Desbloqueando
oportunidades con los
Tratados de doble tributación La expansión de las operaciones comerciales ha experimentado un notable incremento debido a la globalización de los negocios, generando la necesidad imperante de abordar asuntos tributarios que trascienden fronteras.
multilateral o bilateral, pueden abordar diversos aspectos, como normativas interpretativas y estipulaciones relacionadas con distintos tipos de impuestos. Por lo general, se centran en el impuesto sobre la renta y el patrimonio.
En este escenario, los Tratados de doble tributación desempeñan una función esencial al determinar la manera en que los ingresos corporativos son gravados en diversas jurisdicciones. En el contexto colombiano, estos tratados han dejado una huella significativa en la tributación internacional para las empresas que participan en actividades comerciales a escala global.
Según el Ministerio de Hacienda de Colombia,
Se trata entonces de acuerdos internacionales que buscan evitar la doble tributación de las empresas que operan en dos o más países. Estos acuerdos, ya sean de carácter 38 Foco Empresarial
“Son instrumentos jurídicos internacionales suscritos entre dos Estados. Se incorporan al ordenamiento jurídico interno de cada uno de ellos y que tienen por finalidad eliminar o aminorar la doble tributación internacional que afecta o dificulta el intercambio de bienes y servicios y los movimientos de capitales, tecnologías y personas, beneficiando exclusivamente a las personas naturales o jurídicas, residentes o domiciliadas en alguno de los Estados Contratantes”.