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Anexo. 2 formato para el préstamo de equipos de cómputo

Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL PORCESITO DANE No. 205690000262, NIT: 811019327-9, CÓDIGO ICFES: 090175

Anexo. 2 formato para el préstamo de equipos de cómputo.

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FORMATO PARA EL PRÉSTAMO DE EQUIPOS DE COMPUTO Datos del Alumno

Nombre del Alumno: _____________________________________________ F. Préstamo: ___ ___ ___ Dirección de Residencia: _____________________________ Teléfono: ______________ Grado: _____ Padre/madre Responsable: ____________________________________________ Identificación:

______________ Fecha Acordada de Devolución: ___ ___ ___

Datos del Equipo Docente que Presta: ________________________________________________________________ Sede: ____________________________ Numero de Equipo (Serial)_______________________________ Marca: ____________________ Serie: ____________ Cargador Si__ No__ Mouse Adicional Si__ No__ Teclado Adicional Si__ No__

Sobre el servicio: 1. El préstamo de computadoras portátiles es con la intención de apoyar las actividades de carácter académico. 2. Sólo podrá ser utilizado por los alumnos o profesores del I.E.R PORCESITO O SUS SEDES ANEXAS. 3. El Usuario tendrá derecho a solicitar un equipo por un periodo de un (1) semestre con posibilidad de renovación siempre y cuando no haya otra solicitud de apartado. 4. El Usuario deberá devolver el equipo en las mismas condiciones en las que lo recibió, es decir, no deberá instalar programas adicionales a los ya contenidos en el equipo, ni alterar la configuración original. 7. En caso de desperfecto se deberá reportar directamente al Docente Encargado. 8. Cualquier daño detectado en el equipo de cómputo será motivo de sanción y cobro.

Sobre las sanciones: 1. Se sancionará con la suspensión del servicio de préstamo de equipos por el resto del año, a todo usuario que regrese al docente encargado un equipo de cómputo con cambios en su configuración y que sea reportada por el siguiente usuario o detectada en la entrega. El docente encargado, registrará el incidente en la ficha observadora. Lo anterior, es con apego al “Manual de convivencia”, que, en su Capítulo X, Artículo 1, Incisos d, f, g, h, i, j, k, menciona lo siguiente: “Las sanciones que pueden imponerse a los alumnos y/o maestros, por el uso y préstamo de equipos de cómputo son las siguientes: suspensión temporal del préstamo de equipos, hasta por un año, según la gravedad de la falta cometida.” 2. Se sancionará con el cobro por la reparación del daño o la reposición de la laptop (según sea el caso) y la suspensión de todos los servicios de préstamo, cuando cualquier usuario haya causado daño al equipo de cómputo o sustracción de piezas. El docente encargado, registrará el incidente en la ficha observadora. Lo anterior, es con apego al “Manual de convivencia”, que, en su Capítulo VI, Artículo 1, Incisos d, f, g, h, i, j, k, menciona lo siguiente: “Las sanciones que pueden imponerse a los alumnos y/o maestros, son las siguientes: reposición o pago del material o bien, la propiedad de la Institución que haya sido dañada, inutilizando o perdida por el alumno o docente.” 3. Se sancionará con la suspensión del servicio de préstamo de laptop por diez (10) meses, así como la reparación del daño, reposición o pago del componente que haga falta, al usuario que, teniendo una laptop en consigna, haya regresado el equipo de cómputo con sus etiquetas de seguridad violadas. Además, se aplicará una multa de $100.000 (cien mil pesos) por cada etiqueta violada. El docente encargado, registrará el incidente en la ficha observadora. Lo anterior, es con apego al “Manual de convivencia”, que, en el Capítulo X, Artículo 1, Incisos d, f, g, h, i, j, k, menciona lo siguiente: “Las sanciones que pueden imponerse a los alumnos y/o docentes, son las siguientes: reposición o pago del material o bien la propiedad de la Institución que haya sido dañada, inutilizando o perdida por el alumno y/o docente.” 4. Cualquier evento o situación no considerada dentro del apartado de sanciones, será informada al docente encargado quien señalará las directrices correspondientes.

Dirección: Corregimiento Porce – Municipio Santo Domingo – Antioquia Teléfono: 316 9268556 E-mail: i.e.ruralporcecito@hotmail.com

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Secretaría de Educación para la Cultura de Antioquia INSTITUCIÓN EDUCATIVA RURAL PORCESITO DANE No. 205690000262, NIT: 811019327-9, CÓDIGO ICFES: 090175

Sobre la reincidencia:

1. Se considerará reincidencia, cuando un usuario que se encuentre registrado en la ficha observadora, repita alguna de las conductas que son motivo de sanción. 2. Cuando se trate de la primera reincidencia, el alumno o docente recibirá una amonestación por escrito, la cual se hará constar en su expediente académico, de conformidad con el “Manual de convivencia”, en el Capítulo X, Artículo 1, Incisos d, f, g, h, i, j, k. 3. Cuando se trate de la segunda reincidencia, el alumno recibirá una suspensión total en sus derechos como estudiante, hasta por un año, según la gravedad de la falta cometida, de conformidad con el “Manual de convivencia”, en el Capítulo X, Artículo 1, Incisos d, f, g, h, i, j, k. Si está de acuerdo con todas y cada una de las anotaciones antes descritas, tanto sobre el servicio como las sanciones, firme en la parte inferior.

_____________________________ ___________________________________ Docente Encargado Padre/madre Responsable y/o docente C.C _________________________ C.C ________________________________ CEL: _________________________ CEL: _________________________

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Dirección: Corregimiento Porce – Municipio Santo Domingo – Antioquia Teléfono: 316 9268556 E-mail: i.e.ruralporcecito@hotmail.com

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