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Artículo Informativo Facturación Electrónica

Facturación electrónica

Artículo Informativo Facturación Electrónica

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Direcccion General de Impuestos Internos (DGII) para Unión de Farmacias

El director general de Impuestos Internos (DGII), Luis Valdez, anunció que a partir de 2023 será indispensable para los negocios emitir facturas con por lo que la entidad está abierta a escuchar propuestas y soluciones para hacer los ajustes necesarios al proyecto. En ese sentido, y con el interés de que nuestros asociados puedan conocer la propuesta de la entidad estatal, la DGII nos ha preparado un artículo en el que resumen los objetivos del proyecto. La facturación electrónica permite el intercambio de facturas entre emisores y receptores en documentos electrónicos con formato estándar, los cuales sirven como respaldo de las operaciones comerciales entre los contribuyentes. Posee el mismo efecto legal y validez que una factura en papel y ofrece mayor seguridad e integridad de la información. La facturación electrónica constituye un gran apoyo a la transparencia y digitalización de las administraciones tributarias, exhibiendo ventajas importantes en la operatividad y cumplimiento de los contribuyentes, como la exclusión de remisión de formatos de envíos, el ahorro en costes, en espacio y su contribución al cuidado por su impacto positivo al medio ambiente. Así como mejora en procesos administrativos a través del uso de nuevas tecnologías. La experiencia de los países que utilizan factura electrónica ha demostrado que su uso aventaja a las empresas que la utilizan; fomenta una sociedad justa con un ambiente de negocios más saludable, aportando a la formalización de la economía y la que contribuye a mejorar el cuidado del medio ambiente. Facturación electrónica es una realidad en la República Dominicana, lo que se traduce en el presente y porvenir de la Administración Tributaria. Anteproyecto de “Ley General de la Facturación Electrónica en la República Dominicana” La facturación electrónica se encuentra en un proceso de escalamiento y de elaboración de las regulaciones para su uso obligatorio en el país, y para ello, Impuestos Internos ha preparado el anteproyecto de Ley General de la Facturación Electrónica en la República

Dominicana, que tiene por objeto reglamentar la aplicación del sistema de facturación electrónica a nivel general, mediante el uso obligatorio de (e-CF), así como instaurar el sistema electrónica; sus características, resultados de optimización y contingencias, incentivos durante voluntariedad y otras facilidades. Uno de los aspectos más importantes de este anteproyecto es el otorgamiento de efectos jurídicos, validez y fuerza probatoria de la facturación electrónica y sus consecuentes representaciones También se regulan sus las modalidades de la facturación electrónica, las cuales podrán ser a través de un sistema desarrollado por el contribuyente, mediante un proveedor de servicio de mediante el facturador gratuito ofrecido por la DGII. En cuanto a la obligatoriedad, el anteproyecto dispone de un calendario de entrada diferenciado por tipos de contribuyentes, para que estos, una vez promulgada la ley, tengan tiempo de conocerla, educarse, adaptarse e implementarla. Se iniciará con los grandes contribuyentes nacionales, quienes tendrán un plazo de enero hasta diciembre 2023, los grandes locales y medianos, desde enero hasta diciembre 2024 y los pequeños, micro y El proyecto de ley contempla que a los contribuyentes que implementen la facturación electrónica en el período de voluntariedad, es decir, previo a su obligatoriedad según el calendario, se les otorgará un incentivo conforme a la ser imputado a obligaciones tributarias Se contempla también la liberación de realización de retenciones creadas por normas generales de la DGII, cuando ambas partes sean emisores electrónicos. Y además, la eliminación o liberación de la retención del impuesto sobre la renta sobre los pagos realizados por el Estado a proveedores que hayan sido autorizados como emisores electrónicos por la DGII. Sobre los formatos de envío de datos (606, 607), el proyecto de ley indica que quedan exceptuados de la remisión de información establecida en la Norma General núm. 07-18 sobre Remisión operaciones de ventas y de compras de los contribuyentes emisoresreceptores, sustentadas en e-CF válidos ante la DGII.

Los contribuyentes que se constituyan emisores estarán excluidos de lo dispuesto por el Decreto núm. 451-08 y la Norma General núm. 04-2014, sobre las Soluciones Fiscales.

Sistema Fiscal de Facturación Electrónica El Sistema Fiscal de Facturación Electrónica, administrado por la DGII, es mediante el cual se validan y acreditan todos los comprobantes país, que sirven de respaldo para

sustentar ingresos, gastos y créditos entre Impuestos Internos y los contribuyentes, garantizado por una capacidad tecnológica robusta, el procesamiento de los documentos emitidos y una respuesta en tiempo real.

El Facturador Gratuito consiste en una facilidad tecnológica gratuita proporcionada por DGII que permite emitir y recibir e-CF, conforme al Sistema Fiscal de Facturación Electrónica establecido en República Dominicana, para aquellos contribuyentes que deseen facturar electrónicamente, operando desde su computador con servicios de internet, principalmente a profesionales liberales, personas físicas y MIPYMES, que no posean Esta herramienta facilita el proceso de inclusión a facturación electrónica del contribuyente, ofrece seguridad e integridad de la información y los envíos electrónicos y/o entrega de representación impresa tienen validez y efectos legales. Con el Facturador Gratuito ahora la facturación electrónica es más fácil, más simple, más rápida.

Los emisores electrónicos han expresado comentarios positivos luego de la implementación de la facturación electrónica en sus empresas. Indican, por ejemplo, que esta modalidad de facturación vino para quedarse, el mundo va en dirección hacia la digitalización y no hay opción de regresar atrás. También destacaron que lo más importante es el ahorro de tiempo al emitir o preparar los formularios de envíos de datos que ya no son necesarios. Ahora los emisores electrónicos no tienen que remitir el 607.

La salud es la mayor posesión, la alegría es el mayor tesoro, la Lao Tzu. (Filósofo, 571 a.c.) * No era la voluntad de ganar, era la voluntad de prepararse para ganar lo que marcaba la diferencia. Anónimo.

Nunca desees borrar los malos momentos de tu vida, porque son los malos recuerdos los que te hacen apreciar los buenos, como dicen, «necesitas ambos, el sol y la lluvia, para hacer un arcoíris». Alexandra Potter. *

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