Luz y Fuerza - N 26 - Dic 2020

Page 1

Luz y Fuerza

Federación de Trabajadores de Luz y Fuerza del Perú Boletín Informativo Sindical

AÑO 3 N° 26

11 DE DICIEMBRE DE 2020

Lea en este número: Autógrafa de la Ley que deroga el D.U. N° 014-2020.

01

Paso importante en la conquista de los trabajadores.

02

Directiva sobre el procedimiento de negociación colectiva 2021.

03

Saludo a Pdte. Directorio de ELOR.

04

Respuesta a CEN0200-2020

05

Oficio N° 889-2020-MINEM-SG

06

Oficio N° 22502020-EF-13.1 - Designación Directorio de Elor.

07

CEN-0204-2020 - Retiro plana gerencial de Elor. Oficio N° 0274-2020-2021-RGR-C - Respuesta a solicitud derogatoria D.U. 014-2020 Oficio N° 690-20202021-JAMB_CR - Derogatoria D.U. 014-2020

Luz y Fuerza

08 09 10

1


EDITORIAL

Paso importante en la conquista de los trabajadores Weninger Vela Ríos Secretario General CEN FTLyFP

Después de muchísimas reuniones y coordinaciones tanto en las comisiones de Trabajo y de Constitución del Congreso de la República, por fin en la sesión del pleno se aprobó la derogatoria del D.U. N° 014-2020, norma que regula disposiciones generales para la negociación colectiva en el sector público, fueron 114 votos a favor, 6 abstenciones y cero en contra. Como es bien sabido por todos nuestros afiliados, desde el primer día que se emitió este Decreto de Urgencia, estábamos convencidos por la interpretación literal de la Constitución que dicha norma era inconstitucional, en tal sentido correspondía al poder Legislativo regular, más no al Ejecutivo. En esa línea de acción debemos resaltar el trabajo monolítico y denodado de todos los dirigentes del FRENTE DE TRABAJADORES ESTATALES DEL PERÚ que deponiendo intereses particulares logramos una unidad firme para alcanzar el objetivo propuesto, queda pues en manos del Presidente su promulgación en el plazo que la Constitución otorga, queda claro que la lucha continúa porque este es solo un pequeño paso para lograr verdaderamente la negociación colectiva como la teníamos hasta el año 2012. Mientras tanto, sigue la convulsión social y debemos reconocer a esta juventud que no está sola allí, está es la cuestión clave; es más, los trabajadores de la ciudad y del campo están movilizados, por de pronto el Congreso acaba de derogar la Ley N° 27360, mal llamada Ley de promoción agraria, que era una forma de sometimiento antihumano en pleno siglo XXI, donde la violación de los derechos laborales como la libre sindicalización, así como el acceso a vacaciones e indemnizaciones por despido arbitrario y bajas remuneraciones eran muy “normales”. Mientras eso sucede se conocía que este Gobierno de transición ha hipotecado cuando menos a cuatro generaciones al comprometer al Perú con bonos por 4 mil millones de dólares para ser pagados en cien años, por eso desde la Federación nuestra invocación a seguir manteniendo la unidad, por nuestra parte renovamos nuestro compromiso de continuar defendiendo las causas justas de los trabajadores.

Luz y Fuerza

2


FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA DEL PERÚ COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL

Directiva sobre el procedimiento de negociación colectiva 2021 I.- INTRODUCCIÓN Encontrándose aún vigente el Decreto de Urgencia N° 014-2020 -que incorpora ilegal e inconstitucionalmente a los sindicatos de empresas del Estado dentro de un procedimiento de negociación colectiva, previsto solo para sindicatos de servidores públicos- se hace necesario dictar directivas específicas sobre la negociación colectiva 2021, orientadas a reafirmar la convicción de todas nuestras bases afiliadas sobre la inaplicabilidad de dicho dispositivo legal a los trabajadores de las empresas estatales bajo el ámbito del Fonafe, pero sobre todo para expresar nuestra abierta oposición a una normativa promulgada con evidente lesión a la Constitución Política del Estado. Mantenernos reacios a la aplicación del Decreto de Urgencia N° 014-2020, hasta que este sea DEROGADO, expresará, en los momentos actuales en que se cuestionan diversos decretos legislativos de naturaleza laboral, nuestro rechazo no sólo a un procedimiento de negociación colectiva restrictivo y contrario a la libertad para negociar, sino también a la Política y Plan Nacional de Competitividad y Productividad aprobados por el gobierno mediante Decreto Supremo N° 056-2018-PCM y Decreto Supremo N° 237-2019-EF. En ese sentido, luego de analizar la situación laboral en el país -así como las implicancias jurídicas y el peligro de iniciar un proceso de negociación colectiva durante el año 2021, donde un Informe Económico Financiero del Ministerio de Economía y Finanzas impondrá límites a nuestras expectativas salariales- el Comité Ejecutivo Nacional de la Federación de Trabajadores de Luz y Fuerza del Perú pone a su disposición y conocimiento la presente DIRECTIVA SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2021. II.- LINEAMIENTOS PARA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 2.1. Aprobación del Pliego de Reclamos. • Tomando en consideración que, a la fecha, aún se encuentran vigentes las normas que restringen la libertad de reunión en el país y con la finalidad de evitar la propagación de la covid19, la aprobación del pliego de reclamos para el año 2021 deberá de observar la aplicación de las facilidades para el ejercicio de la libertad sindical, contenidas en el Decreto Legislativo N° 1499. • Consecuentemente, se hace imperativo la convocatoria de asambleas virtuales, utilizando las herramientas informáticas necesarias para aprobar democráticamente el pliego de reclamos. 2.2. Actuación ante la Comisión Negociadora de la Empresa. • La presentación del pliego de reclamos deberá realizarse ante la empresa y, asimismo, con el cargo de recepción de este documento se presentará ante la Dirección Regional de Trabajo correspondiente (tal como se hace cada año). Es de Luz y Fuerza

3


recordar que la administración pública no puede negarse a recibir nuestro documento, contrariamente se encuentra obligada a pronunciarse sobre este en resolución debidamente motivada. • Resulta necesario garantizar la expedición de un documento (sello de recepción en el cargo si se permite presencialmente o correo electrónico u otro medio) que acredite indubitablemente la presentación del pliego de reclamos. En algunos casos es probable que nuestro empleador proceda a la devolución del pliego de reclamos, sin embargo ya tendremos en nuestro poder dicho documento con la fecha de su presentación. • En el caso de que la Comisión Negociadora de la empresa atienda nuestro pliego de reclamos y decida convocarnos a trato directo, es imperativo participar e instalar esta etapa de la negociación colectiva y continuar con el procedimiento. • En el caso de que la empresa decida no convocar a trato directo de inmediato la representación sindical procurará impulsar el procedimiento, solicitando la instalación de esta etapa. La solicitud deberá observar la misma formalidad de presentación del pliego de reclamos, esto es, por escrito o mediante herramientas virtuales. • Ante la negativa de la empresa de convocar a reunión de trato directo, la Comisión Negociadora de los trabajadores debe cuestionar este hecho ante la Dirección Regional de Trabajo, o ante la Dirección General cuando se tramite el pliego de reclamos de ámbito supra regional. • Se recomienda la continuidad del diálogo con los representantes de las empresas, en tanto las gestiones que viene realizando la Federación logren finalmente la derogatoria del Decreto de Urgencia N° 014-2020. 2.3. Actividad sindical inherente a la tramitación del pliego de reclamos. • EXHORTAMOS a nuestros dirigentes de base, a informar periódica y adecuadamente a nuestros afiliados, sobre la tramitación de la negociación colectiva para el período 2021. Lima, 13 de noviembre de 2020. COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL

Luz y Fuerza

4


FUNDADA EL 01 DE DICIEMBRE DE 1,963

Lima, 22 de octubre de 2020 CEN-0200-2020 Señor Ingeniero JESÚS HUMBERTO MONTES CHÁVEZ Presidente del Directorio ELECTRO ORIENTE S.A. Ciudad. ASUNTO:

SALUDO POR ASUNCIÓN DE CARGO COMO PRESIDENTE DEL DIRECTORIO

De nuestra mayor consideración: Nos es grato dirigirnos a usted en representación de la Federación de Trabajadores de Luz y Fuerza del Perú, organización sindical de grado superior que representa a los trabajadores de las empresas eléctricas de generación, transmisión y distribución de todo el país, privadas y estatales, para expresarle nuestro saludo y desearle éxitos en la importante responsabilidad que asume como Presidente del Directorio de Electro Oriente S.A.. Asimismo, consideramos oportuno expresarle que, entre nuestras obligaciones señaladas en la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, también hemos asumido el compromiso de velar y contribuir a fin de que las empresas eléctricas del Estado que están bajo el ámbito del Fonafe, logren sus metas trazadas y prosigan en la búsqueda de la excelencia, lo cual beneficiará al desarrollo de nuestro país y por ende al bienestar de los trabajadores. Por otro lado, con la única finalidad de poder coadyuvar en su gestión para el beneficio de la empresa, los trabajadores y pueblo en general, le solicitamos nos conceda una Reunión de Trabajo en la fecha y hora que usted estime conveniente, ocasión en que expondremos nuestras propuestas y/o planteamientos, pues creemos firmemente que con la apertura al diálogo alturado y respetuoso se puede encontrar los caminos para la solución de la problemática laboral y otros aspectos de índole administrativo, de ser el caso. Sin otro particular y a la espera de su respuesta nos suscribimos de usted, reiterándole nuestra especial consideración. Atentamente,

WENINGER VELA RÍOS SECRETARIO GENERAL

LUIS ORIHUELA GALINDO SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN

JESÚS RODRÍGUEZ SOTO SECRETARIO DE PRENSA, PROPAGANDA Y DIFUSIÓN Jr. Chancay Nº 747

Luz y Fuerza

Lima 1 - Perú

Telefax 425-0124

5


Luz y Fuerza

6


Luz y Fuerza

7


Luz y Fuerza

8


Luz y Fuerza

9


FUNDADA EL 01 DE DICIEMBRE DE 1,963

Lima, 03 de noviembre de 2020 CEN-0204-2020 Señor Ingeniero JESÚS HUMBERTO MONTES CHÁVEZ Presidente del Directorio ELECTRO ORIENTE S.A. Ciudad. ASUNTO: RETIRO DE TODA LA PLANA GERENCIAL Y SOLUCIÓN DE LA PROBLEMÁTICA EXISTENTE EN ELECTRO ORIENTE S.A. De nuestra mayor consideración: Nos es grato dirigirnos a usted en representación de la Federación de Trabajadores de Luz y Fuerza del Perú, para saludarlo cordialmente y, a la vez, manifestarle que con la finalidad de contribuir en la buena gestión de Electro Oriente S.A. mediante la presente le solicitamos interponga sus buenos oficios para que se atienda y solucione la PROBLEMÁTICA ADMINISTRATIVA, ECONÓMICA Y LABORAL que por mucho tiempo viene arrastrando dicha empresa, ocasionada por una GESTIÓN INADECUADA a causa del mal desempeño de los actuales funcionarios. Ante esta circunstancia, entre otras medidas correctivas, planteamos a usted, y al nuevo Directorio que preside, el retiro de toda la plana gerencial de Electro Oriente S.A. Cabe señalar que esta situación se viene agravando día a día, es más, los trabajadores están muy desalentados en el desarrollo de sus labores, debido a que vienen soportando actos de represalia y/u hostilización que sistemáticamente vienen efectuando los funcionarios que aún se encuentran en ejercicio. Es preciso informarle que los trabajadores organizados de todo el ámbito geográfico de la empresa han hecho conocer a través de sendos documentos (memoriales y otros) toda la problemática existente a los poderes Ejecutivo y Legislativo, así como a los anteriores miembros del Directorio y a los altos directivos de Fonafe, sin que hasta la fecha sean atendidas sus denuncias y requerimientos, consecuentemente, no se han tomado las acciones correspondientes y, por ende, las medidas correctivas que este caso amerita largamente. A fin de sustentar nuestra exigencia, adjunto remitimos los memoriales y documentos referidos en el párrafo anterior, los mismos que se explican por sí solos. Jr. Chancay Nº 747

Luz y Fuerza

Lima 1 - Perú

Telefax 425-0124

10


FUNDADA EL 01 DE DICIEMBRE DE 1,963

Por último, consideramos oportuno expresarle que, entre nuestras obligaciones señaladas en la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, también hemos asumido el compromiso de velar y contribuir a que las empresas eléctricas del Estado, que se encuentran bajo el ámbito de la Corporación Fonafe, logren sus metas trazadas y prosigan en la búsqueda de la excelencia del servicio, lo cual beneficiará al desarrollo de nuestro país y por ende al bienestar de los trabajadores. Sin otro particular y agradeciéndole por su gentil atención nos suscribimos de usted, reiterándole nuestra especial consideración. Atentamente, Atentamente,

WENINGER VELA RÍOS SECRETARIO GENERAL

LUIS ORIHUELA GALINDO SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN

VÍCTOR HUAROC ORELLANA SECRETARIO DE DEFENSA

JESÚS RODRÍGUEZ SOTO SECRETARIO DE PRENSA, PROPAGANDA Y DIFUSIÓN

EDUARDO AMÉSQUITA OCAMPO SECRETARIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Jr. Chancay Nº 747

Luz y Fuerza

Lima 1 - Perú

Telefax 425-0124

11


Luz y Fuerza

12


Luz y Fuerza

13


Lima, 20 de noviembre de 2020 CEN-0212-2020 Señor HUMBERTO ACUÑA PERALTA Presidente de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República CONGRESO DE LA REPÚBLICA Presente. De nuestra consideración: Nos dirigimos a Ud. en representación de la gloriosa FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA DEL PERÚ, a efecto de expresarle lo siguiente: 1. La Federación de Trabajadores de Luz y Fuerza del Perú es una organización sindical de grado superior, a la que se encuentran afiliados casi el 100% de los sindicatos constituidos en las empresas del sub sector eléctrico nacional, en su gran mayoría empresas del Estado que se rigen por los lineamientos del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, las cuales, por su naturaleza y organización económica, cuentan con un presupuesto anual que no depende del Presupuesto del Gobierno Central. 2. Con fecha 04 de diciembre de 2012 se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 – Ley N° 29951, en cuya Quincuagésima Octava Disposición Complementaria Final, el Parlamento Nacional, entendemos que equivocadamente, aprobó una disposición ajena a la materia económica y financiera que la citada norma reguló y por la que se lesionó el derecho constitucional a la negociación colectiva, previsto en el Artículo 28° de la Carta Política. La Quincuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, de manera tácita prohibió incrementos remunerativos vía negociación colectiva, al disponer que estos procedimientos sólo podrán contener condiciones de trabajo, configurándose de esta manera una grosera intervención y afectación al Principio de Libertad Sindical en su acepción colectiva. 3. Tal como lo hemos venido reclamando, dicha arbitrariedad e injerencia en los procedimientos de negociación colectiva en las empresas del Estado, específicamente en las empresas del sub sector eléctrico, a la fecha no ha sido sustentada por la Representación Nacional en motivaciones de orden económico u otra índole que justifiquen su aprobación, motivo por el cual hemos exigido su DEROGATORIA. 4. Contrariamente, de este Poder del Estado, así como del Ejecutivo, sólo hemos recibido “intenciones” y “mesas de diálogo” para dar solución a nuestro reclamo, gestos que consideramos insuficientes.

Luz y Fuerza

14


5. Nuestro pedido de derogatoria no sólo se ampara en los graves efectos que ha causado la vigencia de esta norma en las negociaciones colectivas desde el año 2013 hasta la actualidad, sino además en sólidos pronunciamientos del Tribunal Constitucional y de la Corte Suprema de Justicia de la República. En este último caso, la máxima instancia judicial de nuestro país estableció el carácter lesivo de cualquier norma jurídica que pretendería impedir que a través de la negociación colectiva las partes puedan acordar incrementos a las remuneraciones (Sala Constitucional y Social Permanente – Ejecutoria Suprema del 10 de noviembre de 2011 dictada en el EXP. N° 2491-2011). 6. Como es de conocimiento general, luego de la lucha legal desplegada desde el año 2013 por los sindicatos de las empresas del Estado conformantes de nuestra Federación, así como por una gran mayoría de trabajadores de empresas sujetas a la Corporación FONAFE, afectados por la vigencia de la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, publicada en diciembre de 2012, luego de un exhaustivo examen jurídico el Tribunal Constitucional -mediante sentencia del 03 de setiembre de 2015 (Exp. 003-2013-PI/TC, Exp. 004-2013-PI/TC y Exp. 023-2013-PI/TC)- declaró inconstitucional la prohibición de incrementos remunerativos a través de la negociación colectiva, consecuentemente, a partir de la publicación de la sentencia del 03 de setiembre de 2015, debió quedar derogada la Quincuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951. No obstante, y aún cuando el Artículo 204 de la Constitución Política del Estado establecía que al día siguiente de la publicación de la sentencia de inconstitucionalidad la norma así declarada quedaba sin efecto, el Tribunal decretó una suspensión del fallo expedido, el mismo que a la fecha se encuentra largamente excedido. 7. En ese sentido, en representación de nuestros afiliados a nivel nacional, exigimos al Poder del Estado que usted representa cumpla con derogar la Quinquagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, norma que conforme a sus propios términos se encuentra vigente hasta la fecha, ello a fin de no seguir lesionando irreversiblemente nuestro derecho constitucional a la negociación colectiva. Por tales consideraciones, y a efecto de mantener un clima de paz laboral en nuestro país, la FEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA DEL PERÚ le reitera nuestro pedido a fin de que se derogue esta norma en la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021. Atentamente,

WENINGER VELA RÍOS SECRETARIO GENERAL

LUIS ORIHUELA GALINDO SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN

VÍCTOR HUAROC ORELLANA SECRETARIO DE DEFENSA

JESÚS RODRÍGUEZ SOTO SECRETARIO DE PRENSA, PROPAGANDA Y DIFUSIÓN

EDUARDO AMÉSQUITA OCAMPO SECRETARIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Luz y Fuerza

15


FUNDADA EL 01 DE DICIEMBRE DE 1,963

Lima, 09 de noviembre de 2020 CEN-0210-2020 Señor Ingeniero ZHORZHIK HUACO ARENAS Gerente General (e) EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA DEL SUR S.A. – EGESUR S.A. Tacna.De nuestra mayor consideración: Nos dirigimos a usted en representación de la Federación de Trabajadores de Luz y Fuerza del Perú, a efecto de expresarle nuestro ABIERTO RECHAZO a la reiterada conducta antisindical y contraria a la normativa nacional, asumida por su representada en agravio de los dirigentes del Sindicato Único de Trabajadores de Centrales Aricota y Anexos - SUTCAA. Con fecha 05 de noviembre último -con plena observancia de los plazos dispuestos en el Artículo 16° del Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, modificado por Decreto Supremo N° 003-2019-TR-, solicitamos a su representada dar las facilidades sindicales de licencia, pasajes y viáticos para nuestro Secretario de Formación y Capacitación Sindical del Comité Ejecutivo Nacional de nuestra organización compañero IVÁN ROJAS RAMÍREZ, quien, además, es Secretario General del SUTCAA, por los días 11, 12 y 13 de los corrientes más el término de la distancia, a efecto de desarrollar labores inherentes al cargo sindical de manera presencial participando en las coordinaciones que el Comité Ejecutivo Nacional de nuestra Federación viene desarrollando ante el Congreso de la República. No obstante, de manera unilateral y mediando una justificación de orden funcional (“el centro de control no dispone para poder cubrir tus turnos”), Egesur S.A. ha negado la atención de nuestra solicitud lesionando el ejercicio de la libertad sindical de nuestro dirigente nacional, pedido que, en atención a los plazos previstos y señalados en el Reglamento de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, debió ser inmediatamente solucionado y subsanado por Egesur S.A. relevando la actitud del señor RICARDO ORTEGA LAMBERT, quien, en su condición de Jefe del Departamento de Control, niega la solicitud de licencia sindical a nuestro afiliado y dirigente. Al respecto, una vez más debemos remarcar que, de conformidad con reiterados pronunciamientos de la máxima autoridad en fiscalización laboral e interpretación de la normativa laboral, SUNAFIL ha señalado que el otorgamiento de la licencia sindical no constituye una facultad del empleador, sino que es una obligación de éste, tal y como lo ha precisado en la Resolución de Intendencia N°017-2014-SUNAFIL/ILM: “Que de lo expuesto anteriormente, se aprecia que en el tema de las licencias sindicales no nos encontramos ante una facultad del empleador, quien en ejercicio de su poder de dirección podría autorizarlas o denegarlas, sino que por mandato imperativo de la ley se encuentra Jr. Chancay Nº 747 Lima 1 - Perú

Luz y Fuerza

Telefax 425-012

16


FUNDADA EL 01 DE DICIEMBRE DE 1,963

obligado a otorgarlas siempre que estén referidos a asistir a reuniones, cursos de formación, seminarios, congresos y conferencias sindicales”. Por otro lado, advertimos, de la solicitud formulada para nuestro afiliado y dirigente compañero Iván Rojas Ramírez, que esta cumple con la exigencia prevista por el Tribunal Constitucional en su STC N° 6037-2013-PA/TC, motivo por el cual la sola alegación de un directivo de rango medio, como lo es el jefe del Departamento de Control de Egesur S.A., no puede lesionar la LIBERTAD SINDICAL reconocida en Convenios Internacionales y la propia Constitución del Estado. Finalmente, le señalamos que los Decretos de Urgencia y normas complementarias emitidas por el Gobierno Nacional en ningún momento han restringido el ejercicio de la Libertad Sindical, contrariamente los reafirma tal y como lo dispone el Decreto Legislativo N° 1499, motivo por el cual estaremos informando de esta abierta lesión a derechos fundamentales a la Comisión de Trabajo del Congreso de la República, a efecto de que solicite los informes correspondientes y, en consecuencia, emita el pronunciamiento respectivo. En conclusión, dejamos constancia que su representada viene efectuando de manera permanente estos actos violatorios de normas nacionales e internacionales sobre libertad sindical en contra de nuestro dirigente, y otros afiliados sindicales de Egesur S.A., hechos que haremos conocer a las instancias correspondientes para que se dicten las medidas correctivas pertinentes. Sin otro particular, y a la espera de su pronta atención mediante la enmienda perentoria de este atropello, nos despedimos de usted.

Atentamente,

WENINGER VELA RÍOS SECRETARIO GENERAL

LUIS ORIHUELA GALINDO SECRETARIO DE ORGANIZACIÓN

VÍCTOR HUAROC ORELLANA SECRETARIO DE DEFENSA

JESÚS RODRIGUEZ SOTO SECRETARIO DE PRENSA, PROPAGANDA Y DIFUSIÓN

EDUARDO AMÉSQUITA OCAMPO SECRETARIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS Jr. Chancay Nº 747 Lima 1 - Perú

Luz y Fuerza

Telefax 425-0124

17


Luz y Fuerza

18


Luz y Fuerza

19


Luz y Fuerza

20


Luz y Fuerza

21


Luz y Fuerza

22


La crisis del periodismo peruano

E

l periodismo en el Perú ha dejado de ser periodismo y se ha convertido en un simple abanico de artículos de opinión y sobre todo se utiliza para una manipulación de masa a través de la desinformación que favorece a los que asumen sus inmensos sueldos. La mayoría de los periodistas que hoy trabajan en el Perú solo opinan, pero no investigan, no cruzan datos, no relativizan lo propio, no van en busca de nuevos ángulos, no se informan, su única fuente es el internet y hace mucho que no leen libros de historia, economía, antropología o filosofía (“¿Para qué sirve eso?”, dirán algunos”). En realidad, muchos de nuestros periodistas no deben leer casi nada. Durante los procesos electorales, ha quedado claro que se trata de un periodismo manipulador y monocorde. Son realmente poquísimos los que dan ejemplo de profesionalismo. La mayoría son los hijos pasivos de los 90s. El problema, el gravísimo problema, es que al hablar de la crisis del periodismo peruano casi nadie se siente aludido. El problema es que cuando se dice que tenemos el peor periodismo la de región nadie se siente aludido: ¿Mónica Delta se siente aludida? ¿Juan José Garrido se siente aludido? ¿Sol Carreño se siente aludida? ¿Roxana Cueva se siente aludida? No, probablemente ninguno de ellos se siente aludido. Todos ellos (y muchos más) están convencidos de que hacen un “buen trabajo”. Como ciudadanos todos tenemos derecho a opinar, y es muy bueno que eso se haga, pero un periodista debe ser mucho más que sus propias ideas. Un periodista (al menos, en teoría) es alguien que ha optado por mostrar la realidad en sus múltiples aristas –en su “sobre determinación”, diríamos en la academia- y no alguien que se comporta como un “genio maligno” que manipula para intentar convencernos de sus inercias políticas. Esa incapacidad de investigar, de salir de la propia ideología, es lo que hoy no se ve, o se ve muy poco, en el periodismo peruano. Es eso lo que lo ha vuelto una profesión que se sigue degradando día a día ante la sonrisa de una Lorena Alvarez que seguro se siente una gran periodista y, más aún, una correcta ideóloga. Más allá de haberse hecho el bacán (y haber querido convencernos de que sabe algo de semiótica) René Gastelumendi ahora debería concentrase en estudiar el suplemento escondido del capitalismo mundial y comenzar a rebuscar cuál es la real función de las compañías off shore en el Perú: ¿Yoshiyama o Kuczynski? Insistamos: ¿Raúl Vargas cree que cumple un papel correcto? Por aquí, en el Perú, cuando se habla de esto, nadie se siente aludido porque nos hemos vuelto una cultura sin capacidad para la autocrítica, una cultura evasiva de sus propias crisis. Federico Salazar y Nicolás Lucar ya son casos irrecuperables pero el problema es que muchos otros ni se dan cuenta; casi todos están absolutamente convencidos de que no lo hacen tan mal. Mario Ghibellini, por ejemplo (uno de los que, más allá de sus ideas, intenta hacer algo mejor) no aceptó ninguna crítica y casi suscribió la idea de que la prensa trataba a todos por “igual”; podríamos seguir enumerando, pero, con toda honestidad, quedaría chico el papel. Aporte del c. Luis Orihuela Galindo Secretario de Organización CEN FTLyFP

Luz y Fuerza

23


La desconexión digital en el ámbito laboral Como hemos observado, con el transcurrir de los meses, luego de iniciada la cuarentena, nos hemos ido percatando que el trabajo en casa era mucho mayor que el trabajo que se realizaba en la empresa, pues en muchas ocasiones no se discierne el tiempo de la jornada laboral con el descanso en el seno privado personal y familiar, cuando -en puridad- debería haber un balance o mejor gestión entre ambos tiempos. Ello, debido a que gracias a las herramientas de la tecnología existe una constante e inmediata conectividad con el empleador y, donde muchas veces te encuentras “atado al trabajo”. Asimismo, en muchas ocasiones el empleador suele pensar que el trabajador -al encontrarse en su casa- está a su disposición 24 horas/7 días, es decir, a toda hora y a cualquier momento, cuando -en realidad- se debe respetar las jornadas laborales y no realizar coordinaciones de trabajo fuera de la jornada laboral (ya sea vía correos electrónicos, llamadas, reuniones vía plataformas virtuales, etc.), pues sólo así se respetará el “espacio personal” del trabajador. Por ello, es que ahora se viene hablando de la desconexión digital. Ante las relaciones laborales cada vez más conectadas digitalmente y ante los cada vez más difuminados tiempos dedicados al trabajo frente a la intimidad personal y familiar, la desconexión digital tiene como finalidad -justamente- preservar la salud física y mental del trabajador, garantizando las condiciones de descanso (de ocio) y de su aislamiento frente a toda herramienta digital que involucre a la relación laboral. Así, frente a trabajadores más y mejores descansados y con una correcta conciliación entre los tiempos laborales y personales, siempre serán más competitivos, eficaces y eficientes, generando el win to win (ganar para ganar) de ambas partes de la relación laboral. La desconexión digital no solo preserva la salud física y mental del trabajador frente a una posible sobrecarga laboral, sino que con ello se respeta también la dignidad del trabajador, siendo este un valor y un derecho constitucionalmente protegido. La desconexión digital es un derecho de los trabajadores y, en contraposición, es un deber de los empleadores, por lo que en los últimos meses se dio la necesidad de que se regule esta figura de la desconexión digital, teniendo en cuenta que, debido a la pandemia, nuestra conectividad digital en el plano de las relaciones laborales ha sido acelerada y se ha dinamizado, siendo parte de nuestro día a día y, más que seguro, continuará siendo parte en la etapa post pandemia. Así, tanto se venía hablando en nuestro país sobre el derecho a la desconexión digital del trabajador que por primera vez se hizo alusión a dicha figura mediante el Decreto de Urgencia N° 127-2020, el cual en su Única Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto de Urgencia N° 127-2020, indicándose que es una obligación del empleador el respetar el derecho a la desconexión digital del trabajador y es un derecho de éste de desconectarse de todos los medios digitales utilizados para la prestación de servicios durante los días de descanso, licencias y períodos de suspensión de la relación laboral. Así, también se ha establecido que el empleador no puede exigir al trabajador la realización de tareas o coordinaciones de carácter laboral durante el tiempo de desconexión digital. Asimismo, para los trabajadores no comprendidos en la jornada máxima de trabajo, es decir, los trabajadores de dirección, los que no se encuentran sujeto a fiscalización inmediata de la jornada y los que prestan servicios intermitentes, se ha establecido que el tiempo de desconexión digital debe ser, de al menos, 12 horas continuas en un período de 24 horas, además de los días de descanso, licencias y períodos de suspensión de la relación laboral.

Luz y Fuerza

24


Ahora bien, creemos que esta referencia a la desconexión digital es un gran avance para los derechos de los trabajadores, sin embargo, al referirse a que “el empleador no puede exigir al trabajador la realización de tareas o coordinaciones de carácter laboral durante el tiempo de desconexión digital” ¿Qué quiere decir? En este contexto, ¿solo no puede exigir las realizaciones o coordinaciones de tareas? o, inclusive, ¿el empleador no puede ni si quiera enviar o coordinar las tareas durante el tiempo de desconexión digital? La norma no hace referencia a que el empleador deba abstenerse de enviar o coordinar tareas durante el tiempo de desconexión digital, por lo que no estaría prohibido al tratarse solo de instrucciones para efectos de que las realice cuando inicie nuevamente su jornada laboral; sin embargo, lo que consideramos recomendable es que los empleadores solo efectúen dichas coordinaciones durante la jornada laboral, en aras del fin primordial de la norma. Aporte del c. Víctor Huaroc Orellana Secretario de Defensa CEN FTLyFP

Derechos laborales

Los derechos fundamentales en el trabajo pueden contribuir a lograr una mejor reconstrucción después de la COVID-19 Los derechos y principios fundamentales relacionados con el trabajo pueden desempeñar una función primordial a los efectos de recuperación frente a la crisis de la COVID-19, y contribuir a una reconstrucción del mundo del trabajo más adecuada y equitativa, según un nuevo informe de la OIT. Comunicado de prensa | 28 de octubre de 2020

Los principios y derechos fundamentales en el trabajo pueden desempeñar una función primordial en la adopción de medidas de respuesta eficaces y consensuadas que faciliten la recuperación frente a la crisis de la COVID-19 y contribuyan a una reconstrucción más adecuada y justa del mundo del trabajo, según un nuevo informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Luz y Fuerza

25


Sin embargo, en el informe se señala que la crisis ha conllevado un mayor riesgo para las libertades y los derechos laborales, habida cuenta del nivel más elevado de pobreza, desigualdad y vulnerabilidad que deben afrontar los países. En el informe Issue paper on COVID-19 and fundamental principales and rights at work (Documento temático sobre los principios y derechos fundamentales en el trabajo frente a la COVID-19) se proporciona información pormenorizada sobre los efectos de la pandemia de COVID-19 en el trabajo infantil, el trabajo forzoso, la discriminación, la libertad de asociación y la negociación colectiva. Se aborda la manera de invertir los procesos que propician la informalidad, la pobreza y la explotación, a fin de facilitar una mejor reconstrucción, en beneficio de todos. Se señala que aún no se ha atendido a la acuciante necesidad de dar una respuesta integrada a la pandemia. En el documento, publicado por el servicio FUNDAMENTALS de la OIT, se abordan los cuatro principios y derechos fundamentales en el trabajo, a fin de hacer frente al trabajo forzoso, al trabajo infantil y a la discriminación, y garantizar la libertad de asociación y la negociación colectiva; por otro lado, se subraya la importancia de aplicar esos principios al adoptar medidas de respuesta frente a la COVID-19, a fin de garantizar la inclusividad de esas medidas. En los resultados del informe se destaca que las restricciones en materia de libertad de circulación y celebración de reuniones públicas, impuestas en el marco de determinadas medidas de respuesta para luchar contra la pandemia a escala nacional, dificultan “la observancia de los derechos de libertad de asociación y de negociación colectiva, tanto en el plano legislativo como en el de su aplicación, y que ello es a su vez un obstáculo para la formulación de medidas de respuesta frente a la crisis sobre la base de un consenso social”. Según se desprende de las conclusiones del informe, se ven afectadas, en particular, 2.000 millones de personas que trabajan en la economía informal, que con frecuencia carecen de voz representativa colectiva. Las recientes iniciativas encaminadas a identificar y abordar casos de trabajo infantil y trabajo forzoso en cadenas de suministro mundiales también están en riesgo, “habida cuenta de los esfuerzos desplegados a todos los niveles por las empresas para hacer frente a la crisis y a la enorme reducción de demanda que se ha producido”. “La defensa de la vida humana debe ser nuestra prioridad... La protección de los medios de subsistencia facilita nuestra labor al respecto.” Francesco d’Ovidio, funcionario encargado del servicio FUNDAMENTALS Se ha constatado que los efectos económicos de la pandemia, entre otros, exacerban el trabajo infantil, puesto que las familias se ven obligadas a encontrar nuevos medios de subsistencia para sobrevivir. También propician la servidumbre por deudas y una mayor dependencia de organismos y plataformas de contratación informales que dejan a los trabajadores más expuestos a casos de explotación. Por otro lado, el acceso a una educación de calidad es fundamental para evitar el trabajo infantil. A lo largo de este año, 1.500 millones de niños se han visto afectados por el cierre de escuelas. Un tercio de esos niños no pueden tener acceso a sistemas de enseñanza a distancia, y muchos de ellos dependían de la comida que recibían gratuitamente en centros escolares y de las ayudas económicas que percibían por asistir a la escuela. En el documento también se destaca la preocupación por el hecho de que, en algunos países, los recursos para brindar apoyo a víctimas y supervivientes de casos de trabajo forzoso se están reasignando a la adopción de medidas de respuesta frente a la pandemia. La crisis de la COVID-19 también ha puesto de relieve la discriminación de determinados grupos de trabajadores y la arraigada desigualdad de género en los mercados de trabajo

Luz y Fuerza

26


y en la prestación de servicios de atención comunitaria no remunerados. En el documento se propone asimismo un marco de políticas basado en cuatro pilares para hacer frente a la COVID-19, en consonancia con las normas internacionales del trabajo. Éstas abarcan la promoción de la economía y del empleo; el apoyo a las empresas y el fomento del empleo y de los ingresos; la protección de los trabajadores en el lugar de trabajo; y la eficacia del diálogo social para la búsqueda de soluciones. “La defensa de la vida humana debe ser nuestra prioridad”, señaló Francesco d’Ovidio, funcionario encargado del servicio FUNDAMENTALS. “La protección de los medios de subsistencia facilita nuestra labor al respecto. La eficacia de esos principios fundamentales obedece principalmente a su interrelación y fortalecimiento mutuo. Al formular nuestras políticas con arreglo a dichos principios se sientan las bases de una recuperación inclusiva en los planos social y económico, a tenor de las necesidades de las personas más vulnerables”.

Informe conjunto OIT/CEPAL Se prevé que la recuperación post COVID-19 del mercado laboral en América Latina y el Caribe será lenta La pandemia ha provocado la peor contracción de los últimos 100 años en la región; en el segundo trimestre de 2020 se llevó por delante 47 millones de puestos de trabajo. Noticia | 10 de noviembre de 2020

SANTIAGO (OIT Noticias) – Según un nuevo informe conjunto de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), la recuperación del mercado laboral de América Latina y el Caribe tras la crisis de la COVID-19 será lenta. El informe Coyuntura Laboral en América Latina y el Caribe (nº23): La dinámica laboral en una crisis de características inéditas: desafíos de política indica que la pandemia de COVID-19 ha provocado la peor contracción de los últimos 100 años, a un enorme costo en términos económicos, laborales, sociales y de producción.

Luz y Fuerza

27


Los efectos mayores se hicieron sentir en el segundo trimestre del año; se calcula que en ese periodo se perdieron unos 47 millones de puestos de trabajo en el conjunto de la región. Muchas de las personas que perdieron su empleo no encontraron una vía rápida de reincorporación a la fuerza de trabajo, o debieron retirarse del mercado laboral al verse inmovilizados por las medidas de confinamiento domiciliario. El retorno a los niveles de actividad económica previos a la pandemia tomará algunos años, señala el informe. Si la tasa de crecimiento medio del Producto Interior Bruto (PIB) se mantuviera estable en un 3,0 por ciento, solo recuperaría los niveles de 2019 en 2023. Sin embargo, con la tasa media del 1,8 por ciento registrada en el último decenio, habría que esperar a 2025 para que el PIB recuperara los niveles de 2019. La crisis sanitaria ha puesto de manifiesto la importancia de contar con un sector público fuerte y eficiente, que esté en condiciones de reaccionar con rapidez a las crisis de gran impacto económico y social, indican los autores del informe. Las dos organizaciones recalcan la necesidad de aplicar políticas macroeconómicas activas junto con políticas sectoriales que promuevan el desarrollo sostenible con empleo. Ello supone la ampliación de las políticas ambientales que estimulen la generación de empleo y el crecimiento, y la activación de políticas fiscales que estimulen el empleo, favorezcan los proyectos de inversión intensivos en empleo y centrados en la sostenibilidad medioambiental, además de implementar políticas industriales y tecnológicas que fomenten la capacidad productiva en los países y aumenten la competitividad. El informe conjunto indica también que la crisis ha golpeado con especial dureza a las mujeres, los jóvenes y los inmigrantes. Los grupos de trabajadores más afectados han sido los que no tienen la posibilidad de trabajar desde el domicilio debido a las características del empleo; entre ellos, las mujeres, que además de padecer la pérdida del empleo han tenido que abandonar el mercado laboral para ocuparse de la familia; los trabajadores informales afectados por la prohibición de desplazarse; los sectores relacionados con el comercio, las manufacturas, la construcción y los servicios como el turismo y el espectáculo; los trabajadores jóvenes que se estrenan en el mercado de trabajo; los trabajadores poco calificados con empleos más informales que exigen proximidad física; y las microempresas y pequeñas y medianas empresas (mipyme). La pandemia ha afectado drásticamente el empleo de las personas de entre 15 y 24 años de edad, pues hay menos puestos vacantes a nivel de acceso, menos renovaciones de los contratos temporarios y menos contrataciones. La pérdida de puestos de trabajo afectó en mayor medida a los jóvenes, cuya tasa de ocupación media en los cuatro países sobre los que se disponía de datos se redujo 7,8 puntos porcentuales, una reducción superior a la de 7,3 puntos porcentuales correspondientes al grupo de 25 o mayores. “En términos de empleo, la crisis sanitaria afectó sobre todo a los grupos vulnerables y agudizó la desigualdad en el mercado de trabajo. Las mujeres se han visto sumamente afectadas por la pérdida de empleo y la reducción de la participación en el mercado laboral. Una idea estratégica debe conectar el desarrollo sostenible con la creación de empleo”, indicaron Vinicious Pinheiro, Director de la Oficina Regional de la OIT para América Latina y el Caribe, y Alicia Bárcena, Secretaria Ejecutiva de la CEPAL en una presentación del informe conjunto a los medios de comunicación.

Luz y Fuerza

28


SINDICATOS DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA ELECTRO ORIENTE S.A. • AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA • AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA • A LA OPINIÓN PÚBLICA NACIONAL • A LAS AUTORIDADES REGIONALES Y LOCALES DE LORETO, SAN MARTÍN, AMAZONAS Y CAJAMARCA Los sindicatos que suscriben en representación de sus afiliados, todos trabajadores de la Empresa Electro Oriente S.A., así como en nuestra condición de ciudadanos de los pueblos amazónicos del Perú, denunciamos lo siguiente: 1.- Luego de varios meses de acefalía, y ante nuestras insistentes comunicaciones, con fecha 19 de octubre, mediante Acuerdo de Directorio del FONAFE, se designó como Presidente del Directorio de Electro Oriente S.A. al Ing. JESÚS HUMBERTO MONTES CHÁVEZ a quien desde el primer día de su ingreso en funciones le hemos trasladado, también de manera reiterada, nuestras preocupaciones y observaciones respecto a posibles rezagos de corrupción enquistados en nuestra empresa, todos vinculados al ahora investigado César Villanueva Arévalo, quienes habrían estado incurriendo en corruptelas y deficiente gestión afectando los intereses económicos e imagen de Electro Oriente S.A. y de sus trabajadores. 2.- No obstante, decepcionando nuestras expectativas de esclarecimiento y posibles sanciones para estos malos funcionarios, el nuevo Presidente de Directorio Ing. JESÚS HUMBERTO MONTES CHÁVEZ se ha venido negando a escuchar las denuncias de presunta corrupción, presentadas por nuestras organizaciones sindicales, Frentes de Defensa Regionales y medios de comunicación, no existiendo a la fecha ninguna acción administrativa y/o disciplinaria orientadas al esclarecimiento de estos hechos, generando en la población de las regiones donde es concesionaria Electro Oriente S.A. la percepción de continuismo y de impunidad, de la costra nefasta y corrupta que han representado los funcionarios nombrados y allegados al procesado César Villanueva Arévalo, quienes aún siguen manteniendo sus cargos con la venia del nuevo Presidente de Directorio. 3.- Prueba de lo expresado es que a la fecha no existe decisión administrativa de Electro Oriente S.A. de remover a los funcionarios que aprobaron la celebración de los anulados y lesivos Contratos G-75-2019 “Elaboración y ejecución de estrategias legales para lograr la inaplicabilidad del laudo arbitral del MEF-FONAVI que incluye acciones constitucionales, apersonamiento al proceso de nulidad de laudo y otras acciones legales para el logro del objetivo”, y G-76-2019 “Servicio de asesoría legal para el sinceramiento de la carga procesal laboral, civil, constitucional y contencioso administrativo de las sedes Loreto, San Martín, Amazonas y Cajamarca”, con la empresa PERUVIAN MANAGEMENT CAPITALES GROUPS SAC, de propiedad de Octavio Manuel Alvarado Angulo, ex jefe de campaña del procesado César Villanueva Arévalo, quien, en contra de los intereses económicos del Estado, pretendía el pago de cerca de S/. 800,000 soles por la prosecución de procesos judiciales a cargo de la asesoría jurídica de Electro Oriente S.A. y por los que se venía pagando remuneraciones a los abogados de esta entidad. 4.- Por otro lado, demostrando su complacencia con el estado actual de Electro Oriente S.A., el recientemente nombrado Presidente de Directorio no ha mostrado gestos evidentes de investigar la inacción y/o falta de control administrativo en la que habría estado incurriendo el actual Gerente General, Ing. MARTÍN ENRIQUE SALAZAR ROJAS, cuya gestión, obviando normativa expresa en materia de contrataciones con el Estado y de derecho del trabajo, habría estado favoreciendo a la empresa GEPSI SELVA SAC, persona jurídica encargada de reclutar al personal de seguridad privada externa en las diferentes sedes de Electro Oriente S.A., mediante la celebración de contratos con indicios de colusión, Luz y Fuerza

29


donde los más afectados han sido sus trabajadores, a quienes, de manera sistemática, se les ha venido incumpliendo el pago de sus remuneraciones y otros beneficios laborales (CTS y AFP), a pesar de que Electro Oriente S.A. cumple ordenada y religiosamente con sus obligaciones. Asimismo, sin agotar los supuestos de corruptela que se habrían presentado en Electro Oriente S.A., bajo esta misma administración, se encuentran los contratos ejecutados con las empresas tercerizadoras CONSORCIO SAN MARTÍN (Contrato G-106-2019) y SERVICE ONLY (Contrato G-85-2019). En el primer caso, se cuestiona el pago de Valorizaciones, pese al incumplimiento de pago de obligaciones laborales a sus trabajadores y la disparidad entre la estructura de costos presentada y el pago a realizarse a la conclusión del contrato. En el segundo caso, se denuncia la incorporación en la estructura de costos del contrato el concepto “devolución del 9% del aporte a EsSsalud” a los trabajadores, como un costo laboral mensual y no sólo en los meses de julio y diciembre, afectando el interés económico Electro Oriente S.A. 5.- Como consecuencia de las públicas denuncias de corrupción efectuadas por los actores sociales regionales, sumado al mal servicio que se ha venido prestando a nuestros usuarios, expresado en constantes cortes de fluido eléctrico y presuntos cobros excesivos e injustificados de las tarifas eléctricas, se viene generando un creciente hartazgo y reclamo de la población en las áreas geográficas de concesión a Electro Oriente S.A., habiéndose producido en estos lugares recientes movilizaciones de rechazo a la actual gestión y han exigido urgente atención a la problemática de los generadores eléctricos de Requena, Nauta, Contamana, Caballococha, Indiana, Tamshiyacu, Orellana, El Estrecho, Islandia, Santa Rosa, Petrópolis y otros pueblos de nuestras regiones, a los que no se les viene otorgando fondos necesarios para garantizar su operatividad, con grave afectación a sus pobladores. 6.- Por lo expuesto, ante la indiferencia e inercia del nuevo Presidente del Directorio de Electro Oriente S.A., las organizaciones sindicales suscribientes, en concordancia con la “Declaración sobre la Lucha Contra la Corrupción” expresada en la Sesión N° 117 del ACUERDO NACIONAL, EXIGIMOS a nuestras máximas autoridades públicas, a quienes nos dirigimos, lo siguiente: • Remoción inmediata de sus cargos de todos aquellos funcionarios y directivos nombrados en Electro Oriente S.A. bajo el ejercicio como Primer Ministro del ahora investigado César Villanueva Arévalo. • Investigaciones inmediatas, céleres e independientes que identifiquen y determinen a los corruptos, sean públicos o privados, que ha venido saqueando los dineros de Electro Oriente S.A., retrasando el desarrollo de nuestros pueblos. • Imposición de sanciones ejemplares para aquellos funcionarios corruptos que, traicionando los Principios de la Ley del Código de Ética del Funcionario Público, se han venido beneficiando con el mal uso de la función pública. • No a la IMPUNIDAD de los corruptos. Lima, diciembre de 2020. SINDICATO DE TRABAJADORES DE ELECTRO ORIENTE S.A. LORETO Y ANEXOS SINDICATO DE TRABAJADORES DE ELECTRO ORIENTE S.A. SAN MARTÍN Y ANEXOS SINDICATO DE TRABAJADORES DE ELECTRO ORIENTE S.A. MOYOBAMBA Y ANEXOS SINDICATO DE TRABAJADORES DE ELECTRO ORIENTE S.A. AMAZONAS-CAJAMARCA

LUZ Y FUERZA es un Boletín Informativo Sindical de la Federación de Trabajadores de Luz y Fuerza del Perú. La Federación de Trabajadores de Luz y Fuerza del Perú es una organización sindical de grado superior constituida para defender a los trabajadores de la industria eléctrica nacional a través de un movimiento sindical de clase, amplio, solidario, democrático e innovador. Director: Weninger Vela Ríos, Secretario General. Editor: Jesús Rodríguez Soto, Secretario de Prensa, Propaganda y Difusión. Redacción: Comité Ejecutivo Nacional.

Luz y Fuerza

30


Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.