erradicar el analfabetismo y articular acciones para completar la educación primaria de jóvenes y adultos. La característica principal del programa es la formación entre iguales, en la que los profesores de alfabetización son los propios presos, principalmente los que están en su último año de educación secundaria. También se celebraron conferencias y reuniones nacionales para promover el debate sobre el tema y consolidar la política en todo el país. La oferta educativa para jóvenes y adultos en situación de privación de libertad se ha garantizado a nivel de primaria y secundaria en todas las instituciones penales para adultos del país. Los cursos de formación profesional, implementados por el sistema educativo o por los servicios penitenciarios, se ofrecen ahora en casi todas las prisiones. También ha aumentado considerablemente la oferta de cursos de nivel superior a través de institutos de formación técnica y profesional o universidades. Según la Encuesta Estadística Nacional (Argentina, 2018), en cuanto a la escolaridad de los sujetos privados de libertad, en 2017, el 34% tenía primaria incompleta, el 34% primaria completa, el 21% secundaria incompleta, el 10% secundaria completa y el 2% educación superior. Sólo el 7% declaró no tener estudios. Al analizar el derecho de acceso a la educación, el 48% de la población penitenciaria del país participaba en algún tipo de actividad educativa: el 20% en educación primaria, el 15% en secundaria, el 1% en terciaria, el 2% en educación superior y el 10% en cursos de educación no formal.
La educación en las cárceles brasileñas Tal y como establece la Constitución de la República Federativa de Brasil aprobada en 1988, en su artículo 5, "todos son iguales ante la ley, sin distinción alguna, garantizando a los brasileños y a los extranjeros residentes en el país la inviolabilidad del derecho a la vida, a la libertad, a la igualdad, a la seguridad y a la propiedad". La organización políticoadministrativa de Brasil, según el artículo 18, comprende la Unión, los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, todos autónomos, en los términos de esta Constitución. Los derechos sociales, según el artículo 6°, son "la educación, la salud, la alimentación, el trabajo, la vivienda, el transporte, el ocio, la 107