abogacía, #27, mayo 2023

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[ El notario responde ]

Tarcisio Sánchez Ulloa

¿Qué es una fundación? Este texto tiene como

objetivo principal responder a la cuestión que lo titula. Para ello el notario Tarcisio Sánchez Ulloa apunta aquellos elementos que distinguen a las fundaciones de otras instituciones de asistencia privada y de otros tipos de asociaciones.

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E

s común recibir en las notarías solicitudes para constituir fundaciones y, en ciertos casos, descubrir, luego de la asesoría notarial, que las personas pueden cumplir sus intereses y sus objetivos de forma óptima mediante la constitución de una asociación o una sociedad civil o, a veces, incluso, una sociedad mercantil. Esto debido a que, a pesar de que su finalidad es altruista o de auxilio, buscan designar de forma individual a los beneficiarios o, en su caso, recuperar algo de lo aportado a su proyecto, mientras que, en otros casos, no desean estar sujetos a control alguno por parte del Estado. Por eso resulta conveniente comprender la naturaleza, los alcances y la forma como opera este tipo de entes, para conocer si

realmente son el medio idóneo para cumplir con el objeto que se han propuesto los fundadores. Una fundación es una especie de institución de asistencia privada, de la que se desprenden algunos aspectos relevantes que la distinguen de otro tipo de personas morales (especialmente de las de carácter privado), entre los cuales destacan los siguientes: 1. Se trata de una persona moral, con personalidad jurídica y patrimonio propios, distintos y ajenos a los fundadores. 2. Su objetivo es realizar actos de asistencia social, sin propósito alguno de lucro, ya sea de manera transitoria o permanente. 3. En los actos de asistencia social que ejecuta no podrá designar individualmente a los beneficiarios.


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