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9.6. Aspectos sanitarios y de higiene personal

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9.7. Recreos

9.7. Recreos

•Queda prohibido acceder al centro con animales.

9.6. Aspectos sanitarios y de higiene personal

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Los alumnos no podrán asistir al centro si presentan:

-síntomas de enfermedad: fiebre, diarrea, vómitos, … -enfermedades infecto-contagiosas: sarampión, varicela, gripe, … -pediculosis (piojos) sin tener un tratamiento en marcha.

En el caso de que algún alumno presente síntomas de enfermedad durante su estancia en el centro, se avisará a las familias para que lo recojan lo antes posible.

En caso de accidente que requiera de atención médica inmediata, el colegio se pondrá en contacto con el centro de salud y con la familia para, siguiendo sus indicaciones, hacer lo más adecuado para solventar el problema.

Si el accidente conllevara algún tipo de gasto adicional (rotura de gafas, dentadura, etc.), el centro pondrá a disposición de las familias un mecanismo para que reclamen dichos daños a la Administración.

En el caso de enfermedades que requieran de una vigilancia especial por parte del profesorado del centro (alergias, tratamientos específicos, etc.) las familias obligatoriamente deberán poner en conocimiento del centro toda la información necesaria para que el centro pueda atender a sus hijos convenientemente y evitar accidentes al alumno.

Dependiendo de los casos, se establecerán protocolos de actuación en colaboración con los servicios sanitarios y la familia y se dispondrán los medios necesarios, incluyendo la información y formación a todos los trabajadores del colegio para que sepan cómo actuar siguiendo las indicaciones de dichos protocolos.

Es obligatorio por parte de la familia cuidar la higiene personal de los niños y, en particular, encasos depediculosis (piojos) o enfermedades infecto-contagiosas, en cuyo caso se llevarán a cabo las medidas preventivas y de tratamiento recomendadas por los especialistas sanitarios, evitando enviar al alumno al centro hasta su completa recuperación. En estos casos, se tratará de proporcionar al alumno enfermo todas las tareas y elementos necesarios para, si puede, continuar con normalidad su labor en casa.

• Tras un golpe en la cabeza o una herida traumatismo considerable, se informará a la familia para valorarla situación y actuación.

• Todas las aulas tendrán expuesto en la puerta o en la mesa del docente un listado de las alergias del alumnado.

No se administrarán medicamentos en el Centro salvo en aquellos casos en los que el alumnado padece enfermedades crónicas y precisa de atención sanitaria específica, y siempre que la madre, padre o tutor/a legal lo demanden. Para ello, se seguirá el procedimiento establecido en la normativa vigente para la asistencia sanitaria del alumnado:

2. La directora o director del centro docente dará traslado a la Delegación provincial de Educación, Ciencia y Cultura de esta demanda, que será valorada por el servicio de inspección médica de dicha Delegación. La persona titular de la Delegación provincial elevará a la coordinadora o coordinador de cada centro de salud el listado del alumnado escolarizado que precisa atención, con indicación del centro docente al que pertenece.

3. Cada centro de salud organizará la asistencia sanitaria del alumnado en cuestión, dentro del Plan Funcional del centro de salud.

4. El centro de salud proporcionará al centro docente la información necesaria, cuando la gravedad de la afección de la alumna o alumno requiera que los profesionales del centro docente sean capaces de reconocer determinados signos de urgencia y prestar una primera atención, mientras realizan la correspondiente llamadaal servicio de urgencias de la Comunidad Autónoma.

La documentación presentada por la familia quedará recogida en el expediente del alumno/a. El Equipo Directivo informará al Claustro de la existencia de estos casos. El tutor/a dejará la información necesaria sobre la administración del medicamento en su aula en un lugar visible para el equipo docente.

En relación a la pediculosis, actuaremos del modo siguiente:

- Informar rápidamente al Colegio para atajar el problema lo antes posible. - Solicitar, si no se dispone de ella, la información necesaria para ver los tratamientos más eficaces y su modo de aplicación. - El tutorenviará una notificación general a la clase en que se haya detectado algún caso para que todas las familias actúen de modo coordinado y en el mismo periodo temporal.

En relación al consumo de tabaco, la normativa es la siguiente: a) Ley 5/2002, de 27 de junio, sobre Drogodependencias y otros trastornos adictivos, y, en concreto en aquellos artículos de la Ley que se refieren expresamente a los Centros educativos de Infantil, Primaria, Secundaria y Especial:

- Artículo 28.1 e) “Se prohíbe expresamente la publicidad directa o indirecta de bebidas alcohólicas y tabaco en los centros docentes, tanto públicos como privados, tanto los dedicados a enseñanzas no regladas como a cualquier otro tipo de enseñanza”. - Artículo 30.6 b) “En ningún caso se permitirá la venta, suministro y consumo de bebidas alcohólicas en los Centros educativos de Enseñanza Infantil, Primaria,

Secundaria y Especial.” - Artículo 32.3 c) “No se permitirá el consumo de tabaco en los Centros educativos de enseñanza Infantil, Primaria, Secundaria y Especial”.

b) Ley 28/2005, de 26 de diciembre, de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladorade la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco.

c) Basándonos en esta normativa, la regulación en nuestro Colegio es la siguiente:

-No se permite fumar en ningunazona del Colegio. -También se considera “zona sinhumo” el patio del Colegio. - El profesorado del centro no podrá salir fuera del mismo a fumar durante el horario lectivo.

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