SISTEMA DE DOCUMENTACIÓN DE LAS CAPTURAS (SDC): UNA HERRAMIENTA PARA PROMOVER LA SUSTENTABILIDAD DE LOS RECURSOS PESQUEROS EN EL MARCO DE SU COMERCIO GLOBAL Blanca Bottini Rojas (22 de mayo de 2018)
MILES DE MILLONES DE USD
En el año 2016, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO, por sus siglas en inglés), reflejo en su publicación “Estado Mundial de la Pesca” (SOFIA), que el comercio internacional del pescado y los productos pesqueros representa uno de los segmentos de más ventas del sector de la alimentación mundial; y estima que alrededor del 78% de los productos marinos está expuesto a la competencia del comercio internacional. 45
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ordenación de las pesquerías y su entorno ambiental. En este sentido, los países o bloques económicos (como la Unión Europea) y las Organizaciones Regionales de Ordenación Pesquera (OROP´s), con el ánimo de contribuir a combatir este flagelo diseñaron sus propias estrategias de Seguimiento, Control y Vigilancia (SCV), basadas en el mercado y promovieron la adopción de un Sistema de Documentación de las Capturas (SDC). Abordando la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada (INDNR)
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▪ no está autorizada
25
▪ va en contra de
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▪ Los barcos de pesca no tienen bandera contravienen leyes/regulaciones nacionales, ▪ Las actividades de pesca internacionales o de las OROP’s ponen en peligro las poblaciones
▪ va en contra de leyes u obligaciones internacionales
Pesca INDNR produce:
-25
Así mismo, para el año 2014, los países con economías en desarrollo vieron aumentar sus exportaciones hasta 54% del valor total de estas mismas y el 60% de la cantidad (peso en vivo), en comparación al año 1976. Recientemente, indica la misma FAO, que anualmente se capturan entre 91 a 93 millones de toneladas de pescado, con un valor de exportación que en 2016 alcanzó los 142.000 millones de UDS; mientras que los países en desarrollo totalizaron ingresos netos de alrededor de 42.000 millones de USD, procedentes de las exportaciones de pesqueras
La pesca es no reglamentada si:
▪ No reporta o los reportes
medidas de manejo y conservación de los OROP’s
-15
Exportaciones netas de algunos productos agrícola de países en desarrollo. (Fuente: FAO, 2016)
La pesca es no declarada si:
La pesca es ilegal si:
El sistema de control pesquero de la UE:
▪
10 billones de euros anuales mundialmente
▪
19% de los valores de capturas reportados mundialmente
▪
seria amenaza a la pesca sustentable
▪
daños a los ambientes marinos
▪
afecta las condiciones socio-económicas
Cooperación entre la UE y los países no-UE La UE trabaja estrechamente con los paises no-UE para promover el cumplimiento de las normas internacionales
Porqué? La pesca INDNR afecta a operadores legítimos, quienes son golpeados por la competencia desleal, amenaza la seguridad alimentaria y las condiciones socioeconómicas
Herramienta clave
El sistema de certificación de captura de la UE para todos los productos pesqueros – importados, exportados y re-exportado para y desde la UE
1. La regulación INDNR, 2. que establece un sistema comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la 3. pesca ilegal no declarada no reglamentada Council Regulation (EC) No1005/2008
El reglamento relativo a la autorización de actividades de pesca Council Regulation (EC) No1006/2008
La regulación que establece un Sistema de Control Comunitario para asegurar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común Council Regulation (EC) No1224/2009
Si un tercer país tiene problemas para cumplir reglas internacionales: Pre-identificación La Comisión Europea abre un dialogo formal durante al menos 6 meses
si el país mejora su situación, el período de 6 meses puede prolongarse y, en última instancia, puede eliminarse la pre-identificación.
Exclusión El diálogo continuo puede conducir a restablecer la importación de productos de la pesca legalmente capturados
Gracias a esta cooperación, más de 30 terceros países han mejorado su sistema para luchar contra la pesca INDNR
si el país no aborda los problemas, será identificado por la Comisión Europea como no cooperador
Identificación una prohibición de todos los productos para los cuales se valida el certificado de captura una vez que la Decisión entre en vigor
Listado por la UE Productos pesqueros capturados por los buques que enarbolan el pabellón de estos países no pueden importarse a la UE mientras los países sigan en la lista La Decisión desencadena nuevas medidas, incluida una prohibición de pescar para los buques de la UE en aguas de estos países
Aun cuando este panorama es alentador para la economía de los países productores, cada día más los consumidores Infografía de promoción de la estrategia en contra de la Pesca exigen normas de calidad estrictas y garantías que el INDNR (modificado de: Comisión Europea producto a consumir se produce de forma sustentable; https://ec.europa.eu/fisheries/sites/fisheries/files/docs/publica tions/2015-04-tackling-iuu-fishing_en.pdf) por lo que los países deben establecer mecanismos más rigurosos sobre la protección del ambiente, la inocuidad La Unión Europea (UE) introduce el uso del SDC, cuando de los alimentos, la rastreabilidad en la cadena de valor de formula el Reglamento (CE) N˚ 1005/2008, del Consejo, los productos y el bienestar de la biodiversidad. de 29 de septiembre de 2008, que se establece un sistema Una de estas medidas, enmarcada dentro del Código de comunitario para prevenir, desalentar y eliminar la Conducta para la Pesca Responsable (1995), es el “Plan pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR). de Acción Internacional para prevenir y desalentar y Allí se recogen una serie de normas por las que se ha de eliminar la pesca Ilegal No Declarada y No regir el acceso, el desembarque y el transbordo de Reglamentada” (INDNR); aprobado en el año 2001 como productos pesqueros en puertos comunitarios, de los un instrumento voluntario que se aplica, a todos los buques pesqueros que enarbolan pabellón de terceros estados, entidades y pescadores, para evitar que esta países; así como también el tránsito, la importación, el pesca perjudique los esfuerzos que se realizan para la transporte y la transformación de productos pesqueros, en un Estado de abanderamiento extracomunitario y 18