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Diagnóstico
Tramitación integral de expedientes administrativo-disciplinarios en el Tribunal en su condición de órgano de decisión de segunda y última instancia administrativa.
Atención de solicitudes de información de los administrados, órganos jurisdiccionales, Fiscalías, Procuraduría Pública, órganos policiales (Dirección de Recursos Humanos, Inspectoría y otras Unidades Policiales), entre otras; y
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La tramitación integral de expedientes se inicia con el ingreso del expediente al sistema de trámite documentario digital (SITRADIG) del Ministerio del Interior, luego se deriva al Tribunal en el que previa calificación (material) de su naturaleza, es registrado en el sistema de gestión de expedientes (SGE) y distribuido de forma aleatoria a las salas, las cuales son los órganos colegiados que se encargan de la evaluación y análisis del expediente de acuerdo al protocolo de gestión de expedientes en Sala, emitiendo su decisión mediante la expedición de la resolución correspondiente. Las resoluciones se notifican a los administrados o defensas técnicas, luego se comunica a la Dirección de Recursos Humanos de la PNP para el registro y ejecución de la decisión; y, finalmente se procede con la devolución del expediente a la instancia de origen (IGPNP).
2.1.1 EMISIÓN DE RESOLUCIONES
En lo que respecta a la emisión de resoluciones, en el Tribunal desde el año 2019, se aprecia una producción ascendente; así, se tiene que en el año 2019 se emitieron 1797, en el año 2020 fueron emitidas 2001 resoluciones, en el año 2021 se emitieron 1933 y en el año 2022 un total de 2,405 resoluciones; conforme se ilustra en el siguiente gráfico:
Gráfico N° 1: Emisión de Resoluciones por años (2019-2022)
Fuente: Área de Calificación y Estadística del Tribunal.
Si bien es cierto, el anterior gráfico nos muestra un crecimiento de la producción en la emisión de resoluciones; sin embargo, si tenemos en cuenta, por ejemplo, el número de expedientes que han ingresado al Tribunal en los dos últimos años 2021 y 2022, esto es 2627 y 2901 expedientes respectivamente; se puede inferir, que la producción de resoluciones es significativamente menor con relación a los expedientes ingresados, al haber culminado los citados años con una carga pasiva de 694 y 496 expedientes (grafico N° 2), lo cual genera un impacto negativo de la labor que desempeña el Tribunal al tener expedientes acumulados en las salas sin resolver en un tiempo razonable, máxime si la Ley N° 30714 (art. 66 numeral 2 literal b) prevé que, en los procedimientos para infracciones muy graves, el Tribunal debe resolver en 35 días hábiles.
Gráfico N° 2: Ingreso de expedientes de los años 2021 y 2022
Fuente: Área de Calificación y Estadística del Tribunal.
Otro aspecto medular para tener en consideración es que en el Tribunal durante el año 2021 no se fijaron metas mínimas mensuales de producción (emisión de resoluciones) por Sala, dejando a discrecionalidad de cada una la emisión de resoluciones; tal es así, que en el mes de junio la Primera Sala emitió 40 resoluciones mientras que la tercera únicamente 32 resoluciones, en el mes de setiembre la Primera y Segunda Salas emitieron 45 resoluciones mientras que la tercera 20, en el mes de noviembre la Segunda Sala expidió 50 resoluciones y la Tercera Sala sólo 16 y en el mes de diciembre la Primera y Segunda salas emitieron 50 resoluciones mientras que la Tercera Sala emitió solo 26 (Tabla N° 1).
Tabla N° 1: Emisión de resoluciones por Sala del año 2021
Fuente: Área de Calificación y Estadística del Tribunal.
En el año 2022, si bien se fijaron metas mínimas mensuales de producción estas fueron disímiles, de ahí que, en los meses de mayo, junio y julio la meta fue de 60 resoluciones la cual fue cumplida e incluso superada por una de las salas; es más, en los meses de octubre y noviembre no se fijaron metas dejando la producción nuevamente a discrecionalidad de las salas, lo que motivó que una de las salas emitiera 60 resoluciones mientras que otras expidieran únicamente 40 resoluciones (Tabla N° 2).
Tabla N° 2: Emisión de resoluciones por Sala del año 2022
Fuente: Área de Calificación y Estadística del Tribunal.
Es así, que a febrero del 2023 el Tribunal tiene expedientes administrativos pendientes de resolución con un tiempo de antigüedad mayor a un año, si tomamos como referencia el primer trimestre del año 2022, conforme se ilustra a continuación:
Fuente: Área de Calificación y Estadística del Tribunal.
2.1.2.NULIDADES
En el Tribunal se aprecia que de un total de 2612 resoluciones emitidas entre enero de 2022 y enero de 2023, el 41.92% corresponden a resoluciones de nulidad; es decir, que las salas no resolvieron sobre el fondo del asunto, sino que declararon la nulidad de la resolución de decisión de primera instancia o de la resolución de inicio del procedimiento, emitidas por los órganos de investigación o decisión de la Inspectoría General de la PNP, motivando que los autos administrativos se retrotraigan hasta la etapa de inicio, investigación o de decisión, por vicios sustanciales insalvables, motivando que los expedientes sean devueltos a las instancias de origen, generando una mayor carga laboral y retraso en la potestad sancionadora.
Gráfico
(2021-2022)
Cabe indicar que entre los principales vicios identificados y que han justificado la emisión de resoluciones de nulidad por parte del Tribunal, son la incorrecta tipificación de las imputaciones en la resolución de inicio, ausencia de una debida motivación en la resolución de decisión, “errores in procedendo” (errores en el trámite) e incumplimiento de diligencias ordenadas por el Tribunal, ésta última inclusive motiva reiteradas nulidades generándose un círculo vicioso, lo cual redunda en el incremento de la carga laboral y el retraso injustificado de la potestad sancionadora; como se aprecia en grafico 5 relacionado a la cantidad ascendente de expedientes reingresados al Tribunal entre los años 2021 al 2022.