PLAN DE TRABAJO

Al iniciar una gestión, siempre debe conocerse la realidad donde nos encontramos para poder planificar y desarrollar actividades. Así, se tiene la posibilidad de identificar las fortalezas, limitaciones y oportunidades de cualquier organización pública o privada, para luego elaborar un esquema de alternativas posibles que permitan alcanzar los objetivos en un determinado periodo anual o multianual.
El Tribunal de Disciplina Policial, como órgano especializado del Ministerio del Interior y de decisión de última instancia administrativa del sistema disciplinario policial,al cumplir un rol esencial orientado a cautelar los bienes jurídicos de una importante institución como es la Policía Nacional del Perú (en adelante PNP), para garantizar el orden interno, el orden público y la seguridad ciudadana en nuestro país; resulta pertinente identificar su problemática y planificar las oportunidades de mejora.
En esa línea, el planeamiento es una herramienta de vital relevancia en la gestión pública, porque permite trazarnos de manera clara objetivos y qué debemos hacer para alcanzarlos. Por ende, mejora el nivel organizacional, funcional y operacional para la coordinación de estrategias, actividades y recursos que garanticen el éxito.
En tal sentido, es necesario contar con un instrumento de gestión que oriente el trabajo anual, estableciendo la visión, misión , objetivos, estrategias, ctividades y metas para disminuir
prioritariamente la carga laboral existente, determinando una meta mínima mensual de emisión de resoluciones por salas; fortaleciendo las competencias y habilidades de los operadores de justicia administrativa disciplinaria, mediante una capacitación continua. De igual manera, lograr mejoras en la infraestructura, logística y tecnológica, otorgando mayor confort y soporte a los colaboradores para el mejor desempeño de sus funciones; así como, fortalecer la gestión administrativa, posicionamiento e imagen del Tribunal de Disciplina Policial como órgano colegiado del sistema disciplinario policial.
Por lo que, en el marco del objetivo estratégico institucional N° 8 “Fortalecer la gestión institucional del Ministerio del Interior” y sus respectivas actividades estratégicas N° 8.1 “Procesos operativos y administrativos optimizados para el fortalecimiento institucional” y 8.4 “Servicio de sensibilización en temas de ética e integridad pública de personal civil y policial”, del Plan Operativo Institucional Anual 2023 del Ministerio del Interior aprobado mediante Resolución Ministerial N° 1956-2022-IN del 28 de diciembre del 2022; se ha formulado, el presente PLAN DE TRABAJO TDP-2023; para una gestión planificada y lograr una mayor eficiencia, celeridad, transparencia, garantía de los derechos de los administrados, confianza y seguridad jurídica; además, de las sinergias con los demás órganos del sistema disciplinario policial para una oportuna administración de justicia en el ámbito disciplinario policial.
Asimismo, el referido plan está en concordancia con lo señalado en el artículo 42 numeral 6 del Reglamento de la Ley N° 30714, Ley que regula el régimen disciplinario de la PNP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2020-IN, el cual establece como competencia funcional del Presidente, formular y aprobar cuando corresponda documentos de gestión y planeamiento del Tribunal de Disciplina Policial.
Finalmente, con la plena convicción de que se contará con el apoyo de todos los funcionarios, servidores y colaboradores del Tribunal de Disciplina Policial para lograr nuestros objetivos propuestos, agradezco a los colaboradores quienes han hecho posible la formulación de este importante y primer instrumento de gestión interna desde la creación del Tribunal de Disciplina Policial en el año 2012 mediante el Decreto Legislativo N° 1150; plan que por su naturaleza es flexible, perfectible y sujeto a modificaciones de acuerdo a las circunstancias, necesidades y propósitos del líder.
El Tribunal de Disciplina Policial (en adelante Tribunal) fue creado el 11 de diciembre del año 2012, mediante el Decreto Legislativo N° 1150, dentro de la estructu ra orgánica de la Inspectoría General del sector Interior, constituyéndose en la última instancia administrativa dentro del sistema disciplinario policial, resolviendo los procedimientos disciplinarios iniciados por infracciones muy graves.
Cada Sala estaba compuesta por tres (3) miembros titulares y tres (3) suplentes, que eran designados por Resolución Ministerial, por un período de tres (3) años. La función de miembro de Sala era a tiempo parcial y retribuida mediante dietas por asistir a un máximo de ocho sesiones por mes calendario, y en el caso que alguno de los miembros designados sea personal policial en situación de retiro, la percepción de esta dieta era compatible con la pensión y otros beneficios que le correspondían.
El 16 de diciembre del 2016, se promulgó el Decreto Legislativo N° 1268, estableciendo en su artículo 40 numeral 2) que el Tribunal es el órgano de decisión del sistema disciplinario policial a nivel nacional que resuelve en instancia única los procedimientos administrativos disciplinarios por la comisión de infracciones muy graves. Para el ejercicio de sus funciones contaba con autonomía técnica y funcional y cada Sala estaba compuesta por tres (3) vocales, designados por Resolución Ministerial, por un período de dos (2) años. Además, la citada norma estableció que la
función de miembro de Sala era a tiempo completo.
El 29 de diciembre del 2017, se promulgó la Ley N° 30714, Ley que regula el régimen disciplinario de la PNP, señalando en su artículo 41 que el Tribunal es la última instancia administrativa en el procedimiento disciplinario iniciado por infracciones muy graves, así como de las sanciones impuestas a Oficiales Generales y respecto de las investigaciones extraordinarias pertinentes. Para el ejercicio de sus funciones cuenta con autonomía técnica y funcional. Depende del Ministro del Interior.
El Tribunal tiene su sede principal en la capital de la República, pudiendo contar con salas descentralizadas a nivel nacional. El reglamento dispondrá las condiciones para la creación de salas, en función de la carga procesal.
resolución ministerial por un período de tres (3) años, debiendo ser integrada por al menos un Oficial General u Oficial Superior en situación de retiro de la PNP. La función de miembro de Sala es a tiempo completo.
El 12 de marzo del año 2020, se promulgó el Reglamento de la precitada Ley N° 30714 (aprobada mediante Decreto Supremo N° 003-2020-IN), señalando que el Tribunal es el órgano colegiado de decisión de última instancia administrativa del sistema disciplinario policial a nivel nacional que resuelve en segunda y definitiva instancia los procedimientos administrativos disciplinarios por la comisión de infracciones graves y muy graves sancionadas por las Inspectorías Descentralizadas o por el Inspector General de la PNP; así como, por la comisión de infracciones leves, graves y muy graves, ante el supuesto de concurso de infracciones, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley.
También es competente para resolver en segunda y definitiva instancia los procedimientos administrativos disciplinarios por la comisión de infracciones leves por parte de los Oficiales Generales. Depende orgánica y administrativamente del Ministro del Interior y tiene autonomía técnica y funcional en su condición de órgano disciplinario.
La acotada ley señala que cada Sala estará compuesta por tres (3) vocales, cuya designación y conformación se dispone por
Dentro los alcances de la normativa legal vigente, el Tribunal cuenta actualmente con cuatro salas, cada una compuesta por tres Vocales, uno de los cuales es Oficial Superior u Oficial General de la PNP en situación de retiro; la designación de éstos es mediante resolución ministerial y tienen la condición de funcionarios públicos de libre designación y remoción, de conformidad con el artículo 54.2 del acotado Reglamento; y en todo caso, su designación no puede excederse de los tres (3) años, debiendo permanecer en el cargo mientras se designa su reemplazo. Así, el Tribunal viene impartiendo justicia en materia disciplinaria policial, cautelando los bienes jurídicos de la PNP para el adecuado cumplimiento de su finalidad constitucional; su conformación se muestra a continuación:
Organigrama del Tribunal
Primera S ala
Presidente de sala
• Vocal 1
• Vocal 2
Segunda Sala Tercera Sala
Cuarta Sala
Presidente de sala Presidente de sala Presidente de sala
• Vocal 1
• Vocal 2
• Vocal 1
• Vocal 2
• Vocal 1
• Vocal 2
Técnica Secretaría Técnica Secretaría Técnica Secretaría Técnica
Asimismo, el Tribunal tiene como órgano máximo de deliberación a la Sala Plena, conformada por el presidente del Tribunal y los vocales de todas las salas. Sus acuerdos y precedentes de observancia obligatoria se publican en el portal institucional y en el diario oficial El Peruano.
A su vez, la Presidencia del Tribunal, tiene las funciones de representación ante los órganos, unidades orgánicas
e instancias del Sector Interior, personas naturales o jurídicas públicas o privadas, desarrollar acciones de coordinación entre los órganos del sistema disciplinario policial y las salas, evaluar los procedimientos operativos, la conducta funcional, idoneidad y desempeño de los vocales; formular, proponer y aprobar instrumentos de gestión y planeamiento; entre otras funciones y atribuciones establecidas en los artículos 42 y 43 del Reglamento de la Ley N° 30714.
La carga laboral del Tribunal se genera a partir de la realización de tres funciones principales:
Tramitación integral de expedientes administrativo-disciplinarios en el Tribunal en su condición de órgano de decisión de segunda y última instancia administrativa.
Atención de solicitudes de información de los administrados, órganos jurisdiccionales, Fiscalías, Procuraduría Pública, órganos policiales (Dirección de Recursos Humanos, Inspectoría y otras Unidades Policiales), entre otras; y
La tramitación integral de expedientes se inicia con el ingreso del expediente al sistema de trámite documentario digital (SITRADIG) del Ministerio del Interior, luego se deriva al Tribunal en el que previa calificación (material) de su naturaleza, es registrado en el sistema de gestión de expedientes (SGE) y distribuido de forma aleatoria a las salas, las cuales son los órganos colegiados que se encargan de la evaluación y análisis del expediente de acuerdo al protocolo de gestión de expedientes en Sala, emitiendo su decisión mediante la expedición de la resolución correspondiente. Las resoluciones se notifican a los administrados o defensas técnicas, luego se comunica a la Dirección de Recursos Humanos de la PNP para el registro y ejecución de la decisión; y, finalmente se procede con la devolución del expediente a la instancia de origen (IGPNP).
En lo que respecta a la emisión de resoluciones, en el Tribunal desde el año 2019, se aprecia una producción ascendente; así, se tiene que en el año 2019 se emitieron 1797, en el año 2020 fueron emitidas 2001 resoluciones, en el año 2021 se emitieron 1933 y en el año 2022 un total de 2,405 resoluciones; conforme se ilustra en el siguiente gráfico:
Gráfico N° 1: Emisión de Resoluciones por años (2019-2022)
Fuente: Área de Calificación y Estadística del Tribunal.
Si bien es cierto, el anterior gráfico nos muestra un crecimiento de la producción en la emisión de resoluciones; sin embargo, si tenemos en cuenta, por ejemplo, el número de expedientes que han ingresado al Tribunal en los dos últimos años 2021 y 2022, esto es 2627 y 2901 expedientes respectivamente; se puede inferir, que la producción de resoluciones es significativamente menor con relación a los expedientes ingresados, al
haber culminado los citados años con una carga pasiva de 694 y 496 expedientes (grafico N° 2), lo cual genera un impacto negativo de la labor que desempeña el Tribunal al tener expedientes acumulados en las salas sin resolver en un tiempo razonable, máxime si la Ley N° 30714 (art. 66 numeral 2 literal b) prevé que, en los procedimientos para infracciones muy graves, el Tribunal debe resolver en 35 días hábiles.
Gráfico N° 2: Ingreso de expedientes de los años 2021 y 2022
Fuente: Área de Calificación y Estadística del Tribunal.
Otro aspecto medular para tener en consideración es que en el Tribunal durante el año 2021 no se fijaron metas mínimas mensuales de producción (emisión de resoluciones) por Sala, dejando a discrecionalidad de cada una la emisión de resoluciones; tal es así, que en el mes de junio la Primera Sala emitió 40 resoluciones mientras que la tercera únicamente 32 resoluciones, en el mes de setiembre la Primera y Segunda Salas emitieron 45 resoluciones mientras que la tercera 20, en el mes de noviembre la Segunda Sala expidió 50 resoluciones y la Tercera Sala sólo 16 y en el mes de diciembre la Primera y Segunda salas emitieron 50 resoluciones mientras que la Tercera Sala emitió solo 26 (Tabla N° 1).
Fuente: Área de Calificación y Estadística del Tribunal.
En el año 2022, si bien se fijaron metas mínimas mensuales de producción estas fueron disímiles, de ahí que, en los meses de mayo, junio y julio la meta fue de 60 resoluciones la cual fue cumplida e incluso superada por una de las salas; es más, en los meses de octubre y noviembre no se fijaron metas dejando la producción nuevamente a discrecionalidad de las salas, lo que motivó que una de las salas emitiera 60 resoluciones mientras que otras expidieran únicamente 40 resoluciones (Tabla N° 2).
Tabla N° 2: Emisión de resoluciones por Sala del año 2022
Fuente: Área de Calificación y Estadística del Tribunal.
Es así, que a febrero del 2023 el Tribunal tiene expedientes administrativos pendientes de resolución con un tiempo de antigüedad mayor a un año, si tomamos como referencia el primer trimestre del año 2022, conforme se ilustra a continuación:
Fuente: Área de Calificación y Estadística del Tribunal.
En el Tribunal se aprecia que de un total de 2612 resoluciones emitidas entre enero de 2022 y enero de 2023, el 41.92% corresponden a resoluciones de nulidad; es decir, que las salas no resolvieron sobre el fondo del asunto, sino que declararon la nulidad de la resolución de decisión de primera instancia o de la resolución de inicio del procedimiento, emitidas por los órganos de investigación o decisión de la Inspectoría General de la PNP, motivando que los autos administrativos se retrotraigan hasta la etapa de inicio, investigación o de decisión, por vicios sustanciales insalvables, motivando que los expedientes sean devueltos a las instancias de origen, generando una mayor carga laboral y retraso en la potestad sancionadora.
Gráfico
(2021-2022)
Cabe indicar que entre los principales vicios identificados y que han justificado la emisión de resoluciones de nulidad por parte del Tribunal, son la incorrecta tipificación de las imputaciones en la resolución de inicio, ausencia de una debida motivación en la resolución de decisión, “errores in procedendo” (errores en el trámite) e incumplimiento de diligencias ordenadas por el Tribunal, ésta última inclusive motiva reiteradas nulidades generándose un círculo vicioso, lo cual redunda en el incremento de la carga laboral y el retraso injustificado de la potestad sancionadora; como se aprecia en grafico 5 relacionado a la cantidad ascendente de expedientes reingresados al Tribunal entre los años 2021 al 2022.
Teniendo en cuenta el historial de ingresos mensuales de expedientes correspondientes a los años 2021 y 2022, según el reporte emitido por el Sistema de Gestión de Expedientes del Tribunal, se estima que el promedio de ingreso mensual de expedientes al Tribunal para el año 2023 es de más de 200 expedientes (Gráfico N°6).
Gráfico N° 6: Proyección de ingreso de expedientes para el 2023
Fuente: Área de Calificación y Estadística del Tribunal.
El Tribunal al mes de febrero del 2023 cuenta con 63 colaboradores distribuidos en las unidades orgánicas que son las cuatro salas, conformadas por tres (3) funcionarios CAS que ejercen el cargo de vocales, uno de los cuales es Oficial Superior o General de la PNP en situación de retiro, designados mediante resolución ministerial a propuesta del Presidente del Tribunal. Los vocales mediante votación eligen a su Presidente de Sala por el periodo de un año. Además, cada Sala cuenta con una Secretaría Técnica que es la encargada de brindar el soporte técnico administrativo para la proyección de las resoluciones, citar a sesiones, disponer la realización de las notificaciones, entre otras funciones que se detallan en la Reglamento de la Ley N° 30714, Ley que regula el régimen disciplinario policial.
Asimismo, cada Sala cuenta con analistas legales, asistentes legales y asistentes administrativos asignados de acuerdo con su perfil profesional, expertis y tiempo de permanencia en el Tribunal; de tal manera, que las salas tengan el personal suficiente para el cumplimiento de sus funciones; conforme se muestra a continuación:
Fuente: Área de Logística del Tribunal.
Fuente:
Es el órgano responsable de la gestión administrativa y funcionamiento del Tribunal, entre sus funciones administrativas principales se destacan las siguientes:
La recepción, revisión, calificación formal e ingreso de expedientes al sistema de gestión digital de expedientes cuyo promedio de ingreso es de veinte (20) expedientes diarios.
La distribución de expedientes a Sala en forma aleatoria, manteniendo el orden de ingreso y en igual número a cada una de las salas.
La atención oportuna de los pedidos de información de los órganos jurisdiccionales, fiscalías y Procuradurías Públicas a nivel nacional, órganos policiales (DIRREHUM, IGPNP, entre otras), Congreso de la República y otras instituciones públicas.
Diligenciamiento de todas las notificaciones a nivel nacional de los informes orales, así como de las resoluciones que emiten las salas del Tribunal, previa elaboración y validación por las respectivas Secretarías Técnicas.
La tramitación de las resoluciones a la Dirección de Recursos Humanos de la PNP, para el registro y cumplimiento de las decisiones de las salas del Tribunal.
Efectuar las mejoras en la plataforma tecnológica para un mejor servicio de información del público usuario.
Realizar los requerimientos logísticos y tecnológicos.
La ordenación y archivo de la documentación activa y pasiva.
Otras tareas que son inherentes al funcionamiento del Tribunal como órgano de segunda y definitiva instancia administrativa del sistema disciplinario policial.
Para el cumplimiento de tales funciones al mes de febrero del 2023, la Presidencia del Tribunal cuenta con un (1) CAS Directivo, cuatro (4) colaboradores CAS y veintiún (21) locadores de servicios.
Tabla N° 6: Conformación de la Presidencia para el 2023
Fuente: Área de Logística del Tribunal.
Respecto a la carga administrativa del Tribunal, es pertinente resaltar que los requerimientos de información de parte de los administrados, órganos jurisdiccionales y Ministerio Público a nivel nacional, así
como, de la Procuraduría Pública, órganos de la Policía Nacional del Perú (DIRREHUM, IGPNP, entre otras) y otras entidades públicas en el año 2022 fue de 8 613 requerimientos que fueron atendidos.
Gráfico N° 7: Proyección de ingreso de expedientes para el 2023
Fuente: Área de Calificación y Estadística del Tribunal.
En cuanto al diligenciamiento de notificaciones, en el año 2022 se realizaron un total de 5744 notificaciones a los administrados y/o defensas técnicas a nivel nacional.
Gráfico N° 8: Diligenciamiento de notificaciones año
Fuente: Área de Calificación y Estadística del Tribunal.
Tabla N° 7: Tabla de presupuesto por personal al febrero
Para estandarizar y formalizar las actividades administrativas a cargo de la Presidencia, es necesario contar con un protocolo para el trámite de expedientes, atención de requerimientos y otros conexos a las funciones.
Ahora bien, la contratación de la cantidad de personal de las cuatro salas y Presidencia del Tribunal al mes de febrero 2023, irroga una inversión presupuestal total mensual de S/ 613,000.00.
Fuente: Área de Logística del Tribunal
La sede del Tribunal de Disciplina Policial se encuentra ubicada en la Calle Ruiseñores Este 470, distrito de San Isidro, desde septiembre del año 2017. El inmueble tiene un área de 676 m2 que consta de tres (3) pisos.
Primer Piso: área de recepción, sala de audiencias, despacho de vocales y equipo legal de la Segunda Sala, despacho de vocales de la Cuarta Sala, cocina y tres (03) servicios higiénicos.
Segundo Piso: despacho de vocales y equipo legal de la Tercera Sala, despacho de vocales y equipo legal de la Primera Sala, equipo legal y administrativo de la Cuarta Sala, dos (02) servicios higiénicos y cuarto de mantenimiento de electricidad.
Tercer Piso: despacho de presidencia, oficina de secretaría de la presidencia del Tribunal, equipo legal de la Cuarta Sala, área de calificación, archivo, área de coordinación, área de notificaciones, atención de requerimientos y dos (02) servicios higiénicos.
Hasta el 30 de abril del año 2018, el Tribunal contaba con solo tres (3) salas, siendo creada mediante Resolución Ministerial N° 006-2018-IN la cuarta sala del Tribunal, iniciando funciones a partir del abril del 2018, por lo que se tuvo que reestructurar los ambientes del Tribunal y en la actualidad los que se disponen no están acorde a la cantidad de personal que labora en el Tribunal, ello ha presentado en más de una oportunidad la observación correspondiente de parte de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional del Ministerio del Interior.
Adicional a ello, se han advertido una serie de observaciones, las mismas que se señalan a continuación:
• Existen ambientes con poca ventilación.
• Existe un déficit de estacionamientos de vehículos para los trabajadores del Tribunal.
• El mobiliario asignado impide una mayor efectividad en el uso del espacio.
• Los ductos del sistema del aire acondicionado se encuentran inoperativos.
• Faltan puntos de iluminación en diversos ambientes del Tribunal.
• Existe un equipo de abogados de la Cuarta Sala que no cuenta con un espacio adecuado para el desarrollo de sus funciones.
Resulta importante resaltar que el Tribunal mantiene una deuda de S/ 110,000.00 por concepto de alquiler de local (sede) correspondiente a los meses de abril a julio del 2022; toda vez que la anterior gestión dispuso de dicho monto modificando su partida presupuestal para otros gastos.
El Tribunal de acuerdo con el registro patrimonial cuenta con sesenta y un (61) equipos de cómputo completos y tres (3) laptops asignadas.
De los bienes antes mencionados y de acuerdo con un informe emitido por la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, en el cual se analiza el estado de los equipos de cómputo de todas las áreas del Ministerio del Interior, treinta y un (31) equipos asignados al Tribunal se encuentran obsoletos y con necesidad de ser renovados.
Es importante mencionar que existe un déficit de los siguientes bienes:
• 17 sillas de escritorio
• Luminaria de los ambientes del primer piso ( 14 fluorescentes, 20 focos led y 12 paneles).
• 12 escritorios para las cuatro salas
• 08 chapas de escritorio.
• 07 chapas de puertas de oficinas
• 17 tachos de basura (ambientes de oficina y servicios higiénicos)
En cuanto a conectividad, el tribunal solo cuenta con tres (03) equipos de cómputo con cableado a conexión de internet, el resto de equipos tienen conexión inalámbrica Wi-fi, lo cual supone un reto porque la sobrecarga de red genera caídas frecuentes de conexión que afectan directamente a actividades importantes tales como:
• Informes orales
• Despachos del colegiado con los abogados proyectistas
• Atención virtual de administrados
• Descarga de expedientes digitales
• Búsqueda y descarga de normativa, doctrina y jurisprudencia
• Sistematización de información
La Presidencia es el órgano de gestión del Tribunal encargado de la planificación, organización, dirección y supervisión de las actividades administrativas y técnicas; siendo una de las funciones de la Presidencia distribuir los expedientes ingresados al Tribunal, calificar su naturaleza y asignarlos a las salas correspondientes y una vez concluidos devolverlos a la instancia de origen de la Inspectoría General de la PNP.
Un punto importante dentro de este ítem es la necesidad de contar con un Reglamento Interno, una herramienta de gestión normativa que permita estandarizar los procedimientos y trámites de expedientes una vez ingresados al Tribunal y asignados a las salas; así como de los documentos conexos.
Al respecto, el artículo 43 numeral 7 del Reglamento de la Ley 30714, Ley que regula el régimen disciplinario de la PNP señala como atribución de la Presidencia aprobar el reglamento interno del Tribunal; así como otros documentos de gestión interna. En esa línea, se hace necesario elaborar y aprobar a la brevedad posible dicho reglamento. De igual manera, un protocolo de gestión administrativa de los expedientes y documentos a nivel de Presidencia.
El presupuesto es una herramienta importante que brinda al Tribunal un panorama financiero actualizado que facilita la toma de decisiones para alcanzar sus objetivos y metas en un plazo determinado.
En los últimos tres años, el presupuesto ejecutado del Tribunal ha tenido una tendencia ascendente, así en el año 2019 fue de S/ 5,920,235.00, en el 2020 ascendió a S/ 6,813,520.00, en el 2021 a S/ 7,115,144.00 y en el 2022 a S/ 7,855,433.46, como se ilustra a continuación:
Gráfico N° 9: Gráfico de presupuesto ejecutado de 2019 a 2022
2022
2021 2020 2019
Fuente: Área de Calificación y Estadística del Tribunal.
Para el año 2023, se ha aprobado un techo presupuestal de S/ 6,962,565.00 (seis millones novecientos sesenta y dos quinientos sesenta y cinco mil soles) para las partidas presupuestales, tales como: pago de servidores CAS, locación de servicios, pago de alquiler de inmueble y útiles de oficina para el cumplimiento de las funciones del Tribunal, entre otras que se detallan a continuación:
Tabla N° 8: Partidas presupuestales para el año 2023
Debido a la carga laboral existente, la asignación presupuestal para el año 2023 resulta insuficiente; toda vez que se requiere incrementar el número de abogados a razón de dos (02) por Sala a fin de que puedan cumplir con las metas mínimas mensuales de producción (emisión de resoluciones) a establecerse de acuerdo a los objetivos de la gestión.
Asimismo, para poder atender otras necesidades, tales como:
S/. 12, 000
Clasificador 2.3.1.5.1.1
Repuestos y accesorios:
Monto que permitiría atender los requerimientos de adquisición de kits de mantenimiento de las impresoras láser; así como la compra de repuestos para las dos impresoras que en la actualidad se encuentran inoperativas.
S/. 79, 000
Clasificador 2.3.2 9.11
De Edificios:
Monto que permitirá cumplir con las obligaciones pendientes - pago de alquiler, reconocimiento de deuda del período abril - julio 2022.
S/. 1, 203, 600
Clasificador 2.3.2 9.11
Locación de servicios realizados por personas:
Monto que permitirá cumplir con la continuación de la contratación de locadores de servicio durante todo el año 2023.
En consecuencia, el monto de la demanda adicional presupuestal ascendería a la suma de S/ 1,294,600.00, a fin de que el Tribunal pueda cumplir con los objetivos y metas para el 2023.
Ser el órgano decisorio del sistema disciplinario policial reconocido por su eficiencia, prestigio y
Impartir justicia y garantizar los derechos del personal policial en los procedimientos administrativos disciplinarios, salvaguardando la disciplina, el servicio, la ética y la imagen institucional, para el cumplimiento de la función
Impartir justicia en segunda y definitiva instancia administrativa por infracciones muy graves, graves y leves, mediante la emisión de pronunciamientos debidamente motivados, garantizando los derechos del personal policial, otorgando predictibilidad y seguridad jurídica en el marco del régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú.
Objetivo 1: Disminuir la carga laboral.
Objetivo 2: Fortalecer las competencias y habilidades de los operadores de justicia administrativa disciplinaria del Tribunal.
Objetivo 3: Mejorar la capacidad logística, tecnológica e infraestructura del Tribunal.
Objetivo 4: Fortalecer la gestión administrativa e imagen del Tribunal.
OBJETIVO ESPECÍFICO 1: DISMINUIR LA CARGA LABORAL DE LAS SALAS DEL TRIBUNAL
Acción estratégica 1: Incrementando la meta mensual mínima de emisión de resoluciones por Sala.
Atendiendo a la carga laboral existente, el incremento de personal necesario a las salas para otorgar mayor capacidad para el cumplimiento de sus funciones y teniendo como propósito que los expedientes ingresados en el año 2022 al Tribunal sean resueltos en un plazo no mayor a siete meses (setiembre 2023); en ese sentido, la cuota de producción mínima de cada Sala será de setenta (70) resoluciones a partir del mes de marzo del 2023.
De los cuales, el 90% (63 expedientes) de la producción mínima mensual deberá corresponder indefectiblemente a los expedientes ingresados en el año 2022 y el 10% (7 expedientes) al año 2023, cuando estos sean medidas preventivas u otros que por su naturaleza y urgencia deban ser resueltos.
De igual manera, no serán computables para la mínima mensual las resoluciones de rectificación que puedan emitir las salas. En caso no se presenten estos últimos supuestos la meta mínima mensual establecida para cada Sala debe ser setenta (70) resoluciones.
Así en el gráfico Nº 8, se aprecia que al cierre del mes de febrero del 2023 se cuenta con 1770 expedientes pendientes de atención que tienen fecha de ingreso del año 2022; siendo así, con la meta mensual mínima antes señalada (63 resoluciones de expedientes del 2022), la proyección es finalizar con carga cero del citado año al mes de setiembre 2023.
Gráfico N° 10: Proyección de resolución de expedientes ingresados en el año 2022
Acción estratégica 2: Otorgando mayor celeridad, simplificación y concisión en la emisión de resoluciones de acuerdo con el protocolo de gestión de expedientes en Sala y un nuevo formato estándar de resoluciones.
Para uniformizar las resoluciones que emite el Tribunal, se elaborará y aprobará un formato único de resolución tanto para el expediente principal como para las medidas preventivas, privilegiando el análisis y sustentación del vocal ponente, de acuerdo al protocolo de gestión de expedientes en Sala; cada Sala podrá implementar acciones de mejora para lograr mayor celeridad en las decisiones del colegiado.
Acción estratégica 3: Formulando iniciativas legislativas para modificar la Ley y el reglamento del Régimen Disciplinario Policial, especialmente en lo relacionado a la Tabla de Infracciones.
El Tribunal, la Inspectoría General de la PNP y la Oficina de Asuntos Internos vienen realizando reuniones de trabajo a fin de revisar los contenidos normativos de la Ley N° 30714 y su Reglamento. Como parte de este trabajo, se
ha desarrollado una propuesta de modificación de la Tabla de Infracciones y Sanciones, buscando que sólo aquellos casos donde se presenten conductas que atenten muy gravemente los bienes jurídicos protegidos por el régimen disciplinario policial sean elevados a esta instancia, permitiendo que conductas menos lesivas sean rápidamente investigados y sancionados por el superior jerárquico inmediato; esto es, cuando se trate de infracciones leves siendo estas las de mayor recurrencia en el cumplimiento de la función policial.
De igual manera, con las iniciativas legislativas se busca efectuar una mejor graduación de las infracciones y sanciones particularmente las vinculadas a la violencia contra la mujer y el grupo familiar, y conducción de vehículos en estado de ebriedad; de tal manera, que estas estén establecidas de acuerdo a los principios rectores de la potestad administrativa disciplinaria de proporcionalidad y razonabilidad; así como al nivel de lesividad de los bienes jurídicos protegidos (servicios, disciplina, ética e identidad).
Acción estratégica 4: Capacitando a los operadores del Sistema Disciplinario Policial para fortalecer la calidad de las resoluciones administrativas en primera instancia, mediante el empleo de un protocolo para la tipificación de las infracciones.
Se ha conformado una Comisión Especial para la elaboración de un protocolo de tipificación de infracciones y debida motivación de resoluciones de primera instancia, con el fin de que en forma didáctica los operadores de los órganos disciplinarios de la Inspectoría General de la PNP reconozcan los componentes de las infracciones más recurrentes en la praxis policial, así como de los elementos probatorios necesarios para la determinación de una posible sanción.
es su aporte a la gestión del Tribunal. Esta evaluación se realizará periódicamente a todo nivel: vocales, secretarios técnicos, abogados proyectistas y administrativos; cuyos resultados serán tomados en cuenta para la continuidad en el cargo.
OBJETIVO ESPECÍFICO 2: FORTALECER LAS COMPETENCIAS Y HABILIDADES DE LOS OPERADORES DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DISCIPLINARIA DEL TRIBUNAL
Acción estratégica 5: Desarrollando diplomados y cursos de capacitación y actualización afines a la función que desempeña el Tribunal.
Capacitar a los miembros del Tribunal en materias de derechos administrativo sancionador, nulidad de actos administrativos, motivación de resoluciones, argumentación jurídica y jurisprudencial, redacción jurídica, entre otros temas afines a las funciones de la potestad sancionadora.
Acción estratégica 6: Evaluando periódicamente el desempeño profesional de los operadores de justicia administrativa disciplinaria del Tribunal.
La evaluación del personal sirve para identificar las cualidades y habilidades de los trabajadores y cuál
OBJETIVO ESPECÍFICO 3: MEJORAR LA CAPACIDAD LOGÍSTICA, TECNOLÓGICA E INFRAESTRUCTURA DEL TRIBUNAL
Acción estratégica 7: Gestionando el potenciamiento de la banda ancha para optimizar la conexión a internet en la sede del Tribunal.
En coordinación con la Oficina General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio del Interior, se gestionará el cableado para conexión a internet que permitirá mejorar la conectividad y red en los equipos asignados al Tribunal para asegurar un desarrollo continuo de las actividades principales, tales como los informes orales, despachos y actividades propias de las salas y órganos administrativos del Tribunal.
Acción estratégica 8: Identificando las necesidades y requerimientos de información.
Las necesidades tecnológicas identificadas son el potenciamiento de la página Web para un mejor posicionamiento como órgano colegiado de segunda y última instancia administrativa y promover la imagen del Tribunal, mejorar los sistemas de gestión de expedientes y de notificación para hacer más efectiva la labor de los colaboradores, y la reducción de información para el formulario de consulta de expedientes para agilizar el proceso de búsqueda de los usuarios. Estas propuestas tecnológicas permitirán una mejor administración de recursos y realzar la imagen del Tribunal.
Acción estratégica 9: Gestionando la asignación de equipos de alta tecnología.
El Tribunal cuenta con equipos informáticos obsoletos que requieren ser renovados. Para tal efecto, en coordinación con la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, se gestionará la adquisición de 30 nuevos equipos de alta tecnología (All in one), herramientas necesarias para el desarrollo de las funciones del Tribunal.
Acción estratégica 10: Promoviendo mejoras en la infraestructura mobiliaria del Tribunal.
Advirtiéndose que existen limitaciones de espacio y confort para el desarrollo de las actividades de los colaboradores, se tiene previsto hacer una reestructuración mobiliaria de las salas y oficinas de la Presidencia, observándose las reglas de seguridad, salubridad y aforo.
cautelar los bienes jurídicos de la PNP; y tener un mejor posicionamiento e imagen.
Acción estratégica 12: Aprobando el Reglamento Interno del Tribunal para lograr una mejor organización y gestión.
El Tribunal no cuenta con un reglamento interno. Si buscamos mejorar la capacidad y calidad de la gestión, resulta imprescindible contar con una herramienta normativa que ayude a la toma de decisiones y a la administración general del Tribunal. En ese sentido, el reglamento interno contendrá las disposiciones respecto al flujo de los expedientes en esta instancia, el análisis de los casos a través de la ponencia por parte de los vocales correspondientes, los equipos de trabajo conformado por los abogados proyectistas, las funciones en detalle de las Secretarías Técnicas, lo concerniente al desarrollo de las audiencias y sesiones virtuales, entre otros aspectos.
OBJETIVO ESPECÍFICO 4:
FORTALECER LA GESTIÓN ADMINISTRATIVA E IMAGEN DEL TRIBUNAL.
Acción estratégica 11: Desarrollando conferencias y charlas para difundir el rol del Tribunal en las unidades policiales que registran mayores índices de infracciones, en las escuelas de formación policial, de posgrado y otras.
El Tribunal promoverá y participará en eventos que tengan como público objetivo a los integrantes de los órganos disciplinarios, escuelas de formación policial, escuelas de posgrado y otras unidades de la PNP, a fin de dar a conocer el rol que cumple el Tribunal para
Acción estratégica 13: Aprobando un protocolo de gestión administrativa de expedientes y documentos conexos.
La Presidencia del Tribunal tiene entre otras funciones la recepción, verificación, calificación material, registro y distribución de expedientes a las salas correspondientes; así como, para las diligencias de notificación, devolución de expedientes, atención de pedidos de información, entre otras. Sin embargo, no se cuenta con un protocolo o guía metodológica operativa que permita estandarizar y formalizar criterios para dichas actividades; por tanto, se hace necesario la formulación y aprobación de un protocolo ad hoc a dichas actividades.
Acción estratégica 14: Aprobando el distintivo de los vocales del Tribunal (medalla y cinta) como símbolo de identificación y representatividad.
Actualmente, los vocales del Tribunal no cuentan con signos distintivos que permitan su identificación y representatividad, pese a la trascendencia de las funciones que cumplen en la administración de justicia disciplinaria, para cautelar los bienes jurídicos de una importante institución como es la P. En tal sentido, es necesario instituir y aprobar un signo distintivo (medalla y cinta) que identifique y represente a sus miembros (vocales), en eventos oficiales y solemnes como la Sala Plena, informes orales y otros actos protocolares. El uso de los distintivos.
Acción estratégica 15: Promoviendo la creación y publicación de una revista digital.
Mediante una revista digital se publicará las actividades principales (académicas, salas plenas, deportivas, bienestar, etc.) y artículos sobre temas vinculados a su función desarrollados durante el año 2023.
AE1: Incrementando la meta mensual mínima de emisión de resoluciones por Sala.
AE2: Otorgando mayor celeridad, simplificación y concisión en la emisión de resoluciones de acuerdo con el protocolo de gestión de expedientes en Sala y un nuevo formato estándar de resoluciones.
Emisiones de Resoluciones 70 Resoluciones
Resoluciones emitadas en formato estándar 100% Resoluciones
0.E.1: Disminuir la carga laboral de las Salas del Tribunal
AE3: Formulando iniciativas legislativas para modificar la Ley y el reglamento del Régimen Disciplinario Policial, especialmente en lo relacionado a la Tabla de Infracciones.
Aprobación de las iniciativas por la Comisión Técnica TDP - PNP
Proyecto de iniciativas
Acta de aprobación de las iniciativas por la Comisión Técnica TDP - PNP
Impartir justicia en segunda y definitiva instancia administrativa por infracciones muy graves, graves y leves, mediante la emisión de pronunciamientos debidamente motivados, garantizando los derechos del personal policial, otorgando predictibilidad y seguridad jurídica en el marco del régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú.
0.E.2: Fortalecer las competencias y habildades de los operadores de justicia administrativa disciplinaria del Tribunal
AE4: Capacitando a los operadores del Sistema Disciplinario Policial para fortalecer la calidad de las resoluciones administrativas en primera instancia, mediante el empleo de un protocolo para la tipificación de las infracciones.
AE5: Desarrollando diplomados y cursos de capacitación y actualización afines a la función que desempeña el Tribunal.
AE6: Evaluando periódicamente el desempeño profesional de los operadores de justicia administrativa disciplinaria del Tribunal.
AE7: Gestionando el potenciamiento de la banda ancha para optimizar la conexión a internet en la sede del Tribunal.
Aprobación del protocolo 1 Acta de Aprobación del protocolo
Talleres de capacitación 3 Taller
Curso de capacitación
Informe de evaluación
4 Curso X
O.E.3: Mejorar la capacidad logística, tecnológica e infraestructura del Tribunal
AE8: Identificando las necesidades y requerimientos de información.
AE9: Gestionando la asignación de equipos de alta tecnología.
AE10: Promoviendo mejoras en la infraestructura mobiliaria del Tribunal.
AE11: Desarrollando conferencias y charlas para difundir el rol del Tribunal en las unidades policiales que registran mayores índices de infracciones, en las escuelas de formación policial, de posgrado y otras.
Infome técnico favorable
Innovaciones tecnológicas
3 Informe de frecuencia
Remisión de informe técnico
Remisión de informe técnico
Informe técnico aprobado
Informe técnico aprobado
Equipos de computo 30 Equipos de cómputo
Mejoramiento de infraestructura mobiliaria 4 Ambientes
Conferencias 4
Conferencias realizadas
O.E.4: Fortalecer la gestión administrativa e imagen del Tribunal.
AE12: Aprobando el Reglamento Interno del Tribunal para lograr una mejor organización y gestión.
AE13: Aprobando un protocolo de gestión administrativa de expedientes y documentos conexos.
AE14: Aprobando el distintivo de los vocales del Tribunal (medalla y cinta) como símbolo de identificación y representatividad.
AE15: Promoviendo la creación y publicación de una revista digital.
Reglametno interno 1
Reglamento interno aprobad por el TDP
Protocolo aprobado 1 Protocolo
Distintivo (medalla y cinta) 1
Revista aprobada
Distintivos aprobados (medalla y cinta)
2 Revista
TDPComisión Técnica
TDPComisión Técnica Salas TDP
TDPComisión Técnica
Material elaborado por el Tribunal de Disciplina Policial.