EL CEBÚ • Septiembre - Octubre 2017
Sanidad
Nueva resolución de brucelosis bovina
Por: Adriana Cabra, Coordinadora Plan Sanitario y BPG’s Asocebú
E
l ICA, como responsable del estatus sanitario del país, emitió la Resolución 00007231 del 13 de junio de 2017, en la cual se establecen las medidas sanitarias para la prevención, control y erradicación de la brucelosis en las especies bovinas, bufalinas, ovinas, caprinas, porcinas y equinas en Colombia. A continuación, se enumeran los aspectos más importantes de la nueva resolución para que los ganaderos se informen de los cambios y puedan culminar sus procesos de certificación o recertificación con éxito. 1. Identificación de animales Se establece que para el ingreso al programa de brucelosis los animales del predio deben estar totalmente marcados con el dispositivo de identificación nacional DIN del programa Identifica. El plazo que estableció el ICA para implementar el sistema es hasta el 13 de junio de 2019, antes de esta fecha los ganaderos podrán certificarse o recertificarse con los métodos establecidos en la resolución anterior (hierro, chapeta, micro chip, etc). 2. Pruebas diagnósticas
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La nueva resolución establece que para el diagnóstico de brucelosis bovina en las especies susceptibles se emplearán las siguientes pruebas:
Especie
Pruebas tamiz
Pruebas confirmatorias
Bovinos
Rosa de bengala y Elisa indirecta
Fluorescencia polarizada, Elisa competitiva
Bufalinos
Rosa de bengala
Fluorescencia polarizada, Elisa competitiva
Ovina, caprina y porcina
Rosa de bengala
Elisa competitiva
Equina
Rosa de bengala
Fijación de complemento
Canina
Fijación de complemento
Los ganaderos deben tener en cuenta que en la nueva resolución uno de los requisitos para obtener el certificado es muestrear otras especies (ovinos, caprinos, equinos y caninos) a partir de los seis meses de edad. Estas muestras deben ser tomadas por un médico veterinario autorizado o un funcionario del Ica. El resultado obtenido tendrá una validez de 30 días calendario a partir de la toma de la muestra.