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Reforma tributaria 2022 y las implicaciones en los sectores económicos
La propuesta de reforma tributaria 2022 denominada “Para la igualdad y la justicia social”, contempla entre otros, aspectos que tienen efectos económicos en los sectores y en los contribuyentes personas naturales. A continuación, se enuncian algunos de ellos:
Tarifa y reducción de beneficios
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La tarifa del impuesto sobre la renta de personas jurídicas, en general, permanecería en el 35%. Sin embargo, se proyecta limitar los beneficios y estímulos tributarios, consistente en un 5% (tarifa aprobada en primer debate) anual de la renta liquida ordinaria del contribuyente. Esta disminución aborda deducciones especiales y descuentos tributarios, tales como: deducción para la educación de los empleados; deducción a la corporación Gustavo Matamoros; descuento por donaciones a entidades sin ánimo de lucro; vinculación de trabajadoras víctimas de violencia comprobada.
De otra parte, se limita el tratamiento de descuento tributario del 50% del ICA, quedando como deducción en el 100%.
Tales reducciones de beneficios y la permanencia de la tarifa del 35% contribuyen al aumento de la carga impositiva en el sector empresarial teniendo en cuenta que también deben pagar el impuesto sobre los dividendos que de acuerdo con el texto aprobado en primer debate por el Congreso de la República estaría en un 15% para las personas naturales.
Se debe tener en cuenta la tasa efectiva de tributación empresarial (impuesto/utilidad contable antes de impuesto), que según el Ministerio de Hacienda en su estudio publicado el 21/09/2022 pasaría del 25.5% al 29.4%. Esta tasa efectiva se incrementa con el impuesto a los dividendos que debe pagar el empresario por la distribución de utilidades al socio y/o accionista.
Finalmente, es necesario precisar que las utilidades representan un instrumento de inversión en las empresas y a medida que se incrementa la carga impositiva afecta la fortaleza económica de las entidades.
Reducción de beneficios en el impuesto sobre la renta de las personas naturales
Se propone reducción de beneficios en el impuesto sobre la renta de las personas naturales a saber:
- Renta exenta del 25%: la limitación del 25% del total de pagos laborales, previa depuración, pasaría de 2.880 UVT anuales a 790 UVT
- La limitación de rentas exentas y deducciones, pasaría de 5.040 UVT al año a 1.340 UVT, permaneciendo la limitante del 40% sobre los ingresos netos.
- Renta líquida: para determinar la renta líquida se suma las rentas líquidas cedulares obtenidas en las rentas de trabajo, de capital, no laborales, de pensiones y de dividendos y se aplica la tarifa marginal.
Como se observa, la reducción de beneficios y la determinación de la renta líquida aplicando una tarifa para las diferentes cédulas; incrementa el impuesto de renta para las personas naturales. No obstante, se conservan privilegios en las rentas exentas de militares, policías y rama judicial.
Es de anotar que, el proyecto de reforma contemplaba inicialmente el gravamen de las pensiones de jubilación las cuales pasarían de estar exentas de 12.000 UVT anuales a 1.790 UVT, originando impuesto para las pensiones mensuales que pasen de $10.000.000 aproximadamente. Sin embargo, en el primer debate de la reforma no se aprobó dicha norma quedando nuevamente exentas en 12.000 UVT Anuales, es decir que las pensiones mensuales hasta $38.004.000 siguen quedando exentas (Valor año base 2022).
Zonas Francas
Las tarifas del impuesto sobre la renta para usuarios de zonas francas se conservarían en el 20% siempre que cuenten con un plan de internacionalización aprobado y vigente al 01 de enero del año gravable y que cumpla con un umbral mínimo de exportación que determine el gobierno nacional. Dicho umbral, no podrá ser superior al 40% para el año 2024, 30% para el año 2025 y 20% a partir del año 2026. Sin embargo, la tarifa de los usuarios comerciales será del 35%.
Nótese que, aunque se pretenda estimular las exportaciones, puede desestimular la inversión extranjera en cuanto a la aplicación de la tarifa general para los usuarios comerciales.
De acuerdo con lo expuesto anteriormente, se puede inferir que la reforma propuesta carece de elementos básicos para considerarse integral y no tiene en cuenta el principio de progresividad para las medianas y pequeñas empresas.
En Colombia las empresas enfrentan dificultades para competir con las importaciones, entre otros aspectos, por el costo de la energía; el acceso al crédito y las altas tasas de interés; deficiencias en la infraestructura logística y los impuestos los cuales deberían tener un trato preferencial para las pequeñas y medianas empresas en aplicación al principio de progresividad de conformidad con la capacidad económica.