===================================================== SABIAS - SABIAS - SABIAS - SABIAS - SABIAS - SABIAS - SABIAS =====================================================
Nº 386
chunio de 2021
Respetamos la Naturaleza. Utilizamos papel reciclado
IPC. Según el INE, el IPC de abril de 2021 en el Estado español, tuvo una variación del 1,2%. La tasa anual se queda en el 2.2%. ------------------------------Absentismo en Avanza Zgz. Según los datos aportados por la empresa,este indice del mes de abril fué del 8.14%, los compañeros de baja no cobrarán el complemento de convenio, al superar el 7.50%, el indice de absentismo por accidente está en el 0.62% por lo que los compañeros de baja por accidente cobrarán el 100% de su sueldo ya que percibirán el complemento del 25% de la empresa. ------------------------------Plantilla actual en Avanza Zgz, contratos indefinidos y temporales. Según la misma fuentela plantilla a 31 de abril era de 1230 de los cuales 9 son eventuales. ------------------------------Cuadro 407, por fin se cumple el convenio. Tras denuncia de CUT, la empresa se ha visto obligada a cumplir el convenio y dos conductores ambulantes han promocionado a la condición de fiesteros y se ha cubierto las vacantes en el cuadro 407. ------------------------------Vacuna Covid. Ante las fechas que nos indica el SALUD para vacunarnos por Covid, si coincide con jornada laboral, hay que comunicárselo a la empresa, para que nos ponga el correspondiente reserva. Hay que pedir justificante para que la empresa lo retribuya. En caso de que se niegue a poner reserva o abonarte el tiempo destinado a la vacunación, hay que poner la correspondiente denuncia. Ponte en contacto con el sindicato. ------------------------------Multa por despedir por Covid. La Inspección de Trabajo de la Rioja ha multado a una empresa de Logroño que despidió a cuatro trabajadores por dar positivo en coronavirus, tras las pruebas a las que fue sometida la plantilla. De 53 trabajadores 4 dieron positivo y como consecuencia de ello se quedaron sin empleo. En vista de ello la Inspección abrió un expediente sancionador a la empresa por considerar que había producido una discriminación laboral, tipificada como muy grave, y por la que deberá de hacer frente a una multa de 10.000 €. ------------------------------Conductor ambulante, defiende tus derechos. En el actual convenio tenemos firmado que, con carácter general y siempre que se garantice la prestación del servicio, los servicios asignados a los conductores ambulantes entre dos descansos serán del mismo tipo, ordinario o relevante. Quiere esto decir que de descanso semanal al siguiente descanso semanal, los servicios que te asigne la empresa tienen que ser de Ordinario o de relevante, no pudiendo cambiarte entre descansos esta condición. En caso de que la empresa lo hiciese, ponte en contacto con CUT para poner la correspondiente denuncia.
Contra la coacción empresarial
Dignidad Obrera