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Experiencias de remisión a través del estudio

el sistema penitenciario del país. Al igual que en Brasil, las experiencias de formación para quienes trabajan directamente en el ámbito de la educación penitenciaria son muy limitadas. En Brasil están prohibidos los proyectos de formación entre iguales para los presos. En su legislación, la participación de los presos en el proceso educativo está prevista sólo para apoyar al profesional de la educación, asistiéndolo y no sustituyéndolo (Brasil, 2010). En otros países no hay reservas en este sentido. Incluso hay experiencias en desarrollo en Argentina y Uruguay.

Experiencias de remisión a través del estudio

Con el fin de fomentar la participación de los reclusos en experiencias educativas en el entorno penitenciario, los países han creado estrategias de remisión de penas mediante el estudio. En el caso de Argentina, según lo dispuesto en su Ley de Ejecución de la Pena (Ley Nº 26.695/2011, que reformula las cuestiones relativas a la educación previstas en la Ley Nº 24.660/1996), la remisión del tiempo de la pena tendrá lugar a partir de la finalización parcial de los niveles (escuelas primarias, secundarias, educación superior) y modalidades educativas (cursos de formación profesional o equivalentes). En Brasil, según la Ley Nº 12.433/2011, que prevé la remisión de parte del tiempo de ejecución de la pena por estudio o trabajo, el preso que cumple condena en régimen cerrado o semiabierto puede remitir por estudio parte del tiempo de ejecución de la pena. El tiempo se cuenta a razón de un día de condena por cada doce horas de estudio efectivo.

En Chile, según la Ley 19.856/2003, que crea un sistema de reinserción social de los condenados basado en la observación de la buena conducta, el beneficio de la reducción de la pena, a diferencia de otros países que contabilizan los días de estudio o trabajo, el preso tendrá derecho a una reducción del tiempo de su condena equivalente a dos meses por cada año de cumplimiento, si en su evaluación ha mostrado un comportamiento excepcional. Esta evaluación tiene en cuenta, además de su comportamiento en la unidad penitenciaria, su participación en actividades de estudio, trabajo y rehabilitación.

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