
Dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI
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Dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI
Dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI

Jorge Gaitán Pardo
Carlos Ignacio Jaramillo J.
Editores Académicos


Dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI

COLECCIÓN HOMENAJES
ISBN: 978-958-502-641-4 (impreso) 978-958-502-642-1 (digital)
© Jorge Gaitán Pardo (Editor)
© Carlos Ignacio Jaramillo (Editor)
© Pontificia Universidad Javeriana
© Grupo Editorial Ibáñez
Coordinador Editorial
Javier Celis Gómez
Pontificia Universidad Javeriana
Diseño de carátula: Lady Vanessa Peña
Diagramación: Deissy Alejandra Rodríguez
Grupo Editorial Ibáñez
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Juan Carlos Botero Navia Decano de Facultad-Presidente del Comité
Carlos Ignacio Jaramillo J. Profesor Departamento de Derecho Privado
Helena Catalina Rivera Cediel Profesora Departamento de Filosofía e Historia del Derecho
Fabián Cárdenas Castañeda Profesor Departamento de Derecho Económico
Nicolás Morales Thomas Director Editorial Pontificia Universidad Javeriana
Laura Cristina Mojica Pérez Secretaria de Facultad
Javier Celis Gómez
Bibliotecólogo Facultad
Andrés Felipe Duarte Escobar Coordinador de Comunicaciones
Víctor Andrés Rincón Tello Asistente Decanatura-Secretario del Comité
Pontificia Universidad Javeriana. Biblioteca Alfonso Borrero Cabal, S. J. Catalogación en la publicación
Gaitán Pardo, Jorge, autor, editor académico
Dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI : Liber Amicorum en homenaje al maestro Bernardo Gaitán Mahecha / autores Juan Camilo Contreras Jaramillo [y otros once] ; Editores académicos Jorge Gaitán Pardo y Carlos Ignacio Jaramillo ; Prólogo Felipe Arbouin. -- Primera edición. – Bogotá : Pontificia Universidad Javeriana, Facultad de Ciencias Jurídicas ; Grupo Editorial Ibañez; 2026. – (Colección Homenajes).
436 p. ; 24 cm.
Incluye referencias bibliográficas
ISBN: 978-958-502-641-4 (impreso); 978-958-502-642-1 (digital)
1. Derecho civil – Colombia – Siglo XXI. 2. Responsabilidad civil – Colombia – Siglo XXI. 3. Derecho de autor – Colombia – Siglo XXI. 4. Derecho de Familia – Colombia – siglo XXI. Bioética – Colombia – Siglo XXI. I. Gaitán Mahecha, Bernardo – Homenajes póstumos. II. Pontificia Universidad Javeriana. Facultad de Ciencias Jurídi-cas. III. Grupo Editorial Ibáñez.
CDD 184 ed. 15
CO-BoPUJ 01/10/ 2025
La presente obra se integra al grupo de investigación del Departamento de Derecho Privado de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana.
Queda prohibida la reproducción parcial o total de este libro por cualquier proceso reprográfico o fónico, especialmente por fotocopia, microfilme, offset o mimeógrafo.
Ley 23 de 1982
BERNARDO GAITÁN MAHECHA
BERNARDO GAITÁN MAHECHA - OBRA ESCRITA
PRESENTACIÓN Juan Camilo Contreras Jaramillo ..................................................................
PRÓLOGO Felipe Arbouin Gómez .....................................................................................
CIUDADANO Y HUMANISTA LIBERAL
SENDERO DE BERNARDO GAITÁN MAHECHA
GAITÁN MAHECHA
Parte 2
LA MIRADA HUMANISTA DE LOS MAESTROS HACIA LA UNIVERSIDAD Y EL DERECHO DERECHO,
1.
2.
3.
4.
5.
Parte 3
DIMENSIÓN
Capítulo I EL SENTIDO HUMANO DEL DERECHO ESPECIAL REFERENCIA AL DERECHO PRIVADO Gustavo Cuello Iriarte
PRINCIPIOS
Capítulo II JUSTICIA
Jorge Cubides Camacho
Capítulo
Sergio Muñoz Laverde
Dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI
II. PUNTO DE PARTIDA. CONCEPTO BÁSICO PARA LA IDENTIFICACIÓN
A. Principio general de derecho. Noción asumida y breve
al origen de los principios generales de derecho
B. Función de los principios generales de derecho en el ordenamiento jurídico
Identificación de los principios Contractuales
de autonomía privada
de buena
de prevalencia interpartes de la voluntad real
‘DIMENSIÓN
Carlos Ignacio Jaramillo j. 1.
4.1. El individualismo jurídico, el ‘dogma de la autonomía de la voluntad’, sus primordiales manifestaciones y consecuencias
4.2. Vigencia, atemperación y límites de la autonomía privada. Su importancia en la posmodernidad y la pretendida ‘crisis’
NUEVA ‘DIMENSIÓN SOCIAL DEL CONTRATO’, LA TUTELA DE
PERSONA Y DE SU DIGNIDAD EN LA POSMODERNIDAD .........................
5.1. Prolegómenos ............................................................................................
5.2. Dimensión social del contrato y su dimensión individual y económica. Replanteamiento evolutivo
5.3. Interacción y complementariedad de las dimensiones social, económica e individual del contrato. Importancia de los postulados de carácter constitucional ...............................................
5.4. Balance y estado de la cuestión en la actualidad. Vigencia renovada y significado de la dimensión social del contrato en clave neo-humanista y posmoderna.........................................................
Capítulo V
HUMANISMO EN EL DERECHO DE AUTOR: ORIGEN,
A. LA PERSPECTIVA DE GÉNERO HA SIDO MANEJADA UNIVERSALMENTE
CON LA HUMANIZACIÓN
I. ¿POR QUÉ INVOLUCRAR LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN LA FUNCIÓN JUDICIAL? ...........................................................................................
A. La perspectiva de género es una herramienta de obligatoria aplicación por parte de los funcionarios judiciales para garantizar la protección de mujeres en condición de vulnerabilidad y/o desigualdad que deriva de estereotipos sociales o culturales que atentan contra el ejercicio pleno de los derechos...................... 313
B. Responsabilidad del estado y su derecho de repetición contra el funcionario judicial por conducta dolosa o gravemente culposa que deriva en error inexcusable ............................................................. 314
II. ¿CÓMO INVOLUCRAR LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN LA FUNCIÓN JUDICIAL? (METODOLOGÍA Y HERRAMIENTAS) 319
A. Lista de Verificación ................................................................................
B. Criterios orientadores relacionados con el procedimiento y la decisión judicial 324
III. FACULTADES QUE DA LA LEY A LOS FUNCIONARIOS JUDICIALES PARA PONER EN PRÁCTICA LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN EL CASO
IV. ALGUNOS EJEMPLOS DE LA JURISPRUDENCIA EN PERSPECTIVA DE GÉNERO EN MATERIA DE FAMILIA
A. T-012 De 2016. Alimentos a víctima de violencia por su excónyuge .. 328
B. Su-080 De 2020. Conto vs Albán. La reparación integral por violencia de género contra la mujer en el divorcio ..........................
C. C-117 de 2021. Resarcimiento o reparación del daño mediante la solicitud de “alimentos” definidos en el artículo 411.4 del código civil en la unión marital de hecho .........................................................
D. T-435 de 2024. Perspectiva de género en los procesos de
Jorge Humberto Pelaéz Piedrahita, S. J. – 7 de mayo de
xiv Dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI
PALABRAS EN NOMBRE DE LA FAMILIA DEL MAESTRO BERNARDO GAITÁN MAHECHA
Jorge Gaitán Pardo – 7 de mayo de 2018 ........................................................
363
PALABRAS DEL RECTOR EN LA CONMEMORACIÓN DEL PRIMER
ANIVERSARIO DEL FALLECIMIENTO DEL MAESTRO BERNARDO GAITÁN MAHECHA
Jorge H. Peláez S.J. – 22 de marzo de 2019 ....................................................
367
AL PASO DEL MAESTRO ELOGIO DE MI AMISTAD CON EL DOCTOR BERNARDO GAITÁN MAHECHA
Carlos Julio Cuartas Chacón – 31 de marzo de 2019 ..................................
373
LOS AUTORES
Parte 5 LOS AUTORES
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Bernardo Gaitán Mahecha
Óleo sobre lienzo (2006), pintado por Cecilia Fajardo para la galería de decanos de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas de la Universidad Javeriana y conservado en el Archivo Histórico Javeriano
Dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI
Nacido el 17 de julio de 1924, en Caparrapí (Cundinamarca), en el hogar formado por Teodocia Mahecha y Abrahám Gaitán Forero, Bernardo Gaitán Mahecha, recibió su grado de Bachiller en el Colegio Mayor de San Bartolomé. Inició sus estudios universitarios en 1946, cuando la sede de la Javeriana se hallaba en la esquina de la Plaza de Bolívar y ocupaba el cargo de Rector el P. Félix Restrepo, S.J. En 1949 recibió el Primer Premio en el concurso de Oratoria, y al año siguiente participó en el Primer Congreso Universitario. A su cargo estuvo la redacción de la Declaración de Principios del Estudiante Javeriano.
El 28 de agosto de 1951 recibió su grado de Doctor en Ciencias Jurídicas, ceremonia a la que asistieron el Doctor Cástor Jaramillo Arrubla, Decano de la Facultad, el P. Gabriel Giraldo, S.J., Decano de Disciplina y Secretario de la Facultad, el Doctor Jorge Enrique Gutiérrez Anzola, quien fue Presidente de Tesis, y los examinadores, Doctores Alberto Zuleta Ángel y Diego Pimienta Llinás. Su tesis fue “El delito de contrabando”. Vinculado a la Universidad como docente en 1956 y proclamado Profesor Emérito en 2009, ejerció la cátedra durante toda su vida, siendo reconocido como el maestro por excelencia.
Fue Decano Académico de la Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas y de la que en su momento se llamó División de Economía y Ciencias Administrativas, durante la rectoría del P. Alfonso Borrero, S.J., quien fue su amigo personal. Precisamente, una de las conferencias del Simposio Permanente sobre la Universidad estuvo a cargo del Doctor Gaitán Mahecha. Reconocido como uno de los abogados penalistas más importantes del siglo XX, también fue profesor en la Universidad del Rosario, la Universidad Externado de Colombia y en la Universidad Nacional, donde fue Decano de la Facultad de Derecho.
1 * Nota biográfica tomada de la revista Hoy en la Javeriana No. 1.335 de marzo 2018, elaborada y revisada por el Ing. Carlos Julio Cuartas Chacón.
Dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI
Se desempeñó igualmente como Conjuez de la Corte Suprema de Justicia, Director del Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, Alcalde Mayor de Bogotá, Ministro de Justicia, Embajador ante la Santa Sede y asistió como Embajador en Misión especial a la cumbre de las Naciones Unidas en Roma en 1998. Este hombre de carácter, muy riguroso y culto, lector consumado, de memoria prodigiosa, sencillo y de buen humor, un caballero de todas las horas, fue consultor y consejero de presidentes y Ministros.
Autor de un número apreciable de obras y ensayos, escribió en varios periódicos y tuvo a su cargo por varios años una columna en Revista Javeriana . Recibió numerosas condecoraciones, entre ellas, la Orden Universidad Javeriana, Comunidad de Honor en la cual fue recibido en 1954, en el grado de Caballero, y ascendido al grado de Oficial en 2007. Miembro de la Academia Colombiana de Jurisprudencia, fue presidente del Colegio de Abogados Javerianos y exaltado como Colegiado Honorario. Junto a su esposa, Olguita Pardo de Gaitán Mahecha, rodeado de sus nueve hijos, de los nietos, bisnietos y toda su familia, celebró el 25 de febrero de 2018 los 70 años de su matrimonio. Fallecido pocas semanas después, el 22 de marzo de 2018, las solemnes honras fúnebres se realizaron con una nutrida concurrencia el sábado 24 de marzo y fueron presididas por el P. Gerardo Remolina, S.J, exrector de la Universidad, quien hizo un sentido elogio de este egregio hijo de la Javeriana, figura emblemática de la Facultad de Ciencias Jurídicas y benemérito ciudadano de Colombia.
Gaitán Mahecha
Bernardo Gaitán Mahecha
1943
El Instituto Obrero, en: Juventud Bartolina. Bogotá: Colegio de San Bartolomé, abril de 1943, N°151, p. 24.
Madre mía , en: Juventud Bartolina . Bogotá: Colegio de San Bartolomé, mayo-julio de 1943, N°152-153, p. 131.
1944
El volcán Paracutín, en: Juventud Bartolina. Bogotá: Colegio de San Bartolomé, julio de 1944, N° 84-85, pp. 84-85.
1945
El Instituto obrero del Colegio, en: Juventud Bartolina. Bogotá: Colegio de San Bartolomé, febrero-mayo de 1945, N°162-163, pp. 18-19.
Crónica de la Primera División de internos, en: Juventud Bartolina. Bogotá: Colegio de San Bartolomé, febrero-mayo de 1945, N°162163, pp. 20-21.
Simón Bolivar y la literatura, en: Juventud Bartolina. Bogotá: Colegio de San Bartolomé, junio-julio de 1945, N°164-165, pp. 1-4.
Discurso del actual bartolino, en: Juventud Bartolina. Bogotá: Colegio de San Bartolomé, noviembre de 1945, N°166-167, pp. 132-134.
1 Elaborada con base en la bibliografía que apareció en la obra del Doctor Jorge Restrepo Fontalvo, Bernardo Gaitán Mahecha - Precursor de la Dogmática Jurídica en Colombia (2019), complementada por el Ingeniero Carlos Julio Cuartas Chacón.
xx
Dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI
Discurso en la fiesta de despedida de sus profesores, en: Juventud
Bartolina. Bogotá: Colegio de San Bartolomé, noviembre de 1945, N°166-167, pp. 153-156.
Discurso de despedida en la ceremonia de graduación, en: Juventud
Bartolina. Bogotá: Colegio de San Bartolomé, noviembre de 1945, N°166-167, pp. 267-270.
1946
Raza vencida , en: Juventud Bartolina . Bogotá: Colegio de San Bartolomé, mayo-julio de 1945, N°168-169, pp. 80-81.
1951
El delito de contrabando – Comentarios a las disposiciones legales sobre la materia– (Tesis de Grado). Bogotá: U. Javeriana, 1951.
1953
El derecho penal conforme a las concepciones modernas, en: Revista del Instituto de Ciencias Penal y Penitenciarias, 1953 Número 1, pp. 95-104.
1954
Notas previas para el estudio del derecho procesal penal , en: Universitas . Bogotá: Pontificia Universidad Católica Javeriana, noviembre de 1954, N° 7, pp.45-52.
1956
El abandono de la familia como conducta antijurídica y la necesidad de tipificarla como delito en Colombia, en: Universitas. Bogotá: Pontificia Universidad Católica Javeriana., noviembre de 1956, N° 11, pp. 81-88.
Sujetos Procesales, Procedibilidad, Condiciones de la Acción, Presupuestos Procesales y Acción Penal, en: Universitas. Bogotá: Pontificia Universidad Católica Javeriana., mayo-junio de 1956, N° 10, pp.167-182
1957
El problema moral del país, en: La Nación ante la Universidad. Bogotá: Universidad Nacional de Colombia…. de 1943, pp. 49-56.
Las partes en el proceso penal, en: Universitas. Bogotá: Pontificia Universidad Católica Javeriana, octubre de 1957, N° 13, pp. 243-250.
Bernardo Gaitán Mahecha
1959
La tipicidad como elemento del delito, en: Universitas. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana., diciembre de 1959, N° 17, pp. 247-261.
1960
Régimen jurídico sobre amnistía e indulto en Colombia, en: Revista Jurídica. Bogotá, septiembre de 1960, Número 28, pp. 41-44.
1962
Nociones previas para el estudio de la culpabilidad, en: Universitas. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, julio de 1962, N° 22, pp. 199-207.
1963
El conflicto entre los trabajadores y los patronos de la Fábrica de Ladrillos Moore S. A. ante el Derecho, en: Universitas. Bogotá: Pontificia Universidad Católica Javeriana., junio de 1963, N° 24, pp.143-151.
Curso de derecho penal general. Bogotá: Lerner, 1963.
1964
Los grupos de presión , en: Revista Javeriana , agosto de 1964, Volumen 62, Número 307. pp. 138-140.
El pensamiento liberal en la historia , en: Universitas . Bogotá: Pontificia Universidad Católica Javeriana, junio de 1964, N° 26, pp.68-79; Ediciones Tercer Mundo, 1981.
1966
El Frente Nacional y los Partidos Políticos, en: Universitas. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, junio de 1966, N° 30, pp. 193-209; Editorial Revista Colombiana, Ltda., 1966.
1967
Prólogo , en: PENAGOS, Gustavo. Reformas penales y política criminal. Bogotá: PRAG, 1967.
1968
Presente y fututo del Frente Nacional , en: Universitas . Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, junio de 1968, N° 34, pp. 136-151.
Dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI
Resumen general sobre la doctrina liberal contemporánea , en: Universitas, N° 34, junio de 1968.
1969
La Iglesia ante el mundo moderno, en: Universitas. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, noviembre de 1969, N° 37, pp. 204-219.
El sindicalismo frente a la reforma agraria, en: Universitas. Bogotá: Pontificia Universidad Católica Javeriana, junio de 1969, N° 36, pp. 47-67.
1972
Presente y futuro de la actualidad política, en: Revista Javeriana. Bogotá, marzo de 1972, Volumen 77, Número 382, pp. 141-147.
1977
Seguridad y disciplina social , en: Revista Centro de Estudios Colombianos, enero-marzo de 1977, Número 12, pp. 8-17.
1978
Cartas del Alcalde Mayor a los Ciudadanos de Santa Fe de Bogotá. Bogotá: Talleres Editoriales de la Secretaría de Gobierno, 1978.
¿Qué es la ciudad?... ¿qué sentido tiene convivir con 4 millones y medio de personas?, en: Castellanos, Alfonso (Editor), BOGOTÁ 77-78 tarea para disciplinar y humanizar a la ciudad. Bogotá: Canal Ramírez - Antares, 1978, pp. 5-6.
1979
Basuras, desperdicios, desechos, en: Nueva Frontera, Bogotá, febrero de 1979, Número 216, pp. 11-12.
El drama del transporte en Bogotá, en: Nueva Frontera, Bogotá, febrero de 1979, Número 217, p. 19.
Las empresas municipales, en: Nueva Frontera, Bogotá, marzo de 1979, Número 224, p. 9.
Las instituciones municipales, en: Nueva Frontera, Bogotá, marzo de 1979, Número 220, p. 20.
Informe y testimonio sobre Bogotá, en: Revista Cámara de Comercio de Bogotá, marzo de 1979, Volumen 9, Número 34, pp. 29-36.
Prólogo, en: Lozano y Lozano, Carlos. Elementos de derecho penal, 3ª ed. Bogotá: Temis, 1979.
Bernardo Gaitán Mahecha
1980
La realidad jurídica de la marihuana, en: Samper Pizano, Ernesto, Ruiz, Hernando, Pearson, Annett, Gaitán Mahecha, Bernardo y Zinberg, Norman, La Legalización de la Marihuana. Bogotá: ANIF Fondo Editorial, 1980, pp. 157-168
1981
Comentario sobre: Principios fundamentales del derecho penal. IV Congreso Académico Nacional de Jurisprudencia Bogotá -21 a 25 de septiembre de 1981–. Bogotá: Banco de Colombia, 1981.
1982
Discurso en Homenaje al Padre Gabriel Giraldo S. J ., en: Universitas. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, noviembre de 1982, N° 63, pp. 480-482.
1983
La obra de Pilar Copete, en: Nueva Frontera, Bogotá, octubre 17-23 de 1983, Número 454, p. 27
1984
Régimen penal del decreto 2920, en Revista de Derecho Económico. Bogotá: Temis, julio-diciembre de 1984, Número 3-4, pp. 13-20.
1985
La Universidad y el Régimen Constitucional . Bogotá: ASCUNICFES, 1985.
1987
Temas de derecho penal , en: Universitas . Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, junio de 1987, N° 72, pp. 155-165.
1988
Equilibrio de poderes y control constitucional , en : Universitas , Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana., noviembre de 1988, N° 75, pp. 55-66.
Reflexiones en torno al tema de la reforma a la administración de justicia, en: Universitas. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, noviembre de 1988, N° 75, pp. 163-171.
Dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI
1990
Reflexiones en torno al tema de la reforma a la administración de justicia , en: Echavarria Olózaga , Hernán, Gaitán Mahecha , Bernardo, Andi, e Instituto Ser de Investigación. La justicia hacia el siglo XXI (Recopilación bibliográfica). Barranquilla: Cámara de Comercio de Barranquilla, 1990.
Justicia, lo que debe ser, en: Cromos. Bogotá, 19 de noviembre de 1990, Número 3.799, p. 33.
1991
La peregrinación del cadáver del libertador Simón Bolívar , en: Universitas. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, noviembre de 1991, N° 81, pp. 295-299.
1993
La inimputabilidad en el derecho colombiano , en: Universitas . Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, noviembre de 1993, N° 85, pp. 295-305.
1993 Somos parte y entraña de una civilización en decadencia, en: Hojas Universitarias. Bogotá, septiembre de 1993, pp. 239-246.
1995
La presunción de inocencia. Comentarios a la ponencia del Dr. Jaime Bernal Cuéllar XVI Congreso Colombiano de Derecho Procesal, en Universitas. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, diciembre de 1995, N° 89, pp.35-41.
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El liberalismo y las instituciones. Bogotá: Tercer Mundo, 1981.
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Bernardo Gaitán Mahecha
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¿La reelección para qué?, en: Lecturas Dominicales. Bogotá: El Tiempo, febrero 29 de 2004, p. 3.
La reelección presidencial, en: Revista Javeriana, abril de 2004, Volumen 140, Número 703. pp. 58-63.
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Alfonso Reyes Echandía y el Derecho Penal Colombiano en el siglo veinte . En: Hernández Quintero, Hernando A. (Coordinador).
Pensamiento Jurídico Tolimense 1.-Alfonso Reyes Echandía. Ibagué: U. de Ibagué, 2005.
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Consultorio Jurídico Javeriano. Carta al Decano Académico Dr. Carlos Ignacio Jaramillo, Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Javeriana, 17 de abril de 2013.
2016
Educación jurídica - Bernardo Gaitán Mahecha - En conversación con Carlos Julio Cuartas Chacón, en: Cabra-Torres, Fabiola (Editora).
Pensamiento educativo en la Universidad - Vida y testimonio de Maestros, Bogotá: U. Javeriana - Facultad de Educación, Editorial Pontificia Universidad Javeriana 2016.
Jurídicamente, así debe entenderse el término ‘acuerdo’, en: El Tiempo. Bogotá: 15 de noviembre de 2016, pp. 16, debes saber.
2019
Así pensaba. Escritos publicados en Revista Javeriana 2005-2018. Bogotá: Pontificia Universidad Javeriana, 2019.
Maestros, discípulos y cultura, Nº 714, mayo de 2005
Dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI
La Constitución y el modelo económico neoliberal, Nº 775, junio de 2011
Los Ediles, Nº 777, agosto de 2011
El caos urbano , Nº 778, septiembre de 2011
Maestros y Discípulos , Nº 779, octubre de 2011
Regenerar la Democracia , Nº 780, noviembre - diciembre de 2011
Los recursos naturales y las regalías , Nº 782, marzo de 2012
De la vida privada y de la intimidad personal , Nº 783, abril de 2012
De la cumbre de Cartagena y de las drogas, Nº 784, mayo de 2012
Política integral de tierras, Nº 785, junio de 2012
El poder del saber y la comunicación, Nº 786, julio de 2012
Globalización y cultura, Nº 787, agosto de 2012
62 años en busca de la paz, Nº 788, septiembre de 2012
La agenda para la paz, Nº 789, octubre de 2012
De las elecciones y de las reelecciones, Nº 790, noviembrediciembre de 2012
El caos legislativo, Nº 791, enero - febrero de 2013
La descentralización administrativa y territorial, Nº 792, marzo de 2013
Testimonios de la manera de ser y de pensar del Papa Francisco, Nº 793, abril de 2013
Lo normativo y la Paz, Nº 794, mayo de 2013
Educación y Humanismo, Nº 795, junio de 2013
El Territorio de Distrito Capital, Nº 796, julio de 2013
El manejo de vehículos en estado de embriaguez, Nº 797, agosto de 2013
El Recuerdo de la guerra de los mil días, Nº 798, septiembre de 2013
La Ciudad, Nº 800, noviembre - diciembre de 2013
La ciudad y las calles, Nº 801, enero - febrero de 2014
El caso Petro a la luz de la Constitución, la ley y la casuística procesal, Nº 802, marzo de 2014
El tema de la administración de justicia, Nº 803, abril de 2014
La ética y la política, Nº 804, mayo de 2014
La concentración de la riqueza, Nº 805, junio de 2014
Aún más sobre la justicia y su reforma, Nº 806, julio de 2014
De la política, Nº 807, agosto de 2014
La prensa y la justicia, Nº 808, septiembre de 2014
Sobre lo que ocurre con la justicia, Nº 809, octubre de 2014
La empresa universitaria, Nº 810, noviembre - diciembre de 2014
¿Quién juzga a quién?, Nº 812, marzo de 2015
El derecho a la libertad, Nº 813, abril de 2015
Inseguridad y corrupción, Nº 814, mayo de 2015
La elección de alcalde para la gran ciudad, Nº 815, junio de 2015
El equilibrio de poderes y la tutela, Nº 816, julio de 2015
El problema de la corrupción, Nº 818, septiembre de 2015
Historia viva, Nº 819, octubre de 2015
El nuevo Alcalde, Nº 820, noviembre - diciembre de 2015
El problema de la corrupción, Nº 821, enero - febrero de 2016
La cultura de la violencia, Nº 823, abril de 2016
Lo que debe ser la Fiscalía, Nº 824, mayo de 2016
De la guerra de los mil días, Nº 825, junio de 2016
Acontecimientos históricos, Nº 826, julio de 2016
Lo plebiscitario es político, Nº 827, agosto de 2016
Opiniones de la Corte Constitucional, Nº 828, septiembre de 2016
De las amnistías e indultos históricamente más recientes, Nº 829, octubre de 2016
xxviii Dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI
De los convenios de Ginebra de 1949, Nº 830, noviembre de 2016
De la crisis de la democracia, Nº 831, enero - febrero de 2017
De la crisis política de los partidos, Nº 832, marzo de 2017
De la economía dominante sobre el humanismo, Nº 833, abril de 2017
De las coaliciones y de los partidos, Nº 834, mayo de 2017
Sobre la administración de la justicia, Nº 838, septiembre de 2017
De lo que debió hacerse y no se hizo, Nº 839, octubre de 2017
Los partidos políticos y la democracia, Nº 840, noviembrediciembre de 2017
La enseñanza de la historia, Nº 841, enero - febrero de 2018
Las modalidades del poder en estos tiempos, Nº 842, marzo de 2018
Este libro nace de un acto de reconocimiento y de una convicción profunda. El reconocimiento es hacia el maestro Bernardo Gaitán Mahecha, cuya vida, obra y pensamiento han dejado una huella indeleble en el derecho colombiano, en la Pontificia Universidad Javeriana y, muy especialmente, en el corazón de quienes tuvimos el privilegio de aprender de él. La convicción que lo inspira es la de que el legado del maestro Gaitán Mahecha trasciende con mucho los confines de la dogmática penal, área en la que fue pionero y referente indiscutible, y se proyecta con igual intensidad en los fundamentos éticos, filosóficos y sociales que sostienen toda la arquitectura del derecho privado. La idea de rendirle homenaje a través de una publicación académica colectiva fue originalmente concebida por el profesor Felipe Arbouin Gómez, quien entonces se desempeñaba como director del Departamento de Derecho Privado de la Facultad de Ciencias Jurídicas. El profesor Arbouin tuvo la iniciativa de convocarnos a un grupo de profesores y amigos del maestro para que desde nuestras respectivas áreas de experticia reflexionáramos sobre la dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI. Con esta línea, los profesores Jorge Gaitán Pardo y Carlos Ignacio Jaramillo asumieron la coordinación editorial del proyecto que ahora sale a la luz. Con esta obra, el Departamento se suma a los múltiples gestos de gratitud que la Universidad ha tributado a Gaitán Mahecha, reafirmando que su figura no solo pertenece a la historia del derecho penal, sino al espíritu mismo de la formación jurídica javeriana.
Desde su formación como jurista, Bernardo Gaitán Mahecha encarnó un tipo de abogado intelectual, crítico, ético y comprometido con el país. Su paso por las aulas como profesor, su vocación pública al servicio del Estado, su compromiso con los valores democráticos, su aguda capacidad de análisis, su respeto por la dignidad humana, su insaciable curiosidad por la literatura, la historia, la política y la filosofía, y su ejemplo de vida familiar, componen el perfil de un auténtico humanista del derecho.
La visión del derecho como una herramienta al servicio del ser humano atraviesa cada una de las páginas de este libro. En ellas se reflexiona, desde distintos campos del derecho privado, sobre el lugar de
Juan Camilo Contreras Jaramillo
la persona, la función social del contrato, la protección de la dignidad en la insolvencia, el papel del autor como sujeto del derecho, la equidad de género como forma de humanización jurídica, el vínculo entre ética, justicia y relaciones familiares, y la necesidad de preservar un horizonte de sentido en tiempos de tecnificación y fragmentación del derecho. Lejos de ser una mirada nostálgica, estos textos proyectan una comprensión contemporánea y comprometida del humanismo jurídico, heredera directa del talante intelectual y moral del maestro Gaitán Mahecha.
El humanismo en el derecho privado, que da título a esta obra, constituye en efecto una de las piedras angulares de la enseñanza jurídica en la Pontificia Universidad Javeriana. No se trata de un simple matiz metodológico ni de una preferencia filosófica entre otras posibles. Se trata de una toma de posición sobre el sentido mismo del derecho y sobre la responsabilidad social de los abogados. En este sentido, la vida y la obra de Bernardo Gaitán Mahecha no solo inspiran nuestra admiración, nos interpelan, nos orientan, y nos obligan a seguir cultivando una idea del derecho fundada en la centralidad de la persona, en el respeto por la dignidad, en la sensibilidad frente a la injusticia, y en la vocación ética de la profesión jurídica.
En nombre del Departamento de Derecho Privado, y en el mío propio, agradezco a cada uno de los autores que aceptaron participar en esta obra con generosidad y rigor, a los editores académicos Jorge Gaitán Pardo y Carlos Ignacio Jaramillo, al profesor Felipe Arbouin por la iniciativa, a Javier Celis por la coordinación del proyecto editorial y a Grupo Editorial Ibañez por acoger esta idea. Agradezco también a la familia del maestro Gaitán Mahecha por permitirnos compartir su memoria, por acompañarnos en este proyecto y por seguir haciendo presente, con su testimonio y afecto, la dimensión más entrañable de su legado: la de un maestro.
Que este libro sea, entonces, testimonio vivo de una herencia intelectual y moral que sigue marcando el rumbo de nuestra Facultad. Que sea también una invitación a seguir pensando el derecho desde la persona, desde la justicia, desde el respeto, y desde ese compromiso indeclinable con el país y con la Universidad, que fueron los pilares de la vida del maestro Bernardo Gaitán Mahecha.
Juan Camilo Contreras Jaramillo
Director del Departamento de Derecho Privado Pontificia Universidad Javeriana
El libro que hoy presenta el Departamento de Derecho Privado de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana, surgió con un triple propósito: la gratitud, la reflexión y la conmemoración. Gratitud hacia el maestro Bernardo Gaitán Mahecha, cuya vida académica, intelectual y de servicio público, dejó una huella indeleble en la cultura jurídica colombiana. Reflexión, porque al repasar y comprender su legado, podemos concluir que el derecho privado del siglo XXI solo será útil a nuestra sociedad si vuelve a poner a la persona en el centro de su estructura dogmática. Y conmemoración, porque más allá de un simple homenaje, esta obra es una celebración a su vida y legado, que nos invita a examinar con rigor aquello que el Maestro Gaitán encarnó: la convicción de que la técnica jurídica es inseparable de la ética del servicio y de la responsabilidad social. En otras palabras, con este libro pretendemos no solamente homenajear al Maestro sino conmemorar su existencia, es decir, mirar hacia atrás con profunda e inmensa gratitud y hacia el futuro con compromiso y responsabilidad, intentando comprender lo recibido y aprendido, pero a su vez con la responsabilidad de entregarlo y replicarlo fortalecido a las generaciones futuras.
Quien conoció a Bernardo Gaitán Mahecha sabe que el título de Maestro no le queda grande. Fue profesor, guía, consejero y maravilloso compañero de conversación. Exigía precisión conceptual, pero siempre con respeto y normalmente ayudado de su extraordinario sentido del humor. Su método de enseñanza formó hábitos: leer con cuidado, escribir con claridad, argumentar con lealtad, escuchar con respeto, decidir con prudencia. Enseñó, con su ejemplo, que el derecho no es una suma de artículos, sino un método para resolver problemas humanos y que su medida última no es formalismo, sino la justicia concreta que produce.
Su biografía confirma esa coherencia. Académico de larga carrera, autor y conferencista, decano y profesor en varias instituciones, servidor público en cargos de enorme responsabilidad, demostró que la autoridad no surge de los títulos sino de la conducta. Sirvió a la universidad y al Estado con la misma sobriedad. Nunca abandonó el aula, mostrando que
Felipe Arbouin Gómez
la formación académica rigurosa es el mejor antídoto contra el cinismo y el dogmatismo. Y nunca dejó de aprender -y de enseñar- transmitiendo que el jurista que deja de estudiar traiciona a quienes confían en su criterio. Esta vida ejemplar nos recuerda que el derecho es una profesión con vocación cívica. No basta con dominar la técnica: hay que ponerla al servicio de las personas y del bien común.
Desde esa perspectiva se entiende lo que aquí llamamos dimensión humanista del derecho privado. Humanismo no es sentimentalismo ni concesión retórica. Es una manera de pensar y de actuar que afirma la dignidad inviolable de toda persona y ordena a su servicio las instituciones jurídicas. En nuestro campo, el humanismo se traduce en virtudes profesionales concretas: honestidad y transparencia al tratar y negociar, veracidad al informar, lealtad al cumplir, diligencia al prevenir y gestionar riesgos, responsabilidad al reparar daños, sobriedad en el uso del poder contractual. Una autonomía sin verdad, sin transparencia, sin lealtad y sin responsabilidad se degrada en imposición y abuso, y termina destruyendo la confianza que sostiene las relaciones jurídicas y humanas.
La tradición javeriana ofrece un terreno fértil para este enfoque. La Pontificia Universidad Javeriana ha conducido, desde su identidad ignaciana, un proyecto educativo que busca formar mujeres y hombres competentes, conscientes, compasivos y comprometidos. (Proyecto Educativo Javeriano PEJ). Trasladado al oficio del jurista, ese ideal significa dominar la técnica sin idolatrarla, deliberar con criterio y sensibilidad, escribir con claridad, decidir con prudencia y orientar el ejercicio al bien común. No se trata de añadir ética a una profesión ya completa, sino de reconocer que la ética es parte del corazón mismo de la competencia profesional. Quien redacta una cláusula con transparencia, prevé riesgos con lealtad o resuelve un conflicto con equidad, ya está practicando ese humanismo.
La arquitectura de la obra acompasa este propósito. La primera parte, dedicada a la dimensión humana del maestro, reúne semblanzas y testimonios que lo retratan en su integridad: intelectual curioso, lector incansable, orador sobrio, hombre de familia, amigo leal, servidor público prudente y académico riguroso. No compone un museo de anécdotas, sino un ejercicio de comprensión. La autoridad intelectual no nace de la ocurrencia ni del brillo momentáneo, sino de virtudes pacientes: disciplina, humildad, constancia, apertura a la crítica. Quien recorre estas páginas encuentra razones para afirmar que las grandes obras se construyen con hábitos pequeños repetidos cada día.
La segunda parte, Derecho, justicia y sentido común, recuerda una verdad elemental que suele perderse en la prisa: el derecho, por necesario que sea, no sustituye la deliberación prudente. Las reglas estabilizan expectativas, pero necesitan del juicio para no convertirse en instrumentos de injusticia. El sentido común –esa sabiduría práctica que sabe distinguir, matizar y ponderar–evita tanto el formalismo ciego, que sacrifica a las personas en nombre de la letra, como el voluntarismo caprichoso, que sacrifica la seguridad en nombre de la voluntad. En tiempos de automatismos y eslóganes, reivindicar el sentido común es también un acto de coraje intelectual.
La tercera parte, Dimensión humanista del derecho privado en el siglo XXI, constituye el corazón propositivo del volumen. Los capítulos que la integran, escritos por iusprivatistas especialistas, pueden leerse como variaciones sobre un tema común: las instituciones del derecho privado cumplen mejor su función cuando recuerdan que su fin es la protección de la persona y la promoción del bien común. Cada texto combina cimientos conceptuales con preocupación práctica y lo hace con un estilo que pretende honrar al lector: claridad en la escritura, precisión en los conceptos, sobriedad en las conclusiones y atención a las consecuencias.
El primer capítulo, El sentido humano del derecho, Especial referencia al Derecho Privado, expone que el derecho es un producto humano orientado a organizar la vida social con base en la justicia y el bien común. Su núcleo es la dignidad humana, entendida como libertad, autonomía y fundamento de todo el ordenamiento jurídico. Desarrolla la evolución histórica y filosófica del concepto de persona, mostrando cómo se convirtió en el sujeto central del derecho, primero entendido como el hombre individual y después ampliado a las personas jurídicas (asociaciones, sociedades y fundaciones) mediante ficciones jurídicas necesarias para la vida social, para finalmente criticar las corrientes que buscan reconocer como sujetos de derecho a ríos, animales o ecosistemas, señalando que, aunque existen decisiones judiciales que lo han hecho, la esencia del derecho sigue siendo profundamente humanista, centrada en la persona y su dignidad. El segundo capítulo, Justicia y empleo: caminos de solución, explora el vínculo entre productividad, innovación y trabajo decente. Muestra que el derecho privado participa en la creación de oportunidades laborales a través del diseño de contratos, de las reglas de responsabilidad, de los arreglos asociativos y de los mecanismos de resolución de disputas. Propone rutas jurídicas para favorecer la formalización, reducir la precariedad y promover la movilidad social, integrando herramientas contractuales y políticas de
Felipe Arbouin Gómez
incentivo que respeten la dignidad de la persona que trabaja. La tesis de fondo es clara: un mercado laboral dinámico se sostiene mejor cuando no pide a nadie que renuncie a su condición de sujeto de derechos.
El tercer capítulo, Principios contractuales en derecho privado, regresa de manera extraordinaria a los cimientos para iluminar problemas actuales. La buena fe, los deberes de información, la confianza legítima, la colaboración y la función social del contrato no son piezas retóricas, sino articulaciones que mantienen en pie a la autonomía privada. En contextos de asimetría informativa y poder de negociación concentrado, estos principios actúan como garantías de libertad real. Lejos de “moralizar” sin más, ordenan la circulación de riesgos, exigen transparencia y previenen abusos. A la larga, incluso desde el prisma económico, la palabra cumplida y la información veraz reducen costos de transacción y construyen reputaciones valiosas.
El cuarto capítulo, La dimensión humanística y social del contrato, La protección de la persona y su dignidad en la posmodernidad, profundiza en el hecho de que la libertad contractual es una conquista civilizatoria, pero no una patente para disponer de la dignidad. Para que sea verdaderamente libertad, necesita condiciones: información suficiente, ausencia de coacción, posibilidad real de deliberación, distribución razonable de riesgos y respeto por umbrales mínimos de justicia. El artículo muestra, de manera sobresaliente, cómo esas exigencias se traducen en técnicas de control de contenido, en remedios proporcionales y en una comprensión renovada de la solidaridad como criterio estructurante del tráfico jurídico.
El quinto capítulo, Humanismo en el derecho de autor: origen, evolución y futuro, recorre la trayectoria de una institución que nació para reconocer a los creadores como sujetos de derechos. La digitalización, las plataformas globales, la inteligencia artificial y las nuevas formas de monetización han reconfigurado el ecosistema, planteando dilemas entre incentivos a la creación y acceso a la cultura. El enfoque humanista sugiere una ecuación más fina: garantizar un núcleo de derechos que preserven la autoría y la creatividad, sin sacrificar el horizonte social de circulación del conocimiento. Ello exige políticas de licenciamiento inteligentes, límites razonables, nuevas prácticas contractuales y una alfabetización digital que haga efectivos los derechos de autores y usuarios.
El sexto capítulo, La función humanista del derecho de la insolvencia: propuesta a partir del principio de solidaridad en situaciones de insolvencia en Colombia, sitúa la crisis económica –de personas y empresas– en su verdadera escala humana. Detrás de cada expediente hay
trabajadores, familias, acreedores pequeños y proveedores que dependen de la continuidad de una actividad. La finalidad del sistema no es castigar el fracaso, sino preservar el valor socialmente útil, asignar con justicia las pérdidas y ofrecer segundas oportunidades razonables. Un derecho de la insolvencia que opera con estas coordenadas produce menos ruinas y más reorganizaciones, menos estigma y más aprendizaje.
El séptimo capítulo, La perspectiva de género en clave mujer como herramienta de humanización en el derecho de familia, recuerda que la familia es simultáneamente lugar de cuidado y escenario de asimetrías. El texto muestra cómo ese enfoque enriquece la interpretación de instituciones como el matrimonio, las uniones de hecho, la filiación, la custodia, los alimentos y las medidas de protección. Mirar con estos lentes permite garantizar que la igualdad proclamada por las normas sea vivida por mujeres y niñas en su cotidianidad.
El octavo capítulo, Persona natural como sujeto de derecho y ser de responsabilidad moral, se fundamenta en que la persona no es un individuo aislado ni un engranaje anónimo; es un ser en relación, capaz de proyectos y vínculos, responsable de sus actos. Reconocerla como sujeto de derechos implica, de manera inseparable, afirmar su condición de agente moral. De ahí derivan exigencias prácticas: veracidad y lealtad en el tráfico jurídico, diligencia en el cumplimiento, reparación del daño injustamente causado. Esta reflexión tiende puentes entre filosofía y dogmática, recordando que las categorías jurídicas ganan en profundidad cuando se anclan en una antropología robusta.
El libro culmina con una sección de Homenaje póstumo que recoge homilías, palabras de familiares y testimonios universitarios. Es un cierre sobrio y esperanzado. La lectura de esas páginas permite entrever la unidad de una vida: el profesor que explicaba con paciencia, el funcionario que defendía la legalidad, el ciudadano que ejercía la crítica con argumentos, el amigo, Maestro y guía que escuchaba y aconsejaba con su ejemplo y el padre que celebraba. Homenajear así no es cerrar una historia, sino asumir una promesa: que el ejemplo inspira cuando se convierte en tarea. La tarea, aquí, en mi opinión, consiste en hacer que el derecho privado sea cada día un poco más humano y, por lo mismo, más justo y eficaz.
¿Por qué insistir hoy en la dimensión humanista del derecho privado? La primera razón es tecnológica. La automatización de decisiones, los contratos por adhesión digitales, los perfiles algorítmicos de riesgo, los
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mercados de datos y la irrupción de la inteligencia artificial tienden a despersonalizar las relaciones humanas y generar desequilibrios. Un enfoque humanista exige rediseñar mecanismos de transparencia, protección efectiva de datos personales, valores por defecto que no perjudiquen a los más débiles y mecanismos de responsabilidad que no se pierdan en la maraña de sistemas complejos e inaplicables.
La segunda razón es social. Nuestra sociedad sigue marcada por desigualdades persistentes que atraviesan, entre otras, las instituciones privadas. Sin un fundamento humanista, la autonomía privada se vuelve herramienta de imposición y abuso, la propiedad barrera inalcanzable, la responsabilidad una utopía, la insolvencia estigma y el derecho de familia ritualismo. El humanismo no sustituye a las políticas públicas ni a las buenas prácticas económicas, pero sí impide que el derecho privado reproduzca, por inercia, injusticias estructurales. Un diseño equitativo de herramientas para resolver conflictos, la prohibición del abuso del derecho y la lectura solidaria de ciertas instituciones, son, en este sentido, obligatorios de nuestro sistema de derecho privado.
La tercera razón es cultural. La cultura jurídica colombiana se ha acostumbrado al litigio como primer remedio. Litigar es, a veces, inevitable y necesario; convertir el proceso en táctica es caro e inequitativo. Un derecho privado humanista invita a recomponer confianza, a privilegiar la negociación leal sobre la estratagema, la mediación honesta sobre la apuesta destructiva y la reparación razonable sobre la victoria pírrica. Un sistema que aplica estos caminos desjudicializa conflictos, ahorra recursos y evita injusticias. La jurisdicción gana autoridad cuando llega al caso verdaderamente trágico, no cuando reemplaza la voluntad responsable de las partes.
La cuarta razón es global. El derecho comparado ofrece soluciones útiles, pero no todas son trasplantables. La dimensión humanista introduce un criterio de discernimiento: preguntar por las personas a las que afectarán las reglas, por los costos invisibles que trasladan, por las virtudes que exigen y por los vicios que podrían incentivar. Importar instituciones sin este examen produce frustraciones. Dialogar con otras tradiciones, en cambio, promueve adaptaciones inteligentes. El resultado no es un sistema autónomo, sino una cultura jurídica abierta que sabe aprender sin perderse a sí misma.
El enfoque acá señalado trae, naturalmente, varias exigencias pedagógicas, pues juristas humanistas implica articular tres niveles que se
retroalimentan. Primero, fundamentos: historia de las instituciones, filosofía del derecho, teoría de la interpretación y análisis económico con sentido de justicia. Segundo, competencia técnica: diseño de contratos y estatutos, razonamiento probatorio, construcción de soluciones, lectura sistemática de jurisprudencia y regulación, escritura jurídica clara. Tercero, experiencia: clínicas, simulaciones, consultorios, prácticas supervisadas y proyectos con comunidades. El aula debe ser laboratorio de virtud cívica, donde se aprende a disentir con respeto y a resolver con creatividad.
Y también tiene consecuencias para la práctica profesional. A quienes asesoran empresas, este libro les recordará que el mejor contrato es el ejecutable: aquel que prevé riesgos razonablemente, alinea incentivos, distribuye cargas con proporcionalidad y deja márgenes para la cooperación cuando lo imprevisible ocurre. A quienes litigan, que el proceso es un medio para alcanzar justicia y no un instrumento de hostigamiento; que la estrategia inteligente incluye saber cuándo conciliar y cuándo continuar. A quienes juzgan, que la autoridad de la decisión se fortalece con motivaciones claras y comprensibles, con trato digno a las partes y con soluciones que, además de ser jurídicamente correctos, sean aplicables en la vida real.
La investigación que sostiene estos capítulos comparte, además, un método común: respeto por la tradición y apertura al cambio. Se aprende de la doctrina y de la jurisprudencia, pero no se las idolatra, se dialoga con el derecho comparado sin copiar a ciegas, se incorporan datos empíricos y consideraciones económicas sin olvidar que las categorías jurídicas cumplen funciones propias. El estilo tiene una aspiración sencilla y exigente: honrar al lector con claridad, precisión y sobriedad. El humanismo, bien entendido, también es una forma de escribir.
No es menor que esta obra haga parte de una colección de homenajes. Homenajear, en la universidad, no es congelar una imagen, sino asumir una responsabilidad. Quien recibe una herencia no la guarda en una vitrina: la examina, la depura, la adapta y la transmite mejorada.
Debo agradecer infinitamente a los autores por su rigor y su generosidad. A quienes editaron y coordinaron el volumen, por su paciencia y su cuidado. A la Pontificia Universidad Javeriana y al Grupo Editorial Ibáñez que acogió la obra, por su confianza. A la familia del Maestro Gaitán, por acompañar este proceso y permitir que su memoria se mantenga. A Jorge Gaitán Pardo, hijo del Maestro, por impulsar y coordinar este proyecto junto con el Maestro Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo y hacer de esta
Felipe Arbouin Gómez
idea, que tuvimos hace algunos años, algo posible y aterrizable. A Juan Camilo Contreras, Director del Departamento de Derecho Privado, por su generosidad y compromiso al mantener vivo este sueño y hacer posible este proyecto editorial. Y, especialmente a los estudiantes de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontificia Universidad Javeriana, cuya curiosidad y sana irreverencia mantienen viva la pregunta por el sentido del derecho. Ellos son la mejor garantía de que el humanismo no se convertirá en consigna, sino en práctica cotidiana.
El 22 de marzo de 2018 recibimos en la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Pontifica Universidad Javeriana la noticia del fallecimiento del Maestro Gaitán. Y hoy, más de 7 años después de su muerte, puedo asegurar que, si bien la muerte de un Maestro y especialmente de un ser humano excepcional como Bernardo Gaitán Mahecha nunca se supera, si se aprende a convivir con ella y poco a poco, el dolor que sentimos por su partida, va siendo reemplazado por sus enseñanzas, los recuerdos y por el sentido de gratitud infinita de haberlo conocido y haber tenido la infinita suerte de compartir invaluables momentos a su lado.
Cierro con una convicción que debo, en buena medida, al ejemplo del Maestro Gaitán Mahecha. No hay técnica jurídica que valga si olvida a la gente. No hay jurisprudencia que haga escuela si carece de humanidad. La dimensión humanista del derecho privado no es un lujo de tiempos calmos, es una obligación de tiempos difíciles. A ese deber responde este libro. Que su lectura anime a estudiantes y profesores, a jueces y litigantes, a funcionarios y a empresarios, a honrar con su trabajo diario la promesa de un derecho que haga, cada día, un poco más justa la vida común.
Felipe Arbouin Gómez
Profesor Asistente y Director Especialización en Derecho Urbanístico
Pontificia Universidad Javeriana
