Práctica 2a: Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal (LOMCE, LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la Mancha). Informe con el análisis y conclusiones. -
LOMCE ( Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de 2013)
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LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).
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Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de julio. (Título I Comunidad Educativa. Capítulo III. Las familias. Título VI Factores de calidad de la educación. Capítulo IV. La orientación educativa y profesional).
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Decretos de Currículo en Castilla-La Mancha
En todos los marcos legales mencionados anteriormente podemos encontrar numerosas referencias hacia la tutoría a la participación de los padres en la educación de sus hijos. LOMCE ( Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa de 10 de dic. de 2013) En esta ley se recogen los siguientes aspectos: Artículo 18-5. En el conjunto de la etapa, la acción tutorial orientará el proceso educativo individual y colectivo del alumnado.
El apartado 1 del artículo 56 queda redactado de la siguiente manera: El Consejo Escolar de los centros privados concertados estará constituido por: d) Cuatro representantes de los padres, madres o tutores legales de los alumnos y alumnas, elegidos por y entre ellos. Artículo 119. Participación en el funcionamiento y el gobierno de los centros públicos y privados concertados. 4. Los padres y los alumnos y alumnas podrán participar también en el funcionamiento de los centros a través de sus asociaciones. Las Administraciones educativas favorecerán la información y la formación dirigida a ellos. Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar. f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar por que se atengan a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres, madres o tutores legales, podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas oportunas. LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación). En esta ley se recogen los siguientes aspectos: