Influencia de la movilización social de Colombia, México y Argentina en la movilización legal para l

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Influencia de la movilización social de Colombia, México y Argentina en la movilización legal para la descriminalización del trabajo sexual.

Eltrabajosexual noesundelito BASTADECRIMINALIZAR ALASTRABAJADORAS SEXUALES

¿QUÉ PASA AQUÍ?

I. Metodología.

II. Uso de literatura.

III. Descripción países.

IV. Hallazgos.

V. Conclusión.

METODOLOGÍA SELECCIÓN DE PAÍSES

CASOS QUE PERMITIERAN EVALUAR LA VALIDEZ DEL ARGUMENTO DE QUE EL DESARROLLO JURÍDICO OBEDECE A PROCESOS Y CAMBIOS SOCIALES Y, MÁS PUNTUALMENTE, QUE EL DERECHO HA RECONOCIDO LOS INTERESES DE LAS TRABAJADORAS SEXUALES RESPONDIENDO A LAS DEMANDAS DE LA MOVILIZACIÓN SOCIAL.

(I) ORGANIZACIONES SOCIALES CUYO FRENTE ES LA GARANTÍA DE LOS DERECHOS DE LAS TRABAJADORAS SEXUALES;

(II) DECISIONES JUDICIALES QUE CONTRIBUYEN A LA DESCRIMINALIZACIÓN DEL TRABAJO SEXUAL Y QUE FUERON IMPULSADAS POR MOVIMIENTOS SOCIALES;

(III) EL RECONOCIMIENTO DE LA LICITUD DEL TRABAJO SEXUAL, MAS LA INEXISTENCIA DE UN MARCO AMPLIO QUE LO REGULE;

(IV) MECANISMOS DE ACCIÓN JUDICIAL TENDIENTES A LA PROTECCIÓN Y GARANTÍA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES.

SE ESCOGIERON PAÍSES DE LATINOAMÉRICA DADA LA IMPORTANCIA QUE TIENE EL DISCURSO SOBRE EL RECONOCIMIENTO DE LOS DERECHOS INDIVIDUALES Y COLECTIVOS EN EL CONSTITUCIONALISMO LATINOAMERICANO.

FRANKENBERG FUNCIONALISMO

El funcionalismo parte de la premisa de que “los sistemas que existen y que tienen un entorno hacia el cual están orientados en lo estructural y con el que se relacionan funcionalmente”.

Esta actividad comparativa comienza con la pregunta de investigación:

¿Cómo ha influido la movilización social en Colombia, México y Argentina en las decisiones judiciales para la descriminalización del trabajo sexual?

Esta pregunta estuvo impulsada por la intuición de que organizaciones que abogan por la protección de trabajadoras sexuales han incidido en las decisiones judiciales. Así, se pretende demostrar que “la similitud del problema produce la relativa similitud de los resultados”.

USO DE LITERATURA

"EL SEXO COMERCIAL EN TANTO TRABAJO"

Lo que se suele discutir en torno al trabajo sexual son “las concepciones sobre la sexualidad de las mujeres, los modelos de gobierno del mercado del sexo y se identifican diferentes vulneraciones de derechos sobre quienes ejercen esta actividad”.

ESTEBAN RESTREPO (2018)

Cuando se hace referencia al trabajo sexual "se abre una conversación sobre el significado de la dignidad humana, la autonomía personal, la igualdad, el mercado y el significado del castigo penal en la comunidad política que inicia la discusión”.

JUSTO Y GORBAN (2019)

Lafaltadeunmarcolegalclaroyel discursodelamoralidad:

Abreunadiscusión sobreladignidad humana

Derivaengraves vulneracionesdelos derechosdelas trabajadoras sexuales

DESCRIPCIÓN DEPAÍSES

COLOMBIA COLOMBIA

Esperanza y Abril interpusieron tutela por encontrar vulnerados sus derechos al trabajo, a la integridad, al debido proceso, a la libre circulación, a la no discriminación y a estar libres de violencia tras ser conducidas a la UPJ por la Policía bajo la presunción de que ejercían el trabajo sexual.

El propósito de PARCES era construir soluciones creativas en conjunto con las trabajadoras sexuales. Así, realizaban denuncias, brindaba asesoría legal y organizaban campañas de movilización.

MÉXICO

Una Jueza Federal concedió un amparo en contra el numeral VII del artículo 24 de la Ley de Cultura Cívica del Distrito Federal de 2004.

Es una infracción contra la tranquilidad de las personas “invitar a la prostitución o ejercerla, así como solicitar dicho servicio. En todo caso sólo procederá la presentación del probable infractor cuando exista queja vecinal”.

Nuevamente se incluye en la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México de 2017 y de 2019. Agregaba que la presentación de la probable infractora también tendría lugar ante queja de la Alcaldía. Se desencadenaron movilizaciones protagonizadas por trabajadoras sexuales y organizaciones de la sociedad civil.

Detrás del amparo y la abrogación de la disposición de la Ley de Cultura Cívica de 2019 estuvieron organizaciones civiles a favor de los derechos de las trabajadoras sexuales.

Brigada Callejera de Apoyo a la Mujer

Elisa Martínez (BCAMEM)

Red Mexicana de Trabajo Sexual (RMTS)

ARGENTINA

ARTÍCULO 68, DECRETO LEY 8031 DE 1973: SERÁ PENADO CON UNA MULTA DE ENTRE EL QUINCE (15) Y EL CUARENTA (40) POR CIENTO DEL HABER MENSUAL DEL AGENTE DE SEGURIDAD (AGRUPAMIENTO COMANDO) DE LA POLICÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES Y ARRESTO DE CINCO (5) A TREINTA (30) DÍAS, LA PERSONA QUE EJERCIERE LA PROSTITUCIÓN, DANDO OCASIÓN DE ESCÁNDALO O MOLESTANDO O PRODUJERE ESCÁNDALO EN LA CASA QUE HABITARE.

EN 1995 NACIÓ AMMAR COMO RESPUESTA A LA VIOLENCIA POLICIAL.

EN 2003 UN GRUPO DE MUJERES SE DESVINCULA Y CONSTITUYEN AMADH, TRAS PROFUNDOS

DEBATES SOBRE LA FIGURA DE "TRABAJADORAS SEXUALES".

¿CÓMO SURGIÓ LA ACCIÓN?

En México y en Argentina se presentaron acciones de amparo colectivo, mientras en Colombia se presentó una tutela.

En Colombia y en Argentina las acciones surgieron en condiciones similares de violencia policial sistemática.

En Colombia, Esperanza y Abril interpusieron una tutela para que se protegieran sus derechos fundamentales frente a la detención arbitraria por agentes de Policía que consideraron que eran “putas” con fundamento en su forma de vestir.

En México trabajadoras sexuales presentaron una demanda de amparo frente a la negación de una credencial para ejercer libremente su ofocio. En este marco, solicitaron la declaratoria de inconstitucionalidad del art. 24 fracción VII de la LCC, que legitimaba su exclusión de las protecciones laborales.

En Argentina AMMAR presentó una acción amparo colectivo para que cesaran las detenciones arbitrarias fundadas en el artículo 68 del Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires

"POR SER PUTAS"

SE HAN UTILIZADO LOS CÓDIGOS CONTRAVENCIONALES PARA CRIMINALIZAR A LAS TRABAJADORAS SEXUALES

MORALIDAD

En Colombia la Policía ha sugerido que el trabajo sexual encuentra su límite en el orden público. A su vez, en México ha sostenido que la LCC sanciona el trabajo sexual por afectar la convivencia armónica y vulnerar la tranquilidad. Por último, en Argentina esta sanción se da bajo la presunción de “escándalo” que afecta la moral pública y buenas costumbres.

CRIMINALIZACIÓN

Se han instaurado patrones sistemáticos de violencia que se expresa en actos de hostigamiento, extorsión, discriminación, intimidación, detenciones arbitrarias y agresión física y verbal, que obstruyen el ejercicio del trabajo sexual.

FRENTE A LO ANTERIOR:

LAS ORGANIZACIONES HAN ARGUMENTADO QUE EL TRABAJO SEXUAL POR SÍ SÓLO NO VULNERA NI TRANSGREDE EL ORDEN PÚBLICO, LA CONVIVENCIA

ARMÓNICA NI LA TRANQUILIDAD. SU CONTEMPLACIÓN DENTRO DE LOS CÓDIGOS CONTRAVENCIONALES

OBDECE MÁS A PRECEPTOS MORALES Y PREJUICIOS.

PARCES: LOS PREJUICIOS SOBRE LAS TRABAJADORAS

SEXUALES "LIMITAN EL EJERCICIO DE SUS DERECHOS EN DISTINTOS ÁMBITOS" TODA VEZ QUE LAS SANCIONES LEGALES ASOCIADAS A LA PERSECUCIÓN

POLICIAL Y AL PERFILAMIENTO CREAN ESPACIOS INSEGUROS.

EN COLOMBIA Y EN MÉXICO ES UNO DE LOS PUNTOS FUERTES DE LA ARGUMENTACIÓN, SIN EMBARGO, EN EL

Parce ¿cuál es la joda?

Argumentos de los tribunales

Reconocimiento deltrabajo sexual

La prostitución ejercida libremente y por personas mayores de edad plenamente conscientes de ello, puede considerarse como un oficio, puesto que es el intercambio de una labor (sexual) por dinero.

Licitud del trabajo sexual por tratarse de un ejercicio de voluntad libre y razonada que no se encuentra penalizado en los ordenamientos legales.

Moralidad y orden público

México: el problema no puede reducirse a una calificación moral del trabajo sexual como una actividad indigna, deshonesta o socialmente inútil. No hay relación con la infracción sino argumentos morales.

Argentina: la oferta de servicios sexuales puede darse sin perturbar a terceros con ruidos o desórdenes en la circulación, de modo que no hay una relación directa entre el ejercicio del trabajo sexual y la contravención.

*En la decisión de Colombia no se ahondó en la discusión sobre la moralidad que justificaba la sanción en el Código de Policía

México: la fracción a la invitación, ejercicio o solicitud del trabajo sexual es inconstitucional. Se permite que el ejercicio del trabajo sexual quede al arbitrio de un tercero, esto es, del vecino que se queja.

Argentina: la oferta de sexo por sí misma carece de entidad suficiente para configurar el daño a terceros. Por tanto, determinó que la tranquilidad pública no es protegida con la norma, solamente se castiga a quien honestamente ejerce la prostitución.

Colombia: no se prueba que las accionantes estuvieran ejerciendo el trabajo sexual, ni que estuvieran realizando exhibiciones obscenas en vía pública, se concluye que el fundamento de la actuación fue el mero hecho de “ser trabajadoras sexuales”.

Criminalización y vulneración de derechos

*Los Tribunales reconocieron que existe un contexto de violencia policial contra las trabajadoras sexuales.

En los tres países objeto de comparación se emitió una decisión judicial tendiente a descriminalizar el trabajo sexual. Pero cada decisión tuvo alcances diferentes.

ARGENTINA Y MÉXICO

Se concedió a las accionantes y se declaró la inconstitucionalidad de las normas demandadas.

La declaratoria de inconstitucionalidad en ambos casos se traduce en la inaplicabilidad de la norma al caso concreto, esto es, tiene efectos inter-partes.

En virtud de lo anterior, ambas disposicionessiguieron vigentes hasta su posterior derogatoria por vía legislativa.

COLOMBIA

La decisión se da en el marco de una acción de tutela, que si bien tiene efectos inter-partes, permitió no solo amparar los derechos de las tutelantes sino impartir órdenes tendientes a garantizar los derechos de las trabajadoras sexuales.

ALCANCE DE LA ACCIÓN

CONCLUSIÓN

La fuerte movilización social condujo a relevantes decisiones judiciales en el marco de los derechos de las trabajadoras sexuales y a la posterior derogación de normas que criminalizaban el trabajo sexual. El impacto es tal que hoy se han establecido mesas de diálogo permanente con trabajadoras sexuales -que son directamente la comunidad afectada- para impartir lineamientos que otorguen garantías laborales y conduzcan a mitigar la violencia policial e institucional.

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