Ley Orgánica de Creación de Oportunidades, Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal

Page 129

Sin perjuicio de lo anterior, en los títulos habilitantes de los prestadores de servicios de telecomunicaciones, se establecerán obligaciones acorde a los lineamientos establecidos en el Plan de Servicio Universal. Los prestadores de servicios de telecomunicaciones podrán realizar el pago de hasta un 50% de la contribución del 1% de los ingresos totales facturados y percibidos prevista en el artículo 92 de esta Ley, a través de la ejecución de obligaciones de hacer o la ejecución de planes o programas relacionadas con la prestación de servicios y ampliaciones de cobertura en zonas rurales, urbano marginales, zonas priorizadas, así como en áreas de especial interés para el Estado ecuatoriano que atiendan segmentos vulnerables de la población que consten en el Plan de Servicio Universal, previamente aprobadas por el ente rector de las telecomunicaciones y de la sociedad de la información. La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones será la encargada del control, verificación y fiscalización del cumplimiento de dichas obligaciones de hacer, conforme el reglamento y el procedimiento que emita para el efecto.” Artículo 215

Modifíquese el tercer inciso de la Disposición General Cuarta, por el siguiente:

“A partir de la entrada en vigencia de la Ley Orgánica De Creación De Oportunidades, Desarrollo Económico Y Sostenibilidad Fiscal, todos los promotores de proyectos viales urbanos y de desarrollo urbano y vivienda deberán prever obligatoriamente la construcción de ductos y cámaras para el soterramiento de las redes e infraestructura de telecomunicaciones, de conformidad con lo previsto en el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomías y Descentralización (COOTAD) y esta Ley. Las contraprestaciones que se cobren por el uso de los ductos y cámaras deberán guardar relación con la normativa que expida el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información en cumplimiento de los artículos 9 y 11 de esta Ley.” Artículo 216 Inclúyase después de la Disposición General Cuarta, la Disposición General Quinta, con el siguiente texto: “Quinta.- Las frecuencias del espectro radioeléctrico para uso temporal experimental, uso de emergencia, uso temporal eventual y uso para fines de carácter social o humanitario, que cumplan con los lineamientos del ente rector de telecomunicaciones, estarán exentos del pago de tarifas por asignación y uso del espectro radioeléctrico.” TÍTULO XIII. REFORMAS A LA LEY DE HIDROCARBUROS Artículo 217

Sustitúyase el artículo 2 por el siguiente:

“Art. 2.- El Estado explorará y/o explotará los yacimientos señalados en el artículo anterior, en forma directa a través de las Empresas Públicas de Hidrocarburos. De

128


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook

Articles inside

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

7min
pages 177-179

TÍTULO XXIX. REFORMAS AL CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍAS Y DESCENTRALIZACIÓN

2min
page 174

TÍTULO XXVIII. REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y USO GESTIÓN DEL SUELO

1min
page 173

ACUACULTURA Y PESCA

6min
pages 142-144

TÍTULO XIV. REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

9min
pages 134-138

TÍTULO XV. REFORMAS A LA LEY DE MINERÍA

6min
pages 139-141

TÍTULO XX. REFORMAS A LA LEY REFORMATORIA PARA LA EQUIDAD TRIBUTARIA DEL ECUADOR

1min
page 169

DEL PODER DEL MERCADO

1min
page 171

TÍTULO XIII. REFORMAS A LA LEY DE HIDROCARBUROS

10min
pages 129-133

TÍTULO XII. REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA DE TELECOMUNICACIONES

3min
pages 127-128

TÍTULO X. REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA PARA EL FOMENTO PRODUCTIVO, ATRACCIÓN DE INVERSIONES, GENERACIÓN DE EMPLEO, Y ESTABILIDAD Y EQUILIBRIO FISCAL

2min
page 125

TÍTULO IV. REFORMAS AL CÓDIGO TRIBUTARIO

28min
pages 107-120

LIBRO III. RÉGIMEN IMPOSITIVO VOLUNTARIO, ÚNICO Y TEMPORAL PARA LA REGULARIZACIÓN DE ACTIVOS EN EL EXTERIOR

12min
pages 82-86

CAPÍTULO X. DEL DESAHUCIO, DEL DESPIDO INTEMPESTIVO, DE LAS INDEMNIZACIONES POR CAUSAS JUSTAS Y DE LA LIQUIDACIÓN DEL NEGOCIO

2min
page 77

LIBRO II. DE LAS CONTRIBUCIONES TEMPORALES PARA EL IMPULSO ECONÓMICO POST COVID-19

6min
pages 79-81

CAPÍTULO VII. DE LOS MENORES, DEL EMBARAZO Y SUS CONDICIONES ASOCIADAS, DE LOS HIJOS Y DE LOS DIRIGENTES SINDICALES

6min
pages 70-72

CAPÍTULO IX. DE LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO ALTERNATIVO

5min
pages 74-76

CAPÍTULO VIII. DE LOS ARTESANOS Y DE LOS EMPRENDEDORES

2min
page 73

CAPÍTULO VI. DE LA REMUNERACIÓN Y DE LAS REMUNERACIONES ADICIONALES

4min
pages 68-69

LEGALES

51min
pages 17-38

a. ACERCA DE LA NECESIDAD DE UN RÉGIMEN LABORAL ESPECIAL Y ALTERNATIVO PARA LA CREACIÓN DE OPORTUNIDADES LABORALES

6min
pages 12-14

g. ALINEACIÓN CON EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

29min
pages 41-54

f. SOBRE EL CUMPLIMIENTO DEL PRINCIPIO DE UNIDAD DE MATERIA

4min
pages 39-40

CAPÍTULO V. DE LAS JORNADAS DE TRABAJO, DE LOS DESCANSOS Y DE LAS VACACIONES

9min
pages 64-67

SOBRE GRANDES PATRIMONIOS Y CIERTAS SOCIEDADES PARA IMPULSAR LA ECONOMÍA NACIONAL TRAS LA PANDEMIA DE COVID-19

2min
page 15

ACTIVOS EN EL EXTERIOR NO DECLARADOS

2min
page 16

ii. ESTRUCTURA DEL PROYECTO Y OBJETIVO DE LAS REFORMAS

2min
page 11
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.
Ley Orgánica de Creación de Oportunidades, Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal by LA HORA Ecuador - Issuu