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C RÓ N I CA, V I E R N E S 21 E N E R O 2022

Evaluación que aprobó ampliación del Puerto de Veracruz es pobre e insuficiente UNAM

El Sistema Arrecifal Veracruzano se localiza frente a las costas del Puerto de Veracruz y Boca del Río.

Las irregularidades del proceso serán revisadas por la SCJN, que decidirá si concede amparos contra la megaobra que afectará a pobladores y medioambiente

Legislación Ambiental Antimio Cruz antimioadrian@gmail.com

El actual proyecto para ampliar el Puerto de Veracruz fue autorizado por el gobierno federal, en 2014, con evaluaciones de impacto ambiental que científicamente fueron incompletas y fragmentadas, puesto que no informaron la existencia de arrecifes vivos que serán afectados, como el llamado La Loba, y mintieron al declarar muertos otros arrecifes cercanos a la mega obra. Todo esto deberá ser analizado por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en estos días decidirá si concede o no un amparo contra el proyecto, por daños al medio ambiente y a los derechos humanos de habitantes cercanos a la obra. Lo anterior fue explicado a los lectores de Crónica, por el abogado Xavier

Martínez Esponda, Director Operativo del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), una de las dos organizaciones civiles que acompaña el juicio desde hace seis años y que está a punto de conocer la resolución final a su demanda. Busca la Corte desarrollar criterios El proyecto de Ampliación del Puerto de Veracruz comenzó el año 2001, cuando la Administración Portuaria (APIVER) solicitó un estudio para aumentar su competitividad. Entonces fue sugerido agregar 35 nuevas posiciones de atraque para barcos de carga de contenedores. El estudio no consideró el impacto de esta obra sobre el Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, vecino al Puerto. Posteriormente, se realizaron acciones gubernamentales fuera de lo común, como retirar varios arrecifes de polígono del Parque Nacional y solicitar 14 evaluaciones de impacto ambiental para obras menores, sin declarar se trata de un mega-proyecto. “Este tema llegó a la Suprema Corte, después de haber pasado por otros juzgados, en razón de su importancia y de su trascendencia. Eso significa que cuando el primer juzgado que llevó el caso, en Veracruz, decidió que una cuestión de forma le impedía analizar el fondo, nosotros llevamos el expediente hasta la Suprema Corte y decidió, en el año 2020, que sí podía ejercer su facul-

¿Corales muertos? Faltó ciencia en Evaluación de Impacto Ambiental El Sistema Arrecifal Veracruzano (SAV), es vecino del Puerto de Veracruz y la ciudad Boca del Río. Ahí, existen corales y otras especies de fauna marina. En 1992 fue declarado Parque Nacional, pero entre 2010 y 2012 se hicieron cambios para cambiar el polígono o terreno del Parque, a insistencia de la Administración Portuaria. Así se desincorporó de la protección una zona del SAV, llamada Bahía de Vergara, argumentando que los corales en esa zona estaban muertos. Esta información fue desmentida por la Universidad Veracruzana.

tad de atraer el caso. Entonces, la Primera Sala de la Corte atrajo el caso y esto nos hace mucho sentido porque fue en esa misma sala en la que, hace algunos años, se resolvió un asunto similar, relacionado con la Laguna del Carpintero, en Tamaulipas”, explica el abogado Martínez, del CEMDA. La Suprema Corte informó que el caso puede servir para desarrollar más los criterios de lo que se llama “el interés legítimo en casos ambientales”. Demostrar el interés legítimo sobre un tema que se presenta a juicio es “la llave” que pone en marcha un juicio de amparo. El amparo es la posibilidad que tiene cualquier persona para pedir protección del Poder Judicial cuando una decisión de una autoridad daña sus derechos humanos. En este caso, se estaría dañando el derecho humano a un ambiente sano, reconocido en la Constitución, en leyes federales y tratados internacionales. “La Corte también quiere entrarle a lo que se llama Estándar probatorio. Nosotros argumentamos que no se cumplió correctamente con una de las garantías más importantes que jurídicamente se tienen para garantizar el derecho al medio ambiente sano. Nos referimos a la herramienta llamada Evaluación de Impacto Ambiental. Esa evaluación sirve para que las autoridades tomen decisiones que permitan aminorar los riesgos. Para ese instrumento, la autoridad debe exigir que se le presente la mejor información científica disponible y, por otra parte, se requiere que la evaluación se haya realizado de manera integral porque si hay información oculta o fragmentada, es obvio que la autoridad no puede vislumbrar los riesgos y sus decisiones carecen de sustento. En la ampliación del Puerto de Veracruz la Evaluación de Impacto Ambiental no usó la mejor información científica ni fue integral”, explicó Xavier Martínez, al enfocar la atención al corazón del caso

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Nuestra tesis es que cualquier persona que se beneficia de los servicios ambientales(…), está facultada para salir a su defensa judicial: CEMDA “Los arrecifes a los que se les retiró la protección no están muertos, como se argumentó”


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