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rápida era la de retomar el proceso electoral en el momento en el que dice el laudo, que es el momento en el que se proclamaron las candidaturas y en 9 días volveríamos a tener comité de empresa.

En principio los sindicatos no estaban de acuerdo con los planteamientos de CUT y cada uno daba una versión diferente. En este asunto, ha tenido que haber una mediación en el SAMA, en la que ha participado el árbitro que dictó el laudo, el cual ha confirmado como la opción más válida la que CUT presentábamos. Únicamente solo había que solventar si esos más de 200 trabajadores y trabajadoras que han ingresado en la empresa con posterioridad al proceso electoral de 2016, podían jurídicamente ejercer su

derecho al voto, por nuestra parte no había problemas, pero queríamos que se garantizase que la decisión que se tomase, no pudiera generar nuevas impugnaciones por cualquier sindicato. Los mediadores han expuesto que efectivamente sí que podrían votar, si todos estábamos de acuerdo y así se ha hecho. A partir de ahora se formará la Mesa electoral, se actualizará el calendario de campaña electoral y votación. Así pues, toda la plantilla podremos elegir un nuevo comité de empresa, el cual deberá de continuar la negociación de este nuevo convenio que se está llevando a cabo en estos momentos.

...y es referencia para los militantes de CUT

Sección sindical CUT en Avanza ZGZ

Invierte compañero, la ganancia está asegurada

Hace mucho tiempo que no escribo y estos días le he estado dando vueltas a la situación que estamos viviendo, tanto a la negociación de convenio, como a los distintos comunicados que va sacando la empresa con respecto a la huelga que estamos manteniendo, y me ha dado por teclear un rato. Os voy a contar algo que muchos ya sabéis, pero que otros (los que llevan poco tiempo) desconocen, y que por supuesto la empresa se encarga de omitir. El relato que os voy a contar es sobre mí en particular, pero puede servir para cualquiera de vosotros, ya que, en mayor o menor medida habéis estado, estáis o vais a estar en la misma situación. Cuando yo entré a trabajar en esta empresa,

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entré sin poder acumular antigüedad. Por aquél entonces, el artículo 33 del Convenio Colectivo decía que: [En atención al trabajo desarrollado y con la finalidad de garantizar la regulación precedente, se mantiene, exclusivamente para los trabajadores ingresados en la Empresa con anterioridad del 3 de octubre de 1996, el complemento personal de antigüedad.] También en ese convenio de entonces estaba reflejado en sus artículos 36 y 37 que: [Para los ingresados con posterioridad del 3 de octubre de 1996, se reconoce un complemento personal de vinculación… con un tope máximo anual a percibir…] Aquello se peleó (con huelga, cómo no) y se consiguió que todo el mundo tuviésemos antigüedad desde el primer momento y sin ningún tope.

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