Embajador Mario Búcaro Flores, Ministro de Relaciones Exteriores
Embajador Roberto Palma Urzúa, Vice Ministro de Relaciones Exteriores
Consejo Científico
Embajador Mario Búcaro Flores, Ministro de Relaciones Exteriores
Embajador Roberto Palma Urzúa, Vice Ministro de Relaciones Exteriores
Doctor Marco Vinicio Quan Ramírez, Director de la Academia de Diplomacia - Licenciada Ada Yanira
Gutiérrez Subdirectora
Embajadora Lynsay Hernández, Directora General de Relaciones Internacionales Bilaterales – Magister
Michelle Bran Alvarado Sub Directora General DIGRIB
Embajadora Ana Isabel Carrillo, Directora General de Relaciones Internacionales Multilaterales y Económicas – Magister Mónica Escobar Sub Directora General DIGRIME
Embajador Melvin Valdéz, Director General de Límites y Aguas Internacionales - Embajador Magister
Miguel Alexander Bermejo García, Subdirector Doctora Myrna Valenzuela, Universidad Mariano Gálvez - Magister Melanie Hernández
Consejo Editorial
Doctor Marco Vinicio Quan Ramírez, Director de la Academia de Diplomacia - Licenciada Ada Yanira
Gutiérrez Subdirectora
Embajadora Lynsay Hernández, Directora General de Relaciones Internacionales Bilaterales – Magister
Michelle Bran Alvarado Sub Directora General DIGRIB
Embajadora Ana Isabel Carrillo, Directora General de Relaciones Internacionales Multilaterales y Económicas – Licenciado Juan Pablo Hernández Páez, Licenciado Pablo Figueroa.
Embajadora Lynsay Hernández, Directora General de Relaciones Internacionales Bilaterales – Magister Sara Violeta Son Reyes DIGRIB
Embajadora Gladys Marithza Ruíz Sánchez de Vielman, Directora General de la Unidad de Soberanía y Dominio - Embajador Rafael Antonio Salazar Gálvez y Embajador Gabriel Aguilera Peralta
Coordinación de revista: Doctor. Marco Vinicio Quan Ramírez Licenciada Ada Yanira Gutiérrez
Redacción: Autores invitados Los artículos publicados son de exclusiva responsabilidad de los autores y no reflejan el pensamiento de la revista.
Edición, fotografía: Licenciada Lorena Castillo Larrazábal y Luis Castro García
Colaboración: Embajadora Arabella Woolfolk Licenciada Lisa Lee, Doctor Iván León Archila, Licenciado Jorge Eduardo de León Gómez, Licenciado Frank Norman, Magister Liliana Aldana.
La revista Política Internacional es una publicación de la Academia Diplomática “Antonio José de Irisarri” del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Guatemala.
Revista
Política Internacional
2ª. Avenida 4-17 zona 10 Ciudad de Guatemala
Teléfonos 2410-0000 y 2410-0057
Correo electrónico: adiplo@minex.gob.gt
CARTA DEL MINISTRO
Tengo el agrado, la satisfacción y el honor de presentarles la primera edición renovada de la revista “Política Internacional”, cuyo contenido cuenta con las plumas de reconocidos diplomáticos y personalidades quienes confirman su apoyo al Ministerio de Relaciones Exteriores con la entrega de artículos elaborados que integran este ejemplar, que ustedes honorables funcionarios tienen en sus manos.
Cada día la política exterior recalibra esos procesos de búsqueda donde priman las relaciones internacionales que conllevan una nueva metodología de compartir conocimientos con la exposición de estas obras de relevancia en este orden mundial, la adhesión de los protagonistas en esta revista son parte esencial al compartir sus conocimientos plasmados que visibiliza la transformación de la diplomacia.
El impulso de esta revista presentada ante ustedes, es tener esa influencia que es transmitida desde el trabajo diplomático dentro del campo de las acciones donde cada experiencia se atesora en la memoria y se destaca al escribirlas en cada artículo que conlleva esa esencia de conocimiento científico y profesional para quienes escudriñan estas obras con valor histórico, estadístico, en materia de derecho, pero sobre todo aplicado a la diplomacia del nuevo milenio.
Nuestra forma de entender al mundo es trascender, y en eso trabajamos con apreciaciones académicas para conocer la libertad, las personas y la justicia. La política exterior es la maquinaria perfecta para la cooperación entre los Estados logrando espacios de consenso y compromiso.
Quiero anunciar que la Academia de Diplomacia “Antonio José de Irisarri” del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha mantenido esa mística académica para la profesionalización de diplomáticos a través de programas, entre los que se destaca los módulos 1,2 y 3 de diplomacia, la graduación de funcionarios de la IV cohorte de la Maestría en Relaciones Internacionales mediante un convenio con la República de China (Taiwán) y la Universidad Rafael Landívar de Guatemala, entre otros diplomados de probidad, gobernanza y transparencia.
Agradezco a los diplomáticos y personas que aportaron esa esencia científica por medio de los vehículos de conocimientos y la pluma que connotaron su talento profesional para la construcción de este pilar fundamental de la revista, su proactividad es esencial, y su fuerza de voluntad hacen la sinergia de un documento especial y científico para nuestros lectores a quienes también extendemos esa invitación a que formen parte de este gran proyecto que incentivará a la futuras generaciones de diplomáticos, pues estamos avanzandoen el camino de una diplomacia futurista y de innovaciones en el ámbito internacional.
Embajador
Mario Adolfo Búcaro Flores
Ministro de Relaciones Exteriores
Relaciones Bilaterales de Guatemala con Ucrania:
una nueva alianza estratégica para la paz 10
Rudy Alberto Gómez del Cid, Ph.D (Estudios Internacionales, Universidad de Santiago de Chile)
Un viajero otomano en la Guatemala del S. XVII
Jorge Raffo, Embajador del Perú acreditado en Guatemala 21
Minería de Asteroides en Derecho Espacial Internacional
Juan Pablo Hernández Páez Subdirección de Política Multilateral para ONU-MINEX 29
La migración riesgosa: El caso de Ecuador y Guatemala
Pablo Avilés Martin, Ministro de la Embajada de Ecuador acreditada en Guatemala
46
Don Jorge Muñoz Aqueche de Primer Cónsul
General de Guatemala en Costa Rica a Canciller y 67 Ministro en Washington D.C.
Jorge Francisco Sáenz Carbonell Director del Instituto Manuel María de Peralta
Presentación
La Academia de Diplomacia del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Guatemala, tiene el agrado de presentar la revista “Política Internacional”, considerando que los temas de política exterior son de vital trascendencia en los quehaceres estatales y que los asuntos a nivel internacional generan temáticas para su análisis e investigación para tan importante paso integral que genera un impacto en las diferentes áreas de conocimientos y germinar ese interés en ampliar los conocimientos en varias temáticas. La revista “Política Internacional” se publicará de manera semestral, y contará con un tema centra el cual es propuesto por los Consejos Científico y Editorial respectivamente. En ocasión a los momentos que la diplomacia continúa conociendo esa importancia propia presentamos en esta primera edición: Las relaciones bilaterales de Guatemala con Ucrania: una nueva alianza estratégica para la paz, Un viajero otomano en la Guatemala del siglo XVII; la minería de asteroides en el derecho espacial internacional; la migración riesgosa: el caso de Ecuador y Guatemala y la biografía del diplomático Jorge Muñoz Aqueche, el primer Cónsul General de Guatemala en Costa Rica, así como Canciller y Ministro en Washington.
Los artículos inician con el aporte del doctor Rudy Alberto Gómez del Cid, Cónsul de la embajada de Guatemala acreditada en el Perú, quien explica sobre la alianza bilateral de Guatemala con Ucrania que desde el inicio del conflicto en Europa Oriental continúa con intensidad la fuerza del poder político y militar que tiene Rusia, Estados Unidos, la Unión Europea, China y la OTAN, entre otros actores internacionales, sin concretar la ruta diplomática hacia una solución pacífica. Sin embargo, Guatemala como socio estratégico de Ucrania, ha impulsado acciones concretas a nivel internacional en favor de la paz, el respeto a la soberanía e integridad territorial de ese país. En ese contexto, se plantea la pregunta: ¿Por qué Guatemala decidió respaldar política y diplomáticamente a Ucrania desde el inicio de la invasión injustificada de Rusia? si bien es cierto que la firme vocación pacifista, está reflejada en la iniciativa de llamado a la paz y estabilidad democrática, así como en la implementación del ejercicio del principio de soberanía activa que forman parte fundamental de la política exterior de Guatemala.
También contamos con el articulo del licenciado Jorge Raffo, embajador de la República del Perú acreditado en Guatemala, la obra destaca la travesía de Ilias Hanna quien anotó en su diario su salida de Cádiz como parte de la flota que tendría como destino final el Perú. Abordó el navío llamado “Nuestra Señora de los Ángeles” juntamente con otros religiosos dominicos, agustinos y franciscanos que, en ese período, formaban el núcleo de los contingentes de evangelización de las nuevas tierras americanas. La flota debía llegar a La Habana donde pasajeros y mercaderías se
separaban según su destino abordando embarcaciones secundarias que los conectase con alguna otra isla del Caribe, Centroamérica y Panamá.
En esta edición se destaca la participación del joven abogado y notario Juan Pablo Hernández Páez de la Subdirección de Política Multilateral para la Organización de las Naciones Unidas del Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala, quien presenta un tema de mayor relevanXcia fuera de la atmosfera acerca de la minería de asteroides en el derecho espacial internacional, un análisis sobre el descubrimiento de un asteroide llamado “16 Psyche” que tiene un diámetro de más de 220 kilómetros. La Dra. Tracy Becker, autora titular de un estudio realizado a través del Hubble Space Telescope, ha señalado que este objeto celestial podría estar compuesto casi completamente de hierro y níquel. Denominado un potencial comercial que no ha pasado desapercibido. La explotación de los recursos naturales de otros mundos tiene un atractivo innegable desde el punto de vista económico.
El exdirector de la Academia de Diplomacia “Manuel María de Peralta” de la República de Costa Rica, embajador Jorge Francisco Sáenz Carbonell presenta la biografía del diplomático Jorge Muñoz Aqueche, el primer Cónsul General de Guatemala en Costa Rica, así como Canciller y Ministro en Washington. El artículo se profundiza en el trabajo profesional y su desempeño destacable como funcionario de la Cancillería guatemalteca. Aqueche fue alumno interno del Seminario Conciliar de la Arquidiócesis de Guatemala,en el cual obtuvo los grados de bachiller en filosofía y de bachiller en Derecho Canónico. Posteriormente cursó estudios en la Facultad de Jurisprudencia y de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional, donde obtuvo el grado profesional de licenciado en Derecho, además recibió el título de notario público y en 1884, estando en Madrid, se incorporó a la Real Academia de Legislación y Jurisprudencia de España. El excelentísimo Ministro de la Embajada del Ecuador acreditada en Guatemala , Pablo Avilés Martín, hace una descripción de la situación migratoria de Ecuador y Guatemala, señalando el derecho delibre movilidad en su marco jurídico, lo que ha generado una inusual y creciente ola de migración en estos territorios latinoamericanos con consecuencias sociales, económicasy políticas, pues en su artículos señala que son países que comparten algunas similitudes,comola pertenencia aprocesosdeintegración subregional en América Latinay la densidad poblacional. Agradecemos este momento importante para que universidades, academias diplomáticas y centros de pensamiento aporten susconocimientos científicos en materia diplomática con el objetivo de dinamizar las relaciones exteriores que promueva esos conocimientos exponenciales para un desarrollo inclusivo que contribuya al progreso en el marco de civilización de funcionarios diplomáticos que apuestan por la paz.
“
“Jamás te esgrimiste para ser vencida. ¡Oh pluma querida! La gracias te doy”
Antonio José de Irisarri
A R T Í C U LO
Relaciones Bilaterales de Guatemala con Ucrania: una nueva alianza estratégica para la paz
Rudy Alberto Gómez del Cid
Ph.D (Estudios Internacionales, Universidad de Santiago de Chile)
Relaciones Bilaterales de Guatemala con Ucrania: una nueva alianza estratégica para la paz
Rudy Alberto Gómez del Cid
Ph.D (Estudios Internacionales, Universidad de Santiago de Chile)
Resumen
A pesar de haber transcurrido más de 550 días desde el inicio de la guerra en Ucrania, el conflicto en Europa Oriental continúa revelando la intensidadde la fuerza del poder político y militar que tiene Rusia, Estados Unidos, la Unión Europea, China y la OTAN, entre otros actores internacionales, sin concretar la rutadiplomática hacia una solución pacífica. Guatemala, como socio estratégico de Ucrania, ha impulsado acciones concretas a nivel internacional en favor de la paz, el respeto a la soberanía e integridad territorial de ese país. En ese contexto, se plantea la pregunta: ¿Por qué Guatemala decidió respaldar política y diplomáticamente a Ucrania desde el inicio de la invasión injustificada de Rusia? sibien es cierto que la firme vocación pacifista, está reflejada en la iniciativa de llamado a la paz y estabilidad democrática, así como en la implementación del ejercicio del principio de soberanía activa que forman parte fundamental de la política exterior de Guatemala.
Abstract. Even though more than 550 days have passed since the beginning of thewar in Ukraine, the conflict in Eastern Europe continues to reveal the intensity of thepolitical and military power of Russia, the United States, the European Union, Chinaand NATO, among other international players, without a diplomatic path to apeaceful solution. Guatemala, as a strategic partner of Ukraine, promotes concrete actions at the international level in favor of peace, respect for the sovereignty and territorial integrity of that country. In this context, the question arises: why has Guatemala decided to politically and diplomatically support Ukraine since the beginning of Russia's unjustified invasion? While it is true that the firm pacifist vocation is reflected in the initiative calling for peace and democratic stability, as wellas the realization of the principle of active sovereignty, which are fundamental partsof Guatemala's foreign policy.
Keywords: Guatemala, Ukraine, peace, conflict, diplomacy, active sovereignty, strategic association
I. Relaciones diplomáticas Guatemala-Ucrania
El establecimiento de relaciones diplomáticas entre Guatemala y Ucrania desde la perspectiva concurrente inició el 12 de enero de 1993. Los vínculos se han intensificado en los últimos años como consecuencia del categórico apoyo que Guatemalahabrindado a Ucrania desde el inicio de la invasión de Rusia a ese país.
Ambos países han coincidido en una relación bilateral que ha alcanzado el nivel de asociaciónestratégica porla trayectoria históricaque ha seguido la relación especialentre Guatemala y Ucrania, la cual ha dado como resultado un renovado impulso en la agenda que promueve el diálogo político, pero también de desarrollo económico y la cooperación para afrontar las oportunidades y desafíos que demanda el siglo XXI, signado por el eje geopolítico y geoeconómico que instituyenun vértice de rivalidad entre estados por el dominio hegemónico del poder.
La asociación estratégica bilateral (Rocha. 2015; Hamilton, 2014 y Franco, 2010), reforzada por la crisis en Ucrania y los diversos retos derivados de la misma, se ha convertido en un mecanismo diplomático para Guatemala y Ucrania al priorizar acciones quepermitanalcanzarmetasconcretasdemanerasimultánea enel corto,mediano y largo plazo, a través de una cooperación que pueda potenciarse mutuamente.
Por esa razón, se tiene previsto que, en 2023, Guatemala y Ucrania firmaran una Hoja de Ruta que constituye el plan de acciones a seguir durante el período 2023-2027, en consonancia con los valores, intereses y la conectividad entre ambos países. Este mecanismo es el núcleo de la asociación estratégica para continuar profundizandoen los temas de especial interés.
II. Guatemala caracterizado por la firme vocación pacifista
Guatemala a nivel internacional ha ejercido un liderazgo visible en contra de la invasión injustificada de Rusia a Ucrania por haberse infringido los principiosbásicos del Derecho Internacional y de la Carta de la ONU, lo cual supone un riesgoa la paz, seguridad y estabilidad democrática tanto en Europa como en el mundo.
De los acontecimientos históricos relevantes en que Guatemala ha incidido para promover la paz y la seguridad internacional, se mencionan los siguientes:
• El 7 de agosto de 1987, los presidentes de los países centroamericanos firmaron elAcuerdo de Esquipulas II, a través del cual se establecieron los marcos de paz parala región y se concluye con más de tres décadas de la guerra que actuó en detrimento del desarrollo de los países. Cabe resaltar que, por primera vez en la historia, los cinco mandatarios de Centroamérica tomaron una decisión
trascendentalque marcó el punto departida para instaurarla paz y lademocracia de los pueblos centroamericanos.
• El 29 de diciembre de 1996 se suscribieron los Acuerdos de Paz en Guatemala, los cuales ponen fin a 36 años de conflicto armado interno (1960-1996) e incidieron enla paz y estabilidad democrática del país. Fue el conflicto armado interno más largode América Latina en el siglo XX después del de Colombia. En ese contexto, el Embajador Gabriel Aguilera, en la conferencia del 16 de mayo de 2023, titulada “Laexperiencia de Guatemala en los Acuerdos de Paz”, señaló: “Un acuerdo de paz crea una ventana de oportunidad que debe explotarse al máximo antes de que el paso del tiempo la desvanezca”, como una de las lecciones aprendidas de los Acuerdos de Paz.
• Otra experiencia importante para citar en este análisis es el papel activo que tuvo ladiplomacia guatemalteca en la Resolución 181 de la Asamblea General de la ONU sobre la creación del Estado de Israel el 29 de noviembre de 1947, así como la relevancia del voto a favor de Guatemala. “Se hizo la votación. Fue un momento solemne. La suprema autoridad de la humanidad civilizada había creado legalmenteel estado judío y el estado árabe”. (García, 2022) A partir de esa fecha, Guatemalae Israel disfrutan de excelentes relaciones diplomáticas.
• En el ámbito del sistema multilateral, es oportuno resaltar la participación deGuatemala como miembro no-permanente del Consejo de Seguridad de la ONU, bienio 2012-2013, con el convencimiento de que el país está preparado para compartir la responsabilidad de participar en las decisiones de mayor importancia para la preservación de la seguridad y la paz mundial. (Aguilera, 2012).
• Guatemala ocupó la presidencia del Consejo de Seguridad de la ONU, cargo altamente valorado por la comunidad internacional, que permitió reflejar un debate abierto sobre la promoción y el fortalecimiento del estado de derecho en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional, lo cual examinaría la relaciónentre el Consejo de Seguridad y la Corte Penal Internacional. Se logró un acuerdo sobre la situación en Siria, que fue respaldado por todos los miembros de la ONU haciendoun llamado al cese de fuego en esepaís. Además, se adoptaron resoluciones sobre la situación en Haití, Malí, Afganistány Somalia. (Rosenthal, 2016).
• Además, Guatemala, es miembro activo del Sistema de las Naciones Unidas en la esfera de paz y seguridad, por medio de iniciativas que permiten la “exportación dela paz” producto de la propia experiencia como consecuencia de haber superar un largo y costoso conflicto armado interno, el cual fue mencionó anteriormente.
• La participación de Guatemala en las misiones de mantenimiento de paz representa no solo el cumplimiento de compromisos adquiridos internacionalmente comomiembro de la ONU, sino que evidencia una actitud de compromiso, involucramiento y participación en los esfuerzos por mantener la paz a nivel mundial y el respeto a los derechos fundamentales del hombre.
• En 1994 y 1995, Guatemala participó por primera vez en operaciones de paz por medio de tres contingentes militares en la República de Haití, a través de la Misión de Naciones Unidas en Haití (UNMIH), dichos contingentes fueron seleccionados ypreparados como resultado de las negociaciones del enlace con organismos internacionales de la Dirección de Operaciones del Estado Mayor de la Defensa (EMDN).
• En noviembre de 2003, Guatemala y la ONU firmaron el Memorándum de Entendimiento en el cual el Estado se comprometió a contribuir con unidades militares para participar en Operaciones de Mantenimiento de Paz, a través del Sistema de Fuerzas de Reserva de Naciones Unidas.
• Actualmente, Guatemala cuenta con 180 elementos desplegados en ocho Misiones de Paz de las Naciones Unidas, distribuidos en un Contingente de Fuerzas Especiales en la Misión de Estabilización de las Naciones Unidas para la RepúblicaDemocrática del Congo (MONUSCO), así como, Oficiales de Estado y Observadores Militares desplegados en las Repúblicas de Sudán del Sur, Sudán, Líbano, República Centroafricana, Malí, Colombia y República de Yemen, posicionándose como el 5º contribuyente de tropas a nivel Latinoamericano y 56º anivel global.
• Guatemala forma parte de la Junta Interamericana de Defensa y participa activamente en la Comisión de Seguridad Hemisférica a través de la OEA.
• Otro elemento no menos importante ha sido la ratificación del Tratado para la Proscripción de Armas Nucleares en América Latina y el Caribe (TLATELOLCO), que establece la desnuclearización del territorio de los países signatarios de América Latina y el Caribe, orientado a promover la paz que condena enérgicamente cualquier uso de armas químicas o de destrucción masiva.
En síntesis, la crisis en Ucrania como consecuencia de la invasión rusa, posibilitó a Guatemala mostrar una vez más su liderazgo ante la comunidad internacional al promocionar la paz y unirse a las voces de las naciones que abogan por el pronto cese de la guerra en Ucrania, como ejemplo al convertirse Guatemala en el primerpaís de América Latina y el Caribe en apoyar la creación de un Tribunal Especial para Ucrania
que juzgue la agresión del invasor por haberse violado el derecho internacional.
III. Iniciativa del llamado a la Paz en Ucrania
Es una idea que surge en la Dirección General de Relaciones Internacionales
Bilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala, como una manifestación más del apoyo a Ucrania en la lucha por alcanzar la paz.
La relevante propuesta es congruente con los lineamientos de la política exterior de Guatemala que busca poner fin a la guerra e incidir en una coalición de paz con otros países de la región alineados a Ucrania, para “exigir al invasor que ponga fin a la agresión”, con forme al espíritu del artículo 51 de la Carta de la ONU y de los principios y obligaciones internacionales asumidos por el Estado de Guatemala.
La iniciativa fue presentada en el marco de la conmemoración de los 30 años de relaciones diplomáticas entre Guatemala y Ucrania, además de cumplirse un año de la invasión de Rusia a Ucrania el 24 de febrero de 2023. En ese contexto, el Presidente guatemalteco señaló que: “Guatemala y las naciones que amamos la paz, debemos unirnos contra toda expresión de guerra e impulsaremos sin descanso los compromisos globales que permitan que el drama que hoy vive Ucrania no se vuelva a repetir”.
El llamado a la paz de Guatemala se encuentra implícita en la “Fórmula de la paz” que ha impulsado el Presidente Volodymyr Zelenskyy a nivel global, la cual Guatemala ha apoyado decididamente, porque ofrece una ilusión a los ucranianos en la búsqueda de la paz sostenible. La “Fórmula de la paz” de Ucrania tiene comoobjetivo restaurar la normalidad, reconstruir la infraestructura y facilitar el regreso seguro de las personas desplazadas a sus hogares…busca sanar las heridas del pasado” (El Mercurio, 2023; 23 de julio). Un enfoque que aborda los aspectos humanitarios de la guerra.
La iniciativa diplomática de Guatemala se implementó en el cambio de la rosa de lapaz que realizó el Canciller Dmytro Kuleba, en su visita a Guatemala en mayo de 2023, así como la visita del Viceministro de Relaciones Exteriores, Andrii Melnik, enfebrero de 2023, actos protocolarios en cuyo marco fueron designados comomensajeros de la paz de su Gobierno en Guatemala al reiterar el respaldo político a Ucrania que se evidencia en más de 84 propuestas apoyadas a nivel multilateral,regional y bilateral.
IV. El principio de la soberanía activa
Se basa en la defensa de los intereses del país en el ámbito político, diplomático,
económico, territorial, medio ambiente, democracia, paz, entre otros. “Servir a la humanidad sin distinción alguna” es parte de la misión, compromiso y del Código Diplomático del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Guatemala:un elemento fundamental de la política exterior que refleja claramente la homogeneidad y cercanía entre países afines que se caracterizan por valores e intereses similares.
En consonancia con el principio de soberanía activa, la visita que realizó el presidente de la República de Guatemala, doctor Alejandro Giammattei Falla, a finales de julio de 2022, fue histórica por ser el primer mandatario de América Latinay el Caribe en realizar una visita de esa naturaleza. En ese marco, se acordó “unir nuestras fuerzas para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional” (Comunicado, 2022, 25 de julio) en la intensa lucha por defender la soberanía e integridad territorial. Esa misma posición se ha evidenciado en diversos espacios multilaterales.
La soberanía activa es el poder político independiente que tiene el Estado guatemalteco, sin interferencias externas, para llevar a cabo las cuestiones de política exterior, diplomacia y relaciones internacionales de forma activa, propositivay constructiva. En el caso de Guatemala, la soberanía activa se enfoca principalmente en promover la paz, la integridad territorial y el respeto a losprincipios de Naciones Unidas y del Derecho Internacional.
En esa línea de acción, Guatemala ha apoyado incondicionalmente a Ucrania en diversas iniciativas diplomáticas que se han promovido en el ámbito del multilateralismo y continuará participando activamente en los principales forosinternacionales en contra de la guerra y a favor de la paz en Ucrania. Continuará unido al llamado de los países que respaldan el diálogo, la negociación y la búsqueda de un Acuerdo que ponga fin al sufrimiento del pueblo ucraniano y la irreparable pérdida de vidas humanas.
Otro acto diplomático de la expresión de la soberanía activa se encuentra implícitoen la izada de las banderas de Guatemala y Ucrania que se realizó en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala durante la visita oficial que realizó el Vicecanciller ucraniano Andrii Melnyk en febrero de 2023.
Se otorga especial atención a la relación estratégica entre Guatemala y Ucrania porlas coincidencias en sus valores y la visión que se tiene de los principales asuntos internacionales como la paz, el fortalecimiento de los procesos democráticos, la libertad, entreotros,acordealoqueindicaelartículo149delaConstitución Políticade la República de Guatemala y en consonancia a la Política General de Gobierno2020-2024.
V. Conclusión
Las diferentes acciones analizadas en el presente documento constituyen claras evidencias inequívocas de que Guatemala es un país con alto grado de vocación pacifista, misma que de forma contundente ha expresado y visibilizado alrededor del mundo.
La iniciativa del llamado a la paz y el ejercicio del principio de la soberanía activa, adquieren especial importancia para la política exterior del país al unirse y reforzar a las voces de otras naciones que abogan por detener la guerra en Europa Orientaly evitar situaciones de mayor riesgo mundial. Lo que coloca a Guatemala en una posición de diplomacia activa en sus principios, intereses y valores.
La invasión y agresión a Ucrania desde febrero de 2022, ha sido el escenario en elque Guatemala y Ucrania han elevado las relaciones bilaterales a la categoría de asociación estratégica, al priorizar y renovar los sólidos vínculos diplomáticos para potenciar mutuamente la cooperación en todos los ámbitos posibles del desarrollo.
En un contexto complejo y cambiante derivado de la configuración de un nuevo orden mundial, la guerra en Ucrania continúa revelando la fuerza del poder políticoy militar que tiene Rusia, Estados Unidos, la Unión Europea, China y la OTAN, entreotros actores internacionales, así como las repercusiones globales multidimensionales de esta crisis durante la tercera década del siglo XXI.
Consecuentemente, Guatemala ha logrado mostrar a la comunidad internacional su incondicional apoyo al pueblo ucraniano en momentos difíciles y complejos de su historia, a través de su acción humanitaria y de solidaridad. También ha logrado un mayor entendimiento y colaboración en asuntos bilateral, multilateral y global para promover la paz en contrapunto a la guerra.
VI. Bibliografía
Aguilera, G. (2012). Guatemala en el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Una experiencia para un Antiguo Estado Miembro. Fundación a Friedrich-Ebert- Stiftung. 4 Pp.
Franco, C. (2010). La Asociación Estratégica México-Unión Europea: origen y perspectivas Revista Mexicana de Política Exterior. México. Recuperado 20.07.2023. Link: https://revistadigital.sre.gob.mx/index.php/rmpe/article/download/611/584
García, J. (2022). Así Nació Israel. Un país fuera de lo común en circunstanciasextraordinarias. Edición Digital. 361 Pp.
Hamilton, D. (2014). The American Way of Partnership”, ESPO WorkingPapernúm.6, Madrid, FRIDE 2014, p. 14. Recuperado 20.07.2023.
Rocha, M. (2015). “Las asociaciones estratégicas en el sistema internacional de Posguerra Fría. El caso de la asociación estratégica China-Unión Europea”. Barcelona. Recuperado 20.07.2023. https://ddd.uab.cat/pub/tesis/2015/hdl_10803_288282/mdjrp1de1.pdf
Rosenthal, G.(2016), La participación de Guatemalaen el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el período 2012-2013. Revista de Política Internacional No. 1, Academia Diplomática, Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala. 9-25 Pp.
Otras fuentes
Comunicado Conjunto (2022, 25 de julio), entre presidentes de Guatemala yUcrania.
“El que escribe para el público se expone ante la crítica de los que lo leen”.
Antonio José de Irisarri
A R T Í C U LO
Un viajero otomano en la Guatemala del S. XVII
Embajador Jorge Raffo
Embajador del Perú acreditado en Guatemala
Resumen
Un viajero otomano en la Guatemala del S. XVII
Embajador Jorge Raffo
Embajador del Perú acreditado en Guatemala
El imaginario popular del siglo XIX solía asociar al Lejano Oriente con los relatos de las “Mil y una Noches”. Al retroceder dos centurias, el Lejano Oriente no guardaba esta imagen bucólica y hasta romántica sino todo lo contrario, era percibido como una amenaza para la Cristiandad y sus pobladores eran temidos y admirados por sus avances tecnológicos, la magnificencia de sus construcciones y la fiereza de sus sultanes, visires, emires y califas. Para la Sublime Puerta, las alejadas tierras de la América española eran toda una interrogante y no vacilaron en enviar -cauta y discretamente- a emisarios de distinto nivel, boato y preparación para informarse sobre esos territorios. Ilias Hanna fue uno de ellos que, con sus relatos, generó el mismo efecto sobre el Imperio Otomano que las “Cartas de Estambul” de Lady Mary Wortley Montagu desataron en la ciudad de Londres de 1763.
Palabras clave
Medio Oriente, Europa, América Latina, Nueva España, Árabe
Abstract
The popular imagination of the 19th century used to associate the Far East with the stories of the "Thousand and One Nights". Going back two centuries, the Far East did not keep this bucolic and even romantic image, on the contrary, it was perceived as a threat to Christianity and its inhabitants were feared and admired for their technological advances, the magnificence of their buildings and the fierceness of his sultans, emirs and caliphs. For the Sublime Gate, the distant lands of Spanish America were a question mark, and they did not hesitate to send -cautiously and discreetly- emissaries of different levels, pageantry and preparation to find out about those territories. Ilias Hanna was one of those who, with his stories, generated the same effect on the Ottoman Empire that Lady Mary Wortley Montagu's "Istanbul Letters" unleashed on the city of London in 1763.
Keywords
Middle East, Europe, Latin America, New Spain, Arab
I. Introducción
“
Los manuscritos de Ilias Hanna -conocido como Elías de Babilonia-, en los que se incluye su relato de viaje, no sólo contienen el primer relato en árabe, hasta ahora conocido, sobrela América hispana, sino también la primera historia escrita en esa lengua sobre el Nuevo Mundo” (Ponce, 2018).
Los manuscritos fueron hallados en 1900 por el jesuita libanés Antoine Rabbath en la Biblioteca del Arzobispado de Alepo de la Iglesia católica siriaca. Está probado que Ilias Hanna inició su redacción en el Perú virreinal y la continuó en el virreinato de Nueva España (México). Los documentos hallados en árabe comprenden 319 páginas donde las primeras cien están referidas a su viaje y el resto contiene una historia de la conquista de América. Lo sorprendente son las coincidencias de datos que, sin haber leído los “Comentarios Reales” del Inca Garcilaso, el viajero Ilias Hanna consigna en su obra.
II. ¿Quién era Ilias Hanna?
Los datos biográficos de nuestro protagonista provienen de Antoine Rabbath cuando publicó el relato de viaje de Ilias Hanna en 1905. Allí se señala que su nombre completo era Ilyās ibn al-qissīs Ḥannā l-Mawṣil. Aunque su familia es oriunda de Mosul, él nace en Bagdad. En 1671, ya sacerdote católico, sale de Bagdad para iniciar el periplo que lo llevaría a Latinoamérica. Güler (2019) afirma que Ilias Hanna era políglota ya que sabía castellano, italiano, francés, persa, árabe y turco. Por encargo del Papa Inocencio XI preparó un diccionario latín-árabe aunque Ponce (2018) sostiene que se trató de un libro de oraciones latín-árabe. Murió en 1693.
Cuando zarpa de Cádiz hacia el Nuevo Continente en diciembre de 1675 anotó: “Cada tres años esta flota zarpa una sola vez hacia un país de las Indias llamado Perú, a mil quinientas leguas de distancia al interior de la tierra del Nuevo Mundo de donde se trae el tesoro del rey y también los mercaderes cargan los galeones con todo género de bienes que venden en esta tierra. No permiten que ningún hombre que no sea español los acompañe si no tiene una licencia del rey, como lo he mencionado anteriormente. Éstas son, hasta ahora, las leyes y los decretos establecidos en los tiempos de Carlos V, rey de España y Hungría, en cuya época se conquistaron las Indias. Los galeones regresan con riquezas de oro y plata por un valor de veinte o veinticinco millones…”
III. ¿Por qué y para quién escribía?
Ilias Hanna pertenece a la tradición del relato oriental lo que le diferencia del cronista español ya que el primero añade a la narración descripciones donde simbolismos y giros poéticos están presentes para brindar amenidad, contribuir a la imaginación del lector y generar empatías con el narrador.El solohechode haber elegido el árabe como la lengua
de su relato indica que Ilias Hanna escribió para sus coterráneos mostrando unas tierras que competían en esplendor y riqueza natural con Mesopotamia.
IV. ¿Fue el único o tuvo predecesores?
Güler (2019) consigna que antes de la llegada de Ilias Hanna a América se tienen indicios del arribo de veinte funcionarios otomanos a América Central. Se desconocen sus nombres y el único identificado es el emir Cagalzade que era pariente de Cagalzade Yusuf Sinan nombrado Pachá almirante del Imperio Otomano durante el gobierno del sultán Murat III (1578-1595). Se baraja la hipótesis que Cagalzade y su séquito no fueron voluntarios sino personas que temían por su vida ya que el sultán Murat era decidido cuando se trataba de eliminar rivales políticos. Ir a América era una empresa riesgosa pero preferible a la muerte. Ello podría explicar las deserciones que se produjeron en cuanto Cagalzade y su gente tocaron tierra en Yucatán. El emir Cagalzade decidió permanecer en Guatemala bajo un nombre que ocultase su origen otomano y su fe musulmana. No se conoce con exactitud cuánto tiempo estuvo en Centroamérica pero dejó el país como un hombre rico, viajó a Estambul y ofreció regalos costosísimos al sultán Murat para ser readmitido en la sociedad que ahora ya no le miraba con desconfianza y de reojo. Corría el año de 1590.
V. Recorrido
En lo que respecta a su viaje a las Indias, Ilias Hanna anotó que el 12 de febrero de 1675 salió de Cádiz como parte de la flota que tendría como destino final el Perú. Abordó el “Nuestra Señora de los Ángeles” juntamente con otros religiosos dominicos, agustinos y franciscanos que, en ese período, formaban el núcleo de los contingentes de evangelización de las nuevas tierras americanas. El conjunto de la flota debía llegar a La Habana donde pasajeros y mercaderías se separaban según su destino abordando embarcaciones secundarias que los conectase con alguna otra isla del Caribe, Centroamérica y Panamá.
Pasa por una de las islas Canarias con dirección a Caracas y luego a la isla Margarita, llega al puerto de Cumaná, luego a Curazao y más tarde a isla Tortuga. Durante ese periplo registra sus impresiones sobre el ron y la producción de éste.
Trasladarse de Tortuga a Cartagena y luego a Santa Fe le tomó cincuenta y cinco días. Después llega a Portobelo (Panamá) donde le cuentan sobre el esplendor de las ferias que allí se realizaban y pasa después a ciudad de Panamá en donde se separa de los dominicos y agustinos para continuar el viaje en compañía de los franciscanos que van a Sudamérica.
En 1676 llega a Guayaquil, luego, por vía terrestre, visita Quito y Cuenca de la que destaca el número de iglesias -y su belleza- con que cuenta la ciudad. Queda impresionado por la magnificencia de los Andes y los describe comparándolos con los de su tierra natal con el evidente propósito de ayudar a la imaginación de sus lectores de aquellas latitudes.
A finales de ese año se dirige a Piura y luego a Trujillo, localidades agrícolas nacidas en valles fértiles rodeadas de una costa desértica. Describe las posibilidades de esas regiones, así como sus necesidades. Destacó el trabajo en filigrana de plata que hacían los habitantes de Catacaos en la costa piurana, primorosas creaciones de platería que le recordaron aquellas que se hacían en Siria y El Líbano.
Finalmente, en 1677 llega a la capital del virreinato peruano, la Ciudad de las Reyes o Lima donde permanece algunas semanas para preparar el cruce de los Andes. Viaja a Huancavelica para conocer las minas de azogue, registra su producción, métodos de explotación e incluso añade anotaciones sobre los alimentos de la región que le parecen diferentes. Decide entonces dirigirse a Potosí porque entiende que el azogue huancavelicano es parte del circuito de producción de plata. En la villa imperial de Potosí permanece un tiempo indeterminado donde anota costumbres de la población además de datos que considera útiles sobre orfebrería. En 1679 arriba a Plata (Sucre), en Bolivia.
Regresa a Lima en 1680 y empieza a preparar el retorno a Europa, vía El Callao. Como el asunto toma más tiempo de lo previsto, decide empezar a escribir el relato de su viaje.
El 21 de septiembre de 1681 sale del Perú rumbo a Panamá para dirigirse a Nueva España. El trayecto lo lleva a pasar por el puerto de El Realejo, Nicaragua, San Salvador, Ciudad de Guatemala, Ciudad Real de Chiapa, Antequera Oaxaca y Puebla de los Ángeles.
El 8 de julio de 1682 anota que entró en la Ciudad de México donde permanecerá hasta el 18 de noviembre 1684. Sale del puerto de Veracruz. Llega a La Habana y permanece ahí cuatro meses y medio.
En 1685 sale de La Habana rumbo a Cádiz aunque no precisa la fecha por lo que Ponce (2018) especula que podría ser alrededor del 23de mayo. El 16 de junio de ese año arriba a Cádiz y se dirige a Sevilla donde le comunican que será recibido en Audiencia Papal. Luego regresa a Cádiz para embarcarse en un navío holandés hacia Roma, con dos sirvientes armenios.
En febrero de 1686 llega a Roma y es recibido por el papa Inocencio XI (1676-1689) a quien entrega un ejemplar de su relato de viaje depositando ulteriormente un segundo ejemplar en Damasco.
VI. Ilias Hanna, Perú y Guatemala
Una anotación particular en el relato de viaje es la referida al vino producido en el Perú. Veámoslo con detenimiento, en la Cédula del 17 de diciembre de 1614 se prohibió la entrada de vinos del Perú en Panamá para evitar perjudicar a los de Castilla. En la Cédula del 18 de mayo de 1615 se veda su traída a Guatemala. Esta última Cédula fue renovada dos veces el 28 de marzo de 1620 y el 19 de junio de 1626 (García Peláez, 1943). Sin embargo, el Presidente de la Audiencia guatemalteco, en 1638, señalaba que a pesar de los impedimentos, el vino peruano seguía llegando porque los dos galeones con productos de Castilla asignados a la ruta de Honduras no llegaban de La Habana. Faltos de provisiones, los ingeniosos mercaderes de Guatemala y Lima desarrollaron rutas alternas. Así las ciudades guatemaltecas “no se vieron desabastecidas del vino para los actos litúrgicos ni del aceite para las lámparas del Santísimo”. En 1659, uno de los galeones que cubría la ruta Honduras-La Habana, el “Troya”, naufragó, lo que generó un endémico problema de suministros para la ciudad de Guatemala. La solución fue, nuevamente, recurrir a los mercaderes del virreinato peruano para surtirse de vino, vinagre, aceite, aceitunas y barras de plata de buena ley. Guatemala comercializaba a su vez, añil, madera y ganado.
El comercio es próspero a pesar de que la prohibitiva Cédula del 29 de octubre de 1647 no había sido anulada por lo que el Procurador de la ciudad de Guatemala presentó un suplicatorio a la Casa de Contratación de Sevilla para que se autorice que del Perú ingresen vino, vinagre y aceite “para no padecernecesidad”. La petición no fue procesada por lo que en la práctica, a pesar de las prohibiciones formales, dos bajeles de 200 toneladas llegaban del Perú y retornaban con productos centroamericanos. Las embarcaciones peruanas también transportaban, desde 1679, el cacao de Guayaquil que rompía la dependencia de Guatemala respecto al cacao mexicano.
Ilias Hanna vivió la traumática experiencia de un ataque pirata sobre Veracruz, incluso relata la pérdida de su inversión en cochinilla que había comprado en mil pesos y que “los herejes de Lorencillo” se llevaron (Ponce, 2018). Citar esta situación es útil para comprender la siguiente ironía legal, se necesitaba dinero para fortificar la ciudad y el Presidente de la Audiencia propuso un impuesto de 12 reales por botija de vino sobre una ruta de comercio que estaba prohibida y sobre la que ni el Consulado de México ni el Tribunal del Consulado de Lima interpusieron oposición.
Esa era la situación cuando Ilias Hanna llegó a Guatemala en 1681-82. En 1682 se autoriza por tres años el comercio de vinos y vinagres con el Perú. La Cédula del 10 de junio de 1688 prorroga los permisos por tres años más y la Cédula del 28 de julio de 1695 las vuelve a extender. Sin embargo, la Corona suprime las autorizaciones mediante Cédula del 27 de setiembre de 1713. Guatemala reinicia la batalla legal y en uno de sus
escritos a Madrid sostiene: “La experiencia muestra ser más saludables los vinos del Perú, que los de Castilla” (García Peláez, 1943).
La decisión administrativa de la Metrópoli fue desmesurada ya que prohibió todo contacto lo que generó que “la navegación de Guatemala en el Sur expiró casi junto con el siglo; por consecuencia cesó en sus astilleros la construcción de navíos, desapareció en el país la gente de mar, y con ella la tradición experimental de los tiempos, alturas y distancia de los rumbos” (García Peláez, 1943). La inactividad invadió El Realejo y la Corona intentó corregir el rumbo dando la Cédula del 15 de junio de 1699 buscando rescatar un comercio, el guatemalteco-peruano, al que habían dañado gravemente.
“El vino del Perú llegó a faltar y como no podían irlo a traer embarcaciones de Guatemala, si no venía, carecía de él, y careció hasta el extremo de temerse otra vez, no podría celebrarse el Santo Sacrificio de la Misa, según lo alegó esta ciudad” (García Peláez, 1943). La recuperación de El Realejo se produjo en 1742 según memorial del oidor Echevers pero la decadencia de la ruta Callao-Guayaquil-Paita-Realejo-Sonsonate era notoria y la provisión de vinos empezó a llegar del virreinato de Nueva España.
VII. Conclusiones
El manuscrito de Ilias Hanna “es el primer texto conocido hasta hoy que se escribió por un súbdito otomano y que está basado en observaciones directas” (Güler, 2019). Sin embargo, sólo después de la segunda mitad del siglo XX aparecieron las primeras traducciones del viaje de Ilias Hanna en lenguas europeas -inglés, italiano, holandés (parcial) y francés- pero hasta la fecha no se ha publicado en español una versión completa de esa importante travesía.
Su detallado diario de viajes contiene un sinnúmero de observaciones que registrandesde una óptica que hoy llamaríamos “comercial”- datos sobre ciudades, minas, granjas, gobernantes, autoridades, pobladores indígenas, entre otras, acompañadas de un lenguaje poético-oriental que brinda dinamismo al relato ajustándolo a las preferencias de los lectores al que estaba dirigido: las élites del Imperio Otomano.
La acción pionera de Ilias Hanna adquiere mayor relevancia si se toma en cuenta que los contactos del Imperio Otomano con Centroamérica y el Caribe se iniciarían por Haití en 1892 cuando se propuso el nombramiento de Lyon Hinyonome como cónsul. En 1908 el Imperio Otomano, a través de la embajada francesa en Puerto Príncipe, estableció relaciones con Haití preparando así el salto hacia una mayor profundización de relaciones con Centroamérica (Yalcin, 2019). El estallido de la Primera Guerra Mundial truncó ese proyecto.
VIII. Bibliografía
PONCEGUADIAN, A El viaje de Ilyās ibn al-qissīs Ḥannā l-Mawṣilī(Elías de Babilonia o de San Juan) a Europa y Nueva España en el siglo XVII. Estudios de Asia y África, [S. l.], v. 53, n. 3, 2018. DOI: https://doi.org/10.24201/eaa.v53i3.2324
TORNIELLI, A. Hombre de tres mundos. Para una biografía política e intelectual del emir Emín Arslán. Dirāsāt Hispānicas n.º 2 - 2015: 157-181. DOI: file:///C:/Users/josee/Downloads/DialnetHombreDeTresMundosParaUnaBiografiaPoliticaEIntelec-5601586.pdf
GÜLER, G. Las primeras relaciones entre el Imperio Otomano y el Perú. Publicaciones de la Universidad de Ankara n.º 610 – 2019: 211-277. DOI: http://latinamerika.ankara.edu.tr/wpcontent/uploads/sites/70/2020/06/XIX_Yuzyil_Boyunca_Osn_%C4%B0mp_Latin_Ame_%C4%B 0liskileri_ESP.pdf
YALCIN, P. Las relaciones entre Haití y el Imperio Otomano. Publicaciones de la Universidad de Ankara n.º 610 – 2019: 111-118. DOI: http://latinamerika.ankara.edu.tr/wpcontent/uploads/sites/70/2020/06/XIX_Yuzyil_Boyunca_Osn_%C4%B0mp_Latin_Ame_%C4%B 0liskileri_ESP.pdf
GARCÍA PELÁEZ, F. Memorias para la Historia del Antiguo Reino de Guatemala, Tomo II, 1943. Segunda Edición.
Breve reseña del Autor: Jorge Alejandro Raffo Carbajal
Embajador en el Servicio Diplomático de la República. Actual embajador del Perú en Guatemala. Previamente fue embajador del Perú en Panamá y en Honduras; Director General de Tratados del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, con Jefaturas concurrentes en la Oficina General de Asuntos Legales y en el Gabinete Especializado de Coordinación Parlamentaria. Formado en Derecho en la Universidad Católica del Perú es Licenciado y Magíster en Relaciones Internacionales por la Academia Diplomática del Perú. Con estudios de postgrado en París y Bruselas ha ejercido la docencia universitaria en el Ecuador y el Perú. Durante su trayectoria diplomática en el extranjero ha trabajado en Bélgica, Luxemburgo, Estados Unidos y Ecuador, desempeñándose en este último puesto como Cónsul General. Colaborador periodístico de los diarios “Estrella de Panamá” y “La Tribuna” de Honduras.
“Yo salgo a la defensa de mi obra y de mi conducta, dijo, presentándome en una arena en que pueden entrar a combatirme los gigantes y los pigmeos, y cuantos crean que tienen armas contra mí, y si en esta lucha alguno piensa que no doy pruebas de ser el menos atrevido, no me negará a lo menos que soy ahora lo que he sido siempre, amigo de la buena guerra y enemigo de traidoras artes. Yo quiero a mis contrarios de frente para recibir sus heridas en la cara, y no me gusta aquella hipócrita moderación que asesina por la espalda”.
Antonio José de Irisarri
A R T Í C U LO
Minería de Asteroides en Derecho Espacial Internacional
Juan Pablo Hernández Páez
Subdirección de Política Multilateral para ONU-MINEX
Minería de Asteroides en Derecho Espacial Internacional
Juan Pablo Hernández Páez1
Subdirección de Política Multilateral para ONU-MINEX
Resumen
Este artículo aborda en detalle la legalidad de la minería de asteroides al amparo del derecho internacional, una cuestión de creciente importancia jurídica y política. El autor sostiene que la legalidad de la minería de asteroides no debe medirse con arreglo al artículo II del Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre, sino más bien con arreglo a las disposiciones del Tratado relativas a la evaluación de impacto ambiental, las consultas y la repartición de los beneficios de las actividades de exploración y explotación del espacio. Además, el autor sostiene que la clave para garantizar una buena gobernanza de las actividades espaciales en el futuro es el multilateralismo y propone posibles mecanismos para garantizar la rendición de cuentas y la sostenibilidad.
Abstract
This article delves into the legality of asteroid mining under international law, an issue of growing legal and political importance. The author argues that the legality of asteroid mining should not be measured by Article II of the Outer Space Treaty, but rather the Treaty’s provisions regarding environmental impact assessments, consultation and benefit sharing for space exploration and exploitation activities. Moreover, the author argues that the key for ensuring proper governance for space activities in the future is multilateralism and proposes possible mechanisms for ensuring accountability and sustainability.
Lista de palabras clave
Acuerdos de Artemisa; Autoridad Internacional de los Fondos Marinos; CONVEMAR; COPUOS; Derecho espacial; Evaluaciones del impacto ambiental; Minería de asteroides; Naciones Unidas; Tratado del Espacio Ultraterrestre.
1 Todas las opiniones expresadas en este artículo son personales.
I. Introducción
El 17 de marzo de 1852, el astrónomo Annibale de Gasparis descubrió uno de los asteroides más grandes y masivos jamás conocidos.2 Denominado 16 Psyche, este asteroide tiene un diámetro de más de 220 kilómetros y es tan masivo que las perturbaciones gravitacionales que produce sobre otros asteroides son observables desde la Tierra.3 La Dra. Tracy Becker, autora titular de un estudio realizado a través del Hubble Space Telescope, ha señalado que 16 Psyche podría estar compuesto casi completamente de hierro y níquel.4 Esto ha llevado a algunos a especular que el valor de los recursos minerales del asteroide asciende a los diez trillones de dólares de los Estados Unidos.5
El potencial comercial de los cuerpos celestes no ha pasado desapercibido. La explotación de los recursos naturales de otros mundos tiene un atractivo innegable desde el punto de vista económico. En una entrevista en el Fox Business Network, el Dr. Neil deGrasse Tyson aseveró que “el primer trillonario será la primera persona que explote los recursos espaciales en los asteroides y los cometas”.6 En contraste, existe considerable incertidumbre acerca de los principios políticos y legales que deben regir la actividad minera de los Estados y sus nacionales en el espacio.El propósito de este breve artículo es examinar el estado actual del derecho internacional sobre el espacio ultraterrestre, y ofrecer algunas conclusiones preliminares acerca de la licitud de la extracción minera en los cuerpos celestes, así como los principios que deben regir la actividad de los Estados en este ámbito.
II. Descripción general del derecho espacial
El derecho internacional del espacio ultraterrestre, también llamado derecho cósmico o simplemente derecho espacial, es el conjunto de normas de derecho internacional destinadas a regular la conducta de los Estados y demás personas jurídicas
2 Schmadel, L. D. (2012). Dictionary of Minor Planet Names (6a edn). Springer Science & Business Media, páginas 1415.
3 Elkins-Tanton, L. T. et al. (2020). “Observations, meteorites and models: A preflight assessment of the composition and formation of (16) Psyche”. Journal of Geophysical Research: Planets, vol. 125:3, página 23.
4 Becker,T. M. (2020). “HSTUV Observations ofAsteroid (16) Psyche”. The Planetary Science Journal, vol. 1:53, página 7.
5 Gamillo, E. (2022). “ThisMetal-Rich, Potato-ShapedAsteroid Could Be Worth $10 Quintillion.” Smithsonian Magazine, 4 de enero de 2022. Consultado el 22 de enero de 2023; Carter, J. (2021). “NASA Is Set to Explore a Massive Metal Asteroid Called ‘Psyche’ That’s Worth Way More Than Our Global Economy”. Forbes, 28 de diciembre de 2021. Consultado el 22 de enero de 2023; Parnell, B. (2017). “Nasa Will Reach Unique Metal Asteroid Worth $10,000 Quadrillion Four Years Early”. Forbes, 26 de mayo de 2017. Consultado el 22 de enero de 2023.
66 Traducción libre del autor. Declaración original en inglés: “The first trillionaire is going to be the first person who exploits space resources on asteroids and comets.”
Fox Business. “Neil deGrasse Tyson: First trillionaire will exploit space resources”. Disponible en el sitio oficial de Youtube de Fox Business. Consultado el 22 de enero de 2023.
internacionales en el espacio exterior, que se sitúa más allá de los espacios aéreos de los Estados de conformidad con el derecho internacional.
Debido a la limitada actividad espacial que ha sido realizada por los Estados, el derecho espacial se encuentra en un estado fragmentario y poco desarrollado. La práctica de los Estados es escasa, por lo que el ejercicio de identificar la existencia de costumbres jurídicamente vinculantes es complejo.7 El corpus del derecho espacial se encuentra codificado, en alguna medida, en los cinco tratados internacionales desarrollados en el seno de las Naciones Unidas para regular la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y los cuerpos celestes, con fines pacíficos:
• Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, que fue aprobado el 19 de diciembre de 1966 a través de la resolución 2222 (XXI) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, y entró en vigor el 10 de octubre de 1967 (en adelante, el “OST”8 o “Tratado”).
• Acuerdo sobre el salvamento y la devolución de astronautas y la restitución de objetos lanzados al espacio ultraterrestre, que fue aprobado el 19 de diciembre de 1967 a través de la resolución 2345 (XXII) de la Asamblea General, y entró en vigor el 3 de diciembre de 1968.
• Convenio sobre la responsabilidad internacional por daños causados por objetos espaciales, que fue aprobado el 29 de noviembre de 1971 a través de la resolución 2777 (XXVI) dela Asamblea General,y entró envigor el 11 de septiembre de 1972.
• Convenio sobre el registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre, que fue aprobado el 12 de noviembre de 1974 a través de la resolución 3235 de la Asamblea General, y entró en vigor el 15 de septiembre de 1976.
• Acuerdo que debe regir las actividades de los Estados en la Luna y otros cuerpos celestes, que fue aprobado el 5 de diciembre de 1979, a través de la resolución 34/68 de la Asamblea General, y entró en vigor el 11 de julio de 1984 (en adelante, el “Acuerdo sobre la Luna”).
Estos cinco instrumentos están complementados por una serie de declaraciones de principios adoptadas en la Asamblea General de las Naciones Unidas, en temas como la utilización de satélites artificiales para las transmisiones internacionales directas por televisión,9 la teleobservación de la Tierra desde el espacio,10 la utilización de fuentes de energía nuclear en el espacio ultraterrestre11 y la cooperación internacional en el espacio en beneficio e interés de todos los Estados.12
7 Cf. Corte Internacional de Justicia. Asunto relativo a la Plataforma Continental del Mar del Norte (República Federal de Alemania / Dinamarca y Países Bajos). Sentencia del 20 de febrero de 1969. Informes de la CIJ, 1969, páginas 4244, párrafos 73-78; párrafo 1 b) del artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.
8 Por su nombre abreviado en inglés: “Outer Space Treaty”, Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre.
9 Resolución 37/92 de la Asamblea General, aprobada el 10 de diciembre de 1982.
10 Resolución 41/65 de la Asamblea General, aprobada el 3 de diciembre de 1986.
11 Resolución 47/68 de la Asamblea General, aprobada el 14 de diciembre de 1992.
12 Resolución 51/122 de laAsamblea General, aprobada el 13 de diciembre de 1996.
El OST, primero en este catálogo de instrumentos internacionales, es considerado por las Naciones Unidas como la “base jurídica general para la utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos”,que se complementa de manera específica por los otros cuatro tratados.13 La elaboración de este tratado se desencadenó como consecuencia del desarrollo de los misiles balísticos intercontinentales en los años 1950, los cuales podían alcanzar objetivos en el espacio. Como resultado del lanzamiento del satélite artificial Sputnik 1 y la ulterior carrera armamentística entre la Unión Soviética y los Estados Unidos de América,14 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó el 17 de octubre de 1963 una resolución por la que exhortó a todos los Miembros de la Organización a abstenerse de la colocación de armas de destrucción masiva en el espacio.15 Más adelante, esto llevó a la adopción del OST,16 cuya finalidad era garantizar que las actividades de las naciones con capacidad espacial no pongan en peligro la paz y la seguridad internacionales.
Algunas de las características particulares del OST incluyen a las siguientes. El Tratado declara que la utilización y exploración del espacio está abierta de manera no discriminatoria a todas las naciones del mundo. Estas actividades espaciales incumben a toda la comunidad de naciones, y deben realizarse en su beneficio e interés.17 De esa cuenta, se prohíbe la apropiación nacional del espacio o de la Luna y los cuerpos celestes que en él se encuentran, incluyendo las reivindicaciones de soberanía.18 Se prohíbe la colocación de armas nucleares u otras armas de destrucción masiva en órbita, en los cuerpos celestes o en el espacio ultraterrestre de cualquier forma.19 Los astronautas se consideran “enviados de la humanidad” en el espacio, y los Estados parte tienen la obligación de prestarles toda la ayuda posible en caso de accidente, peligro o aterrizaje forzoso en el territorio de otro Estado parte o en altamar, así como de devolverlos con seguridad y sin demora al Estado de registro de su vehículo espacial.20 El Tratado establece un régimen de responsabilidad para las actividades espaciales de los Estados parte,21 complementado por las disposiciones del Convenio sobre la Responsabilidad Internacional por Daños Causados por Objetos Espaciales de 1971.
Existen otros instrumentos de interés. Un ejemplo son los Acuerdos de Artemisa, cuyo objetivo es establecer principios y directrices comunes para promover la gobernanza en la exploración y la utilización del espacio ultraterrestre en el marco del ProgramaArtemisa. No tienen carácter jurídicamente vinculante, aunque son la base para
13 Naciones Unidas. Tratados y Principios de las Naciones Unidas sobre el Espacio Ultraterrestre Documento Ref.: ST/SPACE/11, 2002, página vii.
14 US State Department. “Treaty on Principles Governing the Activities of States in the Exploration and Use of Outer Space, Including the Moon and Other Celestial Bodies”. Disponible en el sitio oficial del Departamento de Estado de los Estados Unidos. Consultado el 22 de enero de 2023.
15 Resolución 1884 (XVIII) de la Asamblea General, aprobada el 17 de octubre de 1963.
16 El OST estuvo precedido por la Declaración de los principios jurídicos que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, aprobada el 13 de diciembre de 1963 a través de la resolución 1962 (XVII) de la Asamblea General de las Naciones Unidas.
17 Artículo I.
18 Artículo II.
19 Artículo IV.
20 Artículo V. Estas disciplinas se complementan conlasdel Acuerdo sobre el salvamento y la devoluciónde astronautas y la restitución de objetos lanzados al espacio ultraterrestre de 1967.
21 Artículos VI-VIII.
desarrollar memorandos de entendimiento y otros acuerdos entre los Estados signatarios, que eventualmente podrían servir como evidencia de práctica estatal de potencial relevancia en el contexto del derecho cósmico.
III. La extracción de recursos de los cuerpos celestes
En ocasiones, cuando se ha abordado este tema en la doctrina, el análisis se ha enfocado en el artículo II del OST, que prohíbe la apropiación nacional de la Luna u otros cuerpos celestes.22 Es importante resaltar que, aunque esta prohibición forma parte del Tratado, no es vinculante solamente para los Estados que son partes en él. Este principio de “no apropiación” es una norma de derecho internacional consuetudinario de aplicación general que, de acuerdo con una parte de la doctrina, constituye una norma imperativa del derecho internacional general (jus cogens), que no admite pacto en contrario en ninguna circunstancia.23 Esto se debe a que el principio de no apropiación se considera una derivación de la prohibición de la amenaza y el uso de la fuerza, codificada en el párrafo 4 del artículo 2 de la Carta de las Naciones Unidas, que reviste la misma característica.24
En la opinión del autor, es necesario hacer una distinción entre la actividad extractiva como tal, y el estatus internacional de los recursos extraídos de los cuerpos celestes. El artículo II del OST es un factor pertinente en cuanto al segundo tema, en la medida en que la declaración de derechos de propiedad sobre los recursos extraídos se considere “apropiación nacional”, cuestión que no se aborda en este estudio.
No obstante, el artículo II no necesariamente es un elemento decisivo al momento de determinar la licitud de la minería en los cuerpos celestes. El término “apropiación” (appropriation)25 se refiere a “tomar algo como propio, usualmente sin permiso”,26 “tomar posesión exclusiva de algo”, “sin autoridad o derecho”.27 En combinación con el término “nacional” (national), esto supone que el término “apropiación” hace referencia a algo que se relaciona o es típico de una nación y su pueblo, en contraste con otras naciones, o algo que pertenece a una nación en particular.28 En contexto, el mismo artículo II ejemplifica formas en las que esa “apropiación nacional” puede ocurrir: por “reivindicación de soberanía”, “uso” u “ocupación”, que son formas habituales de adquisición de territorio en el derecho internacional.29 El principio de ejusdem generis sugiere que la frase “ni de
22 Artículo II: “El espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, no podrá ser objeto de apropiación nacional por reivindicación de soberanía, uso u ocupación, ni de ninguna otra manera.”
23 E.g., Hobe. S. et al. (2017). Cologne Commentary on Space Law - Outer Space Treaty Berliner WissenschaftsVerlag, páginas 255-256; cf. artículo 53 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
24 Hernández Páez, J. P. (2021). “Whose Law Applies in Mars? Self-Determination, National Appropriation and Private International Law”. The Treaty Examiner, vol. 2:1. Consultado el 22 de enero de 2023.
25 Las interpretaciones del OSTen este estudio se realizan con base en el artículo 31 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
26 Cambridge Dictionary. “Appropriation”. Consulta realizada el 22 de enero de 2023.
27 Merriam-Webster Dictionary. “Appropriation”. Consulta realizada el 22 de enero de 2023.
28 Cambridge Dictionary.“National”. Consultarealizada el 22de enero de 2023; Merriam-Webster Dictionary. “National”. Consulta realizada el 22 de enero de 2023.
29 Shaw, M. (2017). International Law Cambridge University Press (8ª edn), página 367.
ninguna otra manera” debe interpretarse de manera consistente con los otros elementos de la enumeración. Como consecuencia, la frase final del artículo II se refiere a la adquisición de territorio a través de cualquier otro medio. Analizados desde el punto de vista del objeto y fin del OST, estos elementos apuntan a que el término “apropiación nacional” significa la pretensión, por parte de un Estado, de adquirir territorio o ejercer soberanía en el espacio,en la Lunao en cualquier otro cuerpo celeste.La mera extracción de recursos mineros en un cuerpo celeste, sin más, habitualmente no alcanzará este alto umbral,30 aunque esto deberá decidirse de caso a caso.
El artículo II del OST tampoco es la herramienta más adecuada de abordar el problema de la minería en los cuerpos celestes. El motivo es que, siempre que se examine esta cuestión desde el punto de vista del concepto de “apropiación nacional”, en el sentido del artículo II, será sencillo evitar la aplicación del OST aseverando que la actividad extractiva no es un acto de apropiación, sino que, por el contrario, se trata de una actividad pacífica que no está expresamente prohibida.
Desde esta perspectiva, el acto de extraer recursos de un cuerpo celeste solamente será inconsistente con el artículo II del Tratado si dicha extracción se considera una reivindicación de soberanía o algún otro acto deapropiación nacional por parte del Estado extractor. La distinción que se hace en el texto del Tratado entre “apropiación nacional” y “utilización”31 implica que estos términos no deben tener el mismo significado, porque de lo contrario los negociadores del Tratado hubiesen optado por prohibir expresamente todas las formas de utilización del espacio o de los cuerpos celestes. Como consecuencia, es necesario interpretar que no todo acto por el que se utiliza un cuerpo celeste o sus recursos constituye “apropiación nacional”; se requiere un elemento adicional para que esa actividad contraríe lo dispuesto en el artículo II del Tratado. En todos los demás casos, la licitud de la minería de los cuerpos celestes debe examinarse de manera más general, teniendo en cuenta las demás disposiciones del Tratado, o el derecho internacional consuetudinario.
El Acuerdo sobre la Luna de 1979 confirma lo anterior. Mientras que el párrafo 2 del artículo 11 reproduce el texto del artículo II del OST en referencia a la Luna, el párrafo 3 del mismo artículo va más allá. Ahí se establece que ni la superficie ni la subsuperficie de la Luna, ni ninguna de sus partes o recursos naturales, podrán ser propiedad de ningún Estado, organización internacional intergubernamental o no gubernamental, organización nacional o entidad no gubernamental ni de ninguna persona física. Se aclara también que el emplazamiento de personal y equipo en la Luna no creará derechos de propiedad. Estas dos disposiciones confirman que, como mínimo, el ejercicio de derechos de propiedad se puede distinguir del concepto de “apropiación nacional”. Asimismo, este texto sugiere que el Acuerdo de 1979 prohíbe la minería en la Luna.
30 Esto puede discernirse en comparación a otros regímenes comunes en el derecho internacional. Por ejemplo, el potencial de exploración y explotación de los fondos marinos de ninguna forma implica que la Zona haya dejado de ser patrimonio común de la humanidad.
31 Véase el primer párrafo del artículo I del OST.
La conclusión de que la minería, sin más, no equivale a “apropiación nacional” tiene cierto soporte enla práctica delos Estados. Elautor sepermite resaltar elpárrafo 2de la sección 10 de los Acuerdos de Artemisa, en el que los signatarios afirmaron que la extracción de recursos espaciales de la Luna, los asteroides u otros cuerpos celestes noconstituye inherentemente una “apropiación nacional” en el sentido del artículo II del OST. Sin embargo, cabe mencionar que los Acuerdos de Artemisa no crean obligaciones vinculantes, y solamente han sido suscritos por poco más de veinte países.32 Por consiguiente, su celebración no constituye un acuerdo o una práctica ulterior que aclare la interpretación del OST, en el sentido del párrafo 3, literales a) y b), del artículo 31 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
Así las cosas, la extracción de recursos espaciales, per se, no está expresamente prohibida por el OST. Sin embargo, esto no significa que dicha actividad esté completamente libre de limitaciones internacionales. El objeto y fin del Tratado es impedir que la exploración y la utilización del espacio amenacen la paz y la seguridad internacionales. En esa línea, el primer párrafo del artículo I establece que estas actividades deben realizarse “en provecho y en interés de todos los países”, y que “incumben a toda la humanidad”. Estas frases generales sugieren que el interés del Tratado no radica solamente en que los beneficios de la exploración y utilización de los recursos espaciales sean repartidos entre todaslas naciones del mundo. También implica que estas actividades no deben realizarse si perjudican los intereses de los otros Estados o ponen en peligro su habilidad de explorar o utilizar el espacio libremente.33
El artículo IX confirma esta conclusión: de conformidad con esta disposición, en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre y sus cuerpos celestes, el Estado debe “tener debidamente en cuenta los intereses correspondientes de los demás Estados Partes en el Tratado”. Si hay motivos para creer que una actividad o un experimento en el espacio crearía un obstáculo capaz de perjudicar las actividades de otros Estados en la exploración y utilización del espacio con fines pacíficos, el artículo IX dictamina que esos otros Estados deben tener la posibilidad de solicitar la celebración de consultas sobre dicha actividad, y el Estado que la ha proyectado tiene la obligación de efectuar él mismo esas consultas, antes de iniciar su ejecución.
En esta obligación está implícito el deber del Estado que proyectó la actividad de realizar una evaluación de los impactos que esta pueda provocar en las actividades de exploración y utilización de otros Estados, y en los recursos espaciales involucrados. En otras palabras, cae por su propio peso que un Estado que planea realizar dichas actividades debe, como mínimo, llevar a cabo una evaluación del impacto ambiental causado por el proyecto, tanto en la Tierra como fuera de ella.34 Si esa evaluación revela un impacto al medio ambiente que podría perjudicar las actividades espaciales de otros
32 Entre ellos, los Estados Unidos,Australia, Canadá, Japón, Luxemburgo, Italia, Reino Unido, Emiratos Árabes Unidos, Ucrania, Corea del Sur, Nueva Zelanda, Brasil, Polonia, México, Israel, Rumanía, Baréin, Singapur, Colombia, Francia, Ruanda, Nigeria y Arabia Saudita.
33 Segundo párrafo del artículo I.
34 Corte Internacional de Justicia. Asunto de las Plantas de Celulosa sobre el Río Uruguay (Argentina c. Uruguay). Sentencia del 20 de abril de 2010. Informes de la CIJ, 2010, páginas 82-83, párrafo 204.
Estados, las Partes en el OST tienen la obligación de entablar consultas al respecto antes de iniciar la actividad.
Tomando el artículo IX como punto de partida, siuna actividad tiene elpotencial de causar un daño grave y extendido al medio ambiente en la Tierra o en el espacio, el deber de consulta puede convertirse en un esfuerzo multilateral extremadamente complejo. En el marco legal del OST, donde el espacio es patrimonio común de los Estados, esto puede llevar a la conclusión de que el Estado que realiza la actividad tiene la obligación de entablar una consulta multilateral con todos los países potencialmente afectados, incluso aquellos que no son partes en el Tratado, e independientemente de si tienen capacidad espacial.35 Esta situación se volverá progresivamente más frecuente conforme los Estados comiencen a depender más de los recursos provenientes del espacio ultraterrestre.
Claro está que la obligación de consultar a los otros países no implica que estos tengan un derecho de veto sobre las actividades que produzcan el efecto descrito. El problema es que el artículo IX no aclara cuál es el propósito o el resultado esperado de las consultas. Como mínimo, se esperaría que el Estado que pretende emprender la actividad tenga en cuenta las observaciones formuladas por los demás países con la finalidad de que sus actos de exploración o utilización espacial no provoquen un perjuicio irreparable a los intereses de la humanidad. De lo contrario, ese Estado infringiría lo dispuesto en el artículo I del Tratado.
Es importante resaltar que la actividad minera o extractiva cae dentro de este esquema de consultas y evaluaciones. En su sentido corriente,36 el término “utilización” (use)37 significa “poner en acción”, “gastar”, “consumir”,38 dedicar a un propósito particular, explotar,39 “hacer que algo sirva para un fin”, “aprovecharse”.40 En contexto, la actividad de utilización debe realizarse de tal forma que no se produzca “contaminación nociva ni cambios desfavorables en el medio ambiente de la Tierra como consecuencia de la introducción en él de materias extraterrestres” (artículo IX). El mismo artículo resalta que las actividades de utilización pueden crear un “obstáculo capaz de perjudicar las actividades de otros Estados Partes en el Tratado en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre con fines pacíficos”. Interpretados a la luz del objeto y fin del Tratado, estos factores apuntan a una serie de conclusiones.
Primero, el término “utilización” abarca el aprovechamiento de los recursos de la Luna y los cuerpos celestes. En línea con el artículo I, esto significa que los actos de utilización
35 Cf. Artículo I: “La exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, deberán hacerse en provecho y en interés de todos los países, sea cual fuere su grado de desarrollo económico y científico, e incumben a toda la humanidad” (las cursivas no figuran en el texto original).
36 Véase el párrafo 1 del artículo 31 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
37 Esta palabra se utiliza en los artículos I, III, IV, IX, X, XI y XIII del OST.
38 Merriam-Webster Dictionary. “Use”. Consulta realizada el 22 de enero de 2023.
39 Cambridge Dictionary. “Use”. Consulta realizada el 22 de enero de 2023.
40 Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española. “Utilización”. Consulta realizada el 22 de enero de 2023.
que involucren dicho aprovechamiento no son contrarios al OST, siempre que se realicen con fines pacíficos y no infrinjan otras disposiciones del Tratado.
Segundo, el artículo IX menciona la posibilidad de la “introducción” de “materias extraterrestres” “en el medio ambiente de la tierra”. Es decir que la extracción de un mineral u otro recurso de un cuerpo celeste para su introducción a la Tierra no es inconsistente con el Tratado, sujeto a la obligación de que esa actividad no cause contaminación nociva o cambios desfavorables a nuestro medio ambiente.
Tercero, aunque el artículo I resalta que estas actividades “deberán hacerse en provecho y en interés de todos los países”, no hay nada en el Tratado que prohíba que estas actividades se desarrollen con una finalidad de aprovechamiento comercial, pública o privada. Sin embargo, elartículo I implica que esas actividades pueden (e, incluso, deben) someterse a un régimen de protección ambiental y repartición de beneficios en el que puedan participar todos los Estados, sean o no partes en el OST y sus acuerdos ulteriores. Esta conclusión se ve apoyada por el hecho de que el Tratado distingue entre la categoría general de “todos los países”, cuando se refiere a los sujetos que tienen el derecho a beneficiarse de las actividades espaciales, y la subcategoría de “Estados Partes”, sobre quienes lógicamente recaen las obligaciones emanantes del Tratado.
IV. Conclusiones
Derivado de las consideraciones anteriores, el autor concluye que las actividades extractivas están permitidas en el espacio ultraterrestre. Sin embargo, están sujetas a la obligación de realizar evaluaciones del impactoambiental; a un régimen de consultas con los Estados afectados por la actividad (potencialmente, todos los Estados de la comunidad internacional); y a la obligación de repartir los beneficios obtenidos con todos los Estados, sean o no partes en el OST.
En la implementación de estos deberes, es importante apuntar algunas cuestiones. En este momento, se conoce poco acerca de las implicaciones ambientales y económicas de la explotación del espacio.41 La obligación prevista en el artículo I del OST de utilizar dicho espacio en beneficio y en interés de toda la humanidad debe llevarnos a la conclusión de que, mientras no se conozcan con suficiente certeza las consecuencias medioambientales y naturales, los Estados deben ejercitar cautela. A modo de comparación, un argumento similar fue esgrimido por varios Estados, entre ellos Palau, Fiji, Samoa, Micronesia, Nueva Zelanda, Costa Rica, España, Francia, Alemania, Panamá y Chile,42 para exigir una pausa o un moratorio sobre la minería de los fondos marinos en el marco del 27º período de sesiones del Consejo de la Autoridad
41 Esto no obsta que pueden existir beneficios ambientales en la extracción de los recursos espaciales frente a su equivalente terrestre. Todos estos factores deben ser tomados en consideración al momento de desarrollar un marco legal y político adecuado.
42 Guerrero, M. (2023). “Opposition Grows Among Countries as Seabed-Mining Efforts Push Ahead”. Pass Blue, 2 de enero de 2023. Consulta realizada el 22 de enero de 2023.
Internacional de los Fondos Marinos. Al igual que el espacio ultraterrestre, los fondos marinos (denominados la “Zona” en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar43) no están sujetos a apropiación nacional44 y las actividades que se desarrollan en ellos deben realizarse en beneficio de toda la humanidad.45 Sin embargo, a diferencia de los fondos marinos, no existe una organización internacional que ostente el poder para regular las actividades46 en el espacio con efecto vinculante para la generalidad de los Estados,47 y que tenga la facultad de decidir sobre la repartición de los beneficios.48 Esto debe resaltar la necesidad de que las actividades extractivas no se realicen en los cuerpos celestes mientras no se conozcan con más exactitud la magnitud y la gravedad de sus consecuencias para el “medio ambiente del espacio ultraterrestre”, utilizando la terminología de las Naciones Unidas.49
También es importante señalar que las consideraciones anteriores se aplican tanto a la actividad extractiva de los Estados, como a la de los actores no estatales. De conformidad con el artículo VI del OST, los Estados parte son responsables internacionalmente, tanto por las actividades gubernamentales como las no gubernamentales, las cuales deben autorizar y fiscalizar constantemente con la finalidad de asegurar que se realicen de conformidad con el Tratado. Un Estado puede ser responsable de una infracción del Tratado en este contexto si una actividad extractiva realizada de manera inconsistente con las disposiciones de ese instrumento es atribuible a ese Estado50 o, en ausencia de atribución, si el Estado incumplió su obligación de examinar, supervisar y fiscalizar esa actividad para garantizar que fuera consistente con el Tratado.
V. Recomendaciones
Puesto que el espacio exterior es una res communis omnium, es claro que la actividad estatal que pueda afectarlo grave o irreparablemente no debe emprenderse unilateralmente, y no puede iniciarse sin tener certeza en cuantoa la magnitud y gravedad de sus consecuencias. La práctica de los Estados sugiere que la respuesta puede estar en el multilateralismo. En el mes de junio de 2019, la Comisión de las Naciones Unidas sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos (COPUOS) convocó a consultas con los Estados miembros, para propiciar un intercambio de opiniones amplio e inclusivo acerca de la futura exploración, explotación y utilización de los recursos
43 Párrafo 1 1) del artículo 1 de la Convención.
44 Párrafo 1 del artículo 137 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.
45 Artículo 140 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.
46 Véase el artículo 157 de la Convenciónde las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, con relación a laAutoridad Internacional de los Fondos Marinos.
47 Noyes, J. E. (2012). “The Common Heritage of Manking Past, Present, and Future” Denver Journal of International Law & Policy, vol. 40, página 465; Koskenniemi, M. y M. Lehto (1996). “The Privilege of Universality: International Law, Economic Ideology and Seabed Resources” Nordic Journal of International Law, vol. 65, páginas 551-552.
48 Véase el artículo 140 de la Convenciónde las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, con relación a laAutoridad Internacional de los Fondos Marinos.
49 Naciones Unidas. Tratados y Principios de las Naciones Unidas sobre el Espacio Ultraterrestre Documento Ref.: ST/SPACE/11, 2002, página v.
50 Véanse los artículos 4-11 de los Artículos de la Comisión de Derecho Internacional sobre la Responsabilidad del Estado por Hechos Internacionalmente Ilícitos.
extraterrestres.51 En sus respuestas a esta convocatoria, algunos Estados resaltaron la necesidad de realizar intercambios sobre la mejor manera de asegurar que las actividades de explotación de los recursos extraterrestres se realicen en beneficio de toda la humanidad, en línea con el artículo I del OST.52 También se resaltó la importancia de aclarar de qué forma puede garantizarse que los actos de explotación en el espacio no constituyan “apropiación nacional” en el sentido del artículo II del Tratado.53 Uno de los Estados encuestados resaltó la necesidad de elaborar un instrumento jurídicamente vinculante para promover y garantizar la “equidad” en la utilización de los recursos espaciales, para el beneficio de la comunidad global.54
En virtud de la considerable incertidumbre que rodea a la explotación de los recursos espaciales, es necesario que la comunidad internacional aúne esfuerzos para crear un régimen que garantice que esas actividades se realicen responsablemente. Esto puede involucrar la elaboración de un sexto tratado sobre el derecho espacial que regule las actividades de explotación y extracción en los cuerpos celestes, para complementar al Tratado de 1967. Los Estados pueden encontrar cierta inspiración en el sistema establecido en el marco de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos, al menos en cuanto a sus propósitos y funciones. Un sistema centralizado para el otorgamiento de licencias de prospección, exploración y explotación espaciales ayudaría a brindar mayor transparencia en estas actividades. Los parámetros para la creación de este sistema deben erigirse firmemente sobre los principios fundamentales del derecho internacional público: la prohibición de la amenaza y el uso de la fuerza, el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, la protección del medio ambiente (terrestre y extraterrestre), la justa y equitativa repartición de los beneficios obtenidos del espacio, y la plena implementación de los derechos humanos. El sistema debe permitir una discusión abierta y representativa sobre las actividades a desarrollarse en el espacio ultraterrestre, teniendo en mente la importancia de conservar los recursos naturales de otros planetas para nuestras generaciones futuras. Mientras se establece un sistema con estas características, una posible alternativa sería la Asamblea General de las Naciones Unidas, como órgano parlamentario y foro de discusión sobre asuntos públicos internacionales, con la clara limitación de que la Asamblea, a diferencia del Consejo de Seguridad, carece de un poder decisorio con efectos vinculantes.
Estas cuestiones son de indispensable análisis mientras desarrollamos las tecnologías necesarias para que la exploración y explotación del espacio sean posibles y comercialmente eficientes. Es nuestra responsabilidad compartida crear un marco político y jurídico adecuado y robusto para el momento en que nos adentremos en lo desconocido en busca de nuevos mundos.
51 COPUOS. Subcomité Jurídico. General exchange of views on potential legal models for activities in exploration, exploitation and utilization of space resources. Responses to the set of questions provided by the Moderator and ViceModerator of the Scheduled Informal Consultations on Space Resources: Note by the Secretariat Documento Ref.: A/AC105/C.2/2021/CRP.8, 2021, página 1/28.
52 Ibid., véase el documento en general.
53 Id
54 Ibid., página 7/28.
VI. Bibliografía
Instrumentos internacionales y normas análogas
Acuerdo que debe regir las actividades de los Estados en la Luna y otros cuerpos celestes, 5 de diciembre de 1979. 1363 UNTS 3.
Acuerdo sobre el salvamento y la devolución de astronautas y la restitución de objetos lanzados al espacio ultraterrestre, 19 de diciembre de 1967. 672 UNTS 119.
Artículos sobre la Responsabilidad del Estado por Hechos Internacionalmente Ilícitos. Anuario de la Comisión de Derecho Internacional, 2001, vol. II, parte dos.
Carta de las Naciones Unidas, 26 de junio de 1945. 1 UNTS XVI, incluso el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia.
Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, 10 de diciembre de 1982. 1833 UNTS 3.
Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, 23 de mayo de 1969. 1155 UNTS 331.
Convenio sobre el registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre, 12 de noviembre de 1974. 1023 UNTS 15.
Convenio sobre la responsabilidad internacional por daños causados por objetos espaciales, 29 de noviembre de 1971. 961 UNTS 187.
Tratado sobre los principios que deben regir las actividades de los Estados en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, 19 de diciembre de 1966. 610 UNTS 205.
Libros
Hobe, S. et al. (2017). Cologne Commentary on Space Law - Outer Space Treaty. Berliner Wissenschafts-Verlag.
Schmadel, L. D. (2012). Dictionary of Minor Planet Names (6a edn). Springer Science & Business Media.
Shaw, M. (2017). International Law Cambridge University Press (8ª edn), página 367.
Artículos
Becker, T. M. (2020). “HST UV Observations of Asteroid (16) Psyche”. The Planetary Science Journal, vol. 1:53.
Elkins-Tanton, L. T. et al. (2020). “Observations, meteorites and models: A preflight assessment of the composition and formation of (16) Psyche”. Journal of Geophysical Research: Planets, vol. 125:3.
Hernández Páez, J. P. (2021). “Whose Law Applies in Mars? Self-Determination, National Appropriation and Private International Law”. The Treaty Examiner, vol. 2:1.
Koskenniemi, M. y M. Lehto (1996). “The Privilege of Universality: International Law, Economic Ideology and Seabed Resources” Nordic Journal of International Law, vol. 65.
Noyes, J. E. (2012). “The Common Heritage of Manking Past, Present, and Future” Denver Journal of International Law & Policy, vol. 40.
Documentos de las Naciones Unidas
COPUOS. Subcomité Jurídico. General exchange of views on potential legal models for activities in exploration, exploitation and utilization of space resources. Responses to the set of questions provided by the Moderator and Vice-Moderator of the Scheduled Informal Consultations on Space Resources: Note by the Secretariat Documento Ref.: A/AC105/C.2/2021/CRP.8, 2021.
Naciones Unidas. Tratados y Principios de las Naciones Unidas sobre el Espacio Ultraterrestre. Documento Ref.: ST/SPACE/11, 2002.
• Resolución 1884 (XVIII) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada el 17 de octubre de 1963.
• Resolución 1962 (XVII) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada el 13 de diciembre de 1963.
• Resolución 37/92 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada el 10 de diciembre de 1982.
• Resolución 41/65 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada el 3 de diciembre de 1986.
• Resolución 47/68 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada el 14 de diciembre de 1992.
• Resolución 51/122 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada el 13 de diciembre de 1996.
Jurisprudencia internacional
Corte Internacional de Justicia. Asunto de las Plantas de Celulosa sobre el Río Uruguay (Argentina c Uruguay). Sentencia del 20 de abril de 2010. Informes de la CIJ, 2010.
Corte Internacional de Justicia. Asunto relativo a la Plataforma Continental del Mar del Norte (República Federal de Alemania / Dinamarca y Países Bajos). Sentencia del 20 de febrero de 1969. Informes de la CIJ, 1969.
Sitios web
Cambridge Dictionary. “Use”, “Appropriation”, “National”. Consulta realizada el 22 de enero de 2023.
Carter, J. (2021). “NASA Is Set to Explore a Massive Metal Asteroid Called ‘Psyche’ That’s Worth Way More Than Our Global Economy”. Forbes, 28 de diciembre de 2021. Consultado el 22 de enero de 2023.
Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española. “Utilización”. Consulta realizada el 22 de enero de 2023.
Fox Business. “Neil deGrasse Tyson: First trillionaire will exploit space resources”. Disponible en el sitio oficial de Youtube de Fox Business. Consultado el 22 de enero de 2023.
Gamillo, E. (2022). “This Metal-Rich, Potato-Shaped Asteroid Could Be Worth $10 Quintillion.” Smithsonian Magazine, 4 de enero de 2022. Consultado el 22 de enero de 2023.
Guerrero,M.(2023).“Opposition Grows AmongCountriesas Seabed-MiningEfforts Push Ahead”. Pass Blue, 2 de enero de 2023. Consulta realizada el 22 de enero de 2023.
Merriam-Webster Dictionary. “Use”, “Appropriation”,“National”. Consulta realizada el 22 de enero de 2023.
Parnell, B. (2017). “Nasa Will Reach Unique Metal Asteroid Worth $10,000 Quadrillion Four Years Early”. Forbes, 26 de mayo de 2017. Consultado el 22 de enero de 2023.
US State Department “Treaty on Principles Governing the Activities of States in the Exploration and Use of Outer Space, Including the Moon and Other Celestial Bodies”. Disponible en el sitio oficial del Departamento de Estado de los Estados Unidos. Consultado el 22 de enero de 2023. Breve reseña del autor
Juan Pablo Hernández Páez es Primer Secretario de la Subdirección de Política Multilateral para la Organización de las Naciones Unidas del Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala. Es licenciado en ciencias jurídicas, abogado y notario egresado de la Universidad Francisco Marroquín, donde actualmente se desempeña como catedrático auxiliar. Asimismo, es el fundador y editor de la revista digital The Treaty Examiner, dedicada al estudio del Derecho Internacional y la solución pacífica de controversias, y es el autor de artículos y libros sobre diversos temas de Derecho Internacional Público y Privado.
“El que siembra flores, recoge flores; el que abrojos, abrojos; preciso es que cada cual recoja lo que siembra”.
Antonio José de Irisarri
A R T Í C U LO
La migración riesgosa: El caso de Ecuador y Guatemala
Pablo Avilés Martin
Ministro de la Embajada de Ecuador acreditada en Guatemala
La migración riesgosa: El caso de Ecuador y Guatemala
Pablo Avilés Martin
Ministro de la Embajada de Ecuador acreditada en Guatemala
Resumen
La migración es un fenómeno que en esencia es importante para el desarrollo humano y no debería verse como una amenaza a la seguridad de una sociedad, ni a la vulneración de derechos de la población receptora, sin embargo, es vista actualmente en algunos Estados como un medio desencadenador de problemas sociales y económicos. La Organización Internacional para las Migraciones -OIM- señala que en el mundo una de cada treinta personas es migrante, un dato interesante para quien pretende con este artículo comprender como tesis conductora, por qué el ejercicio del derecho a la movilidad humana se ha transformado en un problema político, económico y jurídico, y que ha desencadenado que los migrantes pongan en riesgo supropia integridad y seguridad en busca de un anhelado “bienestar” en determinados países de destino. A decir de Hernández (2023), “Más de 41 millones de latinoamericanos viven fuera de su país, convirtiendo a la región enla que más número de migrantes tiene en el mundo”. Este supuesto permite abordar en este artículo no solo la terminología correcta aceptada a nivelinternacional al referirse a la migración, sino además determinar las causas más comunes de la movilidad humana, y particularmente, comprender la categorización de migración riesgosa como punto de inflexión en la seguridad tanto en Ecuador como en Guatemala, países que han sido tomados como referencia por su similitud geográfica, poblacional, política, social y económica.
Abstract
Migration is an essentially important phenomenon for human development and should not be seen as a threat to the security of a society, nor to the violation of the rights of the receiving population; however, it is currently seen in some States as a triggering of social and economic problems. The International Organization for Migration -IOM- points out that in the world one in thirty people is a migrant, an interesting fact for those who intend with this article to understand as a guiding thesis, why the human mobility right has become a political, economic and legal issue, and which has caused migrants to put their own integrity and security at risk in search of a desired “well-being” in determined destination countries. According to Hernández (2023), “More than 41 million Latin Americans live outside their country, making it the region with the largest number of migrants in the world.” This assumption allows us to approach in this article not only the correct international terminology accepted when referring to migration, but also to determine the most common causes of human mobility, and particularly, to understand the categorization of risky migration as a fixed point in security, both in Ecuador and Guatemala, countries that have been taken as a reference due to their geographical, population, political, social and economic similarity.
Palabras clave:
Acuerdos de libre movilidad de extranjeros -CA4Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR)
Centros Regionales de ProcesamientoCRP-
Ciudadanía universal Código de la Migración Coyoteros
Darién (zona selvática en la frontera entre Colombia y Panamá)
Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos
Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia -UNICEFFondo Monetario Internacional -FMIInstituto Guatemalteco de MigraciónIGM-
Instituto Nacional de Estadísticas y Censos -INECLey Orgánica de Movilidad Humana (LOMH)
Mafias del crimen organizado internacional
Marco de Gobernanza de la Migración (MiGOF)
Migración circular
Migración internacional Migración irregular Migración riesgosa
Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala -MINEXMinisterio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de EcuadorMREMHMinisterio de Trabajo y Previsión Social -MintrabOficinas de Movilidad Segura Organización Internacional para las Migraciones -OIMPlan Nacional de Desarrollo 2017-2021
Toda una Vida Plan Nacional de Desarrollo K´atun Nuestra Guatemala 2032 Programa de Movilidad Laboral Programa de Retorno Voluntario Asistido -PRVAPrograma Movilidad Segura Red Fronteriza por los Derechos Humanos -BNHR, inglésRegistro Oficial (Periódico del Estado ecuatoriano en el que se publican los Decretos ejecutivos)
I. Introducción
De acuerdo con la OIM1, se entiende por migración a todo “Movimiento de personas fuera de su lugar de residencia habitual, ya sea a través de una frontera internacional o dentro de un país”. Y migración internacional, como todo “Movimiento de personas fuera de su lugar de residencia habitual y a través de una frontera internacional hacia un país del que no son nacionales”, por otro lado, la misma OIM define como migración irregular al “Movimiento de personas que se produce al margen de las leyes, las normas o los acuerdos internacionales que rigenla entrada o la salida del país de origen, de tránsito o de destino.”
Por su parte, la Ley Orgánica de Movilidad Humana del Ecuador define a la migración riesgosa como “el desarrollo de actividades de movilidad humana asociada a los procesos de migración indocumentada o irregular, que ponen en riesgo la vida, seguridad, libertad e integridad personal del migrante y su familia”. Para efectos de este documento, se utilizará migración irregular como la no documentada, y migración riesgosa como la irregular, pero con la connotación de riesgo descrita en la normativa en materia de movilidad humana ecuatoriana.
Ecuador y Guatemala son países que comparten algunas similitudes, como la pertenencia a procesos de integración subregional en América Latina, la densidad poblacional2, la presencia de importantes recursos naturales, la forma de gobierno presidencialista, pero lo que nos atañe es el ejercicio del derecho de libre movilidad en su marco jurídico, lo que ha generado una inusual y creciente ola de migración en estos territorios latinoamericanos con consecuencias sociales, económicas y políticas.
De acuerdo con la Constitución de la República del Ecuador (REGISTRO OFICIAL N°449, 2008), se reconoce en el artículo 40 el derecho de toda persona a migrar yno identifica a ningún ciudadano como ilegal por su condición migratoria, además en concordancia con el artículo 392 que reconoce la protección por parte del Estado a la población en movilidad humana y el diseño y aplicación de políticas y normativa para su cumplimiento. Es decir, acoge la libre movilidad y la ciudadanía universal como principios constitucionales (artículo 416) desde el 2008 cuando se promulgó lavigésima Carta Política desde que el Ecuador es República en 1830.
Por otro lado, la Constitución de la República de Guatemala (JUSTIA, s.f.), en el artículo 26 reconoce la libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional.
1 OIM, portal web https://www.iom.int/es/sobre-la-migracion, visitado el 22 de agosto de 2023.
2 Guatemala de acuerdo con el Banco Mundial superó en 2021 los 17 millones de habitantes, cuenta con un PIB de $86 mil millones de dólares, y es uno de los países más megadiversos el mundo y cuenta con importantes recursos naturales. Por su parte Ecuador, cuenta a 2022 con una población de alrededor de 18 millones de habitantes y con una PIB de $115 mil millones de dólares, es definitivamente uno de los países más biodiversosdel mundo y cuenta con importantes yacimientos de recursos naturales, entre otros. Fuente:
II. Las causas de la migración en Ecuador y en Guatemala
E
ntre las principales causas que provocan la migración se encuentran a criterio de (Armijos-Orellana, Maldonado-Matute, González-Calle, & Guerrero-Maxi, 2022), las siguientes:
a. La crisis económica y falta de oportunidades, esta causal si bien es dominantey que muchas veces da pie a que se produzca la migraciónriesgosa e irregular, también es controversial, en tanto en cuanto, países como Guatemala y Ecuador, han evidenciado como sus nacionales se trasladan a otros territorios en busca de oportunidades o a consecuencia de un alto índice de desempleo3 , pero se evidencia la llegada de personas de otras naciones que se encuentran en iguales o peores condiciones y que ven en Ecuador o Guatemala una salida a su condición, incluso con el riesgo de no formalizar su situación en estos territorios. Por ejemplo, a criterio de Gillsäter (2023), las investigaciones sobre los efectos macroeconómicos de la migración respaldan el argumento de que otorgar un mejor acceso laboral a la población migrante, así como, cambiar la forma de ver el trabajo es que “Las estimaciones elaboradas por el Fondo Monetario Internacional indican que, para 2030, los venezolanos que han huido de su país desde 2015 pueden llegar a incrementar entre 2,5 y 4,5 puntos porcentuales el producto interno bruto (PIB) real de Perú, Colombia, Ecuador y Chile, en comparación con el valor de referencia sin la migración.”
Según la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), al menos 7.1 millones de venezolanos han salido de su país “buscando protección y una vida mejor”. La mayoría – más de 6 millones de personas hasido acogida en países de américa Latina y el Caribe. Ecuador ha recibido a más migrantes venezolanos.
b. La globalización, a decir de Castles (2010), genera condiciones para una mayor migración humana, vista de dos maneras, desde la parte de tecnología, donde se difunden las rutas de migración- incluso actualmente promocionada y captada por redes sociales-, oportunidades de trabajo –muchas veces irreales o falsas, y desde la desigualdad profunda en los países.
c. Seguridad e integridad, en esta categoría podrían incluirse todo tipo de vulneraciones a los derechos humanos, incluidos los conflictos armados y no armados, el terrorismo, esclavitud moderna, reagrupación familiar, educativas y otros, de acuerdo con la clasificación de Armijos -Orellana y otros (2022).
3 La tasa de desempleo anual para 2022 en Ecuador bordeaba el 4%, mientras que para Guatemala esta cifra es del 2.6%, considerando la población económicamente activa. Fuente:
d. Causas naturales, muchas ocasiones la naturaleza recrudece la situación de movilidad de ciertas poblaciones, principalmente de lugares donde existen sequías extremas o inundaciones incontrolables que obligan a las personas a trasladarse a otros sitios a nivel nacional o internacional, ya sea porque su medio de sustento se ha perdido, contaminado o porque su lugar de vivienda habitual ha desaparecido.
e. Políticas y de gobernanza¸ esta causa podría ser transversal a las anteriormente señaladas pero su importancia radica en que en varios escenarios la migración suele ser consecuencia del sistema político adoptadoen los países de origen, así como, las restricciones a las libertades civiles, sobrepoblación, políticas gubernamentales, falta de desarrollo o ejercicio de derechos.
III. Datos estadísticos de la migración riesgosa
En el caso de Ecuador, se reconoce en su legislación como un país de emigración, inmigración, tránsito y refugio (Herrera, 2022, pág. 5), las estimaciones del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos-INEC, ha calculado que en los últimos 20 años han emigrado cerca de 2 millones de personas del Ecuador, y que han inmigrado cerca de 750.000. “De un total de aproximadamente 17 millones de habitantes, la población ecuatoriana en el exterior representa entre un 8% y un 10% de la población del país, mientras que la población inmigrante y refugiada constituye un 3% y un 5%” (Herrera, 2022, pág. 5). Ecuador está dentro del puesto 93 de 195 del ranking de emigrantes, siendo los principales destinos de los emigrantes ecuatorianos, con un 38,15% España, Estados Unidos con un 37,71% seguido por Italia con el 7,37%, según el portal Datos Macro4 (Ramos, 2010).
De acuerdo con el INEC de Ecuador en 2022 estos son los saldos migratorios de ecuatorianos y extranjeros por fronteras regulares:
Los datos y estadísticas de migración riesgosa o irregular son extremadamente difíciles de medir, puesto que se produce al margen de las normas y se procura la no detención o registro, empero de ello, las cifras que pueden obtenerse son por ejemplo de los desaparecidos que se han reportado.
Ecuatorianos detenidos en la frontera
México-Estados Unidos
Tabla 2. Ecuatorianos detenidos en la frontera México-estados-Unidos. Elaboración con información obtenida de PRIMICIAS (Beltrán, 2022) y Fuente Patrulla Fronteriza de Estados Unidos.
Según una investigación de la Subsecretaría de Migración del Ministerio de Gobierno del Ecuador, el número de ecuatorianos deportados desde Estados Unidos en ocho meses del año 2023 llegó a casi 13.000, demostrando el alcance de la tercera ola migratoria que vive el país sudamericano. Los migrantes ecuatorianos son forzados a retornar al país en vuelos semanales costeados por el Gobierno de los Estados Unidos, según el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana del Ecuador (MREMH)al menos cien migrantes regresan al Ecuador en cada uno de esos vuelos charter.
El Departamento de Seguridad Nacional estadounidense calcula que el costo de detención alojamiento y deportación de cada indocumentado supera los $11.000 dólares5
Como se observa, el fenómeno migratorio de la migración riesgosa hacia los Estados Unidos de América ha ido evolucionando y en esta dinámica los migrantes ecuatorianos están involucrados, puesto que en la actualidad de acuerdo a las directrices y acuerdos que mantienen Estados Unidos y México en materia migratoria, la mayoría de migrantes que llega a territorio mexicano son interceptados por autoridades migratorias en el sur de ese país (Tapachula y Oaxaca).
Además,en el caso de los migrantes ecuatorianos que son retenidos en el sur de México, lejos de la capital, en la práctica son expulsados directamente a Guatemala sin ninguna fórmula de acercamiento y atención hacía la jurisdicción de una oficina consular ecuatoriana en México, lo que provoca una alta presencia deciudadanos ecuatorianos en la sección Consular de la Embajada del Ecuador en Guatemala que buscan en
unos casos acogerse a los Programa de Retorno Voluntario Asistido (PRVA), que impulsa la OIM, y en otros, intentar cruzar nuevamente México utilizando otras rutas irregulares para evadir los controles que involucra a los llamados coyoteros (ahora denominados guías) y organizaciones que se dedican al tráfico de personas.
Ahora bien, y como ejemplo palpable de esta problemática, en la Sección Consular de la Embajada del Ecuador con sede en Guatemala detalla que del 1 de enero al 11 de septiembre de 2023 se han atendido 324 casos de ciudadanos ecuatorianos (incluyendo menores de edad no acompañados) en situación de vulnerabilidad para acogerse al retorno voluntario asistido.
Según el testimonio de estos usuarios de los servicios consulares para el retorno voluntario a pesar de conseguir la documentación para retornar al Ecuador y entraral Programa de Retorno Voluntario Asistido de la OIM intentan nuevamente cruzar desde Guatemala a México y de allí llegar a su destino a través de “estrategias” que les están ofreciendo los traficantes de personas para hacer traslados en rutaspeligrosas sin ser detenidos por autoridades de control migratorio tanto en Guatemala como en México.
En el caso de Guatemala, el Instituto Guatemalteco de Migración (IGM), señala que en el mes dejunio de 2023, se reportan 31 mil 962 guatemaltecos retornados de México y Estados Unidos. El Gobierno hace un llamado como política de migración a que se procureno migrar en forma irregular por el alto riesgo que representa.
Cada año cerca de 300,000 guatemaltecos intentan emigrar a Estados Unidos en busca de mejores condiciones de vida, principalmente porque huyen de la pobreza yla violencia (Swissinfo.ch, 2023).
GUATEMALTECOS EXPULSADOS DE LOS ESTADOS UNIDOS
Tabla 3. Guatemaltecos expulsados de Estados Unidos. Elaboración propia con información de https://www.swissinfo.ch/spa/crisis-migratoria-guatemala_ee-uu-y-m%C3%A9xico-han-deportado-a-m%C3%A1s-de-12.000guatemaltecos-en-2023/48328350
IV. Rutas de la migración riesgosa
Ruta de migración irregular desde Ecuador
Ruta de migración irregular desde Guatemala
*Cuadro 1 Elaboraciónpropia apartir delgráfico“Las nuevas rutas que escogería la migración ilegal para llegar a Estados Unidos”, Primicias EC.Fuente: Primicias EC
La migración riesgosa en el Ecuador no es una problemática reciente, la trata y el tráfico de personas en Ecuador está presente desde épocas de la colonia. En las últimas cinco décadas la profunda migración de la población ecuatoriana se ha dividido hacia varias regiones, en un inicio y principalmente hacia los Estados Unidos de América, posteriormente, tras varios colapsos políticos-económicos del país el fenómeno migratorio tuvo fuerte impacto en territorios que comprenden España e Italia, entre otros países europeos con una menor tasa de migración (Ramos, 2010).
La migración denominada como “riesgosa” en el Ecuador, se ha desarrollado en el transcurso de las últimas cinco décadas de una manera profunda, y la ruta generalmente utilizada ha sido hacia los Estados Unidos de Norteamérica -principal destino de los ecuatorianos emigrantes-, muchos de ellos llevados por el “coyoterismo”, escapando del control migratorio del Estado y de normas legales que prevengan este tipo de fenómenos sociales. Para lograr este cometido, el emigrante ecuatoriano ha trazado varios recorridos que van desde atravesar el océano pacífico, desde costas ecuatorianos hacia Guatemala, cruzar la frontera sur de México, atravesar su territorio de sur a norte y finalmente acceder de manera ilegal los EE.UU., lo que presupone un viaje de un mes y medio dando como resultado atravesar de manera marítima y terrestre cerca de 5,000 kilómetros sumamente complicados, agravado por las condiciones infrahumanas en las que son tratados las personas que deciden tomar este tipo riegos (Ramírez & Álvarez, 2009).
“La naturaleza de la migración en América Latina y el Caribe ha cambiado dramáticamente en la última década”, lo más preocupante ahora es que de acuerdo a un reciente informe del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) señala que 60 mil niños y adolescentes cruzaron la zona del Darién en el que va del año 2023, es decir uno de cada cuatro personas en movilidad en Latinoamérica son niños o adolescentes. Los menores se desplazan a través de tres rutas migratorias principales en América Latina y el Caribe, que son a través de la selva del Darién, entre Colombia y Panamá y en el norte de Centroamérica y México.
De acuerdo con el reporte anual 2022 de la Red Fronteriza por los Derechos Humanos (BNHR, en inglés) presentado recientemente, los migrantes, especialmente niños reciben malos tratos al llegar a Estados Unidos, entre otros, abusos físicos, verbalesy sicológicos, arrestos, detenciones y deportaciones indebidas, así como separación familiar y uso inapropiado de armas no letales. El informe reporta 177 posibles abusos y los guatemaltecos se encuentran entre los más afectados.
En el caso de Guatemala, la ruta migratoria por tierra será a través de México, pero lo que vincula a Ecuador es hasta antes de septiembre de 2021, Guatemala no requería un visado a los ecuatorianos para ingresar a su territorio, lo que provocaba que las mafias de tráfico de personas utilizarán esa ruta como medio para cruzar a México y luego a Estados Unidos, ese cruce ilegal significaba un costo de hastaUSD $15,000 – el trato incluía gasta tres intentos –. Tras la exigencia del visado por parte de Guatemala y México a Ecuador en septiembre de 2021, las condiciones cambiaron, el valor por el cruce ha ascendido hasta más de USD $20,000, y lasrutas que se intentan son por el Océano Pacífico o por tierra desde Panamá, Colombia, Honduras, Nicaragua.
La OIM ha pedido a los gobiernos investigar las redes de tráfico ilícito de personas, principalmente porque se ha conocido que se ha incrementado el número de migrantes que atraviesan el Darién – frontera entre Colombia y Panamá-, respecto del 2021, llegando cerca de 250.000 personas de los cuales cerca de 29.000 son ecuatorianos, convirtiéndose en la población más numerosa en utilizar esta ruta, luego de que el visado a México se ha eliminado (Beltrán, 2023).
V. Políticas para reducir la migración riesgosa en Ecuador y en Guatemala
La OIM desarrolló en 2015 un Marco de Gobernanza de la Migración (MiGOF, por sus siglas en ingles), que tiene por objeto ayudar a los estados miembros a definir elementos para la creación de políticas de gestión migratoria, de tal manera que clasificó cerca noventa indicadores en seis dimensiones para el diseño de políticas públicas, esas dimensiones son:
1. Adhesión a las normas internacionales y respeto de los derechos de losmigrantes.
Se ha adherido y es parte de la mayoría de los tratados y convencionesinternacionales sobre migración.
Tanto su Constitución como su Ley Orgánica de Movilidad Humana protegen y garantizan la situación de los migrantes en todos los niveles de desarrollo (trabajo, salud, educación, acceso a la nacionalidad ecuatorianano muestra mayores complicaciones).
Guatemala prioriza los derechos a los inmigrantes y el acceso a los servicios básicos como educación, salud,seguridad e igualdad de condiciones.
Entró en vigor el Código de la Migración en 2017, con el que se pretende proteger a los migrantes (su implementación está en proceso todavía).
Se establecen condiciones de permanencia para obtener la residenciapermanente o ciudadanía de acuerdo con el lugar de origen.
En el ámbito laboral, existe una restricción de contratación de inmigrantes (no más del 10%), y en el sector público se prioriza la contratación de nacionales, y en temas de reagrupación familiar se cuenta con restricciones.
2. Formulación de políticas basadas en datos y aplicación de un enfoque de gobierno integral.
Promoción de la movilidad humana conun enfoque de derechos, con actuación conjunta de las entidades estatales.
El gobierno ha desarrollado varias políticas públicas en pro de la migración y fortalecimiento de sus instituciones, por ejemplo, el Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021 Todauna Vida, donde se trata la migración como un eje transversal. Elecciones de asambleístas en el extranjero, entre otros.
Existen entidades gubernamentalescon responsabilidades definidas en temas de migración, y se busca todavía la implementación del Código de Migración vigente desde 2017.
3. Alianzas duraderas para hacer frente a la migración y a las cuestiones conexas.
El país participa activamente en procesos consultivos de organismos internacionales sobre migración, es miembro o asociado de proyectos de integración regional. Ha celebrado acuerdos bilaterales sobre procesos de migración (España, Bélgica, Chile, Perú, Argentina, y memorandos de entendimiento con Guatemala). Requiere desarrollar acciones con el sector privado para la migración y generación de empleo.
Guatemala participa den varios procesos consultivos sobre migración, además ha firmado con México más de 40 acuerdos y memorandos de entendimiento para el fortalecimiento fronterizo y laboral.
En temas que deben ser atendidos se determina que Guatemala ha alcanzado acuerdos de libre movilidad de extranjeros como el CA4 (El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua) que permite la libre movilidad de nacionales signatarios sin pasaporte.
4. Fomento del bienestar socioeconómico migrantes de la sociedad.
Ecuador cuenta con acuerdos bilaterales de gobernanza de migración y coordinación de diálogo, incluso laboral, por ejemplo, entre España –Ecuador, Mercosur donde se facilita la posibilidad de trabajo.
La categorización del migrante dentro del principio del trato igualitario tanto para educación, salud, empleo. La políticase basa en el derecho y no únicamente en la realidad económica.
Se requiere un fortalecimiento en lasáreas de generación laboral a todo nivel.
Con la emisión del Código de Migración se pretende también promover la ética en la contratación de personas migrantes, así como de garantizar los derechos sociales mínimos. Cuenta con varios programas y planes de gestión de estudiantes migrantes. Guatemala debe desarrollar más tipos de visados para migrantes. Así como implementar políticas de permisos de trabajo para estudiantesmigrantes. No cuenta con un plan que promueva las remesas al país.
5. Respuestas eficaces a la movilidad en situaciones de crisis.
6. Mecanismos para asegurar que la migración se efectúade manera segura, ordenada y digna.
El Ecuador cuenta con estrategias paramitigar el riesgo en caso de desastres, de tal manera que cuenta con la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos que, en su nueva planificación sobre la adaptación de Ecuador al cambio climático, deberá incorporar la temática de la migración. El alcance de la Ley Orgánica de Movilidad Humana es trascendental dado que prevé que los migrantes que no cumplen ciertos requisitos establecidos en la Ley puedan acceder a visas humanitarias, demás esta ley garantiza que todas las personas en movilidad humana gocen de los mismos derechos reconocidos en la Constitución sin discriminación por su condición migratoria.
Ecuador cuenta con claros controles depolíticas de migración en frontera, el Ministerio de Relaciones Exteriores yMovilidad Humana responde por las salidas y entradas, y el Ministerio del Interior del control fronterizo. Debe mejorar la emisión de visas a la gestión digital (actualmente es todo documental).
Guatemala cuenta con un plan de contingencia para gestionar los movimientos de la población en períodos de crisis, sin discriminar a ninguna persona por su estatus migratorio. En el Plan Nacional de Desarrollo K´atun Nuestra Guatemala 2032 no aborda medias de desplazamiento de personas.
Guatemala cuenta con organismos encargados del control y seguridad de las fronteras.
Da prioridad y atención para sus emigrantes retornados que para los no nacionales. Promueve el retorno voluntario.
Ecuador a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, se encuentra desarrollando una campaña para prevenir la migración riesgosa, ya que incluso los denominados coyoteros – que llegan a cobrar altas sumas de dinero a los migrantes por cruzar la frontera entre México y Estados Unidos, se promocionan por redes sociales-. También se está trabajando a través de proyectos de cooperación entre Ecuador y Guatemala para el intercambio de experiencias en programas reducir la migración riesgosa e incentivar a la juventud a incorporarse en programas de trabajo temporal de migración circular que facilitan una migración segura. Ecuador está trabajando para delinear un plan de migración circular, que consiste en la suscripción de acuerdos con países de alta recepción migratoria como Australia, Canadá, Francia y España, para que los ciudadanos ecuatorianos puedan migrar de forma legal, trabajar por un tiempo y retornar, disminuyendo así el riesgo potencial de vulnerabilidad (Beltrán,
Tabla 4. Elaboración propia con información de Marco de Gobernanza de OIM.
Migración ecuatoriana hacia Estados Unidos se dispara en 2022, 2022).
Para el caso de Guatemala, por iniciativa del Ejecutivo, el Congreso de la República aprobó el 2 de marzo de 2022, reformas a la Ley de Migración, que contiene una serie de medidas legales (anti coyoterismo) para endurecer las penas contra el tráfico ilícito de personas.
Con esta ley, el Gobierno guatemalteco busca combatir el crimen organizado y además convocar a sus pares centroamericanos junto con México, para sumarse alesfuerzo regional para reducir la migración irregular y homologar las penas contra este tipo de delitos que afectan a los más vulnerables, asimismo Guatemala a propósito de esta promulgación legal hizo un llamado a los Estados Unidos para incluir dentro del Tratado de Extradición, el delito de tráfico ilícito de migrantes con elfin de que la lucha contra esta práctica criminal sea más dura y efectiva.
Guatemala tiene en vigencia un Programa de Movilidad Laboral (Migración Circular) que coordina el Ministerio de Trabajo y Previsión Social (Mintrab), con el objetivo de que ciudadanos guatemaltecos puedan viajar con visas especiales y trabajar de forma temporal en Canadá, Estados Unidos y México en un porcentaje inferior en países europeos.
De acuerdo a las cifras que maneja el Ministerio de Relaciones Exteriores deGuatemala (MINEX), durante los primeros siete meses de 2023, 26 mil 808 guatemaltecos salieron rumbo a Norteamérica, con el objetivo de trabajar legalmente de forma temporal como parte de la denominada migración circular.
Esto se lo hace por medio de contratos temporales de grupos empresariales y agencias reclutadoras especializadas. La demanda de trabajadores principalmente en Norteamérica es para desempeñar labores de jardinería, en ferias o festivales, tareas agrícolas, de la construcción, hotelería, mantenimiento y montaje de eventos,entre otros empleos.
Canadá, Estados Unidos y México son los principales destinos de estos migrantes legales, aunque recientemente, algunos ciudadanos salieron rumbo a Italia y Alemania, pero aún se trata de un número muy pequeño.
Según los datos del MINEX, acumulados desde el 2018 a julio del 2023, a Canadá han viajado 64 mil 201 trabajadores; a Estados Unidos, 43 mil 656 y a México 36 mil 3526
MIGRACIÓN CIRCULAR DEGUATEMALTECOS EN EL EXTERIOR 2023
Año
*Cuadro 2. Elaborado a partir de la publicación de Prensa Libre 7/09/2023
Datos de Canadá al 31 de agosto 2023 y datos de EE.UU. y México al 31 de julio de 2023
Fuente: Ministerio de Relaciones Exteriores de Guatemala
Desde junio de 2023 Guatemala puso en marcha el Programa Movilidad Segura resultado de un acuerdo entre Estados Unidos y Guatemala, promovido por la vicepresidenta, Kamala Harris y el presidente, Alejandro Giammattei para desincentivar la migración riesgosa, de tal manera que se atenderá solicitudes de refugio, reunificación familiar y visas para quienes quieran ingresar deforma segura a territorio estadounidense (Pérez D., 2023).
Está en evaluación por parte del Gobierno guatemalteco, la implementación de los denominados “Centros Regionales de Procesamiento (CRP)” después nombradas “Oficinas de Movilidad Segura”, que busca establecer Estados Unidos para promover la migración regular e informada en Guatemala, Colombia y Ecuador.
VI. Conclusiones y recomendaciones
El derecho a la movilidad humana se ha transformado, principalmente por las causas que se han analizado en este artículo y que cada día se recrudecen, sino que además ha llegado más allá al encontrar que entre los países tomados como indicadores para este análisis, no solo coinciden sus esferas políticas, demográficas, jurídicas, sino que principalmente hasta septiembre de 2021, Guatemala era parte de la ruta de los ecuatorianos que suman las cifras de la migración riesgosa, convirtiendo esto en un problema político, económico y jurídicoa largo plazo, porque aunque se haya tomado medidas de visado, la necesidad de migrar es superior al derecho y las rutas de tránsito simplemente mutarán, como lo han hecho durante la historia.
Se ha destacado en este artículo que las políticas gubernamentales en torno al penoso fenómeno de la migración riesgosa, en ocasiones resultan alentadoras y dan cuenta del esfuerzo y gestión de los gobiernos, sin embargo, en territorio se tornan complicadas de ejecutar y dan cuenta de la ardua tarea que se necesita ejecutar desde los gobiernos y organismos internacionales para precautelar que los migrantes que buscan bienestar y oportunidades no sean vulnerados en la búsqueda de su objetivo.
La vigencia de la problemática migratoria por el incremento del tránsito de migrantesecuatorianos por el territorio de los países centroamericanos y México, se devela muchas veces de la forma más cruda, la vulnerabilidad a la que están expuestos los migrantes, por el abuso del crimen organizado internacional dedicadasal tráfico de personas.
Pensar que los procesos integración regional pueden dar cuenta de una posible solución a la movilidad humanitaria, sin duda alienta, pero nada es posible si las medidas económicas internas de cada país no brindan oportunidades a sus nacionales, y restringen en todo momento la oportunidad de trabajo y de progreso, queda entonces exigir a los gobiernos políticas efectivas para que el ciudadano no se convierta en migrante y menos en migrante de riesgo.
Teniendo en cuenta la relevancia de la problemática generada alrededor de la migración riesgosa, sería conveniente que Ecuador promueva la presentación de proyectos de ley y reformas a la Ley de Movilidad Humana, que permitan el endurecimiento de penas y sanciones contra el tráfico ilícito de personas.
VII. Bibliografía
Armijos-Orellana, A. C., Maldonado-Matute, J. M., González-Calle, M. J., & Guerrero-Maxi, P. F. (01 de 09 de 2022). Los motivos de la migración.Una breve revisión bibliográfica. (37), 223-246. Cuenca, Azuay, Ecuador: Revista de Ciencias Sociales y Humanas Universitas - XXI. doi:https://doi.org/10.17163/uni.n37.2022.09
Beltrán, J. (24 de julio de 2022). Migración ecuatoriana hacia Estados Unidos se dispara en 2022.PRIMICIAS Recuperado el 06 de septiembre de 2023, de https://www.primicias.ec/noticias/sociedad/detencion-migrantesecuatorianos-frontera- sube/
Beltrán, J. (23 de enero de 2023). En dos años hay 286 investigaciones por tráfico de migrantes en el país. Primicias.ec: https://www.primicias.ec/noticias/sociedad/investigaciones-traficomigrantes-ecuador/ PRIMICIAS Recuperado el 05 de septiembre de 2023, de https://www.primicias.ec/noticias/sociedad/investigacionestrafico-migrantes-ecuador/
CASTLES, S. (2010). MIGRACIÓN IRREGULAR: CAUSAS, TIPOS Y DIMENSIONES REGIONALES. MIGRACIÓN Y DESARROLLO, 7(15), 49-80. Recuperado el 28 de agosto de 2023
Gillsäter, B. (13 de enero de 2023). Las personas que huyen de un conflicto no quieren ayuda, quierentrabajo. Banco Mundial Blogs, Voces Recuperado el 03 de 09 de 2023, de https://blogs.worldbank.org/es/voices/las-personas-que-huyen-de-unconflicto-no- quieren-ayuda-quieren-trabajo
Hernández, E. L. (29 de junio de 2023). La migración vista como una gran oportunidad para el desarrollo. El País Recuperado el 03 de septiembre de 2023, de https://elpais.com/america/termometro-social/2023-06-30/la-migracionvista-como-una- gran-oportunidad-para-el-desarrollo.html
Herrera, G. (10 de 2022). PNUD América Latina y el Caribe PNUD LAC PDS N°35. Recuperado el 5 de septiembre de 2023, de chromeextension://efaidnbmnnnibpcajpcglclefindmkaj/https://www.undp.org/sites/ g/files/zskgke 326/files/2022-10/PNUDLAC-working-paper-33-EcuadorES.pdf
IGM. (01 de septiembre de 2023). Instituto Guatemalteco de Migración. Obtenido de https://igm.gob.gt/el-igm-rechaza-a-mas-de-50-personas- localizadaspor-transitar-de- manera-irregular-por-territorio-guatemalteco/
JUSTIA, G. (s.f.). JUSTIA GUATEMALA. Recuperado el 03 de septiembre de 2023, de https://guatemala.justia.com/nacionales/constitucion-de-larepublica-de-guatemala/
Nasimba, R., Montalvo, T., & Valdivieso, J. (2022). Caracterización de Personas en Movilidad Humana en el Distrito Metropolitano de Quito. Consejo de Protección de derechos del Distrito Metropolitano de Quito.
OIM, O. (2018). Perfil de Gobernanza de la Migración: República del Ecuador.
OIM, O. (2018). Perfil de Gobernanza de la Migración: República de Guatemala.
ORGANIZACIÓN
INTERNACIONAL DE MIGRACIÓN. (s.f.). OIM Obtenido de https://www.iom.int/es/sobre-la-migracion
Paredes, L. P. (2018). La migración internacional en Ecuador: sus causas, consecuencias y situación actual. Revista de Investigación del Departamento de Humanidades y Ciencias Sociales(14), 73-98.
Pérez D., S. (13 de junio de 2023). Arranca el programa de EEUU y Guatemala para desincentivar la migración irregular. Los Angeles Times. Recuperado el 06 de septiembre de 2023, de https://www.latimes.com/espanol/internacional/articulo/2023- 0613/arranca-el-programa-de-eeuu-y-guatemala-para-desincentivar-lamigracion- irregular
Ramírez, J., & Álvarez, S. (2009). “Cruzando Fronteras”: una aproximación etnográfica a la migración clandestina ecuatoriana en tránsito hacia Estados Unidos. Confluenze, 1(1), 89-113.
Ruiz Muriel, M. C., & Álvarez Velasco, S. (2019). Excluir para proteger: la “guerra” contra la trata y el tráfico de migrantes y las nuevas lógicas de control migratorio en Ecuador. Estudios sociológicos, 37(111), 689-725. REGISTRO OFICIAL N°449. (20 de OCTUBRE de 2008). CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR.
Swissinfo.ch. (02 de marzo de 2023). Swissinfo.ch Recuperado el 06 de septiembre de 2023, de https://www.swissinfo.ch/spa/crisis-migratoriaguatemala_ee-uu-y-m%C3%A9xico- han-deportado-a-m%C3%A1s-de12.000-guatemaltecos-en-2023/48328350
Tabla 1 Saldos migratorios según el INEC. Elaboración propia datos INEC.
Tabla 2. Ecuatorianos detenidos en la frontera México-estados-Unidos. Elaboración con información obtenida de PRIMICIAS (Beltrán,2022) y Fuente Patrulla Fronteriza de Estados Unidos.
Tabla 3. Guatemaltecos expulsados de Estados Unidos. Elaboración propia con información de https://www.swissinfo.ch/spa/crisis-migratoria-guatemala_ee-uu-ym%C3%A9xico-han- deportado-a-m%C3%A1s-de-12.000-guatemaltecos-en2023/48328350
Trayectoria del autor:
Diplomático de carrera con 26 años en el Servicio Exterior Ecuatoriano del Servicio Exterior Ecuatoriano, actualmente desempeña funciones como Ministro, jefe de Cancillería y segundo de a bordo en la Embajada del Ecuador en Guatemala.
El Ministro Avilés Martin es doctor en Jurisprudencia por la Universidad Central del Ecuador, Master en Derecho por la Universidad Internacional de Andalucía, España, Diplomado en Relaciones Internacionales de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales FLACSO-Ecuador, Licenciado en Ciencias Publicas y Sociales de la Universidad Central del Ecuador, y diplomado superior de la Décima Promoción de la Academia Diplomática del Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador.
Ha ocupado funciones en diversas áreas del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de la República del Ecuador y en varias misiones diplomáticas en el exterior. Ha sido Tercer Secretario en la Embajada del Ecuador en Colombia; Segundo Secretario en Venezuela; Primer Secretario en Egipto; y Consejero en Sudáfrica. Fue el primer delegado diplomático del Ecuador en la Secretaría General de la Unión de Naciones Suramericanas -UNASUR-
“No morí de pesar. Morí porque morir es el destino de todos los mortales pecadores”.
Antonio José de Irisarri
A R T Í C U LO
Don Jorge Muñoz Aqueche
De Primer Cónsul General de Guatemala en Costa Rica a Canciller y Ministro en Washington D.C.
Jorge Francisco Sáenz Carbonell
Director del Instituto Manuel María de Peralta
Don Jorge Muñoz Aqueche
De Primer Cónsul General de Guatemala en Costa Rica a Canciller y Ministro en Washington D.C.
Jorge Francisco Sáenz Carbonell
Exdirector del Instituto Manuel María de Peralta 55
I. Introducción
AAl Embajador don Marco Tulio Chicas Sosa, cordialmente.
lo largo del siglo XIX, las relaciones de los países centroamericanos entre sí se condujeron principalmente mediante misiones especiales de corta duración, por lo general dirigidas a la firma de un convenio o a resolver diferencias de consideración, sin que existieran legaciones permanentes en las respectivas capitales. En 1860 el canciller a. i. de Costa Rica don Aniceto Esquivel Sáenz indicaba en su memoria al Congreso que
“Como las relaciones de los gobiernos centroamericanos entre sí son tan directas, continuas y estrechas, se hace innecesaria la presencia de agentes cerca de los mismos gobiernos.” 56
Algo más estable, aunque no demasiado, fue la presencia de oficinas consulares. Para 1875, Costa Rica contaba con un cónsul general honorario en León de Nicaragua y con cónsules honorarios en Chinandega, San Salvador, Tegucigalpa y el puerto hondureño de Trujillo 57, y al año siguiente se nombró como cónsul honorario en Guatemala a don Saturnino Tinoco Iglesias, a quien el gobierno guatemalteco otorgó el exequátur el 9 de octubre de 1876 58 En territorio costarricense, la acreditación de agentes consulares de esos países fue por lo general algo más tardía. Honduras fue el primero en establecer un consulado general en San José, cuyo titular fue el doctor don Joaquín Romero, reconocido como tal el 6 de diciembre de 1872 59 . Le siguió Nicaragua, quien estableció primero un consulado en Puntarenas,a cargo de don Dionisio Jirón,reconocido como cónsul
55 Licenciado en Derecho y doctor en Educación, embajador de carrera de Costa Rica y Director de laAcademia Diplomática Manuel María de Peralta. Catedrático de la Universidad de Costa Rica.
56 Memorias de la Cancillería de Costa Rica (1842-1889), Heredia, Escuela de Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional, y San José, Instituto Diplomático Manuel María de Peralta, 1ª. ed., 1998, p. 139-
57 Ibid., p. 273.
58 Sáenz Carbonell (Jorge Francisco) y Ramírez Sierra (Pedro), El canciller Lizano, San José, Instituto Manuel María de Peralta, 1ª. ed., 2015, p. 72.
59 QuirósAguilar (Ernesto), “Un siglo de vida diplomática y consular (1841-1941) (Continuación)”, en Revista de los Archivos Nacionales, San José, números 11 y 12, noviembre y diciembre de 1941, p. 664.
el 15 de octubre de 1874 60, y posteriormente un consulado general en San José, cuyo primer titular fue el licenciado don Ascensión Esquivel Ibarra, reconocido el 2 de mayo de 1884 61. Al año siguiente, El Salvador nombró como cónsul general en Costa Rica a don José Durán Santillana, quien fue reconocido el 6 de febrero de 1885 62. El cuarto y último país centroamericano en acreditar personal consular en Costa Rica fue Guatemala, que en 1893 nombró al licenciado don Jorge Muñoz Aqueche como cónsul general honorario, con sede en San José 63
II. Don Jorge Muñoz Aqueche: datos familiares.
Don Jorge Muñoz, nació en la ciudad de Guatemala el 4 de marzo de 1853 y fue bautizado al día siguiente en la parroquia del Sagrario. Su partida de bautismo dice:
“En cinco de Marzo de mil ochocientos cincuenta y tres. Yo el Cura Rectorencargado de esta Parroquia del Sagrario de la S. Y. M. de Guatemala, bauticé solemnemente a un infante que nació ayer, a quien puse por nombre Jorge, hijo legítimo de Dn. Narciso Aqueche y Dña. Jesús Aqueche fue su padrino Dn. Juan Vicente de León, y para que conste lo firmo. Francisco Espinosa.” 64
Don Jorge fue hijo de don Narciso Muñoz y Quiñones y doña María de Jesús Aqueche. Su padre, guatemalteco, nació entre 1817 y 1821, fue de oficio escribano 65, y murió en la ciudad de Guatemala el 1° de mayo de 1885 66, y su madre, originaria de España, falleció en la misma población el 25 de junio de 1895 67 , cuando su hijo era canciller de Guatemala. Hermanos de don Jorge fueron doña María Josefa de Jesús, nacida en la ciudad de Guatemala el 13 de diciembre de 1857 y fallecida soltera en la misma ciudad el 4 de marzo de 1948 68; doña Dolores, nacida en 1858 y fallecida soltera en Guatemala el 24 de marzo de 1942 69; don Alejandro, sacerdote católico, nacido en 1859 y fallecido en Antigua Guatemala el 8 de noviembre de 1919 70; doña Jesús, nacida en 1863 y fallecida soltera en la
60 Ibid., p. 667
61 Ibid.
62 QuirósAguilar (Ernesto), “Un siglo de vida diplomática y consular (1841-1941) (Concluye)”, en Revista de los Archivos Nacionales, San José, números 1 y 2, enero y febrero de 1942, p. 95.
ciudad de Guatemala el 2 de febrero de 1913 71; doña Natalia, nacida en la ciudad de Guatemala el 28 de julio de 1864 72 y que al parecer murió en la infancia, y don José Francisco de Jesús, nacido en la ciudad de Guatemala el 2 de abril 1870 73 , quien fue comerciante y falleció soltero en la misma ciudad el 18 de mayo de 1947.
III. Estudios y actividad docente
Jorge Muñoz Aqueche fue alumno interno del Seminario Conciliar de la Arquidiócesis de Guatemala, en el cual obtuvo los grados de bachiller en filosofía el 2 de septiembre de 1871 y de bachiller en Derecho Canónico el 12 de julio de 1873. Posteriormente cursó estudios en la Facultad de Jurisprudencia y de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional, donde obtuvo el grado profesional de licenciado en Derecho el 9 de noviembre de 1876. En 1880 recibió el título de notario público y en 1884, estando en Madrid, se incorporó a la Real Academia de Legislación y Jurisprudencia de España 74 .
En el campo docente, el licenciado Muñoz, fue nombrado el 26 de enero de 1894 como catedrático de Derecho Penal la de la Escuela de Derecho y Notariado de la Universidad Nacional de Guatemala 75. Fue uno de los redactores de la revista La Escuela de Derecho, publicación mensual de esa institución, en la cual aparecieron algunos artículos suyos sobre temas jurídicos y económicos.
IV. En Costa Rica: abogado, comerciante y cónsul general honorario de Guatemala
Al parecer por discrepancias políticas con el autoritario régimen del presidente
Manuel Lisandro Barillas Bercián, presidente de Guatemala de 1885 a 1892, don Jorge Muñoz Aqueche abandonó Guatemala y se estableció primero en Nicaragua y después en Costa Rica. Gracias al diario personal del periodista e intelectual nicaragüense don Enrique Guzmán, se sabe que el licenciado Muñoz se encontraba en Managua en agosto de 1887. El 15 de ese mes, Guzmán se refirió en su diario
74 Zeceña Flores (Roberto), Zeceña Flores (Roberto), Los ministros de Relaciones Exteriores de Guatemala 1839-1978, Guatemala, mimeografiado, 1978, p. 123.
75 Memoria de la Secretaría de Instrucción Pública presentada la Asamblea Nacional Legislativa en 1894, Guatemala, Tipografía Nacional, 1ª. ed., 1894, p. 53.
a una visita que le hizo el abogado mexicano don Nicanor Rendón Trava, ministro residente del Ecuador en Nicaragua, en compañía de don Jorge:
“Rendón Trava viene a casa por segunda vez a presentarme al Dr. Jorge Muñoz, guatemalteco; es este persona simpática; confirma lo que dijo Julio [García Granados] acerca de la perpetua borrachera de Barillas; cree que Mardoqueo Sandoval si Menéndez el presidente de El Salvador lo consintiera, podría echar abajo el panterismo chapín…” 76
En 1889 77 Muñoz se estableció en Costa Rica,donde laboró como abogado durante varios años. También fue redactor de la revista El Foro, órgano del Colegio de Abogados de Costa Rica, en la cual publicó el artículo ¿Constituye la embriaguez un delito, o debe considerársele como circunstancia atenuante, según el criterio del artículo 11, fracción 8ª. capítulo 3° del Código Penal?, que fue reproducido en agosto de 1890 por La Escuela de Derecho, revista semanal de la Escuela de Derecho y Notariado de Guatemala 78
El 15 de marzo de 1892 ascendió a la presidencia de Guatemala el general don José María Reina Barrios. Poco después, el nuevo gobernante ordenó la suspensión de una publicación llamada La Revista Política, que editaba en Guatemala don Francisco Gavidia y que era sufragada por el Gobierno guatemalteco, con motivo de ciertos ataques formulados en ella contra la administración gubernamental de El Salvador. En su edición del 5 de abril de 1892, el periódico costarricense El Heraldo externó su preocupación por ese hecho, que parecía contradictorio con la promesa de Reina Barrios de respetar la libertad de prensa. Al día siguiente, don Jorge Muñoz dirigió una carta al redactor del periódico, para explicar que Reina Barrios había actuado con perfecto derecho, tanto porque la publicación la costeaba el gobierno de Guatemala como por los deberes de amistad de su país con El Salvador. Muñoz terminaba expresando “… tengo plena confianza en que el nuevo Presidente de Guatemala cumplirá estrictamente sus promesas de respetar las libertades públicas y de fundar allá un gobierno verdaderamente democrático.” 79
76 Guzmán (Enrique), “Diario íntimo”, en Revista Conservadora del Pensamiento Centroamericano, Managua, octubre de 1961, n° 13, p. 194. Se denominaba panterismo al liberalismo radical y anticlerical guatemalteco; Julio García Granados era hijo del difunto presidente don Miguel García Granados.
77 El 20 de agosto de 1889 aparece en el protocolo del licenciado Ricardo Jiménez Oreamuno (después presidente de Costa Rica en tres oportunidades) otorgando un poder especial. Archivo Nacional de Costa Rica, Sección Histórica, Protocolos Notariales, n° 285, protocolo del licenciado Ricardo Jiménez Oreamuno, tomo 3, folio 91 v., escritura número 92.
78 “¿Constituye la embriaguez un delito, o debe considerársele como circunstancia atenuante, según el criterio del artículo 11, fracción 8ª. capítulo 3° del Código Penal?”, en La Escuela de Derecho, Guatemala, tomo I, 16 de agosto de 1890, número 12, pp. 181-183.
79 “Comunicados”, en El Heraldo, San José, 7 de abril de 1892, p. 2.
Pocos meses después don Jorge formó una sociedad comercial llamada Muñoz y Villalón con el puertorriqueño don Eustaquio Villalón y Gil de Taboada, a quien un periódico costarricense describió como un joven inteligente y laborioso 80. El 25 de junio de 1892, la empresa abrió en la Calle del Comercio de San José un almacén en el cual se vendían principalmente papelería y artículos de escritorio, pero en el cual también se podían adquirir otra gran cantidad de cosas, desde joyas y cuadros hasta armas, muebles y zapatos de hule 81 .
Sin duda, la afinidad del licenciado Muñoz con el Gobierno de Reina Barrios llevó a que este lo nombrara como cónsul general de Guatemala en Costa Rica, con carácter honorario. El Gobierno de Costa Rica lo reconoció como tal el 18 de marzo de 1893 82 . En su edición de ese mismo día, el periódico costarricense La República manifestó:
“El apreciado caballero don Jorge Muñoz ha sido nombrado cónsul de Guatemala en Costa Rica. La elección nos parece muy acertada. Felicitamos con mucho gusto al señor Muñoz por honra tan merecida.” 83
El licenciado Muñoz fue el primer agente consular de Guatemala en Costa Rica. El 24 de marzo publicó en La República el siguiente anuncio:
“AVISO
Para efectos de ley, queda abierto desde esta fecha en el Gran Hotel, no. 21, el despacho del Consulado General de Guatemala en esta República.
San José, 23 de marzo de 1893.
JORGE MUÑOZ” 84
Como la comunidad guatemalteca en Costa Rica era pequeña y también de escaso intercambio comercial entre ambos países, no era ciertamente mucha la actividad del flamante consulado general. Sin embargo, como en San José no había un cuerpo diplomático residente propiamente dicho, los agentes consulares eran vistos prácticamente como los representantes de sus gobiernos, y por ello el cuerpo consular tenía gran relevancia protocolaria, política y social. Tampoco es que fuera muy numerosos: En julio de 1893 en San José solamente había agentes consulares de Alemania, Argentina, Bélgica, Chile, Colombia, Ecuador, España, Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña, Guatemala, Italia, Paraguay y Perú 85 Cabe
80 “Las niñas vuelan”, en El Heraldo, San José, 12 de setiembre de 1894, p. 2.
81 “Nuevo establecimiento”, en La Prensa Libre, 28 de setiembre de 1892, p. 4.
82 Quirós Aguilar, 1942, p. 102.
83 “Crónica”, en La República, San José, 18 de marzo de 1893, p. 3.
84 “Aviso”, en La República, San José, 24 de marzo de 1893, p. 2.
85 “Cuerpo consular residente en San José”, en El Heraldo, 8 de julio de 1893, p. 2.
mencionar que para entonces Guatemala era el único de los países centroamericanos que tenía oficinas consulares en la capital costarricense.
A mediados de 1893 el licenciado Muñoz escribió una serie de artículos sobre cuestiones económicas, que fueron publicadosa partir del 31 de octubre de ese año en la sección editorial de la revista jurídica mensual guatemalteca La Escuela de Derecho, con el título “Ensayos económicos” 86 .
En esos momentos las principales preocupaciones de don Jorge estaban muy distantes de las actividades consulares. El establecimiento de Muñoz y Villlalón no había logrado levantar vuelo; para julio de 1893 ya estaba asediada por los acreedores 87, y finalmente se disolvió 88. Don Eustaquio Villalón adquirió todos los pasivos y activos de la empresa. En diciembre de 1893, don Jorge Muñoz partió de Costa Rica con destino a Guatemala, y poco antes de su viaje publicó en el periódico josefino La Prensa Libre una tarjeta de despedida:
“No pudiendo por falta de tiempo despedirme en persona de todos mis amigos, lo hago por la presente asegurándoles que tendré mucho en cumplir sus órdenes en Guatemala.
San José, Diciembre 28 de 1893. Jorge MUÑOZ.” 89
V. El Canciller
Asu regreso a Guatemala, don Jorge fue nombrado como fiscal general 90. Bien poco tiempo desempeñó ese cargo, ya que en setiembre de 1894 el general Reina Barrios lo designó como secretario de Estado y del despacho de Relaciones Exteriores, en sustitución de don Ramón Arístides Salazar Barrientos, a partir del 17 de ese mes 91. El periódico costarricense El Heraldo, en su edición del 17 de octubre de 1894, elogió el nombramiento y se refirió a don Jorge como “… caballeromuy conocido en esta sociedad por sus buenas condiciones de cultura, circunspección, honorabilidad y juicio sereno.” 92
86 Muñoz (Jorge), “Ensayo económico. El valor tipo. La oferta y la demanda. La ley de la concurrencia”, en La Escuela de Derecho, Guatemala, n° 7, 31 de octubre de 1893, pp. 187-190; “Ensayos económicos”, en Ibid., n° 8, 30 de noviembre de 1893, pp. 245-248; “Ensayos económicos”, en Ibid., n° 9, 31 de diciembre de 1893, pp. 303-306. Ver https://archive.org/details/laescuerec9309rganguat/page/320/mode/2up?q=mu%C3%B1oz
87 Archivo Nacional de Costa Rica, Sección Histórica, Corte Suprema de Justicia, expediente judicial n° 3913.
88 “Al público”, en El Heraldo, 20 de diciembre de 1893, p. 3.
89 “Rectificación”, en La Prensa Libre, 30 de diciembre de 1893, p. 2.
90 “Death of señor Jorge Muñoz”, en Monthly Bulletin of the International Bureau of the American Republics, Washington, vol. XXIII, noviembre de 1906, n° 5, pp. 1143-1144..
91 Zeceña Flores, 1978, p. 278.
92 “Gacetillas”, en El Heraldo, San José, 17 de octubre de 1894, p. 2.
Entre los colegas de don Jorge Muñoz en el gabinete del general Reina estuvo el licenciado don Manuel Estrada Cabrera, titular de la cartera de Gobernación de mayo de 1892 a setiembre de 1897, quien después sería feroz dictador de Guatemala de 1898 a 1920.
Como Canciller de Guatemala, correspondió al licenciado Muñoz, entre otros muchos asuntos, atender cuestiones relacionadas con los límites del país y firmar un tratado de extradición con España, país que le condecoró con la Orden de Isabel la Católica 93
Con respecto a Costa Rica, le correspondió recibir, en mayo de 1895, al distinguido abogado costarricense don Alejandro Alvarado García, enviado a Guatemala como ministro plenipotenciario en misión especial. El 15 de ese mes, Muñoz y Alvarado suscribieron en la capital guatemalteca un tratado de amistad entre Guatemala y Costa Rica, en el cual se regulaban el arbitraje, los derechos recíprocos de los nacionales, la extradición y otras materias. El tratado Muñoz-Alvarado fue aprobado por los órganos legislativos de ambos Estados y sus ratificaciones se canjearon en San José el 11 de julio de 1896 94. Además, durante la gestión ministerial de don Jorge, se nombró como nuevo cónsul general honorario de Costa Rica en Guatemala al doctor don Nazario Toledo Mattey, quien fue reconocido como tal por las autoridades costarricenses el 7 de noviembre de 1896 95 .
Acontecimiento de particular relevancia durante la gestión del }Canciller Muñoz fue la celebración en la ciudad de Guatemala de una conferencia unionista centroamericana, en la que participaron delegados de Costa Rica, Guatemala y la República Mayor de Centroamérica, formada por El Salvador Honduras y Nicaragua, dicha conferencia, oficialmente denominada Primer Congreso Jurídico Centroamericano, se inauguró formalmente el 6 de junio de 1897, en un solemne acto en el que estuvo presente el presidente Reina Barrios. En la sesión inaugural, el Canciller Muñoz pronunció el siguiente discurso:
“Señor presidente de la República:
Señores:
Constituido en la obligación de dirigiros algunas palabras por motivo de la solemne apertura del primer Congreso Jurídico Centroamericano. Vengo a cumplir gustoso al mismo tiempo el deber de felicitaros a todos por tan plausible suceso, de dar la más cordial bienvenida a los señores delegados aquí presentes de las hermanas repúblicas de Centroamérica y de elevar a aquellos gobiernos la sincera expresión de nuestro reconocimiento, por haberos servido aceptar la
93 Zeceña Flores, 1978, p. 278.
94 Sáenz Carbonell (Jorge Francisco), Historia diplomática de Costa Rica (1821-1910), San José, Editorial Juricentro, 1ª. ed., 1996, pp. 522-523.
95 Quirós Aguilar, 1942, p. 101.
invitación que se les hizo para que enviaran a Guatemala sus dignos representantes.
Hoy inaugura el Congreso sus sesiones al amparo de la paz, que por fortuna reina en todo el istmo; y dada la trascendental importancia de los fines que persigue, no menos que las altas dotes de prudencia, ilustración y sabiduría de todos sus miembros, el patriotismo funda en él sus más lisonjeras esperanzas en pro de la noble causa del engrandecimiento y prosperidad de este pedazo de tierra para todos nosotros tan querido y respetable.
Hay momentos, señores, en la vida de los pueblos, que marcan puntos luminosos en el camino del progreso humano y forman época en su historia; momentos que, ocasionando grandes transformaciones e impulsando a grandes movimientos, producen una verdadera revolución filosófico-política, que lleva consigo el germen de nuevas ideas, de nuevos problemas, de nuevas soluciones, de procedimientos antes ignorados y de rumbos anteriormente desconocidos.
En uno de esos momentos solemnes se encuentra actualmente Centroamérica.
Nos hallamos frente a frente de un acontecimiento que por su magnitud no tiene precedente en los fastos de nuestras nacientes nacionalidades; acontecimiento cuya concepción es un título imperecedero de gloria para el eminente patriota que dirige hoy los destinos de Guatemala; y cuya realización, a despecho de los multiplicados obstáculos que se han presentado, es una prueba elocuente de su gran carácter y de su voluntad firme y resuelta para llevar a cabo todo lo que tiende a la felicidad de la Patria.
Bien comprendéis, señores, que me refiero a la Exposición Centroamericana, que en la actualidad está revelando al mundo las victorias ganadas por Centroamérica en el ancho campo de la agricultura, las artes, las industrias y el comercio; y que, dando impulso al trabajo yestímulo a la actividad, abrirá nuevas fuentes de riqueza para estas regiones privilegiadas del globo, aumentará prodigiosamente sus facultades productoras y despertará en ellas la más noble y provechosa emulación.
Mas ese hermoso certamen del trabajo, quedaría incompleto y no podría dar todos los frutos que de él hay derecho a esperar, si al lado de los trofeos conquistados en el orden material no hiciéramos figurar también los que hemos alcanzado en el orden científico y moral.
A llenar ese importantísimo objeto se encamina el Congreso Jurídico Centroamericano, que ha de ser sin duda alguna un digno complemento y un elemento cooperador muy valioso de la Exposición. El dará a conocer nuestros progresos en las ciencias, y particularmente en la de la legislación; y a él le corresponde fomentar de un modo eficaz y práctico el desarrollo de las relaciones que en todos los 6rdenes de la vida social existen entre las repúblicas
centroamericanas, para ponerlas en condiciones de realizar mayores adelantos, de llenar con mayor aptitud sus vastos destin0s y de satisfacer con usura las legítimas aspiraciones de estos países, que, siguiendo la corriente de la época, tienen una sed insaciable del progreso.
Porque en verdad, señores, la ley del progreso es ley providencial de la humanidad, que tiene que cumplirse fatalmente en la sucesión de los tiempos: es fuerza de atracción irresistible que, venciendo tenazmente los errores y preocupaciones que en vano intentan detener su marcha, camina de victoria en victoria hasta enseñorearse, por decirlo así, de las instituciones de los pueblos. Y no hay ninguno de éstos que escape a su pujante influencia. Pueden, sí, tener sus horas de duda, sus días de desaliento y hasta sus épocas de retroceso, pues suele a veces suceder que el brillante faro de la civilización se vea envuelto por las densas sombras de la ignorancia; pero todo eso es momentáneo, que los siglos son momentos en la vida de los pueblos; y al fin vence el progreso, y renaciendo de sus propias cenizas, llena todo el mundo con sus mágicos resplandores. Y esa ley poderosa, incontrastable, que borra entre los hombres las divisiones de razas, que echa por tierra las barreras que separan a las naciones, que asimila y unifica sus leyes y costumbres, y que, en una palabra, funde en un interés común, grande y respetable, todos los pequeños y mezquinos intereses; esa ley, digo, arrastra necesariamente a las sociedades a su fin racional, que es el perfeccionamiento, el adelanto, la unidad.
Si registramos las páginas de la historia, encontraremos millares de ejemplos que así lo demuestran.
Ningún pueblo en la tierra tan esclavo de sus instituciones y tan apegado a sus costumbres como el romano. Ninguno como él tan celoso por mantener incólume el edificio secular de su legislación; pero tan luego como, sometida la Italia, siente la necesidad de ensanchar sus relaciones comerciales; tan luego como afluye a su territorio la inmigración, ora atraída por d brillo deslumbrador de aquella soberbia metrópoli, ora estimulada por el deseo de estudiar las ciencias o de practicar las artes; tan luego como mira extenderse la esfera de sus necesidades sociales y crecer al compás de estas los vínculos jurídicos, el pueblo romano, dotado de admirable criterio práctico, comprende que el poderoso imperio que ha formado a tanta costa, va a ser bien pronto víctima de la disolución, si no une a sus dispersos miembros por medio del lazo de sus leyes, su idioma y sus hábitos; y entonces, descartando de sus instituciones aquel carácter estrecho y localista que en un principio las informara, dótalas de un grado de universalidad que las hace adaptables a todas aquellas colectividades, y prepara admirablemente el terreno para trasplantarlas a todos los confines hasta donde se extiende su dominio. Y Roma llega a invadir el mundo entero, y le trasmite no ya sus primitivas leyes, encerradas en el estrecho molde de fórmulas estrictas é inflexibles, sino una legislación mucho más amplia, liberal y humana; una legislación calcada en el derecho de gentes y en las eternas máximas de la filosofía, de la razón y de la moral, comunes a todos los pueblos civilizados.
Y como quiera que la ciencia a semejanza de los gases, es fuerza expansiva que no se detiene ante ninguna valla ni límite, bien pronto se difunde por todas partes, salva las distancias, cruza los mares, ilumina a todos los espíritus, y sin sufrir nada por la acción destructora del tiempo, lleva su salvador influjo a todas las comarcas de la tierra. Así vemos que aun los mismos demoledores del gran imperio de Occidente, no pueden menos que rendir homenaje al derecho de los vencidos y doblar la cerviz ante sus leyes.
Así vemos que el derecho romano, llamado con justicia ''la razón escrita," va trasmitiéndose de unos a otros códigos, sobrevive todas las catástrofes, sale ileso de todas las ruinas y aún en nuestro siglo sirve de norma e inspiración a los codificadores; realizando así, en cierto modo, la unidad de la legislación universal.
Y es natural y lógico que así suceda, porque siendo el hombre un ser eminentemente sociable y comunicativo, vive en constante cambio de impresiones con sus semejantes, en perpetua participación de ideas y de sentimientos; y esa corriente mutua de sentimientos, ideas e impresiones, propagándose con la velocidad del rayo, trae consigo, necesariamente, como antes he dicho, la unidad, que es el bello ideal de la civilización y la ley inmutable del progreso.
Y si esa ley de la unidad se impone de una manera incontrastable a países separados por la distancia, por la raza, por las leyes, por los hábitos y por las instituciones, ¿con cuánta mayor razón no deberá hacerse sentir cual una necesidad imperiosa en pueblos como los nuestros, unidos fuertemente por la naturaleza misma con lazos tan íntimos y estrechos como son los que nacen de la igualdad de origen, de idioma, de religión, de instintos, usos y costumbres; en pueblos como los nuestros, históricamente vinculados por tradiciones de glorias y sacrificios que a todos por igual les pertenecen?; en pueblos como los nuestros, cuya memoria aún conserva viva la imagen de la patria común no hace tanto tiempo destrozada; en pueblos como los nuestros, que aún sienten en su pecho el calor vivificante del hogar común no hace tanto tiempo disuelto?
No debemos dudarlo, señores, ni un instante. En el estado de cultura y desarrollo a que han llegado las repúblicas de Centroamérica, parece acercarse a grandes pasos el momento de que se preocupen por formar una sola personalidad ante el mundo, para mejor satisfacer a sus particulares intereses y llenar debidamente las exigencias naturales del siglo; una personalidad cuya fuerza vital mantenga en vigor sus energías y les comunique el poder indispensable para responder ampliamente a las condiciones del grandioso porvenir que les está reservado.
Tan antiguo como el mundo es el proverbio de que "la unión hace la fuerza"; y así lo atestigua la historia de todos los tiempos y de todas las naciones.
Francia no fue grande mientras su territorio permaneció distribuido entre los señores feudales: no lo fue España en tanto que se mantuvo dividida en
diferentes reinos: tampoco lo fue la Gran Bretaña mientras no se unieron la Inglaterra y la Escocia; ni la Italia cuando yació durante siglos devorada por las disensiones interiores; ni la Alemania cuando vio desaparecer el Imperio para disgregarse en innumerables soberanías.
Pues bien, señores: Si la ley del progreso nos impele de un modo fatal a la unidad; si tal os nuestro destino manifiesto; si el impulso irresistible del espíritu moderno nos lleva forzosamente á la asociación, para trabajar acordes por el engrandecimiento y la prosperidad de la Patria Centroamericana; no hay para ello, a mi ver, ninguna vía más corta y más segura que la de asimilar en cuanto quepa los intereses morales y económicos de estas repúblicas, estableciendo en ellas la unidad de derechos políticos y civiles, la unidad de legislación, la unidad de monedas, pesos y medidas: no hay, en suma, ningún medio más eficaz que crear entre ellas fuertes vínculos de derecho y estrecharlas en fraternal abrazo por medio de mm verdadera solidaridad firmemente cimentada.
Tales son en síntesis los fines del Congreso Jurídico Centroamericano; y he ahí por qué al principio dije que en sus resultados funda Centroamérica sus más caras y halagadoras esperanzas.
A vosotros, señores delegados, os toca la tarea ardua y difícil pero eminentemente útil y civilizadora de imprimir, sobre bases estables y mediante una acción previsora, inteligente y fecunda, un giro completamente nuevo en la vida de relación de las repúblicas que forman la familia centroamericana, haciendo desaparecer de nuestro cielo todas las nubes que la rivalidad y las excesivas susceptibilidades han solido a veces engendrar.
Oportuna es la coyuntura que se os presenta para hacer algo, digo mal, para hacer mucho práctico y positivo en ese sentido.
Adelante, pues. Comenzad con fe vuestra obra de regeneración; y que el éxito más feliz corone vuestros esfuerzos para honra y felicidad de Centroamérica; y para que podamos decir, parodiando la célebre frase de Goethe, testigo de los vivas a la libertad dados a los republicanos franceses impasibles al fuego prusiano en Valmy: “Hoy comienza una nueva era para la patria centroamericana. Hemos asistido a su nacimiento."- HE DICHO.” 96
Los plenipotenciarios discutieron una variada serie de temas, y al clausurar las sesiones del Congreso el 1° de julio de 1897, dejaron suscritos seis tratados, el primero de los cuales versaba sobre unión política centroamericana, arbitraje y puntos constitucionales. Los demás se referían a cuestión de interés más jurídico que político, a saber: derecho mercantil; derecho penal y extradición; propiedad literaria, artística e industrial; derecho civil, y derecho procesal 97
96 El texto del discurso figura en Congreso Jurídico Centro-Americano. 1897, Guatemala, Tipografía Nacional, 1ª. ed., 1897, pp.41-48. 97 Ibid., pp. II-VII.
A pesar del optimismo manifiesto en el discurso del Canciller Muñoz, la situación interna de Guatemala no era muy propicia para esfuerzos unionistas. El presidente Reina Barrios había disuelto el Congreso, y el 18 de junio, durante las sesiones del Congreso Jurídico Centroamericano, convocó a elecciones para una asamblea constituyente a fin de modificar la Constitución. El 30 de agosto, la Constituyente aprobó un breve decreto de reformas constitucionales, una de las cuales disponía la prórroga del período presidencial de Reina Barrios hasta el 15 de marzo de 1902 98 .
Poco después de aprobada la reforma constitucional hubo un levantamiento en Quezaltenango, que fue reprimido por el régimen con varios fusilamientos. A raíz de esto, el licenciado Manuel Estrado Cabrera fue forzado a renunciar como ministro de Gobernación, y se le designó como ministro plenipotenciario en misión especial en Costa Rica, supuestamente para procurar el apoyo del gobierno costarricense ante la crisis política que se vivía en Guatemala 99 Asumió como secretarioparticular don José María Gálvez Barrios, primo hermano del gobernante guatemalteco 100
Sin embargo, Estrada Cabrera apenas estuvo unas semanas en Costa Rica, ya que llegó al puerto pacífico de Puntarenas el 30 de septiembre 101 ysalió de San José el 19 de octubre, para emprender el regreso a Guatemala 102 Nofue llamado de vuelta al gabinete ministerial de Reina Barrios.
Poco tiempo después, don Jorge Muñoz renunció a la Cancillería, en la cual fue reemplazado el 17 de diciembre de 1897 por don Antonio Batres Jáuregui 103 . Posteriormente fue magistrado de la Sala Primera de Apelaciones 104 .
El Gobierno de Reina Barrios apenas duró unos meses más después de la salida del licenciado Muñoz de la Cancillería, ya que el gobernante fue asesinado en la noche del 8 de febrero de 1898. Asumió el poder el licenciado Manuel Estrada Cabrera, que era el primer designado a la Presidencia a pesar de su distanciamiento con Reina Barrios. Muy pronto, Estrada Cabrera dio muestras de que se proponía conservar el mando supremo a toda costa y sin ninguna clase de escrúpulos 105 .
98 Mariñas Otero (Luis), Las Constituciones de Guatemala, Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1ª. ed., 1958, pp. 461-463.
99 “El ministro de Guatemala licdo. Estrada Cabrera”, en Diario de Costa Rica, San José, 9 de setiembre de 1897, p. 2.
100 “Gacetilla”, en Diario de Costa Rica, San José, 9 de febrero de 1898, p. 2.
101 “Gacetilla”, en Diario de Costa Rica, San José, 1° de octubre de 1897, p. 3.
102 “Crónica josefina”, en Diario de Costa Rica, San José, 20 de octubre de 1897, p. 3.
103 Zeceña Flores, 1978, p. 278.
104 Ibid., p.123.
105 Sobre el asesinato de Reina Barrios y los primeros meses de Estrada Cabrera en el poder, V. Arévalo Martínez (Rafael), Ecce Pericles, San José, EDUCA, 3ª. ed., 1982, pp. 42-82.
VI. Ministro en misión especial en los Estados Unidos de América
En 1901 Estrada Cabrera designó a don Jorge Muñoz Aqueche como enviado extraordinario y ministro plenipotenciario en los Estados Unidos de América, en misión especial, con el propósito de transmitir al gobierno de Washington las condolencias de Guatemala con motivo del asesinato del presidente William Mc Kinley. Don Jorge presentó credenciales al presidente Theodore Roosevelt el 1° de noviembre de 1901 106 , transmitió el pésame y poco después regresó a Guatemala.
VII. Diputado constituyente por Cobán
Con el objeto de perpetuarse en el poder, Estrada Cabrera convocó en 1903 a elecciones para una nueva asamblea constituyente, cuyo solo objeto era reformar la Constitución de modo tal que el período presidencial se prolongara de cuatro a seis años. Don Jorge Muñoz Aqueche participó en esta asamblea como diputado por Cobán. La reforma fue aprobada el 12 de julio de 1903 107
VIII. De nuevo en Washington D.C.
En 1904, Estrada Cabrera designó nuevamente a don Jorge Muñoz Aqueche como enviado extraordinario y ministro plenipotenciario en los Estados Unidos de América, pero esta vez con carácter de diplomático residente, lo cual también aparejaba la representación de Guatemala en la Unión de Repúblicas Americanas. Inicialmente se hospedó en el famoso hotel Waldorf Astoria 108, en la ciudad de Nueva York, y después se trasladó a Washington, donde presentó sus cartas credenciales al presidente Franklin D. Roosevelt el 30 de setiembre de 1904 109 Durante su gestión, entre otros asuntos, procuró promover la inversión norteamericana en Guatemala 110. En la Unión de Repúblicas Americanas fue vicepresidente de una comisión encargada de preparar un plan para la
106 “Guatemala. Special envoy to the United States”, en Montly Bulletin of the Bureau of the American Republics, Washington, vol. XI, noviembre de 1901, n° 5, pp. 898-900.
107 Mariñas Otero, 1958, pp. 465-468.
108 “La situación en Guatemala”, en El Día, San José, 2 de octubre de 1904, p. 4.
109 “Death of señor Jorge Muñoz”, 1906, p. 1143.
110 “Guatemala. Internal Development”, en Montly Bulletin of the Bureau of the American Republics, Washington, vol. XX, mayo de 1905, n° 5, pp. 395-396.
reestructuración de la Unión, a fin de que fuera conocido en la Tercera Conferencia Internacional Americana 111
IX. Fallecimiento y funerales
En 1906 don Jorge Muñoz enfermó de mucha gravedad y hubo de ser internado en el Providence Hospital de Washington, falleció al mediodía del 20 de octubre de 1906 112. Tenía solamente 53 años de edad y no había contraído matrimonio. Sus exequias se efectuaron en la iglesia de San Mateo y a ellas asistieron el presidente Roosevelt y otras personalidades 113. Posteriormente sus restos fueron enviados a la ciudad de Guatemala, donde se les dio sepultura el 19 de noviembre 114 .
El 7 de noviembre de 1906, el secretario de Estado de los Estados Unidos, Elihu Root, y los demás jefes de misión de los países americanos acreditados en Washington, se reunieron en el salón de recepciones diplomáticas del Departamento de Estado para rendir un homenaje a la memoria del ilustre desaparecido, a quien Root se refirió como uno de los más distinguidos miembros del Consejo Directivo de la Unión de las Repúblicas Americanas 115 . Cartago, Costa Rica, noviembre de 2022.
X. Bibliografía
Fuentes Electrónicas
Todas estas fuentes electrónicas fueron consultadas el 13 de noviembre de 2022.
115 “Death of señor Jorge Muñoz”, 1906, pp. 1143-1144.
Fuentes Documentales
Archivo Nacional de Costa Rica, Sección Histórica, Corte Suprema de Justicia, expediente judicial n° 3913.
Archivo Nacional de Costa Rica, Sección Histórica, Protocolos Notariales, n° 285, protocolo del licenciado Ricardo Jiménez Oreamuno, tomo 3, folio 91 v., escritura número 92.
Fuentes Impresas
Libros
Arévalo Martínez (Rafael), Ecce Pericles, San José, EDUCA, 3ª. ed., 1982.
García Laguardia, Jorge Mario, Breve historia constitucional de Guatemala, Guatemala, Ministerio de Cultura y Deportes, 1ª. ed., 2002.
Mariñas Otero (Luis), Las Constituciones de Guatemala, Madrid, Instituto de Estudios Políticos, 1ª. ed., 1958.
Memoria de la Secretaría de Instrucción Pública presentada la Asamblea Nacional Legislativa en 1894, Guatemala, Tipografía Nacional, 1ª. ed., 1894,
Memorias de la Cancillería de Costa Rica (1842-1889), Heredia, Escuela de Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional, y San José, Instituto Diplomático Manuel María de Peralta, 1ª. ed., 1998.
Sáenz Carbonell (Jorge Francisco), Historia diplomática de Costa Rica (1821-1910), San José, Editorial Juricentro, 1ª. ed., 1996.
Sáenz Carbonell (Jorge Francisco) y Ramírez Sierra (Pedro), El canciller Lizano, San José, Instituto Manuel María de Peralta, 1ª. ed., 2015.
Zeceña Flores (Roberto), Los ministros de Relaciones Exteriores de Guatemala 1839-1978, Guatemala, mimeografiado, 1978.
Periódicos (costarricenses)
• Diario de Costa Rica, 1897, 1898.
• El Día, 1904.
• El Heraldo, 1892, 1893, 1894.
• La Prensa Libre, 1892, 1893.
• La República, 1893.
Revistas
“Death of señor Jorge Muñoz”, en Monthly Bulletin of the International Bureau of the American Republics, Washington, vol. XXIII, noviembre de 1906, n° 5, pp. 1143-1144.
“Guatemala. Internal Development”, en en Montly Bulletin of the Bureau of the American Republics, Washington, vol. XX, mayo de 1905, n° 5, pp. 395-396.
“Guatemala. Special envoy to the United States”, en Montly Bulletin of the Bureau of the American Republics, Washington, vol. XI, noviembre de 1901, n° 5, pp. 898-900.
Guzmán (Enrique), “Diario íntimo”, en Revista Conservadora del Pensamiento Centroamericano, Managua, octubre de 1961, n° 13, p. 189-204.
Muñoz (Jorge), “¿Constituye la embriaguez un delito, o debe considerársele como circunstancia atenuante, según el criterio del artículo 11, fracción 8ª. capítulo 3° del Código Penal?”, en La Escuela de Derecho, Guatemala, tomo I, 16 de agosto de 1890, número 12, pp. 181-183.
Quirós Aguilar (Ernesto), “Un siglo de vida diplomática y consular (1841-1941) (Continuación)”, en Revista de los Archivos Nacionales, San José, números 11 y 12, noviembre y diciembre de 1941, pp. 663-671.
Quirós Aguilar (Ernesto), “Un siglo de vida diplomática y consular (1841-1941) (Concluye)”, en Revista de los Archivos Nacionales, San José, números 1 y 2, enero y febrero de 1942, pp. 94-104.
“Es el amor a la América, el amor a mis hijos y a mis nietos, y a los hijos y nietos de mis amigos y conciudadanos, el que me hace presentar las llagas de todos nosotros para que las curemos, y para que nuestra posteridad sea mejor y más feliz que lo que nosotros hemos sido”.