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III. Razones para la designación de José Gabriel Gálvez Egúsquiza como Patrono del Fuero Militar Policial

III RAZONES PARA LA DESIGNACIÓN DE JOSÉ GABRIEL GÁLVEZ EGÚSQUIZA COMO PATRONO DEL FUERO MILITAR POLICIAL

El 17 de noviembre de 2014, mediante Resolución Administrativa N° 082-2014FMP/CE/SG, firmada por el General de Brigada Juan Pablo Ramos Espinoza, se declaró a José Gálvez Egúsquiza “Patrono del Fuero Militar Policial”. La resolución que se emitió en cumplimiento de un acuerdo del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, considera, entre otras razones, que 116 años de existencia institucional acreditan el sólido arraigo que la jurisdicción militar policial ha tenido, y tiene, en la vida republicana del Perú, “por lo que surge la imperiosa necesidad de contar con un personaje histórico, que se integre a los símbolos que representan e identifican al Fuero Militar Policial”. El criterio unánime de los integrantes del Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, jueces y fiscales supremos de esta jurisdicción, para la designación de José Gabriel Gálvez Egúsquiza Patrono del Fuero Militar Policial, es que convergen en él, de manera equilibrada, “un elemento castrense, al haber luchado con el grado de Coronel en el glorioso combate del 2 de mayo de 1866, gesta heroica que selló la independencia de los pueblos de América del dominio español; así como un elemento jurídico al haberse graduado como abogado (…) obteniendo el grado de doctor en jurisprudencia por la Universidad Mayor de San Marcos (…) y desempeñarse como Decano del Ilustre Colegio de Abogados de Lima”⁶⁶ . Los antecedentes cercanos para esta designación tienen que ver, en principio, con la emisión de la

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Resolución Administrativa N° 132-2011-SFMP/RR.PP.II, de 05 de setiembre de 2011, con la que se actualizó otra del año 2001, que estableció el 20 de diciembre como “Día del Fuero Militar Policial” y 1898, como año de inicio para establecer el número del aniversario por celebrar, al ser el 20 de diciembre del año 1898 la fecha que se promulgó el primer Código de Justicia Militar. De otro lado, entre las consideraciones que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial tuvo a bien considerar para la designación de José Gabriel Gálvez Egúsquiza, Patrono del Fuero Militar Policial, estuvo la información, contrariamente a lo que se creía, que la “Justicia Militar” (Fuero Militar Policial); no obstante su larga existencia, no tenía designado un patrono que sirviera de paradigma a sus integrantes y que las celebraciones del “Día de la Justicia Militar”, que en tiempo próximo al nuestro se realizaban el 12 de Agosto, “presunta” fecha del nacimiento del prócer Mariano Lorenzo Melgar y Valdiviezo, no se justificaban ni histórica ni legalmente. Como se sabe, Mariano Lorenzo Melgar y Valdiviezo es formalmente patrono del Servicio Jurídico del Ejército, relacionándose también la “presunta” fecha de su nacimiento (12 de agosto) con las celebraciones por el “Día del Cuerpo Jurídico Militar”⁶⁷, que históricamente lo han conformado los Oficiales abogados que prestan servicios en las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, tanto en el ámbito penal militar policial como en el administrativo. Creemos que José Gabriel Gálvez Egúsquiza representa cabalmente al patrono que el Fuero Militar Policial necesitaba, pues es una figura paradigmática, señera, heroica, sapiente y honesta de nuestra historia más reciente y que tiene al mismo tiempo una relación con la cuestión militar y el derecho; es decir, un hombre militar formado en derecho, que goza del respeto y admiración de los peruanos, por su heroica y ejemplar actitud y sus intervenciones como académico y militar.