3 minute read

los DHSR

Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL PORCESITO DANE No. 205690000262, NIT: 811019327-9, CÓDIGO ICFES: 090175

La rectoría (o en su defecto el directivo docente o docente que reciba el caso, la persona que el rector delegue) debe reportar la situación de presunta violencia intrafamiliar en el SIUCE (Sistema Unificado de Convivencia Escolar). La información que se registra en los respectivos sistemas, reviste características de reserva y confidencialidad, y por lo tanto su acceso, consulta y uso debe hacerse sólo por parte de personal autorizado.

Advertisement

Actividad 11. Realizar seguimiento

El seguimiento de este tipo de casos generalmente consiste en realizar las siguientes acciones: • Monitorear la apariencia física, la conducta, la asistencia y el rendimiento académico del niño, niña o adolescente con el fin de descartar la continuidad en la amenaza o vulneración de derechos. • Verificar que los casos remitidos a la Comisaría de Familia estén siendo atendidos por dicha entidad. • Reportar al Ministerio Público en caso de que la Comisaría de Familia no esté realizando la atención que le corresponde. • Establecer contacto periódico con el estudiante y su familia para evaluar la continuidad de las condiciones. • Reportar cualquier novedad a la entidad que se está haciendo cargo del caso. • En los casos de presunta violencia intrafamiliar sobre niño, niña o adolescente, el establecimiento educativo podrá ofrecer información a la familia acerca del proceso de restablecimiento de derechos del menor. Estas acciones deberán quedar soportadas mediante actas de reunión. Todas las acciones resultantes del seguimiento deben registrarse en el SIUCE o seguimientos del Comité Escolar de Convivencia.

Actividad 12. Adoptar e implementar acciones de promoción y prevención

Desde el Comité Escolar de Convivencia de la Institución Educativa se debe poner en marcha un conjunto de acciones de promoción y prevención, a través de la adopción e implementación de programas y proyectos que pueden ser ofertados por instituciones del orden municipal, departamental y nacional, que mejoren el bienestar y la calidad de vida de la presunta víctima. La realización de actividades pedagógicas desde el aula, las campañas institucionales y el abordaje en espacios como las escuelas de padres en la I.E., permiten la divulgación de los derechos de los niños y de los miembros de la familia, la visibilización de la violencia intrafamiliar, los mecanismos e instancias para su reporte y atención, entre otros.

Actividad 13. Realizar cierre del caso

El cierre del caso se realiza cuando se verifique que las acciones tomadas frente a la situación de violencia intrafamiliar fueron efectivas, es decir cuando no exista una vulneración de derechos del menor. Esto implica por un lado, realizar una evaluación de las actividades que fueron desarrolladas por la I.E. para abordar la situación de violencia intrafamiliar, El cierre del caso se realiza por parte del rector o la persona que este delegue, previa verificación del cumplimiento de las actividades de seguimiento y de las acciones de promoción y prevención que se hayan tomado respecto la situación presentada. Si se presenta una nueva situación de violencia intrafamiliar después de realizar el cierre del caso, debe generarse un nuevo reporte y aplicar el protocolo de atención establecido.

9. Clasificación de las situaciones que afectan la Convivencia Escolar y el ejercicio de los DDHH y los DHSR.

La ruta de Atención integral inicia con la identificación de situaciones que afectan la convivencia por acoso o violencia escolar, los cuales tendrán que ser remitidos al Comité Escolar de Convivencia, para su documentación, análisis y atención a partir de la aplicación del Manual de Convivencia.

Dirección: Corregimiento Porce – Municipio Santo Domingo – Antioquia Teléfono: 316 9268556 E-mail: i.e.ruralporcecito@hotmail.com

This article is from: