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Rodrigo Mendoza Montemayor
ANÁLISIS SITUACIONAL SOBRE LA DISCAPACIDAD: UN ALCANCE SOCIOEDUCATIVO
Rodrigo Mendoza Montemayor∗
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1.- Introducción
La Organización Mundial de la Salud (OMS), señala que más de mil millones de personas viven con algún tipo de discapacidad en todo el mundo (OMS, 2011, p. 7), lo cual representa una preocupación permanente en la población mundial, pues estaríamos hablando de un aproximado de 15 % de población tiene algún tipo de discapacidad por problemas de salud, accidentes de tráfico, catástrofes naturales, desnutrición y abuso de sustancias; el porcentaje tiende a subir especialmente en países donde la desnutrición y la falta de inversión en la educación se convierte en un problema diario. Ante esta situación se crea la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), aprobada por las Naciones Unidas el 2006, para generar una igualdad en el ejercicio de los derechos de todas las personas con discapacidad, otorgando respuestas asertivas para la inclusividad a nivel internacional.
Según la OMS la discapacidad es de mayor preponderancia en los países de ingresos bajos (en vías de desarrollo), por insuficientes servicios, actitudes negativas ante la inclusión educativa, incumplimiento de las normas y carencia de las mismas, todo ello por falta de financiamiento, mala accesibilidad y la falta de datos para actuar a favor de las personas con discapacidad.
También es importante mencionar, que en la actualidad no debería existir ninguna exclusión educativa hacia las personas con discapacidad, en particular con los niños; porque es una falta grave a los derechos humanos, considerando que esos derechos están consolidados en tratados y reconocidos universalmente en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (UDHR), por lo que es un deber de cualquier Estado brindar una educación para las personas con discapacidad. Asimismo, en la Convención de los Derechos de la Infancia (CRC) se incluye el compromiso de los gobiernos de todo el mundo, para responsabilizarse y garantizar que todos los niños, independientemente de capacidades o discapacidades, disfruten sus derechos sin discriminación.
Ante esta situación, se plantea analizar las políticas de inclusión para las personas con discapacidad a nivel nacional con características político-jurídico, económico, social y cultural, asegurando la participación de los mismos actores en las circunstancias dadas, fijando acciones para las personas con discapacidad.
2.- Desarrollo
Las políticas de inclusión varían de un país a otro, pero los más frecuentes son para los niños con discapacidad, poblaciones indígenas y afrodescendientes, desplazados por la violencia, poblaciones rurales aisladas o estudiantes que abandonaron el sistema educativo por su discapacidad. Ante ello los desafíos que Latinoamérica propone trabajar con personas discapacitadas según la Organización de Estados Iberoamericanos (2015, p. 15 - 35), son las siguientes:
• Desigualdad de oportunidad en la permanencia y conclusión de estudios. • Nivel bajo en lo socioeconómico y derecho educativo de las familias. • Discriminación por la discapacidad dada.
∗ Pedagogo y docente de posgrado de la Universidad Mayor de San Simón y la Universidad Pública de El Alto, magister en Educación Superior con mención en Inclusión Educativa y diplomados varios, consultor educativo en temas de innovación y tecnología educativa. Correo electrónico: rock.rodry@gmail.com
• Privatización de la escuela pública. • Sistemas de evaluación impertinentes ante la discapacidad en la educación superior. • Falta de formación del docente para personas con discapacidad.
Ante estos desafíos se plantea también una serie de mecanismos de acciones a nivel de Latinoamérica como ser: desarrollar sistemas de apoyo que colaboren con las escuelas, docentes capacitados en temas de inclusión y fortalecer los sistemas integrales de protección y promoción social de las personas con discapacidad aumentando así la inversión del gasto público en educación a la diversidad.
La inversión para el trabajo con las personas con discapacidad muestra avances en los países como Colombia, Uruguay, Paraguay y Brasil, según la Organización de Estados Iberoamericanos (2015, p. 94 - 196) esos avances se reflejan en temas con el trabajo desde los enfoques de atención para personas con discapacidad, borrando barreras arquitectónicas y formando al profesorado. Por otro lado, Bolivia muestra un avance significativo en la parte legal, donde se evidencia la existencia de normas y decretos a favor de las personas con discapacidad.
Según el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF, 2013), en Bolivia existen 441.000 niños, niñas y adolescentes menores de 14 años con algún grado de discapacidad, esto se relaciona con la situación de pobreza y riesgo en que viven muchas personas. Estos datos son alarmantes para el Estado Plurinacional pues según el registro del Gobierno, se llega a 4.486 casos de personas con discapacidad, que representa el 3 % de la población (INE, 2012), datos que obligan a trabajar y desarrollar políticas de apoyo e intervención en educación, salud, otros.
Frente a la situación político–jurídica, las personas con discapacidad se amparan y se protegen por leyes y decretos que ayudan a su desenvolvimiento en la sociedad. Además, en cuanto a su desarrollo económico el Gobierno facilita un bono que depende del grado de discapacidad de cada persona. Ante estas políticas públicas la Defensoría del Pueblo (2014), describe las leyes que protegen a las personas con discapacidad las cuales son:
1. Convención Internacional de los derechos de las personas con discapacidad, 2006:
Ratifica la Convención de los derechos de las personas con discapacidad en todo el territorio plurinacional de Bolivia donde se busca promover, proteger y asegurar el goce pleno de todos los derechos humanos y libertades fundamentales para todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente. 2. Constitución Política del Estado (CPE), artículos 45 (salud), 64 (familia), 70 al 72 (derechos), 85 (educación), 105 (deporte) y 107 (comunicación): Establece mecanismos de protección a las personas con discapacidad en temas relacionados a educación, trabajo, salud, deportes, recreación, etc. A su vez, establece mecanismos de sanción contra hechos discriminatorios dirigidos a esta población. 3. Ley General para Personas con
Discapacidad N° 223: Garantiza a las personas con discapacidad el ejercicio pleno de sus derechos y deberes, bajo un sistema de protección integral, en igualdad de condiciones, de oportunidades y de trato preferente. 4. Ley de Educación N° 070 Avelino Siñani y
Elizardo Pérez: menciona atender todas las necesidades de la formación educativa integral, desarrollando las potencialidades y capacidades físicas, intelectuales, artísticaculturales, emocionales, creativas y espirituales de todos los bolivianos y bolivianas sin discriminación alguna. A la par contribuir a potenciar la calidad de la educación, de acuerdo a las necesidades básicas para la existencia digna de la condición humana. 5. Resolución del Congreso Nacional de
Universidades 09/2009: Establece el ingreso libre de personas con discapacidad a estudiar a las Universidades afiliadas al
Comité Ejecutivo de la Universidad
Boliviana (CEUB).
Estas reglamentaciones ayudan y protegen a las personas con discapacidad en su desarrollo social reconociéndolas por el Estado
Plurinacional de Bolivia, y con respecto a la educación superior se encuentran términos de inclusividad.
En lo económico se aprueba el Plan Nacional de Acción de Derechos Humanos por Decreto Supremo N° 29851, en el cual se establecen líneas de acción quinquenales a favor de las personas con discapacidad. También, se crea el Fondo Nacional de Solidaridad y Equidad, financiado con un aporte anual de 40 millones de bolivianos provenientes del Tesoro General de la Nación. Su utilización se establece mediante Decreto Supremo.
Se regula el acceso al Sistema de Transporte Integral (Ley General de Transporte N° 165) con el derecho al trato preferente y accesible, establece la tarifa solidaria con rebaja el 50 % en pasajes, para personas con discapacidad grave y muy grave, previa presentación del Carnet de Discapacidad.
En la gestión 2012 se establece la Renta Solidaria, para personas con discapacidad grave y muy grave a la par con modificaciones al Decreto Supremo N° 27477 se da la contratación preferente e inamovilidad funcionaria. Todos estos aspectos en lo económico facilitan una vida digna para las personas con discapacidad.
Desde un análisis social la discapacidad no surge porque las personas tengan limitaciones, al contrario; porque la sociedad no logra hacer respetar las leyes y dar condiciones adecuadas para el vivir bien; porque el Estado Plurinacional protege, otorga salud, educación, lenguaje alternativo, trabajo y apoya a desarrollar las potencialidades de cada persona con discapacidad, según señala la CPE, artículos 70, 71 y 72.
Bolivia regula y establece principios de igualdad, de dignidad, accesibilidad, igualdad de oportunidades, equidad de género, no discriminación, no violencia, asistencia económica estatal y de inclusión a las personas con discapacidad. Si bien existen muchos términos para referirse a esta población, lo adecuado es llamarlas Personas Con Discapacidad (PCD), terminología aprobada por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y por ello en Bolivia el Decreto Supremo N° 27837, declara el día 15 de octubre de cada año, Día Nacional de las Personas con Discapacidad.
Las personas con discapacidad cuentan con un centro de registro, la base de datos está a cargo del Centro de Información del Comité Nacional de la Persona con Discapacidad (CONALPEDIS), cuya implementación y funcionamiento no significa recursos adicionales al Tesoro General de la Nación, según Decreto Supremo N° 28521, el cual emite la certificación de acuerdo al grado de discapacidad. De esa manera se crea la Dirección General de Personas con Discapacidad dentro el Ministerio de Justicia.
Las personas con discapacidad en Bolivia cuentan con derecho a la salud y seguridad social, a la constitución de una familia, a la recreación y el deporte, a la comunicación social y lo más importante al acceso a una educación donde los gobiernos departamentales y municipales son responsables de promover y desarrollar proyectos según Ley N° 31 de Autonomías y Descentralización “Andrés Ibáñez”.
Con relación a los centros de educación especial en el ámbito educativo existen aproximadamente 91 centros en todo Bolivia para la atención y el trabajo con personas con discapacidad tanto en el ámbito urbano como rural, según los datos del Sistema de Información Educativa del Ministerio de Educación (2010).
Cochabamba, también da los primeros pasos para la inclusión de 74.634 habitantes que tienen algún tipo de discapacidad según datos del INE (2012), por esta razón las alcaldías y municipios generan un presupuesto para la población creando secretarías para personas con discapacidad, las cuales recién están brindando sus primeros resultados.
Según el Censo de Población y Vivienda (2012), en términos generales Cochabamba es el tercer departamento donde se concentran la mayor
cantidad de personas con alguna dificultad o grado de discapacidad.
A nivel de educación superior, existen profesionales formados por la Escuela Superior de Formación de Maestros “Simón Rodríguez” para el trabajo con personas con discapacidad; asimismo en universidades públicas.
Por otra parte, desde el año 2010 la agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA) promueve la formación para el trato con personas con discapacidad en los distintos centros; además donó equipos y materiales didácticos, por ello todo centro de educación especial es beneficiario.
Actualmente, las entidades que hacen cumplir los derechos de las personas con discapacidad son: Defensoría del Pueblo, Viceministerio de Igualdad de Oportunidades, a nivel departamental, Comités Departamentales de la Persona con Discapacidad (CODEPEDIS); a nivel municipal en las Unidades Municipales de Atención a la Discapacidad (UMADIS), Casas de Justicia y la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC).
Referencias bibliográficas 3.- Conclusiones
Se examinó bajo un análisis todas las diferentes políticas en beneficio de las personas con discapacidad, logrando determinar diferentes características político -jurídicas, económicas y sociales favoreciendo al desarrollo humano de las personas con discapacidad; actualmente se trabaja y se está exigiendo un incremento al bono para toda persona con discapacidad, el cual deber ser digno y responda a la demanda de la canasta familiar a nivel de gobierno, a la par, se están generando estrategias de trabajo creando en cada municipio una secretaria para personas con discapacidad, la cual debe generar acciones para la inclusión a partir del trabajo.
Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana (CEUB). (2009). Resolución del Congreso Nacional de Universidades 09/2009. La Paz Bolivia. Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia. (2008). Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia. (2010). Ley No 070 Avelino Siñañi y Elizardo Pérez. La Paz, Bolivia. Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia. (2012). Ley No 223 Ley General para Personas con Discapacidad. La Paz, Bolivia. Instituto Nacional de Estadística (INE). (2012). Censo de población y vivienda de Bolivia. http://censosbolivia.ine.gob.bo/webine/index.php Ministerio de Educación del Estado Plurinacional de Bolivia. (2010). Informe anual de gestión 2009. Unidad de Planificación. La Paz Bolivia. s.e. Organización de la Naciones Unidas (ONU). (2006). Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y protocolo facultativo.sl. s.e. Organización Mundial de la Salud (OMS). (2011). Informe Mundial sobre la Discapacidad. Suiza. Malta. Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI). (2015). Avances y desafíos de la educación inclusiva en Iberoamérica. Madrid, España.
Recepción: 2 de mayo de 2021 Aprobación: 13 de mayo de 2021 Publicación: mayo 2021