Boletin cientifico 2016

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Boletín Científico de ANSSYD. Nº 2 / Julio 2016 HongKong en 1999 culminando en nuestro Estado, en el año 2010 cuando el Gobierno de España promulga la Ley Orgánica de 3 de marzo, sobre salud Sexual y reproductiva, en la que se hace mención en varios artículos a la educación sexual de las personas con discapacidad a tenor del reconocimiento de sus derechos sexuales y reproductivos. Una persona con diversidad funcional se enfrenta cotidianamente a un sin número de dificultades que repercuten negativamente, en mayor o menor cuantía, sobre su sexualidad (Chipouras et al., 1979; Master y Johnson, 1985; Kolodny,; Posse y Verdeguer, 1993; Castillo y Mena, 1995; Castillo et al., 1997; Castillo, Figueredo e Infante, 1999; Castillo, 2007) y es importante, que los profesionales estén formados para poder dar respuesta a las demandas de las PDF que ayuden a conseguir una sexualidad saludable acorde a sus necesidades, deseos y expectativas. Es desde este Modelo y marco integrador, que se plantea conocer la realidad sobre la sexualidad de un tipo de personas con diversidad funcional física, como son las personas con Traumatismos Craneoencefálicos, por el tipo de población que la padece y las consecuencias personales, sociales y familiares que conlleva. Para conocer esta realidad,

se realiza un trabajo de investigación descriptivo a nivel

estatal (Sánchez, E., 2012) y los datos obtenidos ponen en evidencia la existencia de alteraciones y cambios en la sexualidad debidas a las alteraciones que produce la lesión. A tenor de los resultados, se considera necesario realizar un programa de intervención en sexualidad a personas con DCA,

para abarcar un espectro de

población más amplio, datos que posteriormente son reforzados con un amplio trabajo de investigación a nivel nacional sobre salud sexual y calidad de vida en personas con Traumatismo craneoencefálico moderado (Sánchez, E., 2015). Se considera Daño cerebral Adquirido a: “Una lesión traumática en el cerebro, de naturaleza no degenerativa ni congénita, sobre el cuero cabelludo, bóveda craneal y/o su contenido, producida por accidentes de tráfico y/o laborales, caídas, lesiones por prácticas deportivas, problemas vasculares, metabólicos, infecciones o agresiones” según la definición de la National Health Injury Fundation, en 2008. Esta lesión

puede producir una disminución o alteración del estado de conciencia y

ocasionar una alteración a nivel cognitivo y/o físico, a la vez que una disfunción conductual y emocional (Roig Rovira, M. T., 2006).

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