no se considerará como parte de la materia gravada para el pago de las aportaciones a la seguridad social ni para el cálculo del impuesto a la renta del trabajador. CAPÍTULO VI. ADICIONALES
DE LA REMUNERACIÓN Y DE LAS REMUNERACIONES
PARÁGRAFO A.
DE LA REMUNERACIÓN
Artículo 44 Igualdad de remuneración.- A trabajo igual corresponde igual remuneración, es decir, sin discriminación en razón de edad, sexo, etnia, color de piel, origen social, idioma, religión, filiación política, posición económica, orientación sexual, estado de salud o discapacidad. No obstante, es legítima la diferencia de remuneración en virtud de la formación académica, de la experiencia o de la calidad de la ejecución del trabajo. Artículo 45 Remuneración.- Remuneración es el estipendio que paga el empleador al trabajador en virtud de la prestación de los servicios acordados en el contrato, sin perjuicio de lo establecido en este libro o en el contrato colectivo. La remuneración en sueldo se pactará tomando como base cierta unidad de tiempo, sin que sea mayor a un mes. La remuneración en participación se pactará tomando como base parte de los rendimientos netos del negocio del empleador. La remuneración es mixta cuando la remuneración se paga en sueldo y en participación. La remuneración a destajo se pactará fijando un valor por cada pieza, trozo, medida o unidad trabajada. En los contratos alternativos por obra o servicios determinados la remuneración podrá pactarse tomando como base cierta unidad de tiempo. Pero también podrá pactarse tomando en cuenta el avance del trabajo ejecutado, en el caso que el trabajo pueda entregarse en partes; y, en el caso que el trabajo solo pueda entregarse de manera completa, las partes pactarán la forma de pago.
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