LEX INFORMA SEPTUAGÉSIMA NOVENA EDICIÓN

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Carta Editorial

CONTENIDO

El Trabajo del Perito Independiente en México

Mtra. Nadia Yazmin Moreno Espinosa, Perito Auxiliar del Tribunal Superior de Justicia de la CDMX

Las Elecciones de Personas Impartidores de Justicia y su Impacto en la Construcción de un Nuevo Poder Judicial de la Federación

Dr. José Luis Brahms Gómez, Abogado, Docente Universitario, Conferencista, Humanista y experto del Derecho Electoral Mexicano

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El Papel de las Barras y Colegios de Abogados en la Actualidad

Dr. Eduardo Alberto Osorio Rosado, Juez de Distrito adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Querétaro, con Sede en Querétaro

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Justicia Penal para Adolescentes: ¿Es Suficiente el Sistema para Prevenir y Sancionar la Violencia Juvenil?

Dr. Alejandro Ramón Fuentes, Ex Magistrado del Tribunal para Menores Infractores del Poder Judicial del Estado de Durango; Mtra. Ivón Ruiz Cerón, Ex Jueza Especializada en Justicia Penal para Adolescentes; Mtra. Rosy Isela Gutiérrez Beltrán, Jueza de Control y Enjuiciamiento Especializada en Justicia Penal para Adolescentes, y Dr. Héctor González Estrada, Juez de Enjuiciamiento del Sistema Procesal Penal Acusatorio del Poder Judicial de la CDMX

17 Omisiones y Responsabilidades del Ministerio Público

Dr. Camilo Pech Iuit, Magistrado de Circuito del Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Circuito con residencia en Cintalapa de Figueroa, Chiapas

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Clase introductoria "Teoría del Delito para la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas y Compliance Criminal"

Dr. Rubén Darío Merchant Ubaldo, Doctor en Derecho y Especialista en Derecho Penal

21 Detenciones Ilegales

Lic. Luis Omar Ramírez Ruiz, Juez de Distrito del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Zacatecas, con Residencia en Zacatecas

23

El Principio de Inmediación en el Nuevo Sistema de Justicia Laboral

Mtro. Yonathán Mauricio Yáñez Yllán, Juez de Distrito del Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, con Sede en la Ciudad de México

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Revisión de rutina en operativos policiales: ¿Prevención del delito o abuso de autoridad?

Dr. Marco Antonio León Fernández, Abogado Postulante Especialista en Materia Penal; Dra. Paola Vanessa Nava Calvo, Conferencista, Abogada Postulante y Catedrática; Lic. María Vianney Martín del Campo Vera, Abogada Especializada en Derechos Humanos y Género, y Dr. José Manuel Moreno Luna, Catedrático, Conferencista y Consultor Jurídico

DIRECTORIO

Director General

René Castelán Olguín

Secretaria General

Norma Patricia Castelán Gómez

Secretario Particular

Leobardo Domínguez González

Directora de Relaciones Públicas

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Recursos Humanos

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Amancio Alvarado Flores

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Lourdes Alejandra Guerrero Reyes

Juan Pablo Hernández Urban

Miguel Ángel Rojas Guerrero

Donato Acosta Lara

LEX INFORMA, año 5, núm. 79, marzo, 2025. Es una publicación quincenal editada por Corporativo Jurídico LEX, S.A. de C.V., Estado de México. Tel: 5623292172. Editor responsable: Rosa Alicia Cruz Hernández, por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Impresa por Corporativo Jurídico LEX, Estado de México. Este número se terminó de imprimir el 15 de marzo de 2025, con un tiraje de 10,000 ejemplares. Las opiniones expresadas por los autores no necesariamente reflejan la postura del editor de la publicación. Se autoriza la reproducción total o parcial del contenido aquí publicado sin fines de lucro, siempre y cuando se cite la fuente completa. Hecho en México, LEX INFORMA. Todos los derechos reservados © 2025. Permiso en trámite.

Estimados amigos:

Siempre nos parece justo pronunciar lo muy agradecidos que estamos con ustedes y con nuestros colaboradores. Nos alegra mucho que esta comunidad se haya vuelto ya tan grande. No hace falta mencionar que, sin su apoyo, no sobreviviría este proyecto.

Ciertamente, aunque no haga falta reiterar nuestra gratitud, no dejamos de hacerlo cada número de la revista. El motivo detrás de este gesto, aparentemente rutinario, tiene que ver con algo mucho más profundo: para nosotros, se trata de una cuestión de justicia.

Es justo darle honor a quien honor merece, como suelen decir. En este caso, tendríamos que reconocer en ustedes el pilar que sostiene este proyecto. Sin sus aportes, comentarios, vistas y hasta críticas, este trabajo editorial no podría mantenerse vigente. Nuestra tarea consiste en recoger las inquietudes reales de nuestra audiencia para después abordarlas aquí. Diríase, si se nos permite la analogía, que la revista toma de ustedes el alma; de nosotros, nada más que el cuerpo.

Además, dado que nuestro objetivo siempre ha sido crear consciencia en torno a temas importantes, nos parece importantísimo entablar un constante diálogo con nuestros remitentes.

En verdad, si la gente supiera que gran parte de la Historia se hace a partir del Derecho, más personas estarían interesadas en participar en este campo.

Por ello, queremos seguirlos invitando a ver en nuestra profesión una enorme área de oportunidad, la cual nos hace posible contribuir a la salud de la vida social.

Sin más hasta aquí, los invitamos a leer las notas que hemos preparado para esta ocasión. Les mandamos un cordial saludo, deseándoles prosperidad para sus hogares.

Lic. René Castelán Olguín, Director y Fundador de Revista LEX INFORMA

El Trabajo del Perito Independiente en México

El trabajo pericial, actualmente, se ha vuelto del todo necesario para la ciencia jurídica. Sin él, sería poco más que imposible llegar a conclusiones ciertas que nos permitan juzgar de manera apegada a la ley. Por ello, la Mtra. Nadia Yazmin Moreno Espinosa, perito auxiliar del Tribunal Superior de Justicia de la CDMX, ha venido a recordarnos que tenemos que valorar la labor de los peritos independientes del país, quienes de continuo se enfrentan a múltiples dificultades.

La actividad pericial se trata de un campo multidisciplinario que aporta diferentes perspectivas al quehacer jurídico. Por lo tanto, hay peritos casi para cualquier rama de conocimiento. La maestra Nadia, por su parte, se alinea del lado de la psicología.

Señala que, en su experiencia, cuando un perito independiente va a desahogar pruebas en audiencia, en seguida le intentan desacreditar. Se le hacen cuestionamientos acerca de su carrera profesional y de su experiencia laboral. En una palabra, las personas suelen “hacerlos menos”.

Por otro lado, hay una gran confusión entre personas ajenas al mundo del Derecho sobre lo que es un perito independiente. La mayoría de las veces no logran distinguir con claridad la función que ejercen. En este sentido, la

maestra nos recuerda que todo perito no es más que auxiliar de los tribunales: es decir, no aparece en la nómina, sino que es consultado solo en los momentos pertinentes.

Cuando sale la convocatoria, el paso siguiente es que se le haga un examen al perito. Esta prueba tiene un costo que no es reembolsable, lo cual es importante señalar. Después, uno debe esperar a que salgan los resultados (el tiempo puede variar, dependiendo de las circunstancias). En caso de que pase todos los filtros, los peritos no obtienen ningún tipo de capacitación para comenzar su trabajo: se les exige que dominen su área, como si tuvieran experiencia previa.

Además, la maestra menciona que suelen suscitarse controversias entre peritos de un mismo caso: por ejemplo, cuando dos peritajes psicológicos distintos difieren en sus conclusiones. “Hay incongruencias entre los diferentes dictámenes que muchas veces nosotros mismos tenemos que comentar al juez”, decía.

“Aquí es una cuestión de tiempo: nos dan tres días hábiles para aceptar el cargo al que nos asignan. Después, ¿qué pasa si una de las partes en disputa se opone, digamos, a pagar el precio que le corresponde al agente pericial? Los primeros que pagan son las víctimas,

pero frecuentemente otras instancias se niegan a otorgar honorarios debido a no estar de acuerdo con el dictamen”, afirmaba. Otros colegas le han contado “ya no sé qué más ponerle a mi escrito para que me paguen”. Han trabajado gratis y han gastado muchas energías que no son recompensadas”.

Como propuesta para la solución a este conflicto, la maestra Nadia nos habla de guardar el dictamen dentro de un sobre, mismo que no ha de abrirse hasta que sean pagados los honorarios. Sin embargo, se entiende que no goce de mucha aceptación esta idea entre los elementos del tribunal.

“He observado reparaciones del daño de hasta 35 millones de pesos, pero no quieren darle al perito la parte que le corresponde”. Continúa: “hay una discriminación terrible, porque nadie los protege… Esto, sin contar las amenazas que vienen después. Cuando tú haces tu trabajo, a alguien no le va a gustar. Es una responsabilidad muy grande”.

Nos parece que, con estas últimas palabras, la maestra ilustra muy bien las desventajas que implica ser perito independiente en este país. Los invitamos a conocer más del tema a través del siguiente enlace: https://www.facebook. com/share/v/16Ar2T2JCA.

A continuación presentamos un texto escrito por la Mtra. Nadia Yazmin Moreno Espinosa:

LA PERFILACIÓN CRIMINAL Y LA PSICOLOGÍA FORENSE EN MÉXICO.

En estos últimos años se ha puesto de moda la investigación criminal gracias

al boom de las plataformas de películas y series con una gran variedad de contenido policiaco y criminal, hablamos desde series con contenido violento a contenido de índole investigativo, por lo que ha despertado en la población un gran interés en la búsqueda de criminales.

Sin embargo, debemos de hacer dos diferenciaciones, la primera y más importante es que estas series se han encargado de poner al criminal como un ser casi mítico en dónde su estudio pareciera todo un enigma, así como el rastro que va dejando a su paso, seres pintados con una gran habilidad física y mental que los destaca del resto, siendo así incluso un referente a seguir para muchos, una inspiración.

En segundo lugar nos muestran una gran carga de situaciones fantasiosas e inverosímiles mostradas como parte del trabajo de investigación, como la típica escena televisiva de un detective que va a la escena del crimen y con sólo mirar a su alrededor obtiene una clara idea de quién pudo haber sido y demás conclusiones sacadas únicamente de su cabeza e intuición y no por ninguna investigación científica y sucesivamente las pistas dejadas por el autor del crimen dan pie a su captura, todos celebran y sigue el capítulo siguiente.

Hablemos entonces de México y sus investigadores, hablemos de la falta de recursos con los que cuentan los peritos criminalistas a la hora de embalar sus indicios, hablemos de la vieja escuela que obstaculizan el trabajo de los peritos en todas sus áreas con procesos largos y burocráticos, donde si

eres perito particular incluso auxiliar de alguna institución no se te brinda apoyo de ninguna índole, tu pago es estar únicamente en su lista, pero cuidado si cobras como te lo mereces, ya que según ellos y los clientes, te dicen qué, cómo y cuánto cobrar según su opinión, sin contar además con lo tardado del pago y los gastos que requieran sus materiales a utilizar, por otro lado, si tienes la ¿fortuna? De ser perito de gobierno, te saturan de trabajo por lo que tus dictámenes que además deben llevar un cierto formato mal hecho, tu burn out sale a la luz en tus conclusiones atrevidas y prejuiciosas, con pagos retrasados porque no hay presupuesto, una vez entendiendo esta problemática vayamos al siguiente punto.

¿Existe realmente un órgano especializado en hacer perfilación criminal en México? Y la respuesta es NO, a secas, con todas las deficiencias no sólo piramidales sino incluso de la falta de preparación, ética y formación en metodología de sus investigadores podemos ver la realidad de un país carente de cientificidad, pero sobre todo de interés de resolver algo por parte de las autoridades, donde el que investiga como es debido, es corrido, corregido y lamentablemente en muchas de las ocasiones amenazado y privado de la vida, ya que los intereses que se mueven van más allá de querer resolver un crimen.

La perfilación criminal ha sido un tema sobre saliente en el ámbito forense en los últimos años, tiene realmente poco que llegó a México y en realidad fue acercándose cada vez más por el norte

del país gracias a la influencia de Estados Unidos, por lo que algunos perfiladores contemporáneos o simplemente famosos vienen de allá, pero esto no quiere decir que con auto nombrarse perfiladores lo sean, tampoco que la ciencia haya llegado con esta nueva rama, vemos a muchos elementos de la policía entre otros, tomando cursos de perfilación sin tener ninguna preparación científica al respecto, si bien la perfilación tiene que saber de elementos como la medicina forense, psicología, criminología, sociología, criminalística entre otras, pareciera que ante la falta de alguna de ellas sobre todo las ramas científicas de índole psicológico social, la perfilación se queda sumamente corta ante la exigencia del nombre y la responsabilidad que esta conlleva.

La perfilación criminal tiene una gran inferencia en la evidencia conductual a través del análisis de la escena del crimen mediante los reportes designados por las partes expertas así como el análisis interpretativo de las posibles motivaciones que pudieron originar dichos comportamientos, lo anterior se da con ayuda de todas las ciencias forenses, es importante analizar el entorno social y cultural donde se dieron los hechos para de esta manera poder tener un análisis más exacto fuera de prejuicios personales y verlo desde el contexto en el que se encuentra, esto nos ayudará a tener un esclarecimiento mejor del hecho, así como los posibles responsables y poder de esta manera reconstruir el crimen.

Es fundamental entender la parte

victimológica, su entorno, estilo de vida, trabajo, exparejas y parejas actuales, amistades, lugares concurridos, familia y sus ocupaciones, así como otros factores de riesgo y vulnerabilidad que pudiera tener antes de cometido el crimen, esto a su vez nos lleva a reducir el número de posibles agresores que tengan las características correspondientes que se encontraron y la posible relación que estará vinculándolos con la víctima.

Como podemos comprender, la perfilación criminal es mucho más que únicamente centrarse en la fascinación del agresor como único ser importante durante la investigación, esa la llave que abrirá las verdades de cualquier crimen, sino más bien el análisis de todo lo que el agresor NO dice y que sin embargo va dejando rastros a su paso queriendo o no, incluso decidiendo borrar evidencia nos está dando información de sí mismo, de sus intenciones, su modus operandi y motivantes que vienen de lo más profundo de sí.

Las entrevistas son importantes y parte fundamental de la investigación, sin embargo, las palabras del criminal pueden ser alteradas, omitidas o ensayadas, pero al final de cuentas los actos hablarán por sí mismos.

Mtra. Nadia Yazmin Moreno Espinosa

Perito Auxiliar del Tribunal Superior de Justicia de la CDMX

„ La Mtra. Nadia Yazmin Moreno Espinosa es Perito Auxiliar del Tribunal Superior de Justicia

de la Ciudad de México, con especialización en psicología forense y perfilación criminal. Es Licenciada en Psicología por la Universidad Tecnológica de México (UNITEC) y Maestra en Perfilación Criminal por la Universidad CLEU, además de contar con diversos diplomados en derecho penal, terapia cognitivo-conductual y psicodiagnóstico.

„ A lo largo de su trayectoria, ha participado como ponente en conferencias, conversatorios y seminarios sobre criminología, psicopatología forense y violencia de género. Es miembro de la ONG RENAP, Subdirectora del periódico El Noticiero Nacional y ha colaborado en medios como ORBE TV y la revista Expresión Forense.

„ Su formación se ha enriquecido con cursos especializados en perfilación criminal, investigación del feminicidio, psicología forense aplicada a delitos sexuales y protocolos de entrevista criminal. Su experiencia y conocimiento la han posicionado como una experta en el análisis del comportamiento delictivo, contribuyendo a la impartición de justicia y la prevención del crimen.

Las Elecciones de Personas Impartidores de Justicia y su Impacto en la Construcción de un

Nuevo Poder Judicial de la Federación

“Sabemos que había necesidad de una reforma judicial. Esto es innegable”. Con estas palabras, inauguraba la doctora Paola Vanesa Nava esta conferencia. Al mismo tiempo, sin embargo, exponía sus dudas sobre si la Reforma al Poder Judicial era la solución que estábamos buscando. Pero, con unas elecciones en puerta, programadas para el primero de junio de este año, tenemos que adelantarnos a lo que ya se ha vuelto una realidad. ¿Quién mejor que el doctor Dr. José Luis Brahms Gómez, abogado, docente universitario, conferencista, humanista y experto del Derecho Electoral Mexicano, para señalar los detalles que debemos considerar al respecto?

Cierto que, como hemos dicho, existía una profunda inconformidad por parte de la ciudadanía en torno a nuestro sistema de justicia. El tema que adquirió mayor calado fue el de la corrupción, angustia que pareciera justificar las medidas más drásticas para erradicarla a toda costa. Por eso, la doctora Paola es de la opinión que “se debió haber procedido mediante denuncias y, así, llegar a las últimas consecuencias, en vez de quitar a todos de un día para otro”.

Recordemos que la Corte Interamericana, al escuchar las acusaciones de inconstitucionalidad que se han hecho a la Reforma, ha cuestionado al Estado sobre su proceder. El resultado fue que, dado que no se realizaron estudios pertinentes para concluir que esta era la mejor solución, esta Reforma no puede tomarse sino como una

“mera ocurrencia”.

“Veníamos de un contexto en el que se había instaurado un proceso meritocrático: nos referimos a la carrera judicial, que todos los aspirantes tenían que recorrer para llegar a los cargos”, decía el doctor Brahms. Pero he aquí que hemos roto ya con ese sistema: ahora, “hay una nueva realidad y el mérito fue descartado del todo”, sustituyéndose por la popularidad. Es decir, los puestos que integraban personas con conocimiento técnico del Derecho vendrán a ser ocupados por gente que no ha pasado tantos filtros.

No obstante, el doctor nos animaba a “que tampoco nos asuste”.

“El sistema va empezando”, señalaba: confía en que el INE proveerá lo necesario para que se den de buena manera las circunstancias de esta elección. Afirmaba que, con el tiempo, se irán haciendo los ajustes necesarios.

Para los contendientes, no menos que para la ciudadanía, existe una serie de incertidumbres en torno al proceso. A los jueces y magistrados “nunca les ha importado fraguarse una imagen: hasta ahora, no habían precisado el contacto ciudadano para posicionar su imagen y hacerse conocidos… Hoy, el juez, que suele ser tremendamente impopular por las decisiones que toma, tendrá que volverse popular”, espetaba.

Evidentemente, esta idea no ha sentado bien a la mayoría del gremio. El sentimiento que suscita quedó formulado por la doctora Paola de la siguiente manera: “estaríamos

vendiendo la justicia, pues, para agradar, tenemos que pagar con compromisos políticos”.

No obstante, el doctor Brahms declaraba que el INE marcará lo que pueden y no pueden hacer los candidatos en la contienda electoral, tal como hace ya con los otros tipos de elecciones. “Le corresponde a este órgano comprobar que los jueces se comprometan, antes de postularse, a generar sentencias con la mayor certeza e imparcialidad. Con este tipo de principios y valores, acaso se pueda trabajar”.

Habrá que esperar a ver cómo se desarrollan estas inusitadas elecciones este mes de junio. Hasta entonces, invitamos a nuestra audiencia a ahondar en el tema con la conferencia del doctor Brahms: https:// www.facebook.com/share/v/16EFQJDzBd

Dr. José Luis Brahms Gómez Abogado, Docente Universitario, Conferencista, Humanista y experto del Derecho Electoral Mexicano

„ El Dr. José Luis Brahms Gómez es un destacado abogado nayarita, docente universitario, conferencista y humanista, reconocido por su especialización en Derecho Electoral Mexicano. Su trayectoria académica incluye la Licenciatura en Derecho y una Maestría en Derecho Público por la Universidad Autónoma de Nayarit, así como una Maestría en Procesos e Instituciones Electorales, promovida por el Instituto Federal Electoral y avalada por la Secretaría de Educación Pública. Además, cuenta con un Doctorado en Derecho Electoral impartido por el Instituto Prisciliano Sánchez del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco.

„ En el ámbito profesional, ha sido docente de nivel superior y posgrado en diversas universidades, entre ellas la Universidad Autónoma de Nayarit, la Universidad del Valle de Matatipac, la Universidad de Guadalajara y la Universidad UNIVER. Su experiencia en la administración electoral es extensa,

desempeñándose como Facilitador de Miembros del Servicio Profesional Electoral Nacional del IFE/INE, así como Vocal de Organización Electoral y Vocal Secretario en distritos de Nayarit y Jalisco. También fue Presidente del Consejo Distrital 18 del entonces Distrito Federal, donde fue evaluado con calificación de excelencia por los partidos políticos y sobresaliente por la Dirección Ejecutiva del Servicio Profesional Electoral.

„ Durante su carrera, ocupó el cargo de Vocal Ejecutivo en distintas juntas distritales en Jalisco, además de ser miembro titular del Servicio Profesional Electoral desde el año 2000, ratificado por el Instituto Nacional Electoral en 2014. Entre 2016 y 2021, fue designado por el Senado de la República como Magistrado del Tribunal Estatal Electoral de Nayarit. Actualmente, es Profesor de Tiempo Completo en la Universidad Autónoma de Nayarit y aspirante a Magistrado de la Sala Regional Guadalajara del Poder Judicial de la Federación.

„ En el ámbito académico, ha contribuido a la literatura jurídica con publicaciones de relevancia internacional. Entre sus obras, destaca su participación como coautor en los ensayos “La autoridad administrativa electoral federal: IFE”, incluido en Derecho Electoral Mexicano: Una Visión Local: Jalisco, y “Derecho electoral alemán”, dentro de Derecho Electoral Comparado, ambas publicadas por la editorial Marcial Pons en España y Sudamérica

El Papel de las Barras y Colegios de Abogados en la Actualidad

Siempre es más complicado hablar de uno mismo que de los demás. Esto sucede también respecto a la profesión: a veces, dado que estamos tan familiarizados con ella, olvidamos hacer una crítica honesta de la manera en que la desempeñamos. Por eso, la conferencia del Dr. Eduardo Alberto Osorio Rosado, juez de distrito adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Querétaro, con sede en Querétaro, es más bien una invitación a reconsiderar el papel de los abogados en México.

Señalaba que, precisamente ahora, en trance a la Reforma Judicial, es buen momento para hacer los cambios necesarios. “Nos enfrentaremos a un mundo nuevo para la abogacía”, mencionaba: “por eso, es cada vez más relevante que los gremios de abogados resignifiquen su postura y cobren un papel más protagónico en esta nueva era”.

Agregó que no se trata, simplemente, de buscar una notoriedad que destaque nuestro prestigio, sino de elegir un papel protagónico en cuanto a “regular la función que demos desde todos los frentes”.

En su biografía destaca un acontecimiento que cambió para siempre su manera de pensar: relataba que, en 2018, cuando participó en un intercambio de jueces latinoamericanos, reuniéndose en Puerto Rico para tal efecto, escuchó testimonio del panorama que viven los abogados en Estados Unidos. Dicha impresión le dejó la

certeza de que “el abogado que litiga allí, se encuentra dos o tres escalones encima del abogado en general”.

En inglés, se ocupan dos términos para hacer esta distinción: lawyer es aquel que se ha graduado de la carrera de leyes; attorney, quien está permitido de participar en los procesos. Pero no se trata de una cuestión que se queda en los términos, sino que denuncia una diferencia sustancial en cuanto a la preparación de cada uno.

El doctor Eduardo señalaba que, de todos los que obtienen su título en Derecho, solo algunos compiten por la posibilidad de desempeñarse en los procesos; de estos, solo el 30% es seleccionado para hacerlo. Es decir, existe una cantidad de filtros que deben pasar. No solo eso, sino que cada dos años son sometidos nuevamente a pruebas para mantener su vigencia. Se precisa, pues, perseverar en la educación continua.

“Por eso resulta tan natural para ellos el ejercicio de la abogacía con sumo profesionalismo”, afirmaba el doctor. Así se logran las “buenas prácticas”, añadía. Dado que son un grupo selecto, es posible normar el ejercicio de la tarea ante tribunales. Esto permite, por supuesto, un aspecto positivo en la producción de documentos y resoluciones.

Mencionaba que, en contraste, falta mucho nivel de profesionalismo para llegar a tener estatus de defensa técnica en nuestro país. “Mientras más nos alejábamos de

la fecha de inicio del sistema acusatorio, esperaríamos encontrarnos con mayor profesionalización; sin embargo, he hallado que cada vez hay más participación de abogados menos preparados”, admitía decepcionado. Del mismo modo, los jueces han reducido el rigor con el que se desempeñan.

Concluía de la siguiente manera: “nos falta colegiarnos, pero colegiarnos en serio. Resignificar el papel de las barras, las cuales no son grupos sociales para organizar desayunos o para que su directiva destaque; en cambio, se trata de crecer en la profesión de manera conjunta.

Dr. Eduardo Alberto Osorio Rosado

Juez de Distrito adscrito al Centro de

Justicia Penal Federal en el Estado de Querétaro, con Sede en Querétaro

„ Eduardo Alberto Osorio Rosado es Juez de Distrito adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en Querétaro, con 23 años de experiencia en el Poder Judicial de la Federación. Ha ocupado cargos como Juez Primero de Distrito, Juez de Distrito en Materia Mercantil Federal y Juez Especializado en el Nuevo Sistema de Justicia Penal en Tabasco, donde inauguró el Centro de Justicia Penal Federal y consolidó la oralidad en materia mercantil.

„ En el ámbito académico, ha impartido clases en universidades de México, Panamá y Filipinas, así como en la Escuela Federal de Formación Judicial y las Casas de la Cultura Jurídica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Ha capacitado a fuerzas armadas y cuerpos policiales en temas penales y de derechos humanos.

„ Es coautor y coordinador del libro Cuestiones

Es para estar unidos como gremio, profesionalizarnos más y también ser los grupos especialistas que estén señalando en todo momento a las autoridades la manera en que se desarrollan los procesos”.

En este tema tan urgente como esperanzador, el doctor Eduardo nos recuerda, a través de su conferencia, que como juristas nunca debemos conformarnos. Pueden escuchar sus palabras a través del siguiente enlace: https://www.facebook.com/share/ v/16C2Dsf7KW

Jurídicas Relevantes de Derecho Constitucional Mexicano y autor de artículos sobre oralidad mercantil y amparo. Su formación incluye un Doctorado en Derecho, una Maestría en Derecho Constitucional y Amparo, y especialidades en justicia penal y derechos humanos.

Justicia Penal para Adolescentes: ¿Es Suficiente el Sistema para Prevenir y

Sancionar la Violencia Juvenil?

Cuando pensamos acerca de la justicia adolescente, nos encontramos con que, en opinión de muchas personas, no debería distinguirse de la justicia para adultos. Sin embargo, es importante recordar que tal perspectiva ha sido superada por los ideales más recientes en cuanto a Derechos Humanos, dándole al adolescente una distinción especial debido a su edad y a su falta de desarrollo. Por lo tanto, es menester tratarlo según sus propios requerimientos. En esta conversación, algunos expertos nos ayudaron a dilucidar en qué debería consistir una verdadera justicia para adolescentes.

Contamos con la participación de las siguientes personalidades: el Dr. Alejandro Ramón Fuentes, ex magistrado del Tribunal para Menores Infractores del Poder Judicial del Estado de Durango; la Mtra. Ivón Ruiz Cerón, ex jueza especializada en Justicia Penal para Adolescentes; la Mtra. Rosy Isela Gutiérrez Beltrán, jueza de control y enjuiciamiento especializada en Justicia Penal para Adolescentes y, finalmente, el Dr. Héctor González Estrada, juez de enjuiciamiento del Sistema Procesal Penal Acusatorio del

Poder Judicial de la CDMX.

Ya desde las primeras palabras que se pronunciaron, el doctor Alejandro adelantaba que “el sistema de justicia penal para adolescentes debemos entenderlo como un conjunto de programas para la prevención de conductas delictivas en los adolescentes”.

A esto, agregaba la maestra Ivón que debíamos recordar que este sistema no tiene un fin punitivo, sino socioeducativo, en el que se busca generar competencias y destrezas en el adolescente.

En efecto, la sociedad frecuentemente se muestra desmesurada con las penas que desea imponer a los delincuentes, especialmente con aquellos menores de edad. Como dijimos antes, la opinión pública quisiera que ellos fueran juzgados en calidad de adultos, como si fueran plenamente conscientes del mal que causan. “La sociedad quiere ver este tipo de espectáculos”, señalaba la maestra. “Pero acá no tenemos penas: nuestra finalidad es la reinserción”.

En opinión de la maestra Rosy, el error radica en la implementación del

sistema, puesto que, aunque esté diseñado con vistas a la reinserción, muchas veces fallamos en ponerlo en práctica.

De hecho, pareciera que el meollo del asunto radica precisamente en la falta de educación que tanto las familias como el gobierno no han podido ofrecerle a la juventud. “La medicina curativa nunca es tan efectiva como la preventiva”, decía el doctor Héctor.

En este sentido, añadía la maestra Rosy, “la juventud es presa fácil de la delincuencia organizada. El Estado les ha fallado en tantos temas: familia, salud, educación, cultura, etc. La consecuencia es que ellos están buscando lo mínimo para sobrevivir en el crimen organizado. Son captados por estos grupos delictivos y por 1500 pesos se vuelven gatilleros. Tenemos que analizar realmente quién le falló a quién”.

Mencionaban que, en caso de llegar al extremo del internamiento, este no puede ser sino “excepcional”, en palabras del doctor Alejandro. Esto es, que debe tener por objetivo claro la futura reinserción social del internado. Deberá planearse toda su estancia de acuerdo con las metas que pretenden ser alcanzadas: dotarle de sensibilidad, de competencias, de destrezas, además de ayudarlo a concluir la secundaria o la preparatoria, por ejemplo. De esta manera, es posible pensar en que no reincida en

Dr. Alejandro Ramón Fuentes, Ex Magistrado del Tribunal para Menores Infractores del Poder Judicial del Estado de Durango

Mtra. Ivón Ruiz Cerón, Ex Jueza Especializada en Justicia Penal para Adolescentes

sus conductas delictivas al salir.

Finalmente, la maestra Rosy delineaba el riesgo que comporta el llevar al joven negligentemente al internamiento: “puede volverse contraproducente, causando resentimiento en ellos, lo cual los convertirá en sujetos de mayor peligro”, afirmaba.

Ya se ve que la justicia para adolescentes no es tema que deba tomarse a la ligera. Por ello, invitamos a todos nuestros lectores a tomarse un momento y considerar más a fondo la cuestión escuchando la conversación completa: https://www.facebook.com/ share/v/16MeNoYrjs.

Dr. Héctor González Estrada, Juez de Enjuiciamiento del Sistema Procesal Penal Acusatorio del Poder Judicial de la CDMX
Mtra. Rosy Isela Gutiérrez Beltrán, Jueza de Control y Enjuiciamiento Especializada en Justicia Penal para Adolescentes

Omisiones y Responsabilidades del Ministerio Público

Existe mucha controversia en torno a la verdadera función del Ministerio Público, principalmente, por parte de los no versados en temas jurídicos. Asimismo, hay polémica sobre si este realiza diligentemente sus funciones, dado que muchas veces los juicios quedan absueltos por motivos que no quedan muy claros. En este contexto, el Dr. Camilo Pech Iuit, magistrado de circuito del Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Circuito con residencia en Cintalapa de Figueroa, Chiapas, pretende explicarnos un poco más acerca de esta cuestión.

En primer lugar, nos recordaba entender la labor de la fiscalía desde varios ámbitos. En efecto, actúa como autoridad investigadora, antes de formulada la imputación; como investigación complementaria, una vez formulada; finalmente, desempeñándose ya en juicio. La obligación de la fiscalía cambia en cada uno de estos momentos.

Ahora bien, el doctor admitía que la metodología que utiliza la fiscalía muchas veces es insuficiente; esto, da lugar a que se determine ilegal una detención. Por ejemplo, si la policía, al hacer su investigación, no cumple con las diligencias correctas, es imposible para la fiscalía proceder con todas las de la ley. “Se cae el asunto, sencillamente”, decía el doctor.

Mencionaba que el propósito de un abogado defensor es encontrar los

errores de la fiscalía, pues en base a ello se advertirá la ilegalidad de la obtención de los datos; o bien, el hecho de que no sucedieron las cosas como se plantean. Así, sus clientes logran salir absueltos. Por ello, la capacitación no compete solo al Ministerio Público, sino también a la policía.

Además, el proceso puede estar viciado en sí mismo. Por ejemplo, si se lleva a cabo un juicio contra una persona indígena que no entiende el español. De esta manera puede declararse el juicio como inválido.

“Lo que se da la mayoría de las veces es una negligencia… Hay juicios en los que me ha tocado una defensa tan buena, que no había oportunidad de que el fiscal dijera cosas que no fueran al caso”, comentaba.

Es una obligación del fiscal que todas las pruebas que tenga las incorpore a la carpeta de investigación. Por ello, en caso de querer agregar una prueba más en pleno juicio, estaría cometiendo una violación. De ahí que la defensa pueda agarrarse de esto para, objetándolo, conseguir una absolución.

Recordemos que la fiscalía es la representación del Estado. Cuando esta hace mal su trabajo, la sanción no es propiamente para el fiscal, sino para el Estado, que no cumple con sus obligaciones. Son los únicos que pueden

ejercer la acción penal; si no lo hace correctamente, el responsable es el Estado.

Por lo tanto, el doctor afirmaba que “no puede haber hoy en día abogados de escritorio: activamente hay que investigar las pruebas… Si no, estás frío, ya no existe el trabajo donde todo llega en papel”.

En conclusión, recordemos que los errores o negligencias de la fiscalía, detectadas por el abogado defensor, son capaces absolver el juicio en su totalidad. Por lo tanto, el abogado deberá siempre familiarizarse activamente con el caso que atienda. En cambio, del lado de la fiscalía, no basta con capacitar a esta para realizar sus actividades correctamente: se requiere del apoyo de la policía, que también debe capacitarse.

Nuestros lectores pueden disfrutar de este interesante tema escuchando la conferencia completa a través del siguiente enlace: https://www.facebook. com/share/v/196ehraw5K.

Dr. Camilo Pech Iuit

Magistrado de Circuito del Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Circuito con residencia en Cintalapa de Figueroa, Chiapas

„ Camilo Pech Iuit es Magistrado de Circuito en el Tribunal Colegiado de Apelación del Vigésimo Circuito, con residencia en Cintalapa, Chiapas. Su trayectoria académica incluye la Licenciatura en Derecho por la Universidad Autónoma de Yucatán, la Maestría en Amparo por la Universidad de Durango y el Doctorado en Derecho por la Universidad Anáhuac Mayab, este último aún en proceso de titulación. Además, cuenta con una especialidad en el Sistema de Justicia Penal para Adolescentes por la Escuela Federal de Formación Judicial.

„ A lo largo de su carrera en el Poder Judicial de la Federación, ha ocupado diversos cargos, entre ellos Juez de Distrito Especializado en el Sistema de Justicia Penal Acusatorio en Campeche y Secretario en distintos tribunales colegiados y juzgados de distrito en Chihuahua, Yucatán y el Estado de México. Desde junio de 2024, ejerce como Magistrado de Circuito.

„ Ha complementado su formación con múltiples cursos en temas como perspectiva de género, ejecución penal, juicio de amparo y razonamiento probatorio, tanto en instituciones nacionales como internacionales. Su labor docente incluye la enseñanza de Derecho en la Universidad Autónoma de Chihuahua y la capacitación de personal del Poder Judicial de la Federación en la Escuela Federal de Formación Judicial. Asimismo, ha participado en diversos congresos, foros y mesas redondas sobre el sistema de justicia penal, la ejecución penal y la protección de derechos fundamentales

Clase introductoria

"Teoría del Delito para la Responsabilidad Penal de las Personas

Jurídicas

y Compliance Criminal"

El Dr. Rubén Darío Merchant Ubaldo, doctor en Derecho y especialista en Derecho Penal, vino a ofrecernos un curso de interés para toda la comunidad jurídica. Por lo demás, se trata de un tema que “no se aborda tanto en México: aquí, hay tan solo algunos tintes en los que ciertos jurídicos se enfocan”, diría nuestro invitado.

Comenzaba su conferencia con la siguiente cuestión: ¿acaso necesitamos una reingeniería de la teoría del delito para personas físicas? “El panorama que tenemos actualmente, es que traemos estas teorías de otros países; desde luego, al ser importadas, las intentamos aplicar a nuestro contexto local; sin embargo, estudiando y analizando, me parece que necesitamos un ajuste apegado a la realidad social en la que vivimos”, mencionaba.

En cambio, proponía: “necesitamos una teoría más flexible, sin tantos tecnicismos. Se advierten muchas situaciones de impunidad, de exceso de legalidad. La parte teórica debe volverse más accesible, para poder palpar una verdadera impartición de justicia. Hay que hacer una vuelta a nuestra realidad mexicana; los juristas tenemos esta responsabilidad”. Con esto, extendía una invitación no ya solo a unirse a su curso, sino además a comprometerse con esta carencia en nuestro sistema.

Para ello, opinaba que debemos

escuchar a sociólogos y otros especialistas que nos puedan “abonar” en este primer planteamiento.

Es importante mencionar, en esta guisa, que una persona jurídica o moral nunca ha sido, en la historia de nuestro país, sentenciada penalmente. La razón de esto explicaba el doctor, tiene que ver con la “poca legislación que tenemos al respecto”. En cambio, otros países tienen leyes especializadas, protocolos y lineamientos. En México, el juzgador simplemente no tiene herramientas jurídicas idóneas en este sentido.

El doctor advertía que no hay que confundir, como ha sucedido bastante ya, a la persona jurídica culpable con alguna persona física que participe del delito. ¿Por qué ha sucedido esto? Porque no se ha generado el suficiente diálogo respecto a la teoría del delito. Hace falta, en efecto, instruirnos en el tema.

En una ocasión, el doctor asistiera a una reunión en el extranjero. Allí, conocería a un colega español que llegaría tarde a la reunión en sí. Más tarde, al inquirirle el doctor Rubén sobre el motivo de su demora, se enteraría de que el colega español tuvo que comparecer a un juicio penal contra una persona jurídica. Al saber esto, nuestro invitado sabría que en México estábamos todavía muy lejos de llegar a este punto del

Derecho.

En efecto, somos el único país en Latinoamérica que no tiene un Código Penal para todo el país. “Decir que cada Estado tiene sus costumbres, es ponerle un candado a que esto avance”, opinaba.

“Por ello”, concluía el doctor, “lo que veremos en el curso, será encaminado a que, si vas a presentar una teoría del caso, lo hagas con conocimiento; por otro lado, si vas a presentar juicio contra una persona jurídica, tendrás las herramientas fundamentales para rebatir ante el juez”, decía.

Invitamos a todos los interesados a convencerse de tomar el curso escuchando la conferencia completa a través del siguiente enlace: https://www.facebook. com/share/v/1DvBnXzgQJ

Dr. Rubén Darío Merchant Ubaldo

Doctor en Derecho y Especialista en Derecho Penal

„ El Dr. Rubén Darío Merchant Ubaldo es un jurista con una sólida formación académica y una destacada trayectoria profesional. Es Licenciado en Derecho y Especialista en Derecho Penal, además de contar con maestrías en Derecho Civil y Alta Dirección Empresarial. Ha obtenido doctorados en Derecho y en Alta Dirección Estratégica Internacional, así como posdoctorados en Investigación Jurídica y en Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales. Su excelencia académica ha sido reconocida con tres Doctorados Honoris Causa.

„ En el ámbito de la investigación y divulgación, ha publicado diversas obras sobre legislación, derecho y análisis jurídico, abordando temas como la Constitución Mexicana, el proceso de Cristo desde una perspectiva legal y el compliance en sectores público y privado.

„ En su ejercicio profesional, ha ocupado cargos clave en la administración pública, incluyendo funciones en la Procuraduría General de Justicia del Estado de México y la Secretaría de Salud. Asimismo, ha sido apoderado legal del Instituto Mexicano del Seguro Social y ha desempeñado funciones de auditoría y asesoría jurídica en diversas instituciones gubernamentales.

„ Como académico, ha impartido cátedra en licenciaturas, especialidades y posgrados en múltiples universidades en México. Su labor docente se extiende a temas de derecho penal, civil, administrativo, amparo y criminología, entre otros. También ha participado en congresos, conferencias y capacitaciones nacionales e internacionales, consolidando su prestigio como referente en el ámbito jurídico.

Detenciones Ilegales

Sabemos que, desde hace no poco tiempo, existe mucho disgusto entre la ciudadanía respecto a los operativos ilegales en los que, frecuentemente, incurren las fuerzas policiacas y militares de nuestro país. Ejemplos sobran: recordamos, entre tantos otros, el caso Atarraya, que no pudo verse exento de irregularidades. Por eso, conviene que la ciudadanía cobre consciencia sobre en qué consisten las detenciones ilegales y qué podemos hacer al respecto.

Este es el tema que ocupó al Lic. Luis Omar Ramírez Ruiz, juez de distrito del Centro de Justicia Penal Federal en el estado de Zacatecas, con residencia en Zacatecas. En conferencia, nos ayudó a esclarecer la cuestión.

Comentaba que ya en el artículo 16 de la Constitución, se establece el derecho a la libertad. Por ello, la privación de la libertad constituye un acto inconstitucional y una violación directa a dicho derecho; cuanto más, si la detención es realizada sin una orden judicial que la justifique.

Sin embargo, hay que tener en cuenta que existe la excepción a esta regla. Nos referimos al caso de flagrancia o caso urgente. Así, una detención ilegal ocurre cuando no se actualizan estas condiciones: a saber, una orden judicial, la flagrancia en la consumación de un delito o el hecho de que se trate de una cuestión urgente.

Ahora bien, la Constitución prevé que cualquier persona puede detener a otra. A

esto es a lo que llamamos una detención ciudadana. Lo puede hacer, pues, la policía (municipal, estatal y federal) y la Guardia Nacional; lo mismo pasa con el ejército y la marina.

Teniendo esto en claro, tendríamos que conocer la diferencia entre retención y detención. Como ciudadanos, debemos entender que hay tres niveles de contacto, según lo dispuesto por la ley, entre los civiles y la autoridad: 1. Inmediación: en el que la autoridad pueda acercarse a nosotros, hablarnos; 2. Retención: sucede cuando la autoridad ve aspectos que la merecen una investigación mayor; 3. Detención: en la que la autoridad debe justificar una sospecha razonada.

En esta guisa, tengamos en cuenta lo que se le prohíbe a la autoridad: en primer lugar, que la sospecha razonada se base en nuestra apariencia o forma de hablar. Esto es algo inadmisible.

Asimismo, en caso de atrapar en flagrancia, la persona que es detenida debe ser puesta en disposición inmediata de la fiscalía de la federación. A partir de entonces, el asunto debe ser judicializado, por norma, dentro de las 48 horas siguientes. Es decir, estamos hablando de una cuestión de plazos: si estos no se respetan, la detención es ilegal.

De todo lo cual, se hace evidente que “debemos reforzar a los elementos aprehensores (a la policía, a la Guardia Nacional, al ejército), puesto que son los primeros respondientes: ellos están

en contacto directo con la ciudadanía”, mencionaba el licenciado Luis.

Invitamos a todos nuestros lectores a revisar el tema a detalle escuchando la conferencia completa en: https://www. facebook.com/RevistaLEXINFORMA/ videos/645806218172436?locale=es_ LA.

Lic. Luis Omar Ramírez Ruiz

Juez de Distrito del Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Zacatecas, con Residencia en Zacatecas

„ Luis Omar Ramírez Ruiz es un jurista con una destacada trayectoria en el Poder Judicial de la Federación. Es Licenciado en Derecho por la Universidad Veracruzana, con estudios de especialización en Derecho del Trabajo y Justicia Laboral en la Escuela Federal de Formación Judicial, así como una Maestría en Derecho Civil en el Instituto de Estudios Superiores en Derecho Penal.

„ A lo largo de su carrera, ha recibido formación continua en diversas áreas del derecho, incluyendo justicia penal, derechos humanos, razonamiento probatorio y derecho laboral, mediante cursos y diplomados impartidos por instituciones como la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Consejo de la Judicatura Federal y universidades de prestigio. Ha participado en múltiples congresos, seminarios y mesas redondas, abordando temas de seguridad, justicia penal y derechos fundamentales.

„ En el ámbito académico, ha sido docente y conferencista en instituciones como la Universidad Autónoma de Durango y la Escuela Federal de Formación Judicial,

especializándose en derechos humanos, análisis de sentencias y metodologías de investigación para la impartición de justicia.

„ Dentro del Poder Judicial de la Federación, ha desempeñado diversos cargos, incluyendo oficial administrativo, secretario particular y secretario de tribunal en distintas instancias y circuitos. Actualmente, ejerce como Juez de Distrito en el Centro de Justicia Penal Federal en el Estado de Zacatecas, con residencia en Zacatecas, donde continúa su labor en la impartición de justicia federal.

El Principio de Inmediación en el Nuevo Sistema de Justicia Laboral

Somos conscientes de que hay muchos aspectos a mejorar en cuanto a la impartición de justicia. Uno de ellos, que frecuentemente hallamos en la práctica, consiste en caer en demasiados formalismos procesales; esto, puede ralentizar considerablemente el llegar a una sentencia. De esta manera, el derecho laboral, que no está exento de este vicio, tendría que comenzar a atender el principio de inmediación.

Así explicaba el Mtro. Yonathán Mauricio Yáñez Yllán, juez de distrito del Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, con sede en la Ciudad de México. En una palabra, definía la inmediación como “la pretensión es quitar intermediarios, de modo que sea el juez quien perciba todas las pruebas; especialmente, aquellas que tienen que ver con el desahogo de declaraciones”.

Para terminar de comprender esto, necesitaríamos remontarnos a los precedentes de la aplicación de este principio. El más mediato, mencionaba el maestro, fue en materia penal: recordemos que esta fue la primera área del Derecho en implementar la oralidad. Como sabemos, hasta 2008, los sistemas de justicia ordinaria eran predominantemente escritos.

Así pues, la SCJN, en el amparo 456 del 2019 en materia penal, se vio forzada a consultar esta doctrina sobre el principio de inmediación. De ello, resultó que a través del lenguaje verbal y no verbal es posible crear una mejor aproximación sobre cómo acontecieron los hechos en la realidad. De esta manera, se puede elaborar un juicio de verosimilitud.

Un punto sobre el que debemos ahondar, en opinión del maestro Yonathán, es en la importancia de los componentes paralingüísticos del testimonio: es decir, aquellos factores no verbales de las declaraciones de las partes. Nos referimos al tono, la disposición, la dirección, las muecas, el sonrojo, etc. Todos estos elementos pueden hacer la diferencia, pero solo son apreciables para el juez gracias a la inmediación.

“Requiere que sea ante la presencia del juez que se desahoguen las pruebas: a través del contacto visual, se tienen mayores elementos de convicción por encima de formalismos procedimentales”, mencionaba el maestro.

Se entiende que todo esto se hace con miras a que el juez se aproxime más a la realidad de los hechos y no a la

estrategia de litigio de los participantes. Así, la inmediación se constituye como una verdadera herramienta metodológica de formación de la prueba.

Concluía el maestro Yonathán: “la única forma de que transitemos hacia un modelo de justicia eficiente va a ser que simplifiquemos todo y seamos mucho más prácticos y pragmáticos sin romper esquemas formales de la ley”.

Para mirar la conferencia completa, pueden hacerlo a través de la siguiente dirección: https://www.facebook.com/ share/v/19Cy5tine4.

Mtro. Yonathán Mauricio Yáñez Yllán

Juez de Distrito

del

Cuarto Tribunal

Laboral Federal de Asuntos Individuales, con Sede en la Ciudad de México

„ El Mtro. Yonathán Mauricio Yáñez Yllán es Juez de Distrito del Cuarto Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, con sede en la Ciudad de México, cargo que ocupa desde octubre de 2022. Es egresado de la Licenciatura en Derecho por la UNAM y cuenta con una Maestría en Derechos Humanos por la Universidad Iberoamericana, con mención honorífica, así como una Maestría en Derecho por el Centro Universitario Incarnate Word. Además, es Especialista en Derecho del Trabajo y Justicia Laboral por el Instituto de la Judicatura Federal.

„ Ha complementado su formación con diversos cursos y diplomados en juicio de amparo, medios alternativos de solución de controversias, extinción de dominio, transparencia y protección de datos personales, género e igualdad, y tecnología aplicada a la impartición de justicia. También ha participado en foros y seminarios sobre la reforma laboral y el derecho colectivo del trabajo.

„ Dentro del Poder Judicial de la Federación, ha desempeñado cargos como Oficial Judicial, Actuario y Secretario en juzgados de distrito en materia laboral y civil, así como en tribunales colegiados en materia de trabajo. Su trayectoria y especialización lo han consolidado como un referente en la justicia laboral, contribuyendo a la implementación y aplicación de las reformas en esta materia.

Revisión de rutina en operativos policiales:

¿Prevención del delito o abuso de autoridad?

¿Confían los ciudadanos en las autoridades? A nadie le será complicado responder esta pregunta: lejos estamos de confiar en las autoridades de nuestro país, dado que todos, en algún momento, hemos sido víctimas de sus malas prácticas. Y aunque se ha buscado imponer una imagen de seguridad con este tipo de medidas, por el contrario, estas han sido causa de “temor, miedo y terrorismo”. Decía el doctor José Manuel. Por este motivo,

Penal

hemos convocado un panel de especialistas para tocar la cuestión.

Para este efecto, convocamos a las siguientes personalidades: al Dr. Marco Antonio León Fernández, Abogado postulante especialista en materia penal; a la Dra. Paola Vanessa Nava Calvo, conferencista, abogada postulante y catedrática; a la Lic. María Vianney Martín del Campo Vera, abogada especializada en derechos humanos y género; al Mtro. Sergio Fabian Puente Garcia, especialista en derecho penal y, asimismo, al Dr. José Manuel Moreno Luna, catedrático, conferencista y consultor jurídico.

Afirmaban que, desde el punto de vista jurídico, la revisión de rutina sería ilegal. Nadie puede ser molestado sino en virtud de mandato escrito de la autoridad competente, según el artículo 16 de nuestra carta magna. Agregaríamos aquí el artículo primero de la misma, pues estas revisiones violarían los derechos fundamentales.

Este tipo de conductas se vuelven más graves cuando, lejos de cumplir el objetivo de una política de lucha de la criminalidad, se realizan con un

Dra.

exceso de abuso de la autoridad. Es decir, cuando hay un uso desmedido de la fuerza; o bien, que decidan no identificarse los oficiales, además de muchas otras conductas contrarias a la cultura de la prevención.

Nuestros invitados mencionaron que, hasta cierto punto, se vuelve incluso un acto de molestia: ¿por qué detener, como le sucedió a una de las participantes del panel, a una señora indefensa, por ejemplo? ¿Por qué no revisan a quienes realmente se ven sospechosos? Cuestiones así sugieren que no se combate la criminalidad, sino que solo buscan extorsionar.

De esta manera, resulta necesario tocar los temas de proporcionalidad y justificación: dos palabras clave que debemos tener en cuenta, según la licenciada Vianney. Para no violar derechos humanos, se necesita actuar con proporcionalidad: ponderar qué tanta fuerza se necesita, qué tantos elementos deben ir, etc. Asimismo, debe estar justificado cada cateo de acuerdo con los objetivos que se tengan. En una palabra, el operativo debe estar argumentado previamente.

En este sentido, las autoridades habrán de preguntarse qué delito se combate, qué estrategia se aplica, cómo sabemos que es proporcional

Vanessa Nava
Lic. María Vianney Martín del Campo Vera, Abogada Especializada en Derechos Humanos y Género

Dr. José Manuel Moreno Luna, Catedrático, Conferencista y Consultor

las medidas que van a ser aplicadas.

Pero tener un operativo es ya haber hecho un análisis de qué es lo que se investiga, qué se intenta encontrar: en expresión de uno de los participantes del panel, “no estar con bastonazos de ciego”. Se necesita hacer un diagnóstico de la situación, a fin de elaborar estratégicamente las operaciones que van a aplicarse.

Comentaba el doctor Marco Antonio que “casi milagrosamente, a partir de que Trump nos dio un manotazo, comenzaron con los operativos. Ahora bien, lugares críticos hay en todos lados de la Ciudad de México: no sabemos cuál

es ese programa de prevención del delito. No nos dieron a conocer un diagnóstico de necesidades realizado por expertos”.

Creemos que, en el meollo del asunto, tenemos que los elementos de seguridad no están siendo capacitados para ver cómo prevenir y detectar cualquier tipo de delincuencia, a fin de mantener el orden público. En este contexto, el requisito indispensable sería respetar los derechos humanos. Decían nuestros expertos que “en definitiva, no hubo capacitación. Esto no es prioridad para el gobierno: no les interesa no violentar nuestros derechos”.

Por todo lo anterior, se había vuelto meritorio tocar el tema, en una coyuntura donde no se vislumbra que podamos tener esperanza en nuestras autoridades. Quienes deseen escuchar las opiniones completas de nuestro panel, pueden hacerlo en el sitio: https://www. facebook.com/share/v/165oJdcgda.

Semanario Judicial de la Federación

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Claudia Sheinbaum resalta avance de paridad de género en México

La presidenta Claudia Sheinbaum durante la Conferencia Mundial de Mujeres Parlamentarias de la UIP 2025, realizada en Palacio Nacional, en la Ciudad de México, el 14 de marzo de 2025. Foto Yazmín Ortega Cortés

Ciudad de México. Al inaugurar los trabajos de la Conferencia Mundial de Mujeres Parlamentarias de la Unión Interparlamentaria, la presidenta Claudia Sheinbuam Pardo, resaltó el avance de la paridad de género en el país y dijo que en septiembre también llegará al Poder Judicial, tras las elecciones de jueces, ministros y magistrados en junio próximo.

“Somos el primer país que va a elegir a todo el Poder Judicial por voto popular y en la reforma se estableció que de los nueve integrantes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cinco serán mujeres”, expuso.

Subrayó que hoy hay 13 gobernadoras de 31, más la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Clara Brugada, y resaltó que los partidos políticos están obligados, por ley, a postular a igual número de mujeres para este tipo de puestos.

Reconoció que “nos falta todavía un poco también en las presidencias municipales”, donde “somos una tercera parte”.

En la revolución de las conciencias, sostuvo, “hemos encontrado todas nosotras una herramienta profundamente potente para transformar la realidad que nos aleja del inmovilismo y del conservadurismo, y nos acerca siempre a la igualdad”.

La mandataria recordó que cuando asumió el poder, aseguró que a la Presidencia “llegamos todas”. No olvidamos, dijo, que “la lucha de las mujeres es parte necesaria también de la laucha por los derechos y la justicia”.

También destacó la iniciativa de reforma constitucional para elevar al más alto rango en México la igualdad sustantiva, “el derecho a una vida libre de violencia y a trabajo igual, salario igual”.

Mencionó asimismo, que se repartirán millones de cartillas de los derechos de las mujeres por todo el país y será acompañado de una red de mujeres voluntarias.

“Desde aquí decimos al mundo que es tiempo de mujeres; desde aquí celebramos este esfuerzo en favor de la participación política igualitaria para las mujeres de todos los rincones del mundo. Somos mujeres construyendo paz, igualdad y fraternidad universal. Somos mujeres construyendo igualdad y justicia. Es tiempo de mujeres porque cuando llega una ,llegamos todas”, resaltó.

En el Salón Tesorería de Palacio Nacional, Clara Brugada resaltó que en Sheinbaum Pardo “tenemos una mujer presidenta comprometida con la lucha y las causas de las mujeres… Hay mucho que mostrar de lo que hoy nuestra presidenta hizo en la Ciudad de México y en el país”.

Resaltó la “gran reforma constitucional que propuso la presidenta, que garantiza la igualdad sustantiva de las mujeres mexicanas, y la garantía constitucional de una vida libre de violencias”.

Nos hemos propuesto “construir una ciudad feminista y de cuidados, que reconozca a las mujres y el trabajo histórico. Llegó la hora de hacer justicia a las mujeres”, sostuvo.

Cinthya López, organizadora del encuentro denominado “México movilizando al mundo por la paridad”, en el que participan 350 mujeres parlamentarias de 62 países, resaltó que “México es un orgullo para el mundo… Es Usted (le dijo a la mandataria) una de las 18 jefas de Estado a nivel mundial. Le doy las gracias por su confianza”.

La ex priísta señaló: “nos sentimos muy orgullosas de nuestra presidenta, ha sido una lucha histórica desde que las mujeres llegamos a la Presidencia. Nos llena de orgullo y se nos pone la piel chinita, cada vez que la vemos trabajando por nuestro país. Eres un orgullo para México y para el mundo”.

Tulia Ackson, presidenta de la Unión Interparlamentaria y presidenta de la Asamblea Nacional de la República Unida de Tanzania, resaltó que realizar la conferencia de mujeres parlamentarias en México demuestra al mundo que “la paridad no solo es posible, sino que también transforma”.

https://www.jornada.com.mx/noticia/2025/03/14/ politica/claudia-sheinbaum-resalta-avance-deparidad-de-genero-en-mexico

Propone Delfina Gómez reconocer a personas no binarias y que pareja defina orden de apellidos

Buscan con la reforma que las personas no binarias dejen de recurrir a largos y costosos procesos para ser reconocidos en el Registro Civil

La Gobernadora Delfina Gómez Álvarez propuso reformas al Código Civil mexiquense para reconocer a las personas no binarias, y que de manera conjunta las parejas decidan el orden de los apellidos de los hijos, esto como parte de un segundo paquete de iniciativas.

Las propuestas fueron presentadas en sesión de la 62 Legislatura local celebrada este miércoles.

La diputada del Partido del Trabajo (PT), Sara Alicia Ramírez de la O, presentó la reforma que busca que las personas no binarias no recurren a largos y costosos procesos para ser reconocidos en el Registro Civil.

Y es que se reconoce que enfrentan barreras legales genera discriminación y exclusión.

“Las personas no binarias enfrentan una realidad jurídica que no les reconoce plenamente, lo que vulnera su dignidad y derechos, la reforma propuesta busca rectificar esta omisión al permitir que las personas puedan ser registradas y reconocidas legalmente bajo la identidad de género a la que se autodescriben sin tener que recurrir a largos y costosos procedimientos judiciales”, indicó.

La propuesta del Ejecutivo estatal se suma a una primera que en enero presentó la asociación Fuera del Closet, que, advirtió,

que no se tenía un censo de cuántos integrantes de la diversidad sexual se reconocen como no binarios.

Por otra parte, otro ajuste al Código Civil busca que en el registro de los hijos no se privilegie el apellido paterno sobre el materno, por lo que deberá haber un acuerdo entre los padres y de no suceder se tomará el de la mujer.

Ramírez de la O citó que la Suprema Corte de la Justicia de la Nación (SCJN), ya determinó como inconstitucional, que se considere el apellido de los varones sobre las féminas.

“A efecto de permitir que los progenitores elijan cuál de sus apellidos llevarán sus hijas e hijos, a fin de reforzar la idea de una afiliación compartida y de equidad en las responsabilidades familiares”, manifestó.

Dicha iniciativa junto a otra que modifica la denominación de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México por Ley de Bienestar y Desarrollo Social del Estado de México, fueron turnadas a comisiones para su estudio.

https://heraldodemexico.com.mx/ nacional/2025/3/12/propone-delfina-gomezreconocer-personas-no-binarias-quepareja-defina-orden-de-apellidos-682994. html#google_vignette

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