• Texto Rubén Bustos Carlos •
L
uego de varias mesas de trabajo donde la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (Canacar) y asociaciones del sector, sensibilizaron a las autoridades sobre los desafíos para cumplir con el Complemento Carta Porte, que entraría en vigor el pasado 30 de septiembre, Raquel Buenrostro, jefa del Servicio de Administración Tributaria (SAT), confirmó la prórroga para que sea obligatorio a partir del 1 de diciembre del 2021. “El equipo de Canacar integrado por Rubén Hernández, Director de Asuntos Fiscales; Olimpia Hernández, Directora Jurídi-
ca y Pilar Hernández, Asesora Jurídica, liderados por Enrique González, Presidente Nacional y Refugio Muñoz, Vicepresidente, agradecemos la apertura de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y del SAT. Seguiremos buscando cómo implementarlo adecuadamente”, informó la Canacar tras el acuerdo. En dicho encuentro, Raquel Buenrostro Sánchez y el Subsecretario de Transportes de la SCT, Carlos Alfonso Morán Moguel, resolvieron con la Cámara los siguientes acuerdos: •Habrá prórroga hasta el 30 de noviembre de 2021. •A partir del 1 de diciembre del 2021 será obligatorio pero no sancionable. Se considera periodo de prueba hasta el 31 de diciembre. •A partir del 1 de enero de 2022 será también sancionable. •En este período se instalarán nuevamente mesas de trabajo para: Mesa Jurídica, Mesa Normativa y Mesa de Seguridad. •El SAT está en proceso del desarrollo de una aplicación móvil de manera gratuita para facilitar el cumplimiento de la Regla al pequeño transportista. Canacar, en su carácter de órgano que representa el interés general de todo el sector del autotransporte de carga, continuará participando en dichas Mesas y dará información al respecto sobre los avances alcanzados. El Complemento Carta Porte, que los transportistas deben implementar en su operación diaria, se trata de un requisito que fue publicado el 1 de mayo en la página del SAT y refiere que todos los CFDI´s que se utilicen en el transporte de mercancías deberán incluirlo. Requerimos un esquema más amigable Durante el DHL Transportation Forum 2021, Enrique González, entonces Presidente Na-
cional de Canacar y hoy Expresidente, explicó al respecto: “queremos esta regla, pero con un control más amigable y a los transportistas hacerles ver que es una regla necesaria para el control de los vehículos”. Precisó que un problema que se tiene en el transporte es que las mercancías que les roban, por la falta de facturación que existía, se legalizaban en cuanto las robaban, por eso, “el complemento que hoy existe del CFDI de traslado es para cerrar esa brecha de que las mercancías tengan un origen y procedencia legítimos”. Añadió, además: “creemos que la medida en esencia es buena, pero la problemática que nos topamos es que hay más de 520 modalidades únicamente de autotransporte de carga, más las otras modalidades (marítima, aérea y ferroviaria), por lo que teníamos la necesidad de realizar esas mesas de trabajo y buscar el cómo sí, para que no se convierta en un trámite más burocrático, porque ya es así el sistema de transporte en México”. De acuerdo con Enrique González, el objetivo de las autoridades con el complemento Carta Porte es controlar el contrabando y el traslado de mercancías de dudosa procedencia (robada o piratería), lo que también beneficia a la formalidad dentro del sector y de la industria en general. “Somos transversales en la industria, si existe la informalidad eso nos afecta de sobremanera a nosotros, por ello es muy importante que esta regla se lleve a cabo, pero tenemos que seguir, de hoy a la mesa de trabajo de noviembre, buscando cómo llevar a cabo las cuestiones; primeramente, que los oferentes y usuarios del transporte se sensibilicen de que esto llegó para quedarse y por otro lado que junto con la autoridad busquemos esquemas más amigables. No nos oponemos, pero necesitamos un sistema más amigable que es lo que trabajaremos en los próximos meses”, precisó González.
Cronología Carta Porte • 1 de mayo: publicación en página del SAT. • 3 de mayo: publicación del Décimo Primero Transitorio 1º RMRMF. Facilidad de uso opcional de 120 días. • 1 de junio: entrada en vigor del complemento y comienzo de uso opcional. • 3 de septiembre: otorgamiento de prórroga hasta el 30 de noviembre de 2021. • 21 de septiembre: El SAT hace oficial la prórroga. • 30 de septiembre: Fecha inicial en que entraría en vigor de forma obligatoria (se cancela). • 30 de noviembre: Fecha límite de la nueva prórroga. • 1 de diciembre: Entrada en vigor de forma obligatoria, pero no sancionable. Se considera periodo de prueba hasta el 31 de diciembre de 2021. • 1 de enero de 2022: A partir de esta fecha se considera además sancionable.
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indicador automotriz octubre 2021