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La consulta popular, algunas reflexiones

Por José Luis Sánchez Cuatzitl

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“La consulta popular es el mecanismo de participación por el cual los ciudadanos ejercen su derecho a través del voto y mediante el cual expresan su opinión respecto de uno o varios temas de trascendencia nacional

(LFCP, 2020)”.

En el año 2012, se adicionaron como derechos de la ciudadanía, la iniciativa popular incluida en el artículo 35, fracción VII, y la consulta popular, enunciada en el mismo artículo, fracción VIII, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. La iniciativa popular tiene ver con el derecho de los ciudadanos para presentar iniciativas de ley y que estás sean sometidas a la valoración del Congreso de la Unión para su aprobación, modificación o rechazo, y si bien, una ley puede influir o tener impacto en la implementación de las políticas públicas, consideramos que su figura no resulta tan necesaria analizarla en el presente trabajo.

En cuanto a la consulta popular, esta consiste en un mecanismo que permite otorgar a los ciudadanos la oportunidad de opinar acerca de algún proyecto de política pública que sea relevante para el país. De acuerdo con el artículo 4, de la Ley Federal de Consulta Popular (vigente), señala: “La consulta popular es el mecanismo de participación por el cual los ciudadanos ejercen su derecho a través del voto y mediante el cual expresan su opinión respecto de uno o varios temas de trascendencia nacional (LFCP, 2020)”.

De igual forma, el artículo 5º del mismo marco normativo señala que: “el resultado de la misma es vinculante para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales”.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 12 de la citada ley: “Los ciudadanos en un número equivalente, al menos, al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, podrán realizar la petición de consulta popular”.

De acuerdo con lo anterior podemos resumir que, a nivel federal, la consulta popular, es una figura de participación ciudadana relativamente reciente, en tanto que, desde 2012 hasta 2018 sólo se realizaron dos consultas; una en 2015 y la otra en 2018 (Animal Político, 2017).

Y ha sido bajo la presidencia del Lic. Andrés Manuel López Obrador que, en el año 2019, se realizaron cuatro consultas, relativos a los temas de: la Termoeléctrica de Morelos, el Corredor Transístmico, el Proyecto “Aeropuerto mixto civil/militar base militar número 1 de Santa Lucia, y los Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicano. (HeraldodeMéxico.com, 2019).

Sin embargo, aún con lo anterior, la popularidad de las “consultas populares” continúa siendo baja, y quizás entre otros motivos, por los siguientes: Su reciente emergencia en el marco constitucional a nivel nacional; la disminuida credibilidad del gobierno frente a la ciudadanía, la cual tiene un antecedente que rebasa varios sexenios y sólo hasta la actual administración federal parece cambiar esa tendencia; la larga tradición política que asignó a la población mexicana una papel pasivo frente a las acciones del gobierno, y la falta de identidad entre los proyectos que se someten a consulta y las obras solicitadas por la población. Por tanto, saludamos de forma optimista que se estén dando avances a nivel del marco normativo federal para colocar al alcance de la ciudadanía mecanismos de participación ciudadana que se encaminen a fortalecer la democracia representativa y a transformarla en una democracia participativa, sin embargo, también creemos que, aunado a lo anterior, se debe mirar hacia la educación cívica para formar verdaderos ciudadanos que aprovechen esos mecanismos de participación y hagan sentir su opinión.

No se construye una sociedad más justa sólo con las mejores leyes sino con el conocimiento de las mismas por parte de la ciudadanía y su efectiva aplicación.

[José Luis Sánchez Cuazitl Director Jurídico del Tecnológico Nacional de México (TecNM). Cuenta con más de 10 años de experiencia en el área.

No se construye una sociedad más justa sólo con las mejores leyes sino con el conocimiento de las mismas por parte de la ciudadanía y su efectiva aplicación.

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