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COMISIONES PERMANENTES DEL CONGRESO DE OAXACA

Alguna vez has escuchado hablar sobre las comisiones permanentes del Congreso del Estado? Si no es así o si aún tienes duda sobre qué tratan, te invito a que conozcas la gran relevancia que tienen en el Poder Legislativo de nuestro Estado.

Su principal propósito es brindar seguridad y apoyo a la ciudadanía ante diversas situaciones en las que sus derechos se lleguen a ver afectados, o bien, se puede solicitar ante ellas diversas ayudas o realizar propuestas en pro de la sociedad. Además, están facultadas para elaborar dictámenes, informes o resoluciones con el fin de que el congreso cumpla con sus atribuciones constitucionales y legales, debiendo dar respuesta a cada asunto turnado en un lapso no mayor a treinta días hábiles. Tal como su nombre lo indica, son independientes a la legislatura y permanecen en actividades durante los periodos de receso legislativo.

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De acuerdo con el artículo 64 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Oaxaca, las comisiones deben estar integradas por cinco diputados y basarse en el principio de pluralidad, siendo las siguientes:

Administración Pública;

Administración y Procuración de Justicia; Agropecuaria, Forestal, de Minería y Pesca; Agua y Saneamiento; Asuntos Indígenas y Migración; Cultura;

Cultura Física y Deporte; Democracia y Participación Ciudadana; Derechos Humanos; Desarrollo Económico, Industrial, Comercial y Artesanal; Desarrollo Social y Fomento Cooperativo; Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación; Estudios Constitucionales; Fortalecimiento y Asuntos Municipales; Gobernación y Asuntos Agrarios; Grupos en Situación de Vulnerabilidad; Hacienda; Igualdad de Género; Infraestructuras, Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial; Instructora;

Medio Ambiente, Energías Renovables y Cambio Climático; Movilidad, Comunicaciones y Transportes; Presupuesto y Programación; Protección Civil; Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias; Salud; Seguridad y Protección Ciudadana; Trabajo y Seguridad Social; Transparencia, Acceso a la Información y Congreso Abierto; Turismo;

Vigilancia del Órgano Superior de Fiscalización del Estado; Vigilancia del Sistema Estatal de Combate a la Corrupción; y Zonas Económicas Especiales

Según sea el caso, pueden llegar a sesionar varias comisiones que tengan injerencia en un mismo asunto. Cada una de ellas “… [tiene] la competencia que le corresponde en lo general a las otorgadas a las Dependencias y Entidades de la Administración Pública local…” (LOPL, art. 65, pp. 28 a 32).

Recuerda que el Congreso del Estado de Oaxaca es un espacio abierto y puedes acudir a informarte sobre los asuntos que se están tratando en el pleno. Así que haz valer tus derechos y sé un ciudadano participativo.

BIBLIOGRAFÍA:

Ley Orgánica del Poder Legislativo (LOPL). (19 de diciembre de 2022). Decreto número 1454. Artículos 64 y 65. Artículo 65: Reformado mediante decreto número 727, aprobado por la LXV Legislatura del Estado el 16 de noviembre del 2022 y publicado en el Periódico Oficial número 49 Segunda Sección de fecha 3 de diciembre del 2022. Recuperado el 10 de marzo de 2023, de https://www.congresooaxaca. gob.mx/docs65.congresooaxaca.gob.mx/legislacion_estatal/Ley_Organica_del_Poder_Legislativo_ (Dto_ref_749_aprob_LXV_Legis_14_dic_2022_PO_Extra_19_dic_2022).pdf

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