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vertebración territorial del Estado, una responsabilidad del Gobierno

La reorganización de la Guardia Civil, un horizonte incierto para las Escala de Suboficiales

El Di rector General del Cuerpo inaugura el V Congreso Nacional de Suboficiales

Más guardias civiles para mejorar la estadística mientras cierran cuarteles para atención al ciudadano por falta de efectivos

la incorporación de la mu jer a la Guardia Civil, uno de los mavores retos del Cuerpo

El Supremo anula el reglamento de destinos de la Guardia Civil por no incluir informe del impacto sobre discapacitados

Seguridad Social treme a Derechos Pasivos, c:hacia dónde se inclina la -1111

La Guardia Civil firme ante el consumo de drogas o alcohol de sus agentes

Avance de la auditoria sobre las tunciones v equivalencias de la __ escala Intermedia de Mosos con los suboficiales de la Guardia Civil

Ley Vasca de abusos policiales, contra el blanqueo del terrorismo

1976, los héroes anónimos de la Plaza de Oriente

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La vertebración territorial del Estado, una responsabilidad del Gobierno

Cientos de guardias civiles formados en el Patio de Armas del Palacio Real bajo un sol plomizo. El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez y los ministros de Defensa e Interior, Margarita Robles y Fernando Grande-Marlaska, recibían junto al director de la Guardia Civil, Félix Azón a Sus Majestades los Reyes que presidian el acto.

Era un día grande, solemne. La Guardia Civil celebraba su 175 aniversario como merece la Institución más valorada por la ciudadanía.

Para sofocar el calor, en las tribunas principales protocolo repartió abanicos verdes y sombreros de color paja con la bandera de España.

En su discurso, el Director General del Cuerpo Felix Azón hizo un guiño a la España vacía, a esos pueblos a la que la Guardia Civil históricamente ha dado protección y garantizó su continuidad: «El despliegue territorial tiene que seguir garantizando una presencia que sea eficaz y que se ajuste a las necesidades de seguridad de la ciudadanía, de forma que reciba un servicio público de calidad, sin carencias ni desventajas, porque queremos contribuir a que la llamada España vacía tenga un futuro de prosperidad y esperanza», indicó. Puso

en valor la «dinámica evolución al compás de los tiempos» que ha experimentado la Guardia Civil, sin dejar de «vertebrar la presencia del Estado en todo el territorio español».

Al mismo tiempo, en una maniobra silenciosa, muchos cuarteles de la Guardia Civil situados en pequeños pueblos, se vacían poco a poco de efectivos. No se van todos los guardias, sólo unos pocos. Quito de aquí para poner allí. Marchan a pueblos más grandes donde se reúnen con más guardias para hacer cuarteles más grandes.

Los pequeños cuarteles de pueblos pequeños, mermados de personal, son ahora más pequeños y quedan tan heridos como los propios pueblos vacíos. Morirán de inanición.

Los cuarteles de la Guardia Civil deben seguir estando presentes en la España vacía, en los pueblos y campos que la vieron nacer, crecer y sufrir.

La Guardia Civil no puede acometer semejante reorganización de forma silenciosa, sin contar con el respaldo de los partidos políticos, de los alcaldes, del pueblo. Esta decisión, la del repliegue de la Guardia Civil a unidades grandes de pueblos más grandes debilitando la vertebración territorial del Estado, es responsabilidad del Gobierno y debe hacerse con luz y taquígrafos.

Así las cosas, en el Patio de Armas del Palacio Real se vieron muchas caras rojas y sofocadas.

La reorganización de la Guardia Civil, un horizonte incierto para las Escala de Suboficiales

Ahora que estamos celebrando el 175 aniversario del Decreto fundacional de la Guardia Civil recordando los numerosos servicios prestados a la ciudadanía y el peso específico que tiene el Cuerpo en cuanto al mantenimiento del orden y la seguridad pública.

Ahora que estamos poniendo de manifiesto el gran valor institucional que tiene la Guardia Civil por su función vertebradora del Estado, de asistencia y cercanía del servicio al ciudadano, propia de la Guardia Civil desde su fundación.

Ahora que estamos reconociendo la consistencia que da la Institución en su función centralizadora, constituyéndose en muchos municipios como la única presencia de la Administración Central, con lo que ello supone, convirtiéndose en un elemento esencial de articulación de su política de seguridad.

Ahora que vemos que los ciudadanos se acercan a nuestros acuartelamientos no sólo para interponer denuncias o para realizar actos relacionados con la seguridad pública sino también para obtener información varia-

da sobre acciones o procedimientos concernientes a las distintas administraciones públicas, ya sean del ámbito local, autonómico o estatal e incluso del ámbito privado; satisfaciendo de esta forma sus necesidades de auxilio, información y atención, cumpliendo de esta forma con uno de los elementos que componen los objetivos y metas generales de la Guardia Civil, como es garantizar la seguridad pública y asistir a los ciudadanos de forma excelente y cercana, contribuyendo así al bienestar de la sociedad.

Ahora que en pleno siglo XXI existe una cantidad considerable de municipios españoles, que comienzan a carecer de servicios públicos de primera necesidad, tales como el acceso a la educación, sanidad o nuevas tecnologías.

Ahora que se reconoce que el Cuartel de la Guardia Civil con su Comandante de Puesto a la cabeza, se configura como un elemento de vital importancia a la hora frenar el avance hacia esa “España vaciada” que se hizo visible en la manifestación del pasado 31 de marzo en Madrid; pues no en vano, los alcaldes y ciudadanos que integran esas poblaciones manifiestan una férrea resistencia cuando se quiere hacer desaparecer cualquiera de los acuartelamientos del Cuerpo.

Ahora que la mera existencia de esa Casa-Cuartel, el contacto estrecho y directo con la población y el conocimiento de la demarcación territorial por parte de todos los componentes que integran el mismo, así como la capacidad de interlocución, interacción y representación institucional a todos los niveles del Comandante del Puesto, hacen que se genere una sensación de seguridad subjetiva difícilmente superable.

Ahora que todos los partidos políticos, incluyendo al que sustenta al Gobierno ac-

Consideramos al comandante de puesto el buque insignia de nuestra Escala, el ejemplo que debe extenderse a todos los demás, es lo que buscamos para todos los destinos: mando, responsabilidad y retribución.

tual, se han comprometido a impulsar medidas en todos los ámbitos para impedir la despoblación de las zonas rurales y dotarlas de todos los servicios y medios posibles que favorezcan y aumenten el atractivo para residir en ellas.

Un retirada silenciosa

Ahora después de todo esto, a la Dirección General de la Guardia Civil no se le ocurre otra cosa que empezar a quitar y cerrar acuartelamientos a escondidas. Y lo hace de facto, de forma oficiosa, utilizando para ello la detracción del personal de los catálogos de trabajo que existen en las ya mermadas plantillas de los Puestos pequeños actuales. Y todo ello para potenciar los Puestos Principales situados en las grandes poblaciones y las Unidades de Seguridad Ciudadana (USECIC) ubicadas en las Comandancias. Querer hacer un nuevo despliegue de la Guardia Civil sibilinamente y a costa de matar por inanición al Puesto pequeño nos parece fuera de lugar.

Desde ASESGC también queremos que se aumenten las plantillas de esas grandes Unidades, pero no acosta de los guardias civiles que prestan sus servicios en localidades donde su presencia constante es re-

cibida por sus vecinos como un alivio ante el abandono al que están sometidos.

Comandancias como Zamora, Palencia, León, Zaragoza, Toledo o Badajoz, son algunas de las que están viendo mermadas las plantillas de sus Puestos para integrarlas en las grandes Unidades referidas. Para ello, simplemente han empezado a detraer guardias civiles de los Puestos territoriales ubicados en las localidades más modestas o menos conflictivas dentro del ámbito rural y los destinan a las Unidades mencionadas. Y en esto pasa como con el honor, una vez que se pierden esos efectivos, no se recuperan jamás.

Estamos seguros de que esa medida no será bien recibida por los alcaldes y por los vecinos de las localidades afectadas, pues por mucho que se quiera decir, verán dis-

minuidos más si cabe, los servicios que se prestan en sus poblaciones así como la presencia de los guardias civiles en la vida cotidiana dentro del municipio.

ASESGC, contra una reorganización amplia del despliegue territorial de la Guardia Civil

A nivel Dirección General y también desde algún sector político se plantea una reorganización/cierre de unidades como respuesta a la pérdida de efectividad de las pequeñas unidades de seguridad ciudadana propiciada por la falta de efectivos (baja tasa de reposición durante la crisis económica) y una reducción del potencial de servicio como consecuencia de los derechos adquiridos por los guardias civiles en la normativa sobre jornada y horario.

ASESGC se posiciona en contra de una reorganización amplia que implique el cierre masivo de cuarteles.

¿Por qué?, la figura del Comandante de Puesto como mando de unidad territorial, que aglutina todas las capacidades, justifica las funciones directivas y ejecutivas de los suboficiales y es la piedra angular de la gran consideración e importancia que tiene la Escala de Suboficiales. El de comandante de puesto supone prácticamente 1/4 parte de los destinos de los suboficiales (1680 puestos ordinarios en toda España).

Consideramos al comandante de puesto el buque insignia de nuestra Escala, el ejemplo que debe extenderse a todos los

demás, es lo que buscamos para todos los destinos: mando, responsabilidad y retribución.

Ninguna otra organización, ni militar ni policial, dispone de una figura similar a nivel de Suboficial. Un mando de unidad territorial de estas características en el ejército se sitúa en nivel de Capitán (Compañía) y en Policía a nivel de Inspector o Inspector Jefe en comisarías pequeñas.

Esta especifica situación de los Suboficiales como comandantes de puesto, como jefes de unidad, viene propiciada por el despliegue del Cuerpo en pequeñas unidades de seguridad ciudadana por todo el territorio nacional en pequeños pueblos.

Defendiendo el despliegue territorial defendemos al comandante de puesto como figura clave y por extensión la Escala de Suboficiales.

Las claves

ASESGC por tanto, defiende la continuidad de los servicios de seguridad que presta la Guardia Civil en la España vacía, con las siguientes modificaciones:

1º.- Se debe establecer incentivos económicos y de carrera profesional para aquellos guardias civiles que prestan sus servicios en las zonas rurales mediante el establecimiento de la figura de los “puestos de baja demanda” para cubrirlos y fijar población en las zonas rurales.

2º.- Aumento de la plantilla que cubra las necesidades de los Puestos.

3º.- Reorganización de los Puestos.

• Supresión de puestos ordinarios tipo A y Puestos Auxiliares y su reconversión en áreas de investigación o atención al ciudadano dependientes de un Puesto tipo B o C.

• Creación de equipos de atestados de Compañía.

• Nivel de mando de los Puestos ordinarios, todos deben ser mandados por Suboficiales tal y como previene la OG núm. 22, dada en Madrid a 11 de septiembre de 1.998. (BOC 26) de criterios básicos sobre organización y estructura de los Puestos

• Posibilidad de eliminar puntualmente ciertas unidades territoriales cercanas por motivos estratégicos.

Más guardias civiles para mejorar la estadística mientras cierran cuarteles para atención al ciudadano por falta de efectivos

El director general de la Guardia Civil, Félix Azón, anunció en la Comisión de Interior del Congreso el aumento en 150 del número de agentes del cuerpo destinados a luchar contra los robos en las explotaciones agrarias, los llamados equipos Roca, y que ahora realizan servicio en otras unidades.

El máximo responsable del instituto armado ha reconocido que existe una sensación subjetiva de inseguridad en el campo y, por ello, ha decidido llevar a cabo en los próximos meses ese incremento del número de efectivos.

Los equipos Roca se crearon en 2013, dentro de un plan que comenzó con 55 grupos y 275 guardias, dedicados a la investigación y persecución de los robos en el ámbito rural, aunque el número se ha ido incrementando a lo largo de los años.

ASESGC quiere puntualizar sobre este anuncio que los guardias civiles integrados en los equipos ROCA no se dedican funda-

mentalmente a prevenir o a investigar los robos en el campo, esa fue la razón de su creación para satisfacer las exigencias de agricultores en 2013 en el sur de España ante los numerosos robos de aceituna.

Con el paso de los años estos equipos ROCA se han convertido en “unidades fantasma” con personal de paisano que realiza funciones de investigación y prevención en todos los ámbitos de la seguridad ciudadana, drogas, robos en industrias, integrándose incluso en algunos equipos de policía judicial. Prestan sus servicios fundamentalmente fuera de la demarcación territorial en la que están destinados y por tanto estos efectivos se detraen de los servicios uniformados de seguridad ciudadana en los vehículos de la Guardia Civil que patrullan por los pueblos o abren los cuarteles para la atención al ciudadano.

En nuestra opinión, la medida adoptada por la Guardia Civil y que ha sido anunciada por el Director General en la Comisión de Interior del Congreso, reduce la sensación

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subjetiva de seguridad entre los ciudadanos de las zonas rurales y la atención al ciudadano al detraer personal de los puestos y patrullas en la calle y tiene como objetivo fundamental mejorar la estadística en el esclarecimiento de todo tipo de delitos mediante la investiga ción o las estadísticas de aprehen siones de drogas.

Se crean por esta vía de hecho más unidades funcionales de las que carece la Guardia Civil en su estructura territorial, perjudican do seriamente la operatividad de las pequeñas unidades como los puestos que ni siquiera pueden abrir sus puertas al público por fal ta de efectivos.

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Ley Vasca de abusos policiales, contra el blanqueo del terrorismo

Las víctimas de abusos policiales cometidos en Euskadi entre 1978 y 1999 podrán ser reconocidas a través de una ley que ha aprobado este jueves el Parlamento Vasco y que modifica parcialmente otra de 2016 que no pudo aplicarse tras ser recurrida al Tribunal Constitucional por el Gobierno del PP.

PNV y PSE-EE, socios en el Gobierno Vasco que están en minoría en el Parlamento, han votado en el pleno de la Cámara de Vitoria a favor de la ley, que ha salido adelante gracias a las abstenciones de EH Bildu y Elkarrekin Podemos en la mayoría

de los artículos, mientras que el PP se ha posicionado en contra.

Esta nueva norma corre el riesgo de volver a quedar paralizada ya que el PP, según ha advertido su presidente en el País Vasco, Alfonso Alonso, no corrige los defectos de constitucionalidad y “va a volver a ser recurrida”.

Durante el debate se han producido momentos de tensión entre EH Bildu y representantes sindicales policiales, contrarios a la ley, que seguían la sesión desde la tribuna de invitados.

La Ley aprobada en 2016 de Reconocimiento y Reparación de Víctimas de Vulneraciones de Derechos Humanos en el contexto de la violencia política en la Comunidad Autónoma Vasca entre 1978 y 1999, conocida con la ley de abusos policiales, fue recurrida ante el Tribunal Constitucional por el Gobierno de Mariano Rajoy y no pudo desarrollarse.

El Ejecutivo del PP argumentó, entre otros razonamientos, que la comisión de valoración que figuraba en la norma, encargada de definir qué personas pueden considerarse víctimas de la violencia policial, no podía ejercer esta función porque es una labor que compete a los jueces.

Pero cuando llegó Pedro Sánchez a La Moncloa el Gobierno acordó con el vasco la retirada del recurso de inconstitucionalidad a cambio de que se introdujeran varios cambios que dejaran claro que su objetivo no es buscar responsabilidades de esos abusos, sino resarcir asistencialmente a los afectados.

Así, las modificaciones aprobadas especifican que no se invaden competencias reservadas al poder judicial y que su fin no es buscar responsabilidades de esos abusos, sino el de resarcir asistencialmente a los afectados.

El artículo principal establece que la vulneración de derechos humanos en un contexto de motivación política se podrá acreditar mediante la aportación de resolución judicial o administrativa que reconozca la realidad de unos hechos ilícitos pero precisa que “no podrá desconocer lo ya resuelto por la jurisdicción penal”.

Esta ley se circunscribe a las víctimas que sufrieron abusos policiales entre 1978 y 1999. Las que padecieron estas vulneraciones entre 1969 y 1978 ya han sido reconocidas a través de un decreto que aprobó en

2012 el Gobierno Vasco socialista con Patxi López como lehendakari.

Tanto el PNV como el PSE han asegurado que la nueva ley se ajusta a la Constitución y respeta la separación de poderes ya que su fin es el resarcimiento administrativo de las víctimas al margen del proceso penal.

EH Bildu ha considerado “inaceptable” que no se otorgue a estas víctimas el mismo reconocimiento que a las de ETA, para Elkarrekin Podemos la ley solo ofrece una verdad “con minúsculas” y el PP, único grupo que ha votado en contra, considera que la ley trata de buscar el “desprestigio” de las diferentes policías porque se les pone “bajo sospecha” de ser responsables de vulneraciones de derechos humanos.

Asociaciones de la Guardia Civil y sindicatos se unen contra la Ley Vasca de abusos policiales

Sindicatos de la Policía Nacional y de la Guardia Civil, así como los colectivos de víctimas del terrorismo Covite, la Asociación Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado (ACFSE) y la Asociación de Ertzainas y Familiares Víctimas del Terrorismo (ASERFAVITE) han acordado iniciar movilizaciones para visualizar su trabajo en defensa de los intereses de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FyCSE) y “trasladarán a Europa las irregularidades detectadas” en la ley vasca de abusos policiales.

Durante

el debate se han producido momentos de tensión entre EH Bildu y representantes sindicales policiales, contrarios a la ley, que seguían la sesión desde la tribuna de invitados.

Ley

Vasca de abusos policiales

La comisión de valoración que figuraba en la norma, encargada de definir qué personas pueden considerarse víctimas de la violencia policial, no podía ejercer esta función porque es una labor que compete a los jueces.

Los colectivos contrarios a la ley de abusos policiales aprobada por el Parlamento Vasco el 28 de julio de 2016, que el Gobierno de Mariano Rajoy impugnó ante el Tribunal Constitucional y cuyo recurso ha retirado el Ejecutivo de Pedro Sánchez a cambio de que se realicen modificaciones en la norma que soslayen las dudas de legalidad, se han reunido este sábado por primera vez en Vitoria.

Estas organizaciones han diseñado su “hoja de ruta” en el plano legal, “consensuando de forma unánime por parte de todos los presentes la neutralidad y la ausencia de vinculación política de las iniciativas que se lleven a cabo”.

Existe ya un recurso ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJPV por la creación de la comisión de valoración que debe evaluar a los posibles damnificados de abusos policiales y que se puso en marcha a principios de ese mismo mes, ya que, a juicio de los recurrentes, pretende sustituir la actuación de los tribunales.

Estas organizaciones han destacado la “gravedad” de la redacción del texto de la ley vasca, ya que “su ámbito de aplicación no se limita a los funcionarios públicos miembros de las FFCCS, sino que afectaría también al resto de funcionarios públicos como jueces, fiscales, forenses y funcionarios de Prisiones cuya labor se hubiese desarrollado en el ámbito de la lucha antiterrorista desde los años 60”.

El objetivo del grupo de trabajo creado al efecto se centrará en las próximas fechas en “involucrar en las acciones emprendidas a otros colectivos profesionales potencialmente afectados por la citada ley”.

Asimismo, el grupo de trabajo contra la retirada del recurso de inconstitucionalidad ha decidido de forma unánime “agotar todas las acciones legales que resulten procedentes”, incluido la interposición de una querella por prevaricación administrativa contra el Gobierno central, “una vez se concluya el estudio de toda la documentación que se está recabando, si los servicios jurídicos representados lo estiman procedente”.

Por último, han acordado iniciar durante las próximas semanas “movilizaciones, manifestaciones y concentraciones” en el ámbito social, con el fin de “visualizar su trabajo en defensa de los intereses de miembros de las FyCSE”.

Entre estas actuaciones a desarrollar han destacado la de dar “traslado a Europa de las irregularidades detectadas y de la adulteración del relato promovida desde el Gobierno Vasco”.

Sindicatos policiales, asociaciones de la Guardia Civil y víctimas se manifiestan contra la ley de abusos policiales

Los principales sindicatos de la Policía Nacional y asociaciones de la Guardia Civil, junto a tres organizaciones de víctimas del terrorismo, se han manifestado en contra de la ley vasca de abusos policiales frente a la sede del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), en Bilbao.

liciales, que, a su juicio, contiene un relato “falaz” de lo sucedido y consigue “blanquear la historia sangrienta del terrorismo de ETA”.

La concentración coincidió con la celebración en la sede del TSJPV del solemne acto de apertura del año judicial, al que cada año asisten las principales autoridades vascas, entre ellas el lehendakari, Iñigo Urkullu.

En la concentración han participado los sindicatos policiales SUP, CEP, UFP y SPP; las asociaciones de la Guardia Civil AUGC, Unión-GC, AEGC, UOGC, Aprogc, Asesgc y APC, y las asociaciones de víctimas Covite, Acfsevt y Aserfavite.

Aunque no participa en la convocatoria, el sindicato mayoritario de la Ertzaintza, Erne, apoya la concentración, entre cuyos convocantes figura la Asociación de Ertzainas y Familiares Víctimas del Terrorismo (Aserfavite).

Las organizaciones convocantes forman parte de un grupo de trabajo que elaboró un escrito en el que calificaban de “ignominia” el acuerdo entre el PSOE y el PNV para el desistimiento del recurso de inconstitucionalidad contra la ley vasca de abusos po-

El pasado 3 de agosto, el Gobierno decidió desistir del recurso de inconstitucionalidad interpuesto en mayo de 2017 contra la ley del País Vasco de reconocimiento y reparación de víctimas de vulneración de derechos humanos en el contexto de la violencia política entre 1978 y 1999, conocida como ley vasca de abusos policiales.

La concentración se desarrolló bajo el lema “En defensa del poder judicial, el honor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y la dignidad de las víctimas del terrorismo, no a la ley vasca de abusos policiales”, los convocantes reclamaban también “un relato veraz de lo ocurrido” y reivindicaron “una justicia independiente y sin intromisiones políticas”.

Entre estas actuaciones a desarrollar han destacado la de dar “traslado a Europa de las irregularidades detectadas y de la adulteración del relato promovida desde el Gobierno Vasco”

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El Supremo anula el reglamento de destinos de la Guardia Civil por no

incluir

informe del impacto sobre discapacitados

El Tribunal Supremo ha anulado el Real Decreto 848/2017 de reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil, que había sido impugnado por no incorporar a la Memoria de Análisis de Impacto Normativo un informe en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Como consecuencia de ello, en el Boletín Oficial del Cuerpo número 15 del día 09 de abril de 2019, mediante Resolución 1547 se anulan diversas resoluciones de anuncios

de vacantes que no habían sido resueltas todavía.

Esta confusa situación ha provocado una situación de incertidumbre para todos los Guardias Civiles que estaban pendientes de destino, ¿qué va a ocurrir a partir de ahora?.

Ante la inseguridad creada por esta sentencia del Tribunal Supremo y la gravedad de la situación ASESGC solicitó formalmente la convocatoria urgente de la Comisión de Destinos para que aclarara todos los aspectos relacionados con la sentencia.

La Dirección General del Cuerpo informo que la decisión es la de paralizar los destinos hasta que no se publique un nuevo Real Decreto de Reglamento de Provisión de Destinos pese a la oposición de todas las asociaciones profesionales.

Problemas técnicos y de justicia aducen en la Dirección de Guzmán el Bueno. Por un lado el aplicativo informático para resolver las vacantes que se pudieran publicar aplicando la normativa anterior debe ser rehecho y técnicamente esto tardaría tres o cuatro meses. Y por otro lado, habría que desconocer derechos preferentes perfeccionados con la normativa anulada pese a tenerlos reconocidos y consolidados lo cual podría generar situaciones muy injustas.

Los únicos destinados en este tiempo serán aquellos guardias civiles que acceden a una Escala del Cuerpo, sargentos y tenientes. Aquellos que precisamente están realizando un curso de ascenso y que la Dirección General no quiere dejar en sus unidades de origen en comisión de servicio y pretende asignarles un destino aduciendo las necesidades del servicio.

Recursos preparados

Los servicios jurídicos de las asociaciones afectadas ya están trabajando en un eventual destino aplicando el expediente de las necesidades del servicio, que más bien está orientado a cubrir un determinado puesto vacante que por sus características e importancia deba ser atendido y no para destinar a personas sin una valoración previa del puesto de trabajo vacante. Aquí se buscaría adjudicar un destino a personas determinadas y no cubrir un determinado puesto de trabajo.

La otra cara de la moneda son aquellos sargentos y tenientes que están esperando esas vacantes y que ahora ven que pueden ser cubiertas por personal más moderno obviando el principio de antigüedad.

Aducen que la Dirección General de la Guardia Civil debe anunciar periódicamente y, al menos una vez cada seis meses, las vacantes ya producidas, así como las que se prevea que vayan a producirse en los dos meses siguientes a la fecha de publicación del anuncio.

ASESGC ha aconsejado a los suboficiales interesados en una determinada vacante que crean va a ser adjudicada por necesidades del servicio que se postulen para ella aduciendo los principios de mérito, capacidad y antigüedad que establece el artículo 75.2 de la Ley 29/2014 para la provisión de destinos.

ASESGC

pide al Director General que convoque vacantes con el

Real Decreto de destinos de 2001 y no se acuda a destinos forzosos por necesidades del servicio con los suboficiales alumnos

Estas necesidades de servicio difícilmente pueden justificarse cuando se esgrimen para destinar con carácter general y no excepcional, en contradicción con otros artículos de Ley de Personal

En la sesión extraordinaria del Pleno del Consejo de la Guardia Civil celebrada el pasado día 30 de abril, la Dirección General ha dejado claro que no va a convocar destinos hasta que haya un nuevo Reglamento.

ASESGC como la mayoría de las asociaciones profesionales, está totalmente en contra de esta decisión por las injusticias que genera y por la precipitación con la que se ha tomado esta decisión que se basa en parámetros que veremos si finalmente se pueden cumplir. Nos referimos a las expectativas de que para el mes de agosto de 2019 el nuevo reglamento de destinos esté ya con el informe del Consejo de Estado elaborado.

ASESGC ha aconsejado a los suboficiales interesados en una determinada vacante que crean va a ser adjudicada por necesidades del servicio que se postulen para ella aduciendo los principios de mérito, capacidad y antigüedad que establece el artículo 75.2 de la Ley 29/2014 para la provisión de destinos.

Esto permitiría que en el mes de octubre o noviembre podría haber un nuevo reglamento. Pero esta previsión supone un tiempo record en la tramitación de un Reglamento de este calibre, sin ir más lejos el de 2017 tardó casi dos años en publicarse una vez inició su tramitación orgánica. Otra incógnita que se cierne sobre este proceso es la constitución de un nuevo Gobierno.

Con estas cuestiones encima de la mesa nuestra propuesta es cumplir con lo que establece el artículo 10 del vigente Real Decreto 1250/2001, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de destinos del personal del Cuerpo de la Guardia Civil, es decir, el anuncio periódico de vacantes ya producidas o que se prevea van a producirse antes del siguiente anuncio.

Creemos desde ASESGC que se debe dar cumplimiento a la norma en vigor pues de lo contrario se causa un notable perjuicio a muchos guardias civiles y, sobre todo, a sus familias.

La Dirección General únicamente prevé destinar a los alumnos que salen de la academia y se incorporan a las distintas escalas, pretendiendo además ha-

cerlo bajo el amparo de las necesidades del servicio. El artículo 84 de la Ley de Personal, prevé que el Ministro del Interior podrá, de forma motivada, cuando necesidades del servicio lo aconsejen, destinar o acordar el cese en un destino o denegar su adjudicación.

En nuestra opinión, estas necesidades de servicio difícilmente pueden justificarse cuando se esgrimen para destinar con carácter general y no excepcional, en contradicción con otros artículos de Ley de Personal.

Uno de ellos, es el artículo 75 que establece que los destinos se asignarán conforme a los principios de mérito, capacidad y antigüedad. Sin embargo, el uso generalizado y no excepcional de las necesidades del servicio para destinar, dilapidan esos principios que provocarán grandes injusticias y generaran una ingente cantidad de recursos administrativos.

El argumento ofrecido para no publicar vacantes de que tanto el sistema informático, como las órdenes ministeriales de desarrollo han quedado inadecuadas para adaptarse al RD 1250/2001 que recobra vigencia tras la anulación del Real Decreto 848/2017 por parte del Tribunal Supremo, deja de ser consistente en el momento que sí se va a destinar a los oficiales y suboficiales que se incorporan a sus respectivas escalas. Y se trata de un número considerable, cerca de 500 hombres y mujeres.

Otra solución, que ya ha pedido ASESGC, es que no se destinase a nadie, y solo se concediesen comisiones de servicio hasta que bajo el paraguas de un nuevo Real Decreto se anunciasen vacantes a las que todos los guardias civiles pudieran concurrir en condiciones de igualdad bajo los principios de mérito, capacidad y antigüedad, como prevé la Ley.

Así las cosas, la incertidumbre es máxima alentada por la desinformación en un asunto trascendental que afecta a las familias. Los suboficiales alumnos que se encuentran en estos momentos en la academia de suboficiales, tanto la sede de El Escorial como la de Baeza, no conocen la forma concreta en la que se materializaría el destino forzoso por necesidades del servicio y en concreto si se utilizaría el criterio de la anuencia o un destino forzoso puro sin posibilidad de mostrar preferencias. ASESGC ya pidió aclaraciones al respecto en la sesión del Consejo de la Guardia Civil del día 30 de abril sin obtener una respuesta clara, solo que se ha solicitado informe de la Dirección Adjunta Operativa, Estado Mayor y Mando de Operaciones sobre las necesidades más urgentes y que determinarían un interés especial en tener cubiertas determinadas vacantes.

Hemos pedido información, los guardias civiles y sus familias necesitan certezas sobre su futuro inmediato y que

Estas necesidades de servicio difícilmente pueden justificarse cuando se esgrimen para destinar con carácter general y no excepcional, en contradicción con otros artículos de Ley de Personal

se reconsidere la opción de anunciar vacantes conforme prevé el artículo 10 del Real Decreto 1250/2001 y en su defecto nombre una comisión de servicio en su anterior destino para los suboficiales alumnos en aquellos casos en los que sea posible y en última instancia, de acudir al expediente de necesidades del servicio, que se permita utilizar la preferencia para el destino forzoso.

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1976,

los héroes anónimos de la Plaza de Oriente

En una historia digna de ser conocida y reivindicada pública y políticamente, los autores en aquellos momentos, no supieron la grandeza y magnitud, a pesar de lo vivido y de lo que hicieron; tampoco llegaron a ser conscientes de la dimensión de sus acciones.

de diciembre de 1976, 12 horas, Plaza de Oriente, Madrid. Una fecha y un lugar que han quedado vergonzosamente en el olvido.

¿2000, 400, 500? Policías Armados y Guardias Civiles, agentes del orden, se concentraron públicamente por primera vez en la historia reclamando justas reivindicaciones: Elevación de 10.000 pesetas lineales a todos los policías armados y guardias civiles; Ser incluidos en la Seguridad Social. Igualdad con base en los trienios. Jubilación al cien por cien. Se concediesen los permisos sin cargar en el servicio. Se modificase al actual reglamento de las Fuerzas de Orden Público. Abono de horas fuera de servicio. No se tomaran represalias por estas reivindicaciones, ya que las mismas eran el sentir unánime de las Fuerzas del Orden.

Rodolfo Martín Villa era el Ministro de la Gobernación, uno de los personajes claves de la transición española, popularmente conocido como “la porra de la transición” debido a la excesiva dureza que empleaba en reprimir manifestaciones.

Esto es una breve reseña de aquel momento, donde aparecen principales protagonistas de aquella historia, desafortunadamente algunos de ellos posteriormente enjuiciados.

En aquellos entonces el Teniente Coronel Alcalá Galiano, tenía bajo su mando la zona de la Plaza de Oriente. Él ya sabría cinco días antes los rumores de la manifestación. Aunque no se tomarían en consideración a pesar de que circuló una nota reivindicativa, enviaría a doce o catorce jefes y oficiales de paisano dentro de la manifestación para que disuadieran a los manifestantes si llegaba a producirse.

Días antes, el 6 de diciembre de 1976, habría una reunión en la Casa de Campo donde un grupo de policías armadas y guardias civiles acordaría entonces la manifestación del día 17. Ya desde

ese día siguiente se darían consignas por las radios de los vehículos policiales de forma constante: “Todos a la plaza de Oriente el 17 a las 12 horas.”

Severiano Escudero, policía armada de 26 años, tuvo destacada participación en la génesis y en el desarrollo previo de la petición y en la confección previa de las reivindicaciones colectivas, mantendría reuniones anteriores con otros compañeros (incluso en su propio domicilio).

José García Macías, guardia civil de 22 años, colaboraría con Severino Escudero en la redacción del escrito de reivindicaciones, actuando como enlace entre Severino y sus compañeros guardias civiles. El día 12 de diciembre de 1976 para tratar las reivindicaciones, asistirían juntos a una reunión previa con otros cincuenta o sesenta compañeros en la plaza de Oriente, aunque finalmente decidirían reunirse en la Casa de Campo. Ambos al ser preguntados tiempo después, se referirían a dos personas que en aquella tarde llevarían la voz cantante de la reunión y parecían ser autores de la convocatoria. García Macías diría sobre ellos entonces, “no lo sé, pero iban bien vestidos. Supuse que eran mandos de la Policía Armada y de la Guardia Civil.” En esa reunión se hablaría exclusivamente de reivindicaciones de tipo laboral, sin ningún matiz político. José Luis Pérez Pérez-Gutiérrez, guardia civil de 28 años. También colaboró en el escrito de reivindicaciones.

El 16 de diciembre, la víspera de la manifestación, Francisco García Hidalgo, guardia civil de 20 años, y que en aquellos entonces prestaba servicios en el Alto Estado Mayor, haría varias llamadas al Ministerio de la Gobernación, la Dirección General de la Guardia Civil y a la Dirección General de Seguridad, para informarse cómo se iba a producir la concentración en la plaza de Oriente y la formulación de las peticiones, también llamaría a la Agencia Europa Press. Sería autor de un diario de ocho folios manuscritos en los que decía textualmente: “Hoy he participado de modo muy activo, llamando incluso a la prensa; si un jefe se entera seré expulsado del cuerpo, aunque quizá con eso me hagan un favor, mañana iré a la

Entre 400 y 2000 agentes, según las fuentes, fuerzas de Orden Público, miembros de la Policía Armada y de la Guardia Civil, se concentraron a las doce horas en la Plaza de Oriente de Madrid.

manifestación escapado.”

Los organizadores sabían lo que se jugaban, estaban sometidos a la disciplina militar y un acto como tal podría considerarse como acto de rebelión militar.

Entre 400 y 2000 agentes, según las fuentes, fuerzas de Orden Público, miembros de la Policía Armada y de la Guardia Civil, se concentraron a las doce horas en la Plaza de Oriente de Madrid. A la hora concertada los concentrados empezarían a llegar en gran número, los oficiales que, de servicio, irían a controlar la situación, y tomar nota de las posibles faltas o delitos que observaran, no darían crédito a lo que veían. Se celebraría espontáneamente una asamblea donde fueron designados dos representantes de cada cuerpo para hacer entrega, una vez ante el Ministerio de la Gobernación, de sendos escritos de reivindicaciones previamente confeccionados. En la plaza de Oriente el guardia civil García Macías aceptaría voluntariamente actuar como representante de los guardias civiles, pero sería sustituido porque estaba mal vestido para ello y porque se prefería un casado. Finalmente, Diego Artero Jiménez, guardia civil de 23 años, sería el representante designado por los guardias civiles y por la policía nacional sería Manuel Rodríguez Martínez, de 27 años.

Se presentaría en la plaza el Secretario del Partido Obrero de entonces que tomaría uso de la palabra para dirigirse a los allí presentes, éstos le dirían claramente que “ellos eran apolíticos y que sólo planteaban reivindicaciones profesionales.”

El policía armada Cándido García, de 30 años, sería requerido por el Teniente Coronel Alca-

Los organizadores sabían lo que se jugaban, estaban sometidos a la disciplina militar y un acto como tal podría considerarse como acto de rebelión militar.

lá-Galiano, que acudió a la plaza para informarse personalmente de lo que ocurría, exponiéndosele el proyecto de presentar sus peticiones ante el Ministerio, y al que le entregarían escrito similar al que luego fue presentado, dicho teniente coronel manifestaría que los problemas que planteaban en el documento se deberían discutir en otro sitio. El Teniente Coronel intentaría establecer el orden en la manifestación. Aún en la Plaza, Cándido expondría a los concentrados la propuesta del Teniente Coronel Galiano, pero una parte de aquellos no aceptaría.

Severiano Escudero leería a sus compañeros el escrito de peticiones que días antes había redactado porque los allí concentrados en la plaza querían tener conocimiento exacto de su contenido. Lo facilitaría a los dos representantes designados por policías y guardias. Posteriormente desde la plaza partirían por las calles de Madrid dirección al Ministerio de la Gobernación. Jefes

y oficiales intentarían por todos los medios que se abortara la manifestación enfrentándose a los líderes y manifestantes que más destacaban. Lo conseguirían con algunos que abandonaron al tomar conciencia de lo que estaba ocurriendo, pero la mayoría seguirían en manifestación hasta la sede de Ministerio. Severino Escudero, actuaría como dirigente durante el trayecto entre la plaza de Oriente hasta el Ministerio de la Gobernación. Circularían por la calle Amador Ríos y la Glorieta de Bernardo donde sería abucheado el General de Brigada del Ejército Jaime Chicharro, Subinspector de la Policía Armada.

Manuel de la Fuente Ruiz, policía armada de 30 años también se dirigiría por un megáfono a los congregados y reusaría a los fotógrafos indicando que no era un acto político.

Esa mañana mientras los agentes del Orden estaban manifestándose en las calles, sucedería en la antesala del despacho del Ministro Martín Villa, una conversación entre el Teniente Coronel Antonio Eleta Sequera, que en aquellos momentos era el Jefe del Estado Mayor de la Inspección General de la Policía Armada y el General Chicharro. Éste ordenaría que se bloquease la calle y que se dispersase a los manifestados. El Teniente Coronel Eleta replicaría con varios argumentos intentando hacer ver la gravedad de tal decisión. El General insistiría que era una orden que debía cumplirse, y el Teniente Coronel diría que convendría recibir a los congregados, como fórmula para solucionar la situación creada, ya que presumía que los manifestantes podían ir armados.

Estaban ya congregados enfrente del Ministerio de la Gobernación esperando ser recibidos cuando empezó a caer una fina lluvia por lo que los manifestantes, para protegerse, se pondrían gorros de papel en la cabeza. Esto sería en-

tendido por parte del General Chicharro como una provocación. El General, que sería descrito posteriormente a los hechos como una persona de una extraordinaria calidad humana, llevado por su personalidad vehemente, siendo el de mayor graduación e incapaz de tolerar aquel espectáculo, intentaría tomar medidas dirigiéndose personalmente a prender a algunos, pistola en mano. Sería agredido, un congregado le propinaría tal bofetón que general y gorra rodarían por el suelo. El general se levantaría y ordenaría que las Compañías Generales en Reserva cargaran contra los concentrados. Se negarían. Ordenaría entonces a la Guardia Civil que cargase, ésta también se negaría, se quedarían en actitud pasiva. El general sería auxiliado por Jefes y oficiales que se encontraban camuflados. Algunos narrarían este acto del General Chicharro como un acto de soberbia infinita. Manuel Martínez sería una de las personas que intentaría impedir las agresiones al general Chicharro siendo golpeado por ello por sus propios compañeros. Igualmente, Manuel de la Fuente, al ver cómo estaban golpeando al General Chicharro, intentaría impedirlo, también sería golpeado por sus compañeros. Se sentiría avergonzado de los incidentes que presenció. Manuel observaría que en la manifestación hubo oficiales de paisano que en ningún momento darían orden de disolución.

La actitud de un guardia civil que estaba de servicio en el Ministerio de la Gobernación era simpatizante con los manifestantes.

Los representantes, Diego Artero y Manuel Martínez entrarían en el Ministerio y tras entregar la petición al teniente coronel Eleta Sequera, saldrían dirigiéndose por megáfono a sus compañeros dando cuenta de la gestión realizada invitándoles a abandonar el lugar, lo que así se haría poco después. Manuel Martínez engañaría a sus compañeros diciéndoles

Para el 20 de julio de 1977 sería convocado un Consejo de Guerra contra los ocho policías armadas y guardias civiles, por manifestación sediciosa. La petición del Fiscal sería: 32 años y seis meses de prisión militar.

que no habían sido recibidos por el Ministro de la Gobernación porque en ese momento atendía “un asunto grave de Estado” y estaba despachando con el embajador de Irak. Explicaría esto para que sus compañeros se disolvieran ya que le habían instado a ello.

Sobre los dos hombres bien vestidos y que llevarían la voz cantante en las reuniones previas a la manifestación no se volverían a ver ni en la plaza de Oriente ni frente al Ministerio de la Gobernación.

Habría una gran documentación gráfica, y no gracias a los funcionarios del Cuerpo General, que entregarían sus carretes velados o con fotos desenfocadas, sino a las que obtendría el servicio de información de la Policía Armada. Éstas servirían para identificar a numerosos participantes, a sus dirigentes y agresores.

Esta fue la acción de lucha más arriesgada que se ha producido en el ámbito de la Policía Nacional y de la Guardia Civil en toda su existencia

Pocos días más tarde serían detenidos unos 400 participantes de la manifestación, y mientras unos serían amonestados pudiendo incorporarse a prestar servicio, otros sufrirían arresto domiciliario de hasta 15 días y otros serían trasladados a calabozos de la Academia de la Guardia Civil de Valdemoro y Ávila. Pocas semanas más tarde quedarían unos 200 en la cárcel de Soria, y de ellos sólo 13 serían procesados, siendo instruidas tres causas por el Juzgado Especial Militar, la primera por manifestación sediciosa, la segunda por insultos a un superior y la tercera por negligencia. Por último quedarían en libertad cuatro guardias civiles y tres policías armadas, mientras que quedarían retenidos seis policías implicados en la acusación de insultos a un superior.

Para el 20 de julio de 1977 sería convocado un Consejo de Guerra contra los ocho policías armadas y guardias civiles, por manifestación sediciosa. La petición del Fiscal sería: 32 años y seis meses de prisión militar.

Don días antes, el 18 de julio, un grupo de familiares de los policías procesados decidiría encerrarse en la parroquia enfrente a la Comisaría Entrevías de Madrid, donde se encontraba un policía armada, para llamar la atención y pedir que se amnistiara a todos los que iban a ser procesados los cuatro policías armados y cuatro guardias civiles. El 19 de julio el Jefe Superior de Policía de Madrid, el Señor Pastor Jiménez, pediría a los familiares que abandonaran el encierro y hablaría con una comisión enviada por ellos dándoles esperanzas sobre la resolución del consejo de guerra, pero ellos mantendrían su actitud argumentando que pretendían que el consejo de guerra no se celebrase y sobre todo que no tuviese lugar el segundo consejo que juzgaba la causa de insultos a un superior porque se pedían penas de hasta 20 años de reclusión menor.

El día del Consejo de Guerra, 20 de julio, acudirían un centenar de personas, la mayoría familiares de los encartados, periodistas nacionales y algunos extranjeros. La sala no estaría llena. Los ocho procesados vestirían el uniforme reglamentario, siete de los cuales se encontraban en libertad provisional hacía unas semanas, mientras que uno de ellos seguía en prisión desde la fecha de los hechos, siete meses.

Se le tomaría manifestación a todos los encartados. Uno de ellos en su declaración manifestaría que sólo cobraba 24.000 pesetas y que con ese dinero no le llegaba, por lo que su esposa acudía a la ayuda de sus padres. Todas las declaraciones prestadas por los acusados indicarían que nadie quiso que aquello tuviera relación con la política, todos se enteraron de la manifestación por rumores en las unidades, a través de la radio del vehículo policial o comentarios de los compañeros, acudirían en solitario cada uno de ellos. A todos les parecieron justas las peticiones que se formularon, en todo momento la manifestación tendría carácter civil.

Los testigos, todos ellos mandos directos de los procesados, manifestarían que los dos portavoces de los manifestantes se comportaron con corrección frente al Ministerio de la Gobernación, y que una vez que entregaron el documento, hicieron todo lo posible para que la manifestación se disolviese. Otros Jefes y oficiales testigos reconocieron que tuvieron la misión de vigilar e informar sobre lo que pasara en la manifestación.

Uno de los abogados defensores en el informe final, declararía que la manifestación era conocida por los mandos, no fue reprimida ni disuelta en ningún momento, y que la misma tenía carácter civil, dado el tipo de reivindicaciones que se planteaban.

A la una de la tarde de 22 de julio de 1977 se haría pública la sentencia del Consejo de Guerra condenando a cinco agentes del orden público y otros tres absueltos. “Fallamos que debemos condenar y condenamos como autores de un delito consumado de sedición, en su especie de formular reclamaciones o peticiones en tumulto, previsto y penado en el Código de Justicia Militar, al procesado Severino Escudero, policía armada, promovedor del mismo, a la pena de seis años y un día de prisión militar; a los procesados guardias civiles, José García Macías y José Pérez Pérez-Gutiérrez, meros ejecutores, a la pena de tres años de prisión militar a cada uno de ellos; y a los procesados, guardia civil Diego Artero Jiménez y policía armada, Manuel Rodríguez Martínez, meros ejecutores, a la pena de dos años de prisión militar a cada uno de ellos. Asimismo, fallamos que debemos absolver y absolvemos libremente y sin constricción alguna para toda clase de efectos, a los procesados, policía armada, Manuel de la Fuente Ruiz; guardia civil Francisco García Hidalgo, y policía armada, Cándido García Grana, del delito de sedición porque venían siendo acusados.” Decía la sentencia que “por más de cuatro militares se formuló y presentó a sus superiores,

sin atenerse a las normas legales o reglamentarias, la exposición de reivindicaciones corporativas, haciéndolo de forma alborotada, ruidosa y desordenada.” La sentencia no hacía referencia a que los condenados debían ser separados de sus respectivos cuerpos, sino sólo de las penas impuestas, “llevaran consigo el efecto de pérdida de tiempo y antigüedad en el servicio”. Por otra parte, el consejo de guerra llamó la atención de la autoridad judicial militar sobre la posible aplicación a los condenados del indulto concedido al personal militar con motivo de celebrarse, por primera vez, el 29 de mayo de 1977, el día de las Fuerzas Armadas.

Muchos de los expulsados en aquellas movilizaciones, de las que saldría el germen de la actividad sindical, se beneficiaron de la amnistía de 1977 gracias a la cual pudieron regresar al cuerpo. No todos disfrutarían de ese beneficio. Todos aquellos compañeros tuvieron la determinación de hacer lo que creían que por justicia les pertenecía, y aún sabiendo de su condición de militar, supieron dejar de lado política y sindicalismo, participando en un acto arriesgado, demostrando ser valiente y del que muchos debemos dar gracias y reflexionar.

Queremos solicitar a la clase política y social de este país el reconocimiento público, enaltecimiento y solidaridad con aquellos, actores principales de un hecho que quizá abrió puentes y mentes en este país de aquella época, valientes por necesidad, dignos por orgullo y temerarios

por convicción. Su acción desesperada ante la grave situación humana que vivían, tuvo su recompensa, pero, ¿a qué precio pagaron su sanas, justas y más que razonables reivindicaciones?

Esta fue la acción de lucha más arriesgada que se ha producido en el ámbito de la Policía Nacional y de la Guardia Civil en toda su existencia, por su carácter militar y por no estar legalizado el derecho de manifestación. Así de justas pudieron ser que, a pesar de todo, los resultados no se hicieron esperar y, en menos de un año, ya se pudo acceder al sistema de prestación sanitaria de la Seguridad Social.

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RODILSA S.L. - copia_Maquetación 1 03/06/2019 18:39 Página 1

La Guardia Civil ha iniciado la tramitación de una Orden Ministerial por la que se establece el procedimiento de detección del consumo de alcohol y drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas al personal de la Guardia Civil que entrara en vigor próximamente.

El apoyo legal

Las especiales responsabilidades asignadas a la Guardia Civil a través de diversos mandatos obliga a sus miembros a prestar el servicio en condiciones psicofísicas óptimas, dadas las atribuciones imperativas y coercitivas, que incluyen el porte y uso de armas en determinados supuestos, el manejo de vehículos a motor durante el servicio y la necesidad de mantener íntegras las capacidades de percepción y reacción

ante cualquier incidente que además pueda comportar riesgo.

No son ajenos a estas consideraciones los principios básicos de actuación que establece la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad de actuar con integridad y dignidad, así como observar en todo momento un trato correcto y esmerado en sus relaciones con los ciudadanos.

Por otro lado, el artículo 23 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, dispone la obligación de éstos a someterse a los reconocimientos psicofísicos necesarios para determinar su aptitud para el servicio.

También la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, del régimen disciplinario de

la Guardia Civil, tipifica como faltas muy graves o graves diversas conductas directamente relacionadas con el consumo de alcohol o de estupefacientes, sustancias tóxicas o psicotrópicas, tanto durante el servicio como fuera de él.

Es en el artículo 57 de la Ley de Personal donde se prevé la posibilidad de establecer reconocimientos y pruebas obligatorias que comprendan análisis y comprobaciones encaminados a detectar los estados de intoxicación etílica y el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

¿Por qué una normativa de este tipo?

La norma aprte de la base de que el consumo de alcohol, bien habitual o esporádico, de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas provoca en las personas efectos de diversa índole, como anomalías en el comportamiento, alteraciones conductuales, perturbación de la realidad, modificación de la capacidad de reacción y de las respuestas psicomotoras ante las actividades propias de la vida diaria, entre otras. Estas situaciones, trasladadas al personal de la Guardia Civil, suponen estados de vulnerabilidad para hacer frente a las misiones que legalmente tienen encomendadas.

Para prevenir estas situaciones la Guardia Civil, a través de sus órganos de sanidad y psicología, lleva a cabo iniciativas orientadas, en un primer estadio, a prevenir, disuadir y evitar el consumo perjudicial excesivo de alcohol, habitual o esporádico, o de cualquier tipo de sustancia psicoactiva que produzca alteraciones en el comportamiento del afectado y que puedan tener consecuencias en su integridad personal, en la de terceros o en la propia ciudadanía.

No obstante, además de esta vertiente, resulta también necesario que la Guardia Civil lleve a cabo una actitud proactiva en el control y detección de dichas situaciones,

dotándose de los mecanismos adecuados que permitan detectar en el personal del Cuerpo conductas anómalas tales como la ingesta de alcohol fuera de los límites permitidos, así como el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.

Así, la Institución deviene obligada a establecer medidas que permitan detectar, con las debidas garantías, aquellas situaciones en las que los miembros de la Guardia Civil consuman dichas sustancias, bien durante la prestación del servicio como fuera de él, las cuales no solo afectan a su propia actuación profesional, dado que originan una disminución de sus condiciones psicofísicas y un riesgo evidente para el desempeño de sus cometidos, sino que afectan a la imagen institucional de la Guardia Civil.

¿Qué se regula en esta norma?

En la norma se regulan los diferentes tipos de controles que podrán llevarse a cabo y las circunstancias concretas en que deberán realizarse, tanto puntuales y concretos cuando se presenten síntomas evidentes o se tenga conocimiento de una posible intoxicación etílica o del consumo de drogas como los controles preventivos programados o de los controles propuestos por el Jefe de la Unidad cuando este tenga sospechas fundadas del consumo.

ACTIVACIÓN DEL PROCEDIMIENTO.

El control inmediato podrá activarse en alguno de los siguientes casos:

A) Dentro del horario de servicio del miembro de la Guardia Civil.

b) Inmediatamente antes al inicio del servicio o inmediatamente después de su finalización.

c) Cuando se encuentre vistiendo de uniforme.

d) Cuando, fuera de los casos anteriores, la conducta del personal de la Guardia Civil afecte a su imagen o a la de la función pública, y quede patente ante terceros su condición de guardia civil.

Tendrá la consideración de consumo excesivo de alcohol cuando se sobrepase la tasa de alcohol en sangre de 0.3 gramos por litro o de alcohol en aire espirado de 0.15 miligramos por litro.

Tendrá la consideración de consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas cuando del control correspondiente surta un resultado positivo.

Cualquier Guardia Civil que observe los síntomas o el consumo estará obligado a comunicarlo inmediatamente a cualquier mando presente o a la central operativa.

En caso de que el test o la prueba resulten positivos no se iniciara el servicio o cesara el que estuviese prestando y la retirad del armamento oficial hasta que cesen los síntomas. El resultado positivo tiene como consecuencia la inclusión del afectado en el programa de controles preventivos del servicio de sanidad y psicología de su unidad además de las responsabilidades disciplinarias a que hubiera lugar. El guardia civil tiene derecho a solicitar, inmediatamente de realizada la prueba correspondiente, una prueba de contraste mediante análisis de sangre u orina en un centro médico asumiendo su coste, de forma que exista continuidad entre ambas.

El resultado positivo en las pruebas será considerado como un episodio de consumo a los efectos del artículo 8.26 de la ley orgánica de Régimen Disciplinario. “La embriaguez o el consumo de estupefacientes o sustancias tóxicas o psicotrópicas fuera del servicio, cuando tales circunstancias tengan carácter habitual o afecten a la imagen de la Guardia Civil o de la función pública. Se

entenderá que existe habitualidad cuanto estuvieren acreditados tres o más episodios de embriaguez o consumo de las sustancias referidas en un período de un año.”

En cuanto al procedimiento, se prevé quién será el personal al mando competente y actuante para aprobar su inicio siempre que sea de empleo superior. Se establece también, de forma pormenorizada, los pasos a seguir para llevar a cabo las pruebas tendentes a detectar el consumo de alcohol y drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, desde el respeto a la intimidad y a la presunción de inocencia del miembro de la Guardia Civil afectado, y con las suficientes garantías, tanto técnicas como procedimentales, para asegurar la mayor certeza del resultado de las pruebas.

Y ello es, precisamente, lo verdaderamente relevante de la norma, la cual establece un procedimiento detallado, ágil y homogéneo para la toma de muestras cuando se observe o se tenga conocimiento del consumo o sintomatología derivada del consumo de dichas sustancias.

Para estos casos, los procedimientos existentes en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y normativa de desarrollo para la detección de drogas y alcohol en la conducción de vehículos se consideran perfectamente válidos para alcanzar los fines perseguidos en esta norma, teniendo en consideración las capacidades técnicas que poseen el personal que ejerce como agente de la autoridad encargado de la vigilancia del tráfico con una formación específica en la materia.

Asimismo, teniendo en cuenta que en algunas comunidades autónomas la competencia de vigilancia y seguridad vial se encuentra transferida a otras Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se regula un procedimiento alternativo para que las unidades ubicadas en dichas zonas puedan llevar a cabo los controles previstos en la presente norma en las mismas condiciones y con las mismas garantías.

Los controles preventivos

Además del procedimiento puntual y concreto que hemos detallado, se establece un procedimiento adicional que prevé la posibilidad de llevar a cabo pruebas de detección preventivas con la misma finalidad, siendo

realizadas en este caso por parte de los órganos de sanidad y psicología de la Guardia Civil. Como máximo se podrán realizar una vez al año siempre que sea negativo excepto a los alumnos de los centros docentes.

Los controles preventivos se comunicaran al personal afectado por sus jefes de unidad y coincidirán en el tiempo con cualquier actividad o servicio que tengan programado. La negativa a someterse o la falta de presentación ante el requerimiento tendrá las consecuencias disciplinarias que se recogen en la normativa del Cuerpo (falta muy grave artículo 7.1.24).

Por último, se habilita para la realización de pruebas de detección del consumo de alcohol o de consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas en determinados reconocimientos médicos obligatorios, a los que se les podrá añadir pruebas de detección de sustancias y métodos prohibidos en el deporte.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, esta orden va a ser sometida al informe del Consejo de la Guardia Civil que se celebrara el día 28 de junio de 2019 para su tramitación y publicación.

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