Anteproyecto de Ley para el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible
CONSIDERANDO: Que en fecha 25 de enero de 2012 fue promulgada la Ley No.1-12, que establece la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030, a través de la cual se consigna la necesidad de que las fuerzas políticas, económicas y sociales arriben a un pacto fiscal orientado a financiar el desarrollo sostenible y garantizar la sostenibilidad fiscal a largo plazo, mediante el apoyo sostenido a un proceso de reestructuración fiscal integral.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el párrafo del artículo 36 de la Ley No.1-12, el pacto fiscal implicará, entre otros aspectos, mejorar la eficiencia, transparencia y equidad de la estructura tributaria y elevar la presión tributaria, para viabilizar el logro de los objetivos de desarrollo sostenible formulados en la Estrategia Nacional de Desarrollo 2030.
CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que el Proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado a ser elaborado por el Poder Ejecutivo, los gastos propuestos y el financiamiento requerido, en un marco de sostenibilidad fiscal, asegurando que el endeudamiento público sea compatible con la capacidad de pago del Estado.
CONSIDERANDO: Que ha sido un reclamo de la ciudadanía asumido por el Gobierno Dominicano, el aumento en la asignación de recursos para la educación pre-universitaria, de conformidad con la Ley General de Educación, No. Ley No.66-97, de fecha 04 de febrero de 1997, lo que con la presión tributaria actual, implicaría posponer otras prioridades para el desarrollo.
CONSIDERANDO: Que el gasto tributario fruto de las exenciones, exoneraciones y reducciones de impuesto ha contribuido de manera sostenida en la reducción de la presión tributaria, sin que, en muchos casos, se cumpla el objetivo de atraer la inversión de nuevos capitales para el fomento de la economía nacional o para cualquier otro objeto de interés social, tal como establece la Constitución de la República, para lo cual se requiere iniciar un proceso de racionalización de dichos incentivos sin afectar la seguridad jurídica.
VISTA: La Constitución de la República proclamada el 26 de enero de 2010.