6 Octubre, 2011

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22 ESPECTÁCULOS

JUEVES 6 DE OCTUBRE DE 2011

unomásuno

Rocío Sánchez Azuara, cumple un año positivo en "Cosas de la vida" ALBERTO ESTEVEZ ARREOLA REPORTERO

R

ocío Sánchez Azuara, la conductora de Reality Show más querida de México, cumple un año de éxitos, esfuerzo y trabajo para

encontrar soluciones a docenas de problemas que trata dentro de su popular programa, "Cosas de la vida". La rubia talentosa, atractiva y mejor posesionada en la televisión en el formato de programas sobre sucesos de la vida real,

PRIMER AVISO NOTARIAL

PRIMER AVISO NOTARIAL

Por escritura número 6,925 de fecha 23/09/2011, ante mí, la señora

Por escritura número 6,942 de fecha 27/09/2011, ante mí, los señores

LUCINA ASCENCIO VIVEROS (QUIEN TAMBIEN ACOSTUMBRA USAR LOS NOMBRES DE LUCINA ASCENCIO VIVEROS DE VILLELA, LUCINA ASCENCIO DE VILLELA Y LUCINA VIVEROS DE VILLELA)

RUY ALFREDO ZARATE CHICHITZ PAULINA ZARATE CHICHITZ Aceptaron la herencia en la sucesión testamentaria del señor

Aceptó la herencia y el cargo de albacea en la sucesión testamentaria del señor

Así mismo el señor RUY ALFREDO ZARATE CHICHITZ aceptó el cargo de albacea en dicha sucesión.

RODOLFO ZARATE GAMBOA

ANTONIO VILLELA GONZALEZ EL ALBACEA FORMULARA INVENTARIO.

EL ALBACEA INVENTARIO.

A T E N T A M E N T E. LIC. JOSE ANGEL FERNANDEZ URIA TITULAR DE LA NOTARIA NO. 217 DEL D.F.

LIC. JOSE ANGEL FERNANDEZ URIA TITULAR DE LA NOTARIA NO. 217 DEL D.F.

FORMULARA

A T E N T A M E N T E.

PRIMER AVISO NOTARIAL. SANTIAGO JAVIER COVARRUBIAS Y GONZALEZ, notario 41 del D.F., hago saber: Que por escritura 75,720, de 29 de septiembre de 2011, ante mi, don MARIANO JORGE EGUIARTE CALDERON, también conocido como MARIANO EGUIARTE CALDERON, don EDUARDO IGNACIO EGUIARTE CALDERON, también conocido como EDUARDO EGUIARTE CALDERON, don JAIME VICTOR EGUIARTE CALDERON, también conocido como JAIME EGUIARTE CALDERON, don ENRIQUE DIEGO MIGUEL EGUIARTE CALDERON, también conocido como ENRIQUE EGUIARTE CALDERON, don ALFONSO DE JESÚS EGUIARTE CALDERON, también conocido como ALFONSO EGUIARTE CALDERON, don MIGUEL ARMANDO EGUIARTE CALDERON, también conocido como ARMANDO EGUIARTE CALDERON, doña BEATRIZ EUGENIA EGUIARTE CALDERON, también conocida como BEATRIZ EGUIARTE CALDERON, doña MARÍA DE LA LUZ EGUIARTE CALDERON, don SERGIO ANGEL EGUIARTE CALDERON, también conocido como SERGIO EGUIARTE CALDERON, don RAÚL ALFREDO EGUIARTE CALDERON, también conocido como RAÚL EGUIARTE CALDERON, don ROBERTO EGUIARTE CALDERON y doña PATRICIA EGUIARTE CALDERON, reconocen la validez del testamento público abierto otorgado por quien fuera su padre don MARIANO CELSO EGUIARTE MANGE, también conocido como MARIANO EGUIARTE MANGE, aceptaron la herencia para la que fueron instituidos por el testador; don MARIANO JORGE EGUIARTE CALDERON, con fundamento en lo dispuesto por la fracción quinta del articulo mil seiscientos noventa y ocho del Código Civil para el Distrito Federal, se EXCUSA en este acto para ejercer el cargo de albacea para el que fue instituido por el testador y en virtud de tal excusa, en este acto los herederos antes mencionados por unanimidad de votos designan como albacea a don ENRIQUE DIEGO MIGUEL EGUIARTE CALDERON, quien acepta el cargo de albacea, manifestando que procederá a formar el inventario de los bienes que integran el acervo hereditario de dicha sucesión. México, D.F., 29 de Septiembre de 2011.

PRIMER AVISO NOTARIAL

Por escritura número 6,943 de fecha 27/09/2011, ante mí, los señores RUY ALFREDO ZARATE CHICHITZ PAULINA ZARATE CHICHITZ Aceptaron la herencia en la sucesión testamentaria de la señora ALICIA CHICHITZ ( QUIEN TAMBIEN ACOSTUMBRO USAR LOS NOMBRES DE ALICIA CHICHITZ RODRIGUEZ, ALICIA CHICHITZ RODRIGUEZ DE ZARATE, ALICIA CHICHITZ DE ZARATE Y ALICIA CHICHITZ VIUDA DE ZARATE) Así mismo el señor RUY ALFREDO ZARATE CHICHITZ aceptó el cargo de albacea en dicha sucesión. EL ALBACEA FORMULARA INVENTARIO. A T E N T A M E N T E. LIC. JOSE ANGEL FERNANDEZ URIA TITULAR DE LA NOTARIA NO. 217 DEL D.F.

está de manteles largos y ya prepara lo que es su pastel de celebración al lado de un equipo de trabajo muy esforzado. Difícil de verdad es el trajín que lleva a cabo todos los días, esta mujercita tan guapa admiradísima por miles de

PRIMER AVISO NOTARIAL En instrumento No. 117,054 otorgado ante mí, el día 12 de septiembre del año 2011, el señor EDMUNDO VILLARREAL CUEVA por si y como apoderado de su hija LILIA FERNANDA VILLARREAL DE ELIAS, y el propio señor EDMUNDO VILLARREAL CUEVA, exhibió al Notario EL ACTA DE DEFUNCIÓN DE LA SEÑORA IRMA DEL SOCORRO DE ELIAS ALARCON QUE TAMBIÉN FUE CONOCIDA SOLO COMO IRMA DE ELIAS ALARCON, ACTA DE MATRIMONIO, ACTA DE DEFUNCION DE SU HIJA IRMA GUADALUPE VILLARREAL DE ELIAS Y ACTAS DE NACIMIENTO, acredito su entroncamiento; manifestó que en esta Capital, tuvo su último domicilio la autora de la SUCESIÓN y que no conoce la existencia de persona alguna con igual o mejor derecho, para heredarla, manifestó igualmente su conformidad de llevar la tramitación de la SUCESIÓN de la señora IRMA DEL SOCORRO DE ELIAS ALARCON QUE TAMBIEN FUE CONOCIDA SOLO COMO IRMA DE ELIAS ALARCON, ante el suscrito Notario, aceptaron la HERENCIA y el propio señor EDMUNDO VILLARREAL CUEVA, acepta el cargo de ALBACEA de dicha SUCESIÓN. Se recibió la testimonial de las señoras EMMA VELASCO ORTEGA Y MARÍA DEL PILAR GUERRERO VELASCO. Se hace del conocimiento público para cumplir con lo dispuesto por el Artículo 175 de la Ley del Notariado para el Distrito Federal. México, D.F., a 12 de septiembre del año 2011. EL NOTARIO No. 64 del D.F. LIC LUIS GONZALO ZERMEÑO MAEDA

PRIMER AVISO NOTARIAL En instrumento No. 117,057 otorgado ante mí, el día 12 de septiembre del 2011, la señora GRACIELA MORALES ALDANA EN SU CARÁCTER DE ESPOSA DEL AUTOR DE LA SUCESIÓN SEÑOR FERNANDO DE ELIAS ALARCON Y LAS SUCESIONES INTESTAMENTARIA A BIENES DE IRMA DEL SOCORRO, JOSÉ ARTURO PASCUAL, MARCON ANTONIO y AIDA TODOS DE APELLIDOS DE ELIAS ALARCON, representados por su albacea señor EDMUNDO VILLARREAL CUEVA, ESTOS ÚLTIMOS CUATRO COMO HERMANOS DEL AUTOR DE LA SUCESIÓN SEÑOR FERNANDO DE ELIAS ALARCON, exhibieron al Notario las ACTAS DE DEFUNCION Y DE NACIMIENTO, con las que acreditaron su entroncamiento y manifestaron que en esta Capital, tuvo su último domicilio el autor de la SUCESIÓN y que no conocen la existencia de persona alguna con igual o mejor derecho, para heredar, manifestaron igualmente su conformidad de llevar la tramitación de la SUCESIÓN del señor FERNANDO DE ELIAS ALARCON, y el señor EDMUNDO VILLARREAL CUEVA, acepta el cargo de ALBACEA de dicha SUCESIÓN. Se recibió la testimonial de las señoras EMMA VELASCO ORTEGA Y MARÍA DEL PILAR GUERRERO VELASCO. Se hace del conocimiento público para cumplir con lo dispuesto por el Artículo 175 de la Ley del Notariado para el Distrito Federal. México, D.F., a 12 de septiembre del año 2011. EL NOTARIO No. 64 del D.F. LIC. LUIS GONZALO ZERMEÑO MAEDA

también es verdad que ha tenido controversias muy delicadas sobre todo en su país durante el mandato del ex presidente Fujimori.

caballeros- que por ese motivo es reconocida en todo el país y en el extranjero por ser el programa número uno en su estilo, aun a pesar de la publicidad exagerada a favor de la peruana Laura, que sin dejar de reconocer que es buena en su trabajo,

PRIMER AVISO NOTARIAL.

Que por escritura 75,777 de 5 de octubre de 2011, ante mí, doña AIDA y doña NORMA, de apellidos SORIANO MARTINEZ, iniciaron el trámite extrajudicial de la sucesión intestamentaria de doña OTILIA MARTINEZ GUZMAN, acreditaron el entroncamiento como hijas de la autora de la sucesión, manifestaron bajo protesta de decir verdad que no existe controversia entre ellas, que el último domicilio de la autora de la sucesión fué en la ciudad de México, agregando que no conocen a persona alguna con derecho a heredar en el mismo grado o en uno preferente al de ellas; doña AIDA SORIANO MARTINEZ, repudió la herencia y doña NORMA SORIANO MARTINEZ, aceptó la herencia y el cargo de albacea, manifestando que procederá a formar el inventario de los bienes que integra el acervo hereditario. En esta fecha se llevo a cabo la información testimonial a que se refiere el artículo 801 del Código de Procedimientos Civiles. México, D.F., 5 de octubre de 2011.

PRIMER AVISO NOTARIAL En instrumento No. 117,058 otorgado ante mí, el día 12 de septiembre del año 2011 las SUCESIONES INTESTAMENTARIA A BIENES DE LOS SEÑORES MARCO ANTONIO, FERNANDO, JOSE ARTURO e IRMA TODOS DE APELLIDOS DE ELIAS ALARCON, representados por su ALBACEA SEÑOR EDUARDO VILLARREAL CUEVA, estos cuatro hermanos de la autora de la SUCESION, exhibió al Notario LAS ACTAS DE NACIMIENTO Y DE DEFUNCION de los presuntos HEREDEROS, con las que acredito su entroncamiento y manifestó que en esta Capital, tuvo su último domicilio la autora de la SUCESION y que no conoce la existencia de persona alguna con igual o mejor derecho, para heredar manifestó igualmente la conformidad de llevar la tramitación de la SUCESIÓN de la señorita AIDA DE ELIAS ALARCON, y el propio señor EDUARDO VILLARREAL CUEVA, acepta el cargo de ALBACEA DE DICHO SUCESIÓN. Se recibió la testimonial de las señoras EMMA VELASCO ORTEGA Y MARÍA DEL PILAR GUERRERO VELASCO. Se hace del conocimiento público para cumplir con lo dispuesto por el Artículo 175 de la Ley del Notariado para el Distrito Federal. México, D.F., a 12 de septiembre del año 2011. EL NOTARIO No. 64 del D.F. LIC. LUIS GONZALO ZERMEÑO MAEDA

EDICTO El Juez Sexagésimo Cuarto de lo Civil en el Distrito Federal, ordenó la publicación de edictos, relativos a los autos del juicio Especial Hipotecario, promovido por SOLIDA ADMINISTRADORA DE PORTAFOLIOS, S.A. DE C.V., EN SU CARÁCTER DE CESIONARIO ANTES BANCA SERFIN, S.A., INSTITUTO DE BANCA MÚLTIPLE, GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN EN SU CARÁCTER DE CEDENTE en contra de JESÚS ROBLES JAIME Y MARÍA TERESA MARTHA CASTILLO RAZO, expediente 105/03, se procede a publicar los puntos resolutivos de la Sentencia Definitiva de fecha dieciocho de febrero del año en curso, con fundamento en el artículo 639 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, mismos que en su parte conducente a la letra dicen: "PRIMERO.- Este Juzgado es competente para conocer y resolver del presente juicio.- SEGUNDO.- Ha procedido la vía especial hipotecaria en el caso seguida, en la que la parte actora probó parcialmente su acción y los demandados se constituyeron en rebeldía.- TERCERO.- Se declara el vencimiento anticipado del plazo para el pago estipulado en el contrato base de la acción y en consecuencia se condena a JESÚS ROBLES JAIME Y MARÍA TERESA MARTHA CASTILLO RAZO a pagar a la actora, la cantidad de $359,910.00 M.N. (TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS DIEZ PESOS 00/100 PESOS M.N. POR CONCEPTO DE SUERTE PRINCIPAL, lo que deberán hacer en el término de cinco días contados a partir de que esta sentencia cause ejecutoria o sea legalmente ejecutable, apercibidos que de no hacerlo se hará trance y remate del bien hipotecado para con su producto hacer pago a la acreedora. CUARTO.- Se condena a JESÚS ROBLES JAIME Y MARÍA TERESA MARTHA CASTILLO RAZO, a pagar a la actora, la cantidad de $401,780.00 M.N. (CUATROCIENTOS Y UN MIL SETECIENTOS OCHENTA PESOS 00/100 PESOS M.N.), por concepto de crédito adicional lo que deberán hacer dentro del término de cinco días contados a partir de que esta sentencia cause ejecutoria o sea legalmente ejecutable, apercibida que de no hacerlo se hará trance y remate del bien hipotecado para con su producto hacer pago al actor. QUINTO.- Se condena a JESÚS ROBLES JAIME Y MARÍA TERESA MARTHA CASTILLO RAZO a pagar a la actora, intereses ordinarios generados en los términos pactados en la cláusula sexta del contrato, lo que se liquidará en ejecución de sentencia. SEXTO.- Se condena a JESÚS ROBLES JAIME Y MARÍA TERESA MARTHA CASTILLO RAZO a pagar a la actora, intereses moratorios generados y no pagados conforme a las condiciones y tasas señaladas en el contrato, lo que se liquidará en ejecución de sentencia. SEPTIMO.Se absuelve a JESÚS ROBLES JAIME Y MARÍA TERESA MARTHA CASTILLO RAZO del pago de las prestaciones, 5 relativas al pago por concepto de seguros sobre daños y vida. OCTAVO.- Se condena a la parte demandada JESÚS ROBLES JAIME Y MARÍA TERESA MARTHA CASTILLO RAZO a pagar a la actora, las costas del presente juicio. NOVENO.-De no hacer pago la parte demandada de las prestaciones a que fue condenada en un término de CINCO DÍAS posteriores a aquel en que la presente sentencia sea legalmente ejecutable, hágase trance y remate del bien hipotecado para con su producto hacer pago a la acreedora. DECIMO.- Notifíquese…. MÉXICO, D.F., A 3 DE JUNIO DEL 2011. LA SECRETARIA DE ACUERDOS "A" LIC. PATRICIA M. CABALLERO AGUILAR

PRIMER AVISO NOTARIAL En instrumento No. 117,059 otorgado ante mí, el día 12 de septiembre del 2011 las SUCESIONES INTESTAMENTARIAS A BIENES DE LOS SEÑORES IRMA, DEL SOCORRO, JOSÉ ARTURO PASCUAL, AIDA, MARCO ANTONIO y FERNANDO TODOS DE APELLIDOS DE ELIAS ALARCON, ESTAS CINCO REPRESENTADAS RESPECTIVAMENTE POR SU ALBACEA SEÑOR EDUARDO VILLARREAL CUEVA, exhibió el ALBACEA al Notario las ACTAS DE NACIMIENTO Y DE DEFUNCION, de los presuntos herederos con las que acreditó su entroncamiento y manifestó que en esta Capital, tuvo su último domicilio el autor de la SUCESIÓN y que no conoce la existencia de persona alguna con igual o mejor derecho, para heredar manifestó igualmente la conformidad de llevar la tramitación de la SUCESIÓN del señor FERNANDO DE ELIAS Y DE ELIAS y el propio señor EDUARDO VILLARREAL CUEVA, acepta el cargo de ALBACEA DE DICHA SUCESIÓN. Se recibió la testimonial de las señoras EMMA VELASCO ORTEGA Y MARÍA DEL PILAR GUERRERO VELASCO. Se hace del conocimiento público para cumplir con lo dispuesto por el Artículo 175 de la Ley del Notariado para el Distrito Federal. México, D.F., a 12 de septiembre del año 2011. EL NOTARIO No.64 del D.F. LIC. LUIS GONZALO ZERMEÑO MAEDA

EDICTO DEMANDADA: JOSHUA COSMETOLOGÍA Y BELLEZA, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE. En cumplimiento a lo ordenado en proveído de ocho de septiembre de dos mil once, dictado en los autos del juicio ordinario mercantil 28/2011-VIII, promovido por Macropol, Sociedad Anónima de Capital Variable, en contra de Joshua Cosmetología y Belleza, Sociedad Anónima de Capital Variable, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 1070 del Código de Comercio, se ordenó emplazar al presente juicio a la citada demandada, haciéndole saber por medio de edictos, una síntesis de las prestaciones reclamadas por la parte actora, lo que se hace en los siguientes términos: a)El pago de la cantidad de $331,127.80 (TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL CIENTO VEINTISIETE PESOS 80/100 M.N.), que más el impuesto al valor agregado, hace un total de $380,755.57 (TRESCIENTOS OCHENTA MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS 57/100 M.N.), por los diversos productos químicos que aparecen detallados en las copias simples de la facturas números 67659, 67660, 67761, 67928, 68014, 68035, 68068, 68015, 68188, 68171, 68419, 68420, 68423, 69667 y 68806, mismos que se anexan con sus correspondientes contra-recibos. b)El pago de la cantidad de US $59,379.37 (CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE DÓLARES AMERICANOS 37/100 USD), que más el impuesto al valor agregado, hace un total de USD $68,285.26 (SESENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO DÓLARES AMERICANOS 26/100 USD), por los diversos productos químicos que aparecen detallados en las copias simples de las facturas números 67661, 67662, 67762, 67760, 67803, 67804, 67805, 67924, 67925, 67984, 68017, 67855, 67985, 68036, 68044, 68043, 68018, 67959, 68172, 68186, 68173, 68187, 68425, 68422, C0173, C0174, C0177, 68655, 68654, y 68664, mismos que se anexan con sus correspondientes contra recibos. c)El pago de los intereses a razón del tipo legal, desde que incurrió en mora la parte demandada, hasta la total solución del presente juicio, mismos que se cuantificarán en ejecución de sentencia. d)El pago de gastos y costas que el presente juicio origine. En cumplimiento a lo ordenado mediante proveído de ocho de septiembre de dos mil once, se emplaza al presente juicio a la parte demandada Joshua Cosmetología y Belleza, Sociedad Anónima de Capital Variable, a fin de que comparezca ante este Juzgado de Distrito a hacer el pago de lo reclamado o a oponer las excepciones que tuviere en relación con el reclamo que se le hace, dentro de un término que no exceda de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación que se haga de los edictos, por tres veces consecutivas en un periódico de circulación nacional y en uno local de esta ciudad de Toluca, Estado de México. Toluca, Estado de México, 8 de septiembre de 2011. LIC. ROGELIO HUERTA FLORES. SECRETARIO DEL JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIAS DE AMPARO Y DE JUICIOS CIVILES FEDERALES EN EL ESTADO DE MÉXICO.

PRIMER AVISO NOTARIAL En instrumento No. 117,055 otorgado ante mí, el día 12 de septiembre de 2011, los señores EDMUNDO VILLARREAL CUEVA, MARÍA DE LOS ANGELES VILCHISHUITRON, MARCO ANTONIO, MARÍA DE LOURDES, PATRICIA y SANDRA TODOS DE APELLIDOS DE ELIAS VILCHIS, por su propio derecho en su carácter de CONYUGE Y LOS SEGUNDOS COMO HIJOS respectivamente, exhibieron al Notario, el ACTA DE DEFUNCIÓN DEL SEÑOR MARCO DE ELIAS ALARCON ACTA DE MATRIMONIO Y LAS ACTAS DE NACIMIENTO DE LOS PRESUNTOS HEREDEROS, con las que acreditaron su entroncamiento, manifestaron que en esta Capital tuvo su último domicilio el autor de la SUCESIÓN y que no conocen la existencia de persona alguna con igual o mejor derecho, para heredarlo, manifestaron igualmente su conformidad de llevar a cabo la tramitación de la SUCESION del señor MARCO ANTONIO DE ELIAS ALARCON, ante el suscrito Notario, aceptaron la herencia y el señor EDMUNDO VILLARREAL CUEVA, acepta el cargo de ALBACEA de dicha SUCESIÓN. Se recibió la testimonial de las señoras EMMA VELASCO ORTEGA Y MARÍA DEL PILAR GUERRERO VELASCO. Se hace del conocimiento público para cumplir con lo dispuesto por el Artículo 175 de la Ley del Notariado para el Distrito Federal. México, D.F., a 12 de septiembre del año 2011. EL NOTARIO No.64 del D.F. LIC. LUIS GONZALO ZERMEÑO MAEDA


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6 Octubre, 2011 by unomásuno - Issuu