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ALUMNADO Y SEGUIMIENTO DE LOS ACNEAES
Tanto la permanencia un año más en la etapa infantil como la repetición extraordinaria en la etapa primaria, se iniciará a propuesta del maestro tutor/a o del equipo de orientación y apoyo, de acuerdo con el equipo docente, debidamente justificadas en el informe psicopedagógico y en el dictamen de escolarización, en el caso de permanencia en la etapa infantil. Asimismo, se informará y se escuchará la opinión de los padres o tutores legales, tanto en el caso de la Educación Infantil como en la Educación Primaria, contando con el informe favorable de la Inspección Educativa.
2.1. PROCEDIMIENTO PARA LA DETECCIÓN, EVALUACIÓN Y PLAN DE TRABAJO PARA EL ALUMNADO Y SEGUIMIENTO DE LOS ACNEAES
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Con el fin de detectar las necesidades específicas de apoyo educativo que puede presentar el alumnado, seguiremos el siguiente Protocolo de actuación:
El tutor, tras haber detectado algún tipo de dificultades o problemática académica en algún alumno/a y habiéndose agotado las medidas ordinarias de atención a la diversidad (refuerzos ordinarios, adaptación de materiales, etc), rellena la Hoja de Derivación que se podrá recoger en Jefatura de Estudios o descargar en la carpeta virtual común del centro, haciéndose la entrega a
Jefatura de Estudios. En el caso de que se solicite la valoración logopédica del alumno la hoja de derivación será la misma (anexo nº6). Para el alumnado en el que se precise la intervención socioeducativa se cumplimentará la hoja de demanda específica (anexo nº 7).
Jefatura de Estudios trasladará dicha petición al/la orientador/a para que pueda iniciarse el proceso.
En caso de que el/la orientador/a considere necesario iniciar el proceso de evaluación psicopedagógica, la familia firmará el modelo de información pertinente. (anexo nº 8).
En caso de que se complete una Evaluación Psicopedagógica, las conclusiones se recogerán en el Informe Psicopedagógico y posterior Dictamen de
Escolarización (si la conclusión indica necesidades educativas especiales o altas capacidades). Se realizará según modelo del anexo de la Resolución del 26/01/2019)
En todo caso las conclusiones del proceso de evaluación serán comunicadas al tutor/a de forma individual en una reunión a tal efecto, aportando las orientaciones y asesoramiento que se considere oportuno de cara a optimizar el proceso de enseñanza-aprendizaje del alumno/a.
De todos los documentos emitidos por el/la orientador/a se mostrará una copia al tutor para su difusión entre todos los miembros del equipo docente
implicados y se guardará el original en el expediente del alumno/a.
De la misma manera las conclusiones de cualquier intervención de la orientadora se comunicarán a la familia del alumno/a, mediante una reunión a tal efecto, con la presencia o no del tutor/a, según se considere necesario.
El Informe Psicopedagógico debe revisarse cada dos años aproximadamente, siempre que se termine una Etapa, o cuando se considere que las condiciones socioeducativas del alumnado han variado y es necesario detectar nuevas necesidades.
a) Medidas para el desarrollo de la labor del profesorado de Pedagogía Terapéutica (PT)
Cuando el Informe psicopedagógico o de ACNEAE así lo determine el alumnado puede recibir apoyo de la maestra de Pedagogía Terapéutica (en adelante PT). Por regla general la maestra de PT atenderá a aquel alumnado que presente necesidades educativas especiales, no obstante y en función de la disponibilidad horaria también podría atender:
- Alumnado con altas capacidades. - Alumnado que presente dificultades de aprendizaje que impliquen dos
años o más de desfase entre su nivel de competencia y su nivel de escolarización.
- Alumnado que debido a condiciones de desventaja educativa o de
marginación social presenten dos años o más de desfase curricular.
- Alumnado que presente desfase curricular por incorporación tardía al
sistema educativo español.
Los apoyos cumplirán, siempre que sea posible, las siguientes características:
- En la etapa de Educación Infantil se realizarán dentro del aula, excepcionalmente fuera.
- En la etapa de Primaria se intentará trabajar dentro del aula y/o realizar agrupamientos con un número reducido de alumnado (máximo cuatro alumnos).
- Los agrupamientos se realizarán atendiendo a criterios de homogeneidad y posibilidad de trabajo conjunto.
Todo el alumnado que reciba apoyo de PT debe tener un Plan de Trabajo que recoja las líneas de trabajo fundamentales, concretado en una Adaptación Curricular que recoja los objetivos de trabajo tanto para el aula ordinaria como la de apoyo (Anexo IX). Es muy importante la coordinación entre todos los profesionales implicados en el proceso educativo del alumno.
La elaboración de estos PI y su correspondiente evaluación seguirán el siguiente proceso:
- Al comienzo del curso se realizará una reunión conjunta coordinada por la orientadora con el tutor/a, y los especialistas de PT, AL y/o ATE para la elaboración del PTs.
- Una vez al trimestre, en la semana anterior a las evaluaciones, se repetirá la reunión para revisar el PT y elaborar el Boletín de Notas adaptado correspondiente, que se adjuntará al proporcionado por el centro.
- Es tarea de la Jefatura del centro, en colaboración con la orientadora, identificar en DELPHOS con (AC)* las áreas que se trabajan adaptadas.
b) Medidas para el desarrollo de la labor del especialista en Audición y Lenguaje
Cuando un tutor/a considere que algún alumno/a presenta dificultades vinculadas al desarrollo del lenguaje oral, y excepcionalmente escrito, debe rellenar la hoja de demanda y entregarla a Jefatura de Estudios. En la intervención del especialista de Audición y Lenguaje (en adelante AL) se seguirán unos criterios de preferencia, que son:
1. Discapacidad auditiva. 2. Trastornos del lenguaje y la comunicación (propios o asociados a otras discapacidades) 3. Disfemias ( alumnado de I5 y 1º de primaria) 4. Dislalias (a partir de 1º de primaria) 5. Estimulación del lenguaje (I5) 6. Trastornos del lenguaje escrito.
Los apoyos de AL se realizarán en los dos primeros casos, y siempre que sea posible de forma individual. En el resto de los casos en pequeño grupo. El criterio para el agrupamiento será la homogeneidad en la intervención. El maestro/a de AL realizará un informe trimestral de todo el alumnado al que atiende, recogiendo los objetivos que se han trabajado y su grado de consecución, que se adjuntará a su boletín de notas. En el caso de alumnado que ya tenga elaborado un PT, los objetivos de trabajo de AL serán incluidos en él y evaluados en las sesiones trimestrales correspondientes.
Todo aquel alumno/a no ACNEAE que reciba apoyo de AL deberá contar con un informe de logopedia elaborado por la especialista en Audición y Lenguaje. Éste informe debe entregarse a la orientadora y se dejará una copia en el expediente escolar del alumno/a.