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Reflexiones

chos de pesca, mediante Decretos expedidos en 1934, 1938 y 1940 la anchura del mar se fijó en 15 millas. Solamente en 1950 se introdujeron reformas al Código Civil y al de Policía Marítima, aumentando la extensión del mar territorial a 15 millas7.

Una segunda fase comenzó en 1952 con substanciales reivindicaciones en torno al territorio marítimo ecuatoriano en el marco del desarrollo progresivo del derecho internacional, venciendo la posición antagónica y hegemónica de dominio colonial exhibida por las potencias marítimas contemporáneas. Esa etapa va de la mano con el afianzamiento de la acción conjunta desarrollada por Chile, Ecuador y Perú a través de la institucionalización del Sistema Marítimo del Pacífico Sur.

El 18 de agosto de 1952 se suscribió la “Declaración de Santiago”, documento que comprometió la obligación tripartita para “asegurar a sus pueblos las necesarias condiciones de subsistencia y procurarles los medios para su desarrollo económico”; les impuso el “deber (de) cuidar de la conservación y protección de sus recursos naturales”; y, además, la exigencia de “impedir que una explotación de dichos bienes, fuera del alcance de su jurisdicción, ponga en peligro la existencia, integridad y conservación de esas riquezas…”. Tales responsabilidades –se dijo- hacen que la antigua extensión del mar territorial y de la zona contigua sean insuficientes…”, como consecuencia de lo cual “proclaman como norma de su política internacional marítima, la soberanía y jurisdicción exclusivas que a cada uno de ellos corresponde sobre el mar que baña las costas de sus respectivos territorios, hasta una distancia mínima de 200 millas marinas desde las referidas costas”. Se convino, para

7 Narváez Rivadeneira, Luis.- “Evangelio de un Peregrino: retablo de política exterior”.- Editorial Quipus.- Segunda Edición.- Quito. Tomo I.- p. 235.

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