Santo Domingo: 06 de Agosto, 2025

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Multas por cámaras desatan críticas

Ciudadanos y concejales reclaman que las cámaras de Santo Domingo, que se ofrecieron solo para educación vial, ya emiten multas sin socialización previa. Conductores aseguran que las notificaciones llegan con infracciones de meses anteriores y sanciones de hasta 70.50 dólares. 03

Detienen a dos sospechosos por asesinato de comerciante 04

Visas a EE.UU., un sueño cada vez más caro 10

Pronaca expone su plan de sostenibilidad proyectado hasta 2030

El sistema eléctrico registra millonarias pérdidas

¿Hay estrategia al lanzar la consulta cuatro meses antes?

Asamblea se pone en guardia para defender las leyes de Noboa Colectivo insiste en aprovechar todas las bondades del cannabis

de migrantes subirán de nivel

Santo Domingo

DiANA Luzu R iAGA

Una sentencia que defiende a la naturaleza y evidencia la negligencia institucional. El dictamen de la Corte Provincial de Santo Domingo de los Tsáchilas, en el juicio impulsado por el Colectivo de Defensa Bombolí, marca un hito positivo, ya que abre una puerta al fortalecimiento del control social sobre los megaproyectos urbanos. Si bien aún hay aspectos que merecen aclaración, se ha dado un paso firme hacia la justicia ambiental, recordándonos la también histórica sentencia a favor del río Aquepí.

La Corte señala que al momento de la aprobación del proyecto “Holyland” no se consideró el cauce natural de la fuente hídrica “Pupusá” y tampoco se garantizó su conservación, ni se priorizó la sustentabilidad del ecosistema, determinando que la responsabilidad recae en los funcionarios del GAD Municipal y GAD Provincial que emitieron los informes favorables.

El tribunal fue enfático “el desarrollo urbanístico no puede ser excusa para ignorar la protección del medio ambiente y los derechos de los ecosistemas”, aseveró que “la reparación ideal sería anular el proyecto y rediseñarlo”, pero, que ya no era posible por el estado avanzado de las obras, haciendo referencia a la demora injustificada de los jueces de primera instancia, cuya actuación fue calificada como error inexcusable, un error judicial sobre el cual no se puede ofrecer argumento válido para disculparlo.

Se ordenó medidas de no repetición contundentes: declarar como Área de Conservación y Uso Sustentable el remanente del cerro Bombolí, adaptar la normativa local a principios de sostenibilidad ambiental, capacitar a funcionarios del Municipio y Prefectura sobre derechos de la naturaleza, y exigir que los futuros proyectos respeten los cauces naturales de fuentes hídricas.

La memoria es resistencia: identifiquemos a quienes permitieron el daño ambiental, levantemos la voz. Activistas, ciudadanía y líderes defendamos lo que nos pertenece: la vida, el territorio y el futuro.

El 6 de agosto de 1875 lo atacaron con machete, puñal y pistola, sin embargo: ¡García Moreno Vive. Cabrones!

Editor

Redacción: santodomingo@lahora.com.ec

Publicidad: mgranda@lahora.com.ec Año: XXVII No. 11.440

4 meses para el debate

El país se levantó ayer con una sorpresiva noticia. El presidente Daniel Noboa difundió, en su cuenta de X, siete preguntas que podrían incluirse en la próxima consulta popular. Lo hizo cuatro meses antes de la fecha tentativa para la votación, el 14 de diciembre. Esto, lejos de ser una imposición, sin contexto alguno sobre cada una de ellas, deja al país, a la sociedad civil, a los especialistas en cada área, un espacio prudente para el debate.

De hecho, ha iniciado en las redes sociales, pero debido al formato de las plataformas, es insuficiente. Es la gran oportunidad de la academia y de la sociedad civil de organizar encuentros para discutir con profundidad los alcances de las preguntas y sus anexos, cuando estos sean revelados. Además se abre la posibilidad de que otras preguntas puedan ser incluidas o que reemplacen a las actuales.

La ilusión de participar en la vida nacional e incidir en el destino del país, propia de cada ecuatoriano y de los tiempos actuales, debe ser el motivo para incluir las mejores ideas en una futura consulta. El fondo debe ser siempre responder a las mayores necesidades de la población, que busca más seguridad, prosperidad y menos corrupción.

Estás preguntas todavía no son definitivas. Pronto habrá observaciones y nuevas necesidades que el primer mandatario ponderará por el bien de la nación.

Esta primera propuesta de preguntas presenta una valiosa oportunidad tanto para que la sociedad participe y aporte en su formulación y sustentación, como para que el presidente Noboa y la Corte Constitucional sintonicen —por fin— con las reales necesidades de un país harto de escuchar y aguantar promesas vacías.

“En Gabriel García Moreno, el más resueltamente excepcional de la historia ecuatoriana durante la república, hay que tratar de ver, antes que el hombre, la época a la que asistió figura central y dominante. La ecuatorianidad propiamente tal comienza a perfilarse con García Moreno. La ecuatorianidad fijadora de linderos nacionales, espirituales, políticos. Considero la vida de García Moreno como la más trascendental de toda nuestra histo -

ria”. Benjamín Carrión. “Para lo que ha sucedido en el Ecuador después de la muerte de García Moreno, yo de buena gana le hubiera dejado la vida al gran tirano... ¡García Moreno! ¡Qué hombre! Este sí: ¡que Hombre! ¡Nacido para grande hombre, sujeto de grande inteligencia... tirano excelso, con toda la excelsitud de su grandeza. Talento, saber, honradez, valor, energía inquebrantable de carácter, suyos son. No tuvo precedente en

¿Progreso o retroceso?

La Ley Orgánica de Integridad Pública, recientemente promulgada en Ecuador, ha sido presentada como herramienta para combatir la corrupción y fortalecer la transparencia en la administración pública. En teoría, la ley establecería principios éticos para los servidores públicos, regulación de conflictos de interés y apuntaría a promover una cultura institucional basada en la honestidad.

Sin embargo, luego de su publicación, la percepción ciudadana ha sido cautelosa, esto porque la ley logra reformar alrededor de 20 cuerpos normativos de un solo viserazo, lo que para algunos es considerado como algo deliberadamente autoritario, propiciando varias demandas de inconstitucionalidad que se están admitiendo a trámite por la Corte Constitucional.

Es decir, esta ley, junto con otras dos consideradas como económicas urgentes, determinan en cierta medida un campo de acción contrario a la Constitución; y, ciertamente, para que operen, no deberían afectar la estructura constitucional del país.

Tal es el caso que organizaciones como la UNE han elevado su voz demandando la revisión de la ley, pues podría ser nociva a los derechos y la estabilidad laboral de servidores públicos, entre otros temas de gran importancia, como las facultades otorgadas al Consejo de la Judicatura para disponer emergencia judicial y elegir jueces a la carta. Pero, además, otras organizaciones se suman a los reclamos, como las vinculadas a la economía popular y solidaria, quienes temen que el proceso para transformar a las cooperativas de ahorro y crédito en bancos sea contraproducente para la esencia del cooperativismo y el desarrollo popular.

En consecuencia, el Presidente tendrá que elegir: insistir en una nueva constituyente, amigable a su visión, tan diferente a la actual; o resistir a un pueblo que, cada vez más, será renuente a retroceder para ceder conquistas sociales ganadas.

América”. Juan Montalvo. “La dureza de García Moreno estaba en armonía con el sentimiento jurídico de los tiempos en que actuó. Su fanatismo religioso, en el fondo fue inofensivo dado el ambiente que le rodeó. En cambio, qué sabiduría, qué valor personal, qué honestidad económica, qué hondura previsiva al servicio de las generaciones futuras. García Moreno es el más grande político y moralizador de la Patria… es uno de los po-

cos, muy pocos grandes hombres que ha producido la República del Ecuador, si damos a la expresión grande hombre el verdadero sentido que debe tener… Rocafuerte y García Moreno son, los únicos grande estadistas ecuatorianos que comprendieron a fondo, con certera previsión y auténtico sentido de la responsabilidad, las fuerzas de la nacionalidad que les llevaron a sus altas responsabilidades”. José María Velasco Ibarra.

Fotomultas generan reclamos por promesa incumplida del alcalde

Ciudadanos y concejales cuestionan que las cámaras instaladas para educación vial ahora sirvan para sancionar, sin socialización previa.

¡ Promesa incumplida del alcalde Wilson Erazo ! Ese es el sentir de varios ciudadanos e incluso concejales de Santo Domingo al enterarse de que las cámaras instaladas en diferentes puntos céntricos ya se usan para sancionar a los transportistas

Desde la semana anterior surgieron los rumores, pero ayer, martes 5 de agosto, el tema salió a la luz pública e incluso fue motivo de fuertes cuestionamientos en la sesión de concejo.

Sanciones

Desde agosto muchas personas han sido notificadas por estacionarse en sitios prohibidos o invadir ciclovías, pero les llama la atención que en los documentos consten infracciones cometi-

Festival de Declamación en el Centro Histórico

MALEStAr. Ciudadanos de Santo Domingo sorprendidos por multas de tránsito generadas por sistema de cámaras.

das en junio.

Marcos se sorprendió al enterarse que debe pagar 70.50 dólares porque detuvo su vehículo sobre la ciclovía existente en la avenida Tsáchila para permitir que descendiera un familiar.

“Es un abuso y robo al pueblo santodomingueño, no lo podemos permitir. Las autoridades son insensibles, el centro lo han llenado de esos espacios poco utilizados y como conductores siempre vamos a tener la necesidad de frenar un

° Para el viernes 15 de agosto, a las 09:00, el Municipio organiza el festival de Declamación con la participación de adolescentes de entre 12 y 17 años que representarán a instituciones educativas públicas y privadas. Las inscripciones se receptan en la dirección de Cultura, de lunes a viernes, en horario de 08:00 a 17:00. Este evento cultural se desarrollará en el Centro Histórico El Colono. (LMM)

momento para dejar a alguna persona”, expresó el ciudadano.

Otros conductores fueron notificados con multas de 47 dólares por estacionar en sitios prohibidos . “Se creen dueños las autoridades, nunca socializan nada y son indolentes porque saben que el pueblo tiene problemas económicos. Deberíamos movilizarnos todos los habitantes para demostrarles que el cantón no es propiedad de ellos”, manifestó Fabián Cedeño.

no hubo socialización

Los concejales Alberto Pantoja, Mario Pazmiño y Diana Saltos aprovecharon sus intervenciones para exponer posturas de rechazo ante esta situación.

“Usted, alcalde, dijo que no se iba a multar, que solamente eran para educación vial y ayudar. No se ha socializado y hay quejas”, expuso Pantoja.

Pazmiño, quien llegó a la concejalía apoyado por la transportación , también cuestionó la aplicación de

Evento parrillero en el Bombolí

° Como parte de las festividades en honor a la Virgen de El Cisne, el 9 de agosto se llevará a cabo el evento parrillero ‘Santuario del Bombolí 2025’, de 11:00 a 19:00. Los fondos recaudados se destinarán a obras de mejoramiento. Quienes deseen colaborar pueden comunicarse al número: 0989045230. Además, cada noche, hasta el 15 de agosto, se realiza la novena y actividades culturales. (LMM)

EL DATO

Las cámaras están en varios puntos céntricos y transitados de la ciudad. Según una concejal, el rubro por estas multas bordea los 2 millones de dólares.

Para este miércoles 6 de agosto, a las 10:00, las autoridades de la EPMT darán a conocer detalles sobre las sanciones.

multas a través de las cámaras y solicitó que sean anuladas.

“A partir del jueves 1 de agosto empezaron a llegar imágenes y notificaciones por parte de la EPMT a la transportación. Recordará que dentro del proceso de campaña siempre dijimos que el tema de las fotomultas no se va a aplicar en Santo Domingo, que las cámaras serían exclusivamente para concienciar a los ciudadanos”, acotó. (JD)

Briana preside Consejo de la Adolescencia

° Briana García fue elegida como presidenta del Consejo Consultivo de la Adolescencia de La Concordia. En representación del Municipio, la concejal María Eugenia Zambrano asistió a la elección, que fue coordinada por el Consejo Cantonal para la Protección de Derechos. Las autoridades destacaron el protagonismo juvenil y reiteraron su compromiso con la protección, escucha y promoción de los derechos de este grupo etario. (LMM)

Comerciante asesinado en asalto tipo sacapintas

Los atacantes se movilizaban en un carro y una motocicleta. Tras una persecución en la vía Las Mercedes, dos de ellos fueron arrestados y puestos a órdenes judiciales.

Fabián Vicente Cedeño Intriago, de 36 años, murió tras recibir un impacto de bala durante un asalto tipo sacapintas en Santo Domingo. El hombre había retirado dinero en una entidad bancaria ubicada en la avenida Quito y, minutos después, fue atacado por delincuentes armados que

de manera repentina, varios delincuentes que iban en otro automotor y en una motocicleta lo interceptaron para arrebatarle el dinero.

se movilizaban en un carro reportado como robado. El caso ocurrió ayer, martes 5 de agosto, a pocos metros del semáforo ubicado en la intersección de la calle Río Yanuncay y avenida Abraham Calazacón , parte posterior de un conocido centro comercial.

NOTIFICACIÓN A USUARIOS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS

MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIÓN ECOLÓGICA, DIRECCIÓN ZONAL 2 ESMERALDAS, OFICINA TÉCNICA SANTO DOMINGO DE LOS TSÁCHILAS. - Proceso Administrativo Nro. 016-2025-Au .- Santo Domingo de los Tsa chilas, jueves, 31 de julio de 2025. A las 16h30.- VISTOS: Avoco conocimiento del presente proceso administrativo en mi rol de Director Zonal 2 Esmeraldas del Ministerio del Ambiente, Agua y Transicio n Ecolo gica, segu n la Accio n Personal Nro. 024-2025-DZ2-MAATE del 3 de febrero de 2025. Que por medio del Decreto Ejecutivo Nro. 1007 del 4 de marzo de 2020, el Presidente Constitucional de la Repu blica dispuso la unificacio n del Ministerio del Ambiente (MAE) y la Secretarí a del Agua (Senagua) en una entidad u nica llamada Ministerio de Ambiente y Agua. Que a trave s del Acuerdo Ministerial No. MAATE-2023-080, del 20 de agosto de 2023, se ratifica el Estatuto Orga nico del Ministerio del Ambiente, Agua y Transicio n Ecolo gica MAATE. En lo principal: 1.- Mediante escrito presentado el 6 de marzo de 2025, comparece a esta Oficina Te cnica de Santo Domingo de los Tsa chilas, el sen or Ing., Javier Alfonso Avilés Martin, con el objeto de solicitar el uso y aprovechamiento de agua para fines de piscicultura — cria de paiche—, proveniente del estero Piedra Podrida, que se ubica en la Cooperativa San Francisco de la Caoni, de la parroquia Puerto Quito, canto n Puerto Quito, provincia Pichincha. Con el antecedente expuesto esta autoridad DISPONE: 1.- En apego a lo dispuesto en los Arts. 18 Literal g), 86, 87 numeral 1, literales a y b; 123, 124, 125 y 126 de la Ley Orga nica de Recursos Hí dricos, Usos y Aprovechamiento del Agua, en concordancia con el Art. 107 del Reglamento a la Ley ibidem, se admite a tra mite la solicitud presentada, bajo el procedimiento general. En consecuencia, practí quese las siguientes actuaciones: a) Notifí quese a los usuarios conocidos y desconocidos mediante publicacio n de un extracto de la solicitud y e sta providencia, publicaciones que se lo debera hacer en un perio dico de circulacio n de la localidad, de no existir se lo realizara en un perio dico de circulacio n nacional, por tres veces consecutivas. 2.- Te ngase en cuenta los correos electro nicos sen alados para sus notificaciones. 3.- Actu e como secretario Ad Hoc, en el presente tra mite el Ab. Darwin Apolo Calero. Cúmplase y Notifíquese…f) ING. DIEGO HERRERA, DIRECTOR ZONAL 2 ESMERALDAS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE, AGUA Y TRANSICIO N ECOLO GICA.

Balazo mortal

Durante el violento robo se escuchó una detonación y Fabián Cedeño resultó con una herida en la zona abdominal. Quedó en el interior de la camioneta y fue trasladado a cuidados intensivos del hospital Gustavo Domínguez, donde tiempo después se confirmó su deceso. Mientras tanto, los delincuentes huyeron en sus respectivos medios de transporte por el anillo vial que conduce hacia el redondel

Persecución y captura

Agentes de la Unidad Nacional de Investigación de Delitos Contra la Propiedad

Privada (UN-BAC) y otras unidades de la Policía Nacional desplegaron un operativo en la vía Las Mercedes que permitió la captura de dos de los sospechosos. Ellos fueron identificados como Edwin F., de 30 años; y Jonathan M., de 24 años, quienes no registran antecedentes penales y quedaron a órdenes de las autoridades judiciales. La detención se dio cuando intentaban escapar en un automóvil que había sido grabado en el momento del delito y que tenía reporte de robo en Portoviejo. (JD)

Examen antropológico definirá identidad de hombres calcinados

Los dos hombres que fueron asesinados y calcinados en la cajuela de un vehículo serán sometidos a exámenes antropológicos para confirmar sus identidades.

Sus restos mortales permanecen en el Centro Forense de Santo Domingo y aún no se ha confirmado una fecha para realizar el procedimiento, pues se necesitará el arribo del personal especializado.

Las llamas dejaron irreconocibles a las víctimas, a quienes les arrebataron la vida de manera atroz. Hasta el momento no hay detenidos por este caso.

Se presume que fueron atacadas con armas de fue-

go antes de quedar atrapadas en las llamas, se escucharon disparos en el lugar del hallazgo.

Los agentes policiales que participaron en el procedimiento encontraron una vaina percutida en la escena, indicio que quedó bajo cadena de custodia para el proceso investigativo.

Se confirmó que el vehículo era un taxi, cuyo propietario reveló que era conducido por su hijo. Teme que sea uno de los fallecidos, porque desde la mañana del lunes 4 de agosto no tiene noticias de su paradero.

Antecedentes del caso

El hallazgo del carro incendiado con dos hombres en la

VÍCTIMA. Fabián Vicente Cedeño Intriago, de 36 años.

El cuerpo de Fabián Cedeño fue trasladado al Centro Forense. Se trataba de un comerciante radicado en Nuevo Israel.

PROCEDIMIENTO. Todavía no se confirma cuándo se hará el examen antropológico.

cajuela ocurrió la tarde del lunes en el interior de una hacienda ubicada en la jurisdicción de la parroquia rural Plan Piloto , en La Concordia. Uniformados del Cuerpo de Bomberos acudieron al sitio para sofocar el fuego, mientras que personal de la Policía Nacional realizó el levantamiento de los cadáveres. (JD)

DOMINGO MIÉRCOLES 06/AGOSTO/2025 I

EL DATO

Hasta ahora, Pronaca ha presentado 18 memorias de sostenibilidad y tiene operaciones en Ecuador, Panamá y Estados Unidos.

ACTIVIDAD. Pronaca presentó su décima octava estrategia de sostenibilidad, que estará vigente hasta el 2030.

Pronaca presenta su Estrategia de Sostenibilidad 2030

La empresa enfatiza su compromiso con las comunidades, el bienestar animal y el cuidado del planeta en un plan basado en acciones concretas.

‘El futuro se alimenta hoy’, fue el lema con el que los representantes de Pronaca presentaron su nueva Estrategia de Sostenibilidad 2030. En un evento desarrollado en Santo Domingo, los directivos realizaron una reseña institucional y expusieron los proyectos planificados para los próximos cinco años.

Esteban Zambrano, gerente regional de Pronaca, puntualizó que la empresa genera más de 10.000 empleos directos y 42.000 indirectos en los tres países donde opera.

Considera que una de las claves ha sido fomentar buenas prácticas de alimentación y mantener una relación amigable con las comunidades cercanas. Además, confirmó que se sumarán a la lucha contra la desnutrición crónica infantil en Ecuador

“Somos el mayor exportador de palmito en el mundo y el principal productor de proteína animal en el país. La principal riqueza es el capital humano, por eso tenemos un compromiso profundo con la nutrición y el bienestar de las futu-

ras generaciones”, expresó Zambrano.

La planificación hasta 2030 se basará en ejes puntuales. Primero, el respeto a las comunidades, con apoyo

a los ciudadanos y cuidado responsable de los animales para garantizar su bienestar. Otro eje está enfocado en el cuidado del planeta. Para ello, se implementan 800 sistemas de gestión ambiental, tratamiento de aguas, biodigestores y la transformación anual de 45.000 toneladas de residuos orgánicos en abono. (JD)

Respeto por las comunidades

• Pronaca auspicia cuatro centros Redni, donde más de 300 mujeres embarazadas y sus hijos reciben atención durante los primeros mil días de vida.

• Gracias al esfuerzo conjunto de la fundación San Luis y Pronaca, 33 generaciones de bachilleres se han graduado.

Por más de 20 años, ambas instituciones han impulsado la educación rural en Bucay y Santo Domingo de los Tsáchilas

• La compañía impulsa programas de nutrición, acceso a alimentos de calidad y educación en hábitos saludables.

Respeto por los animales

• Pronaca reafirma su compromiso de innovar y mejorar continuamente el cuidado de las especies que forman parte de su cadena productiva.

• En todos los centros de operación se cumplen las cinco libertades de bienestar animal: sin hambre ni sed, bienestar emocional, libres de enfermedades, entorno sano y libertad para comportarse de forma natural.

• Cuenta con la certificación internacional Welf-Cert, para el negocio de cerdos, y normas nacionales de Agrocalidad en el 100% de sus negocios, mismas que avalan la calidad de los productos.

Respeto por el planeta

• El impacto también se refleja en el entorno de sus operaciones: Pronaca ha implementado 800 sistemas de gestión ambiental, incluyendo 40 sistemas de tratamiento de aguas, incluidos 12 biodigestores que garantizan un uso racional y eficiente de los recursos naturales.

• Más de un millón de árboles sembrados en todo el país.

• Cada año, transforman 45.000 toneladas de residuos orgánicos en abono.

• El 74 % de sus empaques son reciclables.

REPÚBLICA DEL ECUADOR COACTIVA DEL BANCO DEL PACÍFICO PRIMER SEÑALAMIENTO DE REMATE

PROCESO: COACTIVO

EXPEDIENTE: BP-002435-II-2023

ACREEDOR: BANCO DEL PACÍFICO S.A.

TIPO DE BIEN: INMUEBLE

AVALÚO: USD $113.388,08

DEPOSITARIO: Erick Daniel Cueva Vaca - 0999070030

ABOGADO SECRETARIO: Dr. Jorge Ramiro Miño Salinas - 0960907129

PROVIDENCIA/AUTO: PROCEDIMIENTO COACTIVO: POTESTAD DE EJECUCION COACTIVA. AB. CARLOTA MARIA FALCONÉS CÁCERES. – VISTOS: CONTINUANDO CON LA SUSTANCIACIÓN DEL PROCESO: DISPONGO: Agregar al expediente lo siguiente: UNO: La factura emitida por el registro de la Propiedad del cantón Santo Domingo de fecha 14 de julio de 2025. DOS: El certificado de gravamen número 00118972-2025-745276 emitida por el registro de la Propiedad del cantón Santo Domingo de fecha 14 de julio de 2025. TRES: El informe de movilización emitido por secretaría de fecha 17 de julio de 2025. CUATRO: Tómese en cuenta el informe y sus anexos de fecha 17 de julio de 2025 presentados por el señor Erick Daniel Cueva Vaca depositario del Banco Pacifico S.A.- SE ORDENA. - PRIMERO: De conformidad con lo establecido en los Arts. 300, 301 y 302 del Código Orgánico Administrativo EL PRIMER SEÑALAMIENTO DE REMATE del bien embargado dentro de la presente causa, cuyas características constan en el informe pericial y en el certificado de gravámenes que obra en autos que son: CASA NÚMERO UNO, PATIO Y ESTACIONAMIENTO NÚMERO UNO, DEL CONJUNTO HABITACIONAL EL PRADO, UBICADO EN LA AVENIDA CHONE, FRENTE A HOSTERÍA MI CHUCHITO.- LINDEROS REGISTRALES: CASA NÚMERO UNO: NORTE, ocho metros ochenta centímetros, con el patio frontal de la casa uno; SUR, nueve metros treinta centímetros, con el patio posterior de la casa uno; ESTE, doce metros con ochenta y cinco centímetros con la medianera de la casa dos y del patio dos; OESTE, doce metros ochenta y cinco centímetros con el patio lateral de la casa uno; ARRIBA, ochenta metros cuadrados, con la losa de cubierta de nivel más siete punto setenta y seis; ABAJO, sesenta y siete metros cuadrados, con el contrapiso de nivel más dos punto veinte; ÁREA ÚTIL, ciento cuarenta y siete metros cuadrados; NIVEL, más dos punto veinte, más cuatro punto noventa y ocho; ALÍCUOTA PARCIAL, tres punto cinco mil ochocientos cincuenta y tres por ciento. PATIO Y ESTACIONAMIENTO UNO: NORTE, quince metros cincuenta centímetros, con vía de circulación vehicular interna; SUR, quince metros cincuenta centímetros, con área que se reserva el propietario; ESTE, veinte y un metros con la medianera de la casa dos y del patio dos; OESTE, veinte y un metros con la vía vehicular sin nombre que viene de la vía a Chone, kilómetro tres y medio margen derecho; ARRIBA, doscientos cincuenta y ocho metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados, con el cielo; ABAJO, doscientos cincuenta y ocho metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados, con el suelo; ÁREA ÚTIL, doscientos cincuenta y ocho metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados; NIVEL, mas dos punto cero cero; ALÍCUOTA PARCIAL, seis punto tres mil cuarenta y siete por ciento.- SEGUNDO: El REMATE tendrá lugar el día 15 DE SEPTIEMBRE DE 2025, desde las cero horas hasta las veinte y cuatro horas tal como lo determina el Art. 301 del Código Orgánico Administrativo. TERCERO: En virtud del principio de publicidad, se ordena la publicación del aviso de remate en el portal de remates de la Corporación Financiera Nacional CFN, así como su publicación en uno de los periódicos de mayor circulación que se editen en la ciudad de Santo Domingo, provincia de Santo Domingo de los Tsáchilas.- CUARTO: Las ofertas estarán a lo dispuesto al Art. 302 del Código Orgánico Administrativo; es decir no podrán ser inferiores al 100% del valor del avalúo, que es de USD $113.388,08 (CIENTO TRECE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 08/100 dólares de los Estados Unidos de América).- QUINTO: El remate, se efectuará a través de la plataforma de remates de la Corporación Financiera Nacional B.P., donde deberán descargar el formulario “conozca a su cliente”, el mismo que deberán llenar y cargar desde el portal web de la Corporación Financiera Nacional B.P.SEXTO: Hágase conocer a los postores interesados que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de Junta Bancaria N° JB-2013-2534, del 26 de julio del 2013, publicado en el Registro Oficial N° 69 del 29 agosto del 2013, deberán ser calificados con quince (15) días de anticipación a la realización del primer señalamiento de remate, en base a la solvencia económica y experiencia en el negocio, debiendo para ello, acompañar a su solicitud de calificación los siguientes documentos en originales o copias certificadas: a) Cédula de ciudadanía y certificado de votación, para personas naturales ecuatorianas, y pasaporte para las extranjeras. Si el postor es persona jurídica, se presentarán esos documentos relativos al representante legal o convencional que presentará la postura, y, adicionalmente, copia certificada del registro único de contribuyentes; b) Declaración juramentada acerca de que el postor y sus representantes carecen de vinculación con la entidad a cargo del remate, y de que no tienen impedimento legal alguno para intervenir en él; c) Certificado de Cumplimiento Tributario actualizado, expedido por el Servicio de Rentas Internas, que señale que el postor se encuentra al día en sus obligaciones y deberes como contribuyente; d) Declaración juramentada acerca de no encontrarse en mora, el postor ni sus representantes, en el cumplimiento de obligaciones de cualquier naturaleza para con el Estado ni con ninguna entidad o dependencia del sector público. Esta declaración puede incluirse en el mismo instrumento señalado en la literal b) del presente auto; e) Certificado de referencias crediticias actualizado; f) Certificado otorgado por la Unidad de Análisis Financiero y Económico UAFE en el cual conste que el postor, ni sus representantes legales se encuentran en la base de datos reservada de esa institución; y, g) Ultima planilla de cualquier servicio básico (agua, luz o teléfono) del lugar donde reside o ejerce su actividad económica el postor o su representante que presentará la postura, la cual deberá estar expedida a su nombre, y, de no estarlo, deberá contarse con una autorización por escrito de la persona a cuyo nombre está expedida, con firma autenticada, en la cual faculte al postor a señalar su domicilio a efectos de intervenir en el primer señalamiento de remate en particular.- El Órgano Ejecutor, en el término de dos (2) días, deberá resolver sobre las solicitudes de calificación de postores, aceptándolas o negándolas; toda vez que, al tratarse de una entidad del Sistema Financiero, el Órgano Ejecutor, se reserva el derecho de desechar las posturas que no reúnan o se ajusten a las normas de calificación, establecidas por la Superintendencia de Bancos. Su resolución no será susceptible de recurso alguno, ni se admitirán incidentes de ninguna clase; y, los que se provoquen, serán rechazados de plano. Los postores que no cumplan con estas disposiciones no podrán intervenir en el primer señalamiento de remate. Si de hecho presentaren posturas, no serán admitidas. Los postores deberán presentar los documentos ante el Órgano Ejecutor ubicado en Av. Amazonas N22-94 y Veintimilla, edificio Banco Pacífico, segundo piso, Departamento de Coactivas, del Cantón Quito, Provincia de Pichincha.- SEPTIMO: El valor de las posturas se receptará a través de las cajas del Banco del Pacífico en dinero en efectivo o cheque certificado, siendo este el 10% en pago de contado o el 15% si la postura contempla pago a plazos de conformidad con el Art. 301 del Código Orgánico Administrativo. Las posturas presentadas estarán a lo dispuesto en el Art. 303 del Código Orgánico Administrativo.OCTAVO: Si el diez o quince por ciento que se consigna sobrepasa los $5.000 los postores deberán obligatoriamente suscribir el formulario de licitud de fondos emitido por la Unidad de Análisis Financiero (UAF).- NOVENO: Cuéntese con el Depositario Judicial señor Erick Daniel Cueva Vaca, designado en la presente causa, quien, para el efecto, prestará las facilidades del caso a los interesados para conocer el bien a rematarse, pudiendo los interesados contactarlo mediante vía telefónica al 0999070030 o al correo electrónico erickc_02@hotmail.com.- (…). CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE”. f) A.B CARLOTA MARIA FALCONES CACERES EJECUTORA DE COACTIVA DEL BANCO DEL PACÍFICO S.A. Lo que comunico al público para los fines de ley.DR. JORGE RAMIRO MIÑO SALINAS SECRETARIO – ABOGADO COACTIVA DEL BANCO DEL

Pérdidas eléctricas llegan a su segundo peor

nivel en 15 años

Las pérdidas eléctricas en Ecuador alcanzaron el 15,58% en 2024, el segundo nivel más alto en 15 años, mientras la cartera vencida supera los $1.000 millones. Aunque el riesgo de apagones se redujo este año gracias a las lluvias, la estructura del sistema sigue deteriorada por fraudes, mala gestión y falta de planificación.

Este 2025, Ecuador podría librarse —al menos temporalmente— de los apagones que marcaron el año anterior. El estiaje es menos agresivo y los embalses estratégicos, como el de Mazar, están en niveles óptimos (aunque la época seca todavía no empieza). Pero bajo esa superficie de estabilidad climática se esconde una crisis estructural no resuelta: pérdidas eléctricas históricas, robos masivos de energía, mala gestión comercial y una deuda acumulada que supera los $1.000 millones.

Pérdidas de energía

Según el Sistema Nacional de Información y datos públicos del sector eléctrico ecuatoriano, en 2024 el país registró pérdidas eléctricas por el 15,58% de toda la energía distribuida. Es la segunda cifra más alta en los últimos 15 años, apenas por debajo del 16,33% alcanzado en 2010. El dato refleja un deterioro sostenido: solo entre 2023 y 2024 las pérdidas aumentaron medio punto porcentual, pasando de 15,03% a 15,58%, alejándose de la meta del Gobierno de reducirlas al 13,22%. Estas pérdidas se dividen en:

• Técnicas (6,33%) , atribuibles al diseño del sistema y a la antigüedad de cables y transformadores. Aunque inevitables, son controlables si se invierte en infraestructura.

• No técnicas (9,25%) Incluyen robos de electricidad, conexiones ilegales, alteración de medidores, errores de facturación y deficiencias en el cobro. Este tipo de pérdi -

SECTOR. El sistema eléctrico ecuatoriano tiene problemas estructurales que no se resuelve

das se ha casi duplicado desde 2019, cuando eran del 4,96%. Según un estudio realizado por el Grupo Spurrier, detrás de estas pérdidas existe una decreciente capacidad de cobro. En 2018, se cobraba el 98,43% de lo facturado; pero actualmente el porcentaje cayó al 81,64%.

Según el Sistema Nacional de Información y datos públicos del sector eléctrico ecuatoriano,el costo de estas pérdidas es demoledor. Solo en 2023, se dejaron de facturar 2.661 GWh, lo que representó una pérdida estimada de más de $260 millones, equivalentes a más de un 10% del ingreso anual del sector. En otras palabras: uno de cada seis kilovatios que circulan en el sistema eléctrico ecuatoriano no se cobra. De acuerdo con Carlos Romero, ingeniero eléctrico, el impacto va más allá de lo financiero. Las pérdidas afectan la calidad del servicio, elevan los costos para los usuarios formales y erosio-

nan la confianza de posibles inversionistas en el sector energético. En zonas como las atendidas por la Corporación Nacional de Electricidad (CNEL) , el problema se ha salido de control. Según denunció el Comité de Empresa, las pérdidas llegan hasta el 40% en algunos sectores, lo que significa que solo 6 de cada 10 kilovatios distribuidos se cobran. “La empresa contrata compañías para reducir pérdidas, pero los resultados no existen. No se ha recuperado ni un solo punto”, señaló Luis Lapo, dirigente sindical.

Los trabajadores también alertan que, en lugar de fortalecer el área técnica y comercial para frenar esta hemorragia, se está despidiendo personal clave, agravando la situación operativa.

“El problema no somos los trabajadores. Mientras nos recortan a nosotros, las pérdidas eléctricas y la cartera vencida siguen creciendo sin solución. Hablamos de más de $600 millones en cartera vencida y $400 millones en

pérdidas técnicas, pero no hay un plan para enfrentar eso”, lamentó Luis Lapo, secretario general del Comité de Empresa de Cnel.

Además, desde el sindicato eléctrico se pide que se retomen las mesas técnicas para tratar los problemas estructurales de las empresas de distribución y de todo el sistema eléctrico del país.

Cartera vencida

A la fuga de energía se suma otro frente crítico: la cartera vencida del sistema eléctrico , que ya supera los $1.000 millones. En un intento por recuperar parte de esos fondos, el Gobierno de Daniel Noboa incluyó en su “Ley No Más Apagones” un proceso de remisión de intereses y recargos. El resultado fue limitado: solo se recaudaron $42,76 millones, equivalentes al 4% del total, pese a que participaron 1,2 millones de clientes. Estos datos salen de la rendición de cuentas que hizo el Ministerio de Energía y Minas a inicios de julio de 2025.

Los trabajadores de CNEL critican que no haya un plan efectivo de recuperación de cartera. “El problema no son los técnicos, sino la falta de acciones concretas para cobrar lo adeudado. ¿Qué ha hecho CNEL para recuperar esa millonaria deuda?”, cuestionaron en una reciente rueda de prensa.

Mientras tanto, la deuda sigue afectando la capacidad del Estado para invertir en nuevas redes, mantenimiento, tecnología y proyectos de expansión, de acuerdo con Carlos Romero, ingeniero eléctrico.

Solo en CNEL, que brinda servicio de distribución y comercialización de energía eléctrica en diez provincias

Sobre los cuestionamientos hechos por el Comité de Empresas, los problemas estructurales de CNEL y de todo el sistema eléctrico ecuatoriano señalados por los especialistas, se remitieron pedidos de información al Ministerio de Energía y Minas y a CNEL. Hasta el cierre de esta edición, no hubo respuesta.

del Ecuador , cubriendo aproximadamente el 44 % del territorio y llegando a cerca del 50 % de la población, la cartera vencida supera los $600 millones. Además, el hueco dejado por las pérdidas llega a los $400 millones. Por eso, los trabajadores de esa empresa pública piden acciones urgentes del Gobierno de Noboa.

¿Hay riesgo de apagones?

A diferencia de 2024, cuando Ecuador vivió 160 días de sequía hidrológica, las condiciones climáticas de 2025 son más favorables. Embalses como Mazar se encuentran casi al 100% de su capacidad actualmente, lo que permite mantener a corto plazo una buena generación hidroeléctrica durante la etapa seca.

Sin embargo, el riesgo de apagones no ha desaparecido. El sistema tiene un déficit estructural de generación de entre 800 y 1.000 megavatios en horas pico. Ese déficit solo se cubre mediante generación térmica (más costosa y contaminante) o compras de emergencia a Colombia Pero este año, la licitación para 260 MW en térmica fue declarada desierta (se lo quiere reemplazar con más alquiler de barcazas caras), y varios proyectos clave — como los de las empresas Austral y Progen — están retrasos en controversia judicial y hasta investigaciones de Fiscalía. (JS)

Consulta popular: pros y contra del anuncio a meses de su ejecución

El anuncio de las siete preguntas de la consulta popular llegó durante una coyuntura de oposiciones al Gobierno.

Expertos evalúan el momento del lanzamiento y los escenarios.

GOBERNABILIDAD. El presidente Daniel Noboa podría enfrentar algunos escenarios debido a los temas que incluye su consulta popular. (Foto: Presidencia de Ecuador).

suspensión provisional de normas en tres leyes (de Solidaridad Nacional, de Inteligencia y de Integridad Pública).

¿Un núcleo duro opositor?

El primero: el 4 de agosto de 2025 la Corte Constitucional (CC) resolvió la

Un día después de que la vocera del Gobierno, Carolina Jaramillo , dijo desconocer las preguntas de la consulta popular , a excepción de dos ya comunicadas (sobre las bases militares extranjeras y quitar el financiamiento público a organizaciones políticas), ocurrieron dos anuncios.

Cristian Buttié, director general de CB Consultora, observa que Ecuador tiene una sociedad polarizada entre los que apoyan a Noboa y los que se oponen. “En esa polarización yo le prestaría mucha atención a la composición de la aprobación y desaprobación. La muy mala de Noboa es del 33,5%. Mientras que la muy buena es el 27,1%. Significa que el núcleo duro opositor en Noboa es mayor que el núcleo duro fidelizado”. Esos seis puntos de diferencia marcan un camino, indica: “Que las críticas son superiores a la defensa absoluta de Noboa”. Ve una ventaja para Noboa: “El poco tiempo desde que ganó las elecciones. Noboa o su equipo podrían considerar que hay un viento de cola que le permitiría lograr el resultado del balotaje en la segunda vuelta y replicarlo en un referéndum”.

También habla de una desventaja: “Si vuelve a caer (su imagen) en agosto y empieza a observarse una tendencia negativa, hasta diciembre sería demasiado tiempo para poder proyectar esta consulta”.

El segundo: el 5 de agosto, el presidente de la República, Daniel Noboa, lanzó la consulta popular mediante su cuenta de X. Son 7 pre -

Una estrategia desaprovechada

Para Aparicio Caicedo, exconsejero presidencial de Guillermo Lasso, el Gobierno de Noboa quiere plantar un escenario de polarización. “Por un lado ellos como defensores de la seguridad ciudadana y por el otro lado la CC como estorbo o como boicot frente a ese propósito”.

Considera que el Gobierno habrá medido la popularidad de esta consulta antes de lanzarla y anticipa que cualquier iniciativa que se vea favorable ante la crisis de seguridad puede ser vista de forma positiva. La ventaja del Gobierno es su “astucia comunicacional” y “olfato estratégico”, pero no los utiliza para cambios “de fondo”. “Lo que me da pena es que dentro de esas consideraciones no se aprovecha la oportunidad de hacer una reforma de mayor calado a la Constitución”. Proyecta que en la pregunta sobre eliminar el Consejo de Participación Ciudadana, la CC obligará a que se tome la vía de la reforma parcial, es decir un procedimiento más riguroso del que ya hay experiencias pasadas, por ejemplo la consulta durante el Gobierno de Lasso en 2023. La ciudadanía impuso el no.

guntas, de las que aún no se conocen sus anexos, pero llaman la atención por varios motivos. La consulta sería el 14 de diciembre de 2025. Una encuesta realizada del 21 al 25 de julio de 2025 por CB Consultora de Opinión Pública, empresa argentina enfocada en estudios de cli-

Falta de procedimiento para las preguntas

Verónica Hernández, jurista y cofundadora de la plataforma La Corte Dice, explica que las cinco preguntas (de la 3 a la 7) “necesitan ir por esa tradicional vía que es el dictamen de procedimiento”. Hay una desventaja, que la consulta estará sometida a los tiempos que maneje la CC para su análisis sobre el dictamen de vía, no sería posible realizarla en diciembre. Ejemplifica que la propuesta de reforma sobre las bases militares tomó más de un año. “Ningún procedimiento de modificación constitucional en este país ha tomado cuatro meses”. Plantea un escenario si la CC no responde con la constitucionalidad de las preguntas en el término de 20 días que dispone la ley o el Gobierno considera que se ve limitado por la CC: “Tengo un poco de temor. ¿Qué pasaría si hay un rompimiento constitucional? Y el Presidente dice no voy a someter esta consulta a la CC, sino que lo envió directamente al CNE (Consejo Nacional Electoral) y este, haciendo caso omiso a la Constitución, convoca a elecciones y el pueblo se pronuncia. Ese puede ser el escenario perfecto para una Asamblea Constituyente porque hay un rompimiento constitucional”.

ma social, ubica a Noboa en el cuarto lugar en un ranking de los mejores presidentes de Sudamérica . Registra una imagen positiva del 49,1% y una negativa del 48,2%. Tuvo una caída del 2,7% en comparación de una medición de junio (52,4% de imagen positiva). (KSQ)

La urgencia de conectar los tiempos

El constitucionalista Esteban Ron dice que los jueces de la CC hablan a través de sus actuaciones judiciales que no tienen una carga social fuerte. “Pasa lo mismo que le pasó a Lasso, ofreció una consulta popular y tiene que cumplirla de una u otra manera. Si se deja pasar el tiempo la consulta se va vaciando porque se somete a las preguntas a mayor escrutinio público y técnico. Hoy podría decir que de las 7 preguntas 2 quedarían fuera (Cpccs y contratación por horas). Se empieza a generar este desgaste y por eso el apuro para lanzarla”, estima Ron. Evalúa que la decisión de Noboa responde más a un conteo de fechas electorales. “Si dejaban pasar agosto, la consulta ya no se ejecutaba en diciembre, por los 60 días que tiene el CNE para ejecutar el proceso electoral”. El Código de la Democracia establece que una vez que el CNE conozca el Decreto Ejecutivo para la consulta popular, con el dictamen previo de la CC, convocará en 15 días a referéndum o consulta popular, que deberá efectuarse en el plazo de 60 días. Fijar el 14 de diciembre para la consulta “fue un mal cálculo”.

Leyes del Ejecutivo enfrentan a la Asamblea y la Corte Constitucional

El constitucionalista Luis García cree que la Asamblea Nacional y el Gobierno deberán sustentar por qué no hubo inconstitucionalidades durante la aprobación de las leyes impulsadas por el Ejecutivo.

INSTITUCIONALIDAD. Autoridades de

“La Asamblea Nacional tiene un gran equipo de abogados que defenderá hasta la última coma los proyectos de ley”. Esa fue la frase que repitió por varias semanas Niels Olsen, presidente de l Parlamento, cuando a la Corte Constitucional (CC) llegaban demandas de inconstitucionalidad a cuatro leyes promovidas desde el Ejecutivo.

La afirmación de Olsen se

pondrá a prueba frente a la decisión de los jueces constitucionales de suspender provisionalmente varios artículos de las leyes de Solidaridad Nacional, Integridad Pública y de Inteligencia.

“Con la decisión de los jueces de la Corte, la Asamblea está obligada a armar desde ya una estrategia de defensa para evitar que los artículos observados por la Corte sean declarados, definitivamente,

Asamblea posesionó a jueces suplentes de la CC

° En medio de la tensión entre la Asamblea y la Corte Constitucional, Nies Olsen posesionó este 5 de agosto a Pamela Aguirre Castro y Edwin Aceldo Guali como jueces suplentes de la Corte Constitucional.  Dentro del proceso de renovación parcial de la

inconstitucionales”, advirtió una fuente cercana a ADN.

A partir de la decisión de la Corte, la pugna por la vigencia de las leyes llevará a una medición de fuerzas entre los jueces de la CC y los asambleístas de Gobierno.

Este 5 de agosto de 2025, Valentina Centeno, jefa de bancada de ADN, instó a la Corte a convocar a audiencias para defender las leyes que, según dijo, son herra-

Corte (2024-2025), que llevó a cabo una comisión calificadora, Aguirre, quien postuló de una terna del Ejecutivo, alcanzó un puntaje de 94,75/100. Edwin Aceldo, delegado de la Función de Transparencia y Control Social, alcanzó una calificación total de 86/100. En caso de ausencia definitiva, Pamela Aguirre o Edwin Aceldo podrán reemplazar a los actuales jueces en funciones: Claudia Salgado, José Luis Terán y Jorge Benavides.

Las autoridades involucradas tienen 15 días de plazo para pronunciarse sobre la constitucionalidad de las normas.

tenido no atenta o contraviene la Constitución.

El análisis en torno a este debate determinará si los artículos observados por la Corte entran en vigencia o son declarados inconstitucionales y, por lo tanto, quedar sin efecto y ser expulsados del ordenamiento jurídico.

Luis García presume que hay una posibilidad real que los jueces se ratifiquen en su decisión y declaren la inconstitucionalidad de algunos artículos.

“Definitivamente, la Corte ratificará la inconstitucionalidad de varios artículos, no me imagino un escenario en el que la Corte deseche sus argumentos”, afirmó García, quien calcula que la Corte adoptará una decisión final en menos de dos meses.

mientas para combatir al crimen organizado. Recordó que las leyes de Integridad Pública, Inteligencia y Solidaridad Nacional fueron aprobadas de forma unánime en el Parlamento, “por lo que la CC deberá demostrar cuáles son sus argumentos y no solo basarse en subjetividades de temas preconcebidos y sesgados. Es decir, debe demostrar por qué ha tomado esa decisión”.

Para Luis García, constitucionalista y exasesor en la CC, los argumentos de la Asamblea, de la Presidencia de la República o del Ministerio de Gobierno deben ir más allá. Los representantes del Legislativo deberán sustentar por qué no hubo inconstitucionalidades dentro del proceso o porque su con-

Entre otros temas, los artículos observados por la Corte Constitucional suspenden disposiciones que obligan a las cooperativas a convertirse en bancos, o la obligación de las instituciones, operadoras de telefonía, a entregar información sin excepción al Centro de Inteligencia Estratégica, indulto presidencial, etc.

Leyes con ‘respaldo mayoritario’

La fuente de ADN consultada también reconoció que los argumentos que Olsen empleó el 4 de agosto para responder a los jueces de la CC no serán suficientes.

En un mensaje en cadena nacional, el presidente d e la Asamblea dijo a los jueces que las leyes que el país reclamaba con urgencia se aprobaron con respaldo mayoritario.

Su intervención como jefe del Legislativo, junto a Zaida Ruvira, ministra de Gobierno de Daniel Noboa, no dejó dudas de la cohesión, tanto en la forma como en el fondo, para la defensa de la unidad de la mayoría en el Parlamento y las tesis del régimen. (SC)

la Asamblea Nacional. Jueces de la Corte Constitucional (Fotos archivo).

2024 227.000

(EnERo A JUn

Los cambios que debes conocer sobre la visa a EE.UU.

Costos, tiempo para renovación y hasta depósitos como fianza forman parte de las nuevas políticas migratorias de EE.UU., para quienes requieran visa.

El Gobierno de Donald Trump ha endurecido las políticas migratorias para quienes buscan una visa hacia Estados Unidos.

Según la secretaria de Seguridad Nacional de Estados Unidos, Kristi Noem, esto ha provocado una caída de los migrantes ecuatorianos irregulares hacia EE.UU. (ver recuadro).

Entre los principales cambios están los costos, el proceso de renovación y un proyecto de fianza a cambio del documento que habilita el ingreso de

extranjeros a suelo norteamericano. LA HORA te deja una guía de lo que debes saber sobre este proceso.

1.Costo de la visa a EE.UU.: Actualmente, el trámite para las visas B1 y B2 (turismo) es de $185. Sin embargo, desde octubre de 2025 costará $435. Si la visa es negada ese dinero no es devuelto.

2.Entrevista presencial hasta para renovación

Razones por las que te pueden sacar de EE.UU. aunque tengas visa

°Tener la visa estadounidense aprobada no es garantía de nada. Estas son algunas de las razones por las que pueden revocarte el documento:

1) Mentir: Si los agentes migratorios comprueban que mentiste sobre tus motivos de viaje pueden quitarte la visa y expulsarte del país.

2) Tiempo: Si te pasaste el tiempo autorizado en tu estadía puedes ser expulsado y sanciona-

de visa: EE.UU. anunció que desde el 2 de septiembre de 2025 los solicitantes de visas para no inmigrantes (visas temporales) en la mayoría de las categorías, incluyendo quienes vayan a renovar sus visas, deberán asistir a una entrevista en persona con un funcionario consular.

Los ciudadanos deberán consultar en la Embajada de EE.UU. en Ecuador sobre las

do con el retiro de la visa.

3) Actividades no permitidas: Si, por ejemplo, tu visa es de turista y empiezas a trabajar en ese tiempo, el Gobierno estadounidense te sancionará. Lo mismo pasa si haces otras actividades para las que no solicitaste la visa como poner un negocio, casarte o estudiar

Otras razones por las cuales pueden quitarte la visa son: cometer delitos en EE.UU., intentar introducir objetos prohibidos en el viaje, casarte con intenciones de obtener la ciudadanía o estar en una lista de riesgo emitida desde tu país de origen o en Estados Unidos.

entrevistas.

3.Redes sociales públicas: Al ingresar a la páginas de la Embajada se muestra este mensaje: “Con efecto inmediato, todas las personas que soliciten una visa de no inmigrante F, M o J deben ajustar la configuración de privacidad de todas sus cuentas de redes sociales a «pública» para facilitar la

verificación necesaria para establecer su identidad y admisibilidad en los Estados Unidos según la legislación estadounidense”.

Esta medida se aplica desde el 18 de junio de 2025.

4)Fianza

a cambio de la visa: Aunque aún no está aprobado, EE.UU. deberá aprobar un proyecto que recomienda que los funcionarios consulares puedan requerir un depósito de $15.000, a manera de fianza o garantía, para entregar una visa temporal. Por ahora esta es una propuesta, por lo que si en una agencia de viajes le solicitan ese dinero podría tratarse de una estafa. Recuerde acudir a los canales oficiales para verificar los requisitos para la visa.

EXTRAСТО

NOTARIA SEPTIMA DEL CANTON AMBATO: Cúmpleme poner en conocimiento del público que mediante escritura pública de Liquidación de la Sociedad Conyugal, celebrada el día cinco de Agosto del año dos mil veinticinco, otorgada ante el Doctor Julio Cesar Arteaga Intriago, Notario Séptimo del cantón Ambato, solicitada por los señores ANGEL ANIBAL FLORES TENELEMA y ELSA GRIPIΝΑ CHANGO MOPOSITA, se han procedido a liquidar los bienes existentes en la Sociedad Conyugal. Las adjudicaciones del patrimonio se encuentran detalladas en el texto de la referida escritura pública de Liquidación de Sociedad Conyugal, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el Art. 18 numeral 23 donde faculta al Notario disponer la inscripción en los Registros de la Propiedad y Mercantiles, la escritura de liquidación de Sociedad Conyugal, previo el trámite previsto en dicha norma legal, pongo en conocimiento del público, mediante una publicación, el extracto de la Liquidación del Patrimonio de la Sociedad Conyugal correspondiente a los cónyuges señores ANGEL ANIBAL FLORES TENELEMA y ELSA GRIPINA CHANGO MOPOSITA. Para que en el término de veinte (20) días a contarse desde la publicación de este extracto, las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación puedan presentar su oposición fundamentada, dentro del referido término. Particular que pongo en conocimiento para los fines legales correspondientes. Ambato, Agosto 05 de 2025

VIAJES. Ecuador requiere de visa para ingresar a Estados Unidos.
Antes de iniciar el proceso de visado a Estados Unidos revise este link.
TOME NOTA
Conozca el tipo de visas y cuál es la que requiere para viajar a Estados Unidos. Dé clic AQUÍ.
TOME NOTA
FUEnTE: Secretaría de Seguridad Nacional de Estados Unidos

EE.UU. llevará la detención de migrantes a un nuevo nivel

El Gobierno de Estados Unidos estudia abrir otros centros tipo ‘Alligator Alcatraz’ en los estados de Arizona, Nebraska y Luisiana.

MAD ri D. La secretaria de Seguridad Nacional de Estados Unidos, Kristi Noem, ha declarado que el centro de detención para migrantes indocumentados en Florida, bautizado con el sobrenombre de ‘Alligator Alcatraz’ por los caimanes de la zona de los Everglades donde se encuentra, servirá como modelo para las instalaciones de este tipo que espera abrir en múltiples aeropuertos y cárceles en los próximos meses, considerando ya nuevas ubicaciones en los estados de Arizona, Nebraska y Luisiana.

“Las ubicaciones que es-

tamos barajando están justo al lado de las pistas del aeropuerto, lo que nos ayudará a alcanzar una eficiencia que nunca antes habíamos tenido”, ha afirmado Noem en una entrevista con la cadena estadounidense CBS, en la que ha asegurado haber apelado directamente a los gobernadores y líderes estatales de todo el país para evaluar su interés en el programa de la Administración del presidente Donald Trump para detener y deportar a más inmigrantes ilegales. En este sentido, ha indicado que “la mayoría de ellos están interesados”, agre -

gando que en los estados que apoyan la estricta política del inquilino de la Casa Blanca en la frontera con México, “muchos de ellos cuentan con instalaciones que pueden estar vacías o infrautilizadas”.

Un modelo ‘mucho mejor’ Noem ha ensalzado el ‘Alcatraz de los caimanes’ como “mucho mejor” que el modelo actual, especialmente en términos económicos, ya que, según ella, “el coste por cama ha sido mucho menor que el de algunos de los contratos anteriores del Departamento de Seguridad Nacional”, a pesar de que el coste previsto por

cama y día de un detenido en los centros del ICE para el año fiscal 2025 es de menos de 165 dólares, según el presupuesto presentado por la cartera ante el Congreso, mientras que el gasto previsto en el nuevo centro es de 245 dólares.

Aun así, la secretaria de Seguridad Nacional ha defendido que al estar cerca de aeropuertos, las nuevas instalaciones ayudarán a “facilitar una rápida rotación”.

“Todas ellas están diseñadas estratégicamente para garantizar que las personas permanezcan menos días”, ha subrayado Noem, añadiendo que algunas de las instalacio-

nes que se están barajando aún están siendo evaluadas por el Departamento. “Puede ser mucho más eficiente una vez que se celebren las audiencias, se siga el debido proceso y se tramiten los documentos”.

En cuanto a la partida presupuestaria, ha señalado que las nuevas instalaciones a nivel estatal recurrirán a un nuevo fondo de 45.000 millones de dólares para el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) dispuesto por la ‘gran y hermosa ley’ impulsada por Trump el mes pasado.

Asimismo, la responsable ha apuntado a una política de contratos de centros del ICE inferiores a cinco años. “Tengo que fijarme en nuestra misión. Si dentro de 15 años seguimos construyendo y procesando 100.000 camas de detención, entonces no hemos hecho nuestro trabajo”, ha subrayado. EUrOPA PrESS

MiGrAcióN. El presidente de Estados Unidos, Donald Trump, durante su visita al centro ‘Alligator Alcatraz’ en Florida. Foto tomada de la cuenta de X de la Casa Blanca.

Con Gabriela Vivanco

Colombia: Fiscalía imputa al menor que disparó a Miguel Uribe

la Fiscalía de colombia imputa al adolescente de 15 años que disparó al senador Miguel Uribe turbay durante un acto de campaña.

El adolescente de 15 años que disparó contra el senador y precandidato presidencial colombiano, Miguel Uribe Turbay, el pasado 7 de junio de 2025 en un acto de campaña ha aceptado los cargos que le ha imputado formalmente la Fiscalía del país por los delitos de posesión ilegal de armas y tentativa de homicidio agravado.

El joven, señalado por disparar al político que permanece en cuidados intensivos en el Hospital Fundación Santa Fe de Bogotá, ha asumido los cargos tras un dictamen emitido por parte del Ministerio Público, según ha señalado la emisora colombiana Blu Radio.

El Ministerio Público ha determinado que al menos diez personas estuvieron involucradas en la preparación y ejecución del atentado contra el senador Uribe, de las que seis han sido ya objeto de acciones judiciales. Entre ellas, además del joven acusado este lunes, se encuentra Elder José Arteaga Hernández, alias ‘El Costeño’, presunto autor intelectual del atentado.

Otro menor implicado se escapó El proceso judicial continúa

avanzando pese a dificultades como la huida hace una semana de otro adolescente que se encontraba recluido en un centro del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), una entidad vinculada al Departamento para la Prosperidad Social de Colombia, después de entregarse voluntariamente ante la Fiscalía para un interrogatorio.

El adolescente colombiano de 17 años implicado en el intento de asesinato contra Uribe Turbay se dio a la fuga poco después de presentarse voluntariamente ante las autoridades para un nuevo interrogatorio.

“Este despacho ha iniciado indagaciones correspondientes para establecer responsabilidad de los hechos, condiciones de protección en las que se encontraba el adolescente y pide a autoridades trabajar para dar con su paradero lo más pronto posible a fin de proteger la investigación”, indicó entonces la Fiscalía en un comunicado.

Hasta la fecha, se han emprendido acciones judiciales contra seis personas --todas ellas privadas de libertad-- entre las que se encuentra Elder José Arteaga Hernández, alias ‘El Costeño’, presunto autor

intelectual del atentado, y otro adolescente de 15 años que efectuó el disparo, que está previsto que sea acusado formalmente el próximo 4 de agosto de acuerdo con lo previsto por el sistema de responsabilidad penal para adolescentes.

El intento de asesinato se produjo el pasado 7 de junio en la localidad de Fontibón, en Bogotá, la capital del país, durante un acto de campaña. El senador salió gravemente herido tras sufrir dos disparos en la cabeza y uno en la pierna. EURoPA PRESS

Juan Carlos Sommerfeld Cadena Gerente General

Corporación Proauto S.A.

Quito, 30 de julio de 2025

Asunto: Retiro de utilidades correspondientes al ejercicio fiscal 2008

Por medio de la presente, se informa a todos los trabajadores que constaron en nómina de la Corporación Proauto S.A. y que mantuvieron una relación de dependencia laboral durante el ejercicio fiscal correspondiente al año 2008, que se encuentran disponibles para su cobro las utilidades determinadas por el Servicio de Rentas Internas en el año 2025.

En este sentido, se convoca a los beneficiarios a acercarse a las instalaciones del Ministerio del Trabajo en la ciudad de Quito, a fin de realizar el trámite correspondiente para el retiro de dichos valores, los cuales han sido consignados en su totalidad y se encuentran debidamente depositados a nombre de los trabajadores conforme lo establece la normativa vigente.

Para facilitar el proceso, se recomienda acudir con su cédula de identidad con el fin de acreditar su vínculo laboral con la empresa durante el periodo mencionado.

Político. El senador y precandidato presidencial colombiano, Miguel Uribe Turbay. Archivo.
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PERSONAS DE DOBLE VULNERABILIDAD

Autores: YAndrY M. Loor Loor Y BYron espinozA GuiLLén.

Introducción

Con la entrada en vigencia de la Constitución de Montecristi, el Estado ecuatoriano normó a través de la norma supra los mecanismos necesarios para asegurar la protección de los derechos humanos, estos mecanismos nacen o surgen de la necesidad de otorgar a las personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad aquella reparación a sus afectaciones jurídicas, de ahí que las que se encuentran en una doble vulneración pasan a ser los más importantes a la hora de proteger y cuidar sus derechos. De ahí que tengamos que los mecanismos de protección se originan como una base fundamental de apoyo normativo que se hace presente ante una posible vulneración de Derechos y como una garantía de cumplimiento normativo.

A la actualidad, los mecanismos de protección ganan amplio terreno y su enfoque va más allá, generando así mayor amplitud y fortalecimiento en su aplicación. Es por ello que, las personas de doble vulnerabilidad, entiéndase por estas aquellas que la Constitución de la República del Ecuador1 , así las reconoce en su artículo 35, se encuentran inmersas en aquella esfera de una igualdad que posiblemente se vea quebrantada, en razón de su situación de vulnerabilidad. Llegado a este punto debemos aclarar el concepto de

vulnerabilidad, de manera que la comprensión y la dirección que pretende tomar los mecanismos de protección sea evidente y precisa. En tal sentido, tenemos que la vulnerabilidad2 es el origen de un riesgo, amenaza o peligro, pero no es solo la presencia de este riesgo la que determina el que un sujeto sea vulnerable o no, sino la falta –o disminución- de capacidad de respuesta, protección, abrigo o defensa frente a ese riesgo, o de mitigar o evitar sus consecuencias. De esta base conceptual nace dos tipos de vulnerabilidad:

Vulnerabilidad antropológica (esencial, inmanente a la especie o condición): Comprende la finitud y la fragilidad de la vida en que se funda la posibilidad y necesidad de toda moral, estrechando lazos directos con la dignidad de las personas.

Vulnerabilidad específica (contingente, variable y selectiva): Este segundo tipo es la que recae sobre las personas que sufren de cierto tipo de acontecimiento sea voluntario o no y de la cual nace un riesgo particular.

Ámbito e identificación de vulnerabilidad sobre las personas.

Es menester indicar ciertas características inmersas en la vulnerabilidad de una persona, puesto que a partir de ellas podemos notar la presencia autónoma o mixta de una persona realmente en situación de vulnerabilidad. Atendemos a los siguientes elementos traídos por Manuel Pacheco3:

Social: Que si bien tenemos un articulado (Art. 66 de la Constitu-

ción) que pretende exterminar la creencia de que aún existen clases sociales, la realidad es totalmente contraria, por ello el ámbito social es una característica clara al apego de la existencia de una estructura social y su relación entre ellas.

Socioeconómica: Ataca directamente al factor económico que genera el bienestar para una persona, puesto que sin ello el problema de la migración es la principal vía de solución para estas personas, a falta de un sistema de gobierno que erradique este problema.

Cultura: Como el principal problema que hoy en día los Estados plurinacionales enfrentan en el campo de la educación, trabajo, sector público y privado. El racismo etnocentrista 4 se encuentra latente en menor medida, pero latente.

Física y Psicológica: Inmerso en la integridad de la persona, específicamente aquel derecho a la integridad personal y lo que incluye este (Art. 66 numeral 3) como característica principal del cual se puede desprender las antes mencionadas.

De estas características fundamentales es como se estructura o se llega a estructurar una evidente persona en situación de doble vulnerabilidad, y por ende necesitada de mecanismos que protejan su integridad personal.

A la actualidad, se incrementarían las personas en situación de doble vulnerabilidad es evidente, en razón de la pandemia originada producto del Covid-19, tomando como ejemplo a la Organización Panamericana de Salud (OPS) y Organización Mundial de la Salud

(OMS) en San José, Costa Rica se desarrolló un proyecto de fortalecimiento de poblaciones vulnerables y personas en situación de exposición al Covid-19. La activación de este tipo de mecanismos de protección es fundamental en este caso, su finalidad siempre estará enfocada a atender a aquellas personas que contagiadas del virus puede resultar muy difícil que su derecho a la salud se vea otorgado en forma eficiente, ya que como bien es sabido los hospitales y el sistema de salud en general colapso. En estos casos se buscan alternativas de prevención para intentar remediar esta situación y evitar que los derechos de las personas en situación de doble vulnerabilidad se vean afectados en estricto sentido, puesto que la responsabilidad recaerá sobre el Estado como el garante de prestar atención prioritaria a la misma y no hacerlo. Sin embargo, la contradicción a la norma estará presente, que, si bien la Constitución reconoce un amplio catálogo de derechos, la realidad puede ser otra. Solo hasta diciembre del 2019 se registró alrededor de 1.050.6385 niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad, dato alarmante, aún cuando desconocemos el extenso número que podría llegar a ser si se identificaran a todas las personas en situación ya no solo de vulnerabilidad, sino de doble vulnerabilidad, sería una cifra tan amplia, que solo reflejaría la ineficacia de un plan organizacional que tiene un Estado, y la inobservancia de una Constitución que lamentablemente no cobra sentido hacia quienes en verdad así lo requieren. En esta parte, lo único que cobra sentido es la viveza de

¿en qué consiste la defensa judicial de personas con discapacidad?

RESPUESTA

l as personas que tienen la capacidad legal para comparecer a un juicio ya sea como actor, demandado o incluso tercerista. Pueden hacerlo personalmente quienes en general tenga capacidad para obligarse por sí mismo, pero las personas incapaces, deben necesariamente comparecer a través de su representante legal debidamente autorizado.

e n caso, de comparecer una persona notoriamente incapaz, como lo plantea la consulta, la causa no puede continuar tramitándose , y el juez no podrá dictar sentencia de mérito existiendo esta grave deficiencia procesal. lo que correspondería al juez es sanear el proceso, disponiendo que se designe una representante para la persona incapaz.

Por lo tanto, se procede que continúe el trámite de una causa cuando el juez por sus propios medios establece que ha comparecido una persona absolutamente incapaz, y si este hubiera sido el caso, deberá resolver la nulidad de la causa.

ciertas personas en el país para aprovecharse de su “situación de vulnerabilidad” y ser beneficiados de las exoneraciones tributarias (abordaremos más adelante) que por ley se otorga a quienes padecen cierta discapacidad, un caso más que quedara en el olvido del Estado y en el recuerdo de todo un pueblo que verdaderamente re -

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Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia
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quiere y necesita de exoneraciones tributarias.

La falta de políticas públicas eficaces dirigidas hacia este grupo es el origen de la viveza de ciertas personas. Por lo tanto, es necesario estructurar las bases de un sistema de gobierno que ignora el artículo 35 de la Constitución de la República del Ecuador para poder observar la activación eficaz de mecanismos de protección que rezan sobre las personas en trato, de manera que ese sentido formal de la Constitución del cual habla e indica lo siguiente Víctor Valladolid6 se vea cumplido: “Es la idea original del constitucionalismo la plasmación de la Constitución en documento escrito. Busca garantizar la seguridad y evitar equívocos en la aplicación de la norma (…)”

Mecanismos de protección ante vulneración de derechos a personas de doble vulnerabilidad.

El amparo o acción de protección reconocido en el artículo 98 de la Constitución, podría decir que es una de las garantías jurisdiccionales con estricta observancia a la aplicación sobre personas de doble vulnerabilidad. Entiéndase por acción de protección aquel mecanismo de protección que tiene por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución. De manera que las personas de doble vulnerabilidad poseen esta garantía jurisdiccional fundamental como símbolo de reclamo ante la inobservancia de su situación, pero sobre todo ante la vulneración de derechos constitucionales que al recaer sobre personas de este grupo prioritario no han sido garantizadas de manera eficaz, especial y con prioridad. No obstante, es importante observar y atender al objeto de cada una de las garantías jurisdiccionales, en tal sentido la acción de protección no implica el único mecanismo de defensa de las personas en situación de doble vulnerabilidad, sino también gozan de otras garantías jurisdiccionales reconocidas en la Constitución (Hábeas Corpus, Hábeas Data, Acción de acceso a la información pública, acción por incumplimiento, acción de incumplimiento y acción extraordinaria de protección) siempre que se configure el objeto de la misma.

Por lo tanto, las garantías jurisdiccionales son un mecanismo jurídico que posee un alcance preventivo teórico, puesto que su puesta en escena será ante la existencia verídica de vulneración de derechos constitucionales, teniendo como consecuencia final una reparación integral a la persona en situación de doble vulnerabilidad quien se convierte en víctima especial al encontrarse dentro del grupo de atención prioritaria.

Dentro del contexto jurídico, en cuanto al no cumplimiento de la acción de amparo cuando esta haya buscado la protección inmediata de los derechos de las personas vulnerables o doblemente vulnerables, tendremos a su vez a la acción extraordinaria de protección se trata, tenemos que la Corte Interamericana, en el marco de lo que determina el artículo 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o CADH se ha re-

ferido así al amparo directo – como se le conoce en algunos países – o acción extraordinaria de protección como le conocemos nosotros de acuerdo a lo determinado en nuestra legislación que: artículo 25.1 de la Convención es una disposición de carácter general que recoge la institución procesal del amparo, como procedimiento sencillo y breve que tiene por objeto la tutela de los derechos fundamentales […].

Es en ello, y de acuerdo a lo que nos establece este artículo, que en aplicación igualmente en términos amplios, consta la obligación a cargo de los Estados de ofrecer de manera eficaz y eficiente, a todas las personas que se encuentran ya sea por ser naturales de ese estado, o por otra circunstancia y que se hallan sometido a su jurisdicción, a la protección mediante un recurso judicial efectivo contra actos violatorios de sus derechos fundamentales, que sean cometidos por cualquier persona o por omisión de alguna de estas, y que dicho amparo será de manera directa, procurando así generar los mecanismos tendientes a eliminar las barreras de protección tal. De ahí que se dispone, además, que la garantía que se encuentra consagrada se aplica no solo respecto de los derechos contenidos en la Convención, sino también de aquellos que estén reconocidos por la Constitución o por la ley.7

Por otra parte, y aterrizando en lo que determinar nuestra normativa interna, tenemos que la norma suprema en su artículo 86 señala que las garantías jurisdiccionales, y entre las cuales se encuentra la acción extraordinaria de protección, deberán en su sentencia determinar las formas de reparación del derecho y las autoridades responsables de su ejecución, y así mismo los jueces podrán determinar otros mecanismos para ejercer la reparación de dichos derechos constitucionales que se encuentran violentados, o que fueron violados en su momento tal, de acuerdo a como lo sostuve en mi artículo sobre la reparación integral en materia constitucional.

De ahí que ese hecho o hilo conductor en el cual “coinciden con la CADH y con la CorteIDH” en decir que estas garantías deben ser sencillas, rápidas y efectivas, y es que, permitir que la vulneración de dichos derechos se mantenga, solo harán que existan daños constantes a los derechos constitucionales como tal.

Por todas estas características se puede determinar que la institución de la acción extraordinaria de protección, más allá de que la LOGJCC determine que es un recurso, este procedimiento extraordinario de protección de los derechos, no es otra cosa que una acción y no un recurso, ya que conoce de una situación diferente a las de la jurisdicción ordinaria, no conoce el fondo de lo que se discutió sino si la administración de justicia tuteló o no tuteló los derechos fundamentales si existió o no violación del derecho al debido proceso, y a su vez determinar quién es responsable de dichas vulneraciones, y siendo el Estado (mediante la administración de justicia) es este quien debe reparar la violación, y

es ahí donde debe de determinarse los mecanismos de reparación para eliminar las afectaciones jurídicas a las que hubieron lugar. De ahí que tengamos, por su parte, en sentencia No. 011-09-SEP-CC, Caso No. 003808-EP, publicado en el R.O.S. 637 del 20-julio-2009, donde la Corte Constitucional ha explicado la diferencia entre admisión y procedibilidad de la acción extraordinaria de protección, determinando entre otras cuestiones dentro de sus consideraciones que “… este órgano constitucional debe revisar para su admisión si se cumple con dos requisitos que son: 1.- Que se trate de fallo, vale decir sentencias, autos y resoluciones firmes y ejecutoriadas; y, 2.- Que el accionante demuestre que, en el juzgamiento, ya sea por acción u omisión, se ha violado el debido proceso u otros derechos reconocidos en la Constitución.

Beneficios tributarios.

En Ecuador los beneficios tributarios para las personas de doble vulnerabilidad se encuentran reconocidos en la Constitución y en el Reglamento de la Ley Orgánica de Discapacidades 8 . Esta denominación (personas con discapacidad) ha sido eliminada, ya que ahora se les denomina; personas con capacidades especiales. Taxativamente la Constitución establece lo siguiente en su artículo 47 numeral 4: “El Estado garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta con la sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social. Se reconoce a las personas con discapacidad, los derechos a: (…) Exenciones en el régimen tributario. (…)”

Principios

El principio de mayor resalte sobre este asunto es el de; legalidad constitucional, debido a que en materia tributaria es uno de los más importantes, pues representa la base en la que descansa todo el sistema tributario.

Este principio establece que el Estado a través de la ley es quien se encarga del cobro y la exoneración de impuestos, garantizándole al ciudadano la confianza jurídica y respetando a demás, el principio de reserva de ley. En otras palabras, lo que se pretende mediante la aplicación de este principio es la de garantizar los derechos que se encuentran plasmados dentro de la Constitución, mediante los cuales se busca la igualdad y la equidad, garantizando así que una persona de doble vulnerabilidad pueda gozar de los beneficios que la ley le otorga.

Porcentaje de Beneficios Tributarios

Aplicable para personas con capacidades especiales (vulnerables)

En cuanto a la exención de impuestos la ley ha interpuesto un nivel de porcentaje de exoneración tributaria en base a al grado de discapacidad que posee la persona, es por esta razón que el Reglamento

a Ley Orgánica de Discapacidades nos indica cuáles son esos porcentajes:

Si una persona posee una discapacidad del 30% al 49% su exención tributaria será la del 60% que puede estar considerado como una exención mínima.

Si una persona posee una discapacidad del 50% al 74% la exención será del 70%.

Si una persona posee una discapacidad del 75% al 84% la exención será del 80%.

Si una persona posee una discapacidad del 85% al 100% la exención será del 100% considerando a esta como la exención máxima que se puede aplicar dentro del campo tributario.

Excepciones a la exención de impuestos para personas con capacidades especiales.

Teniendo en consideración el porcentaje por el cual se puede eximir del pago de tributos a las personas con discapacidad, es necesario determinar que existe una excepción según la Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades (artículo 22), en donde propiamente indica que con excepción a aquellos porcentajes ya estipulados por concepto de exención, en el campo del transporte ya sean estos terrestres, aéreos o marítimos, solo se realizará el descuento del 50% de la tarifa inicial. De la misma forma se tiene en consideración que se aplica el mismo porcentaje de descuento para los espectáculos públicos, para el uso de los servicios básicos, servicios de telefonía, internet, etc. En cuanto al transporte aéreo con rutas internacionales el descuento sigue siendo el mismo, y además libres de cualquier impuesto.

Exenciones que reconoce la Ley:

Las exenciones que realiza el Servicio de Rentas Internas (SRI) y Servicio Nacional Aduana del Ecuador (SNAE) para las personas con discapacidad son las siguientes:

Impuesto al valor agregado (IVA):

Se les hace la devolución del IVA que paga por la adquisición de servicios o de bienes cuando estos son de primera necesidad, de la misma forma no les cobran los impuestos al valor agregado por la adquisición de equipos como; prótesis o cualquier equipo que sea exclusivo para qué la persona que sufre de discapacidad tenga una rehabilitación plena, cuidadosa y segura. Así mismo, es importante destacar que el Estado con el fin de beneficiar a los grupos de atención prioritaria ha creado métodos para devolver los impuestos a las personas de los grupos o sectores vulnerables.

Impuesto a la renta (IR):

Por otro lado, el SRI brinda la facultad a aquellos trabajadores que poseen discapacidad o que tengan hijos o cónyuge con discapacidad (que estas personas sean dependientes) se les reduce el pago de impuestos a la renta en un 150% del valor de sus remuneraciones y beneficios sociales

Exoneración en la importación de bienes y vehículos:

El SNAE señala que aquellas personas que tengan discapacidad pueden importar bienes y vehículos para uso exclusivo en donde va a ver exenciones en cuanto al pago de tributos al comercio exterior. Esta exención se lo hará en base al porcentaje de discapacidad que posea cada persona por lo tanto, para gozar de estos beneficios deberán realizar una solicitud de acceso a la misma.

Otras exenciones

Servicios Básicos:

Serán acreedores a beneficios de los servicios básicos teniendo en consideración que únicamente se les exonera el 50% de los tributos.

Transporte y Espectáculos Públicos:

De la misma forma serán exonerados en 50% todas aquellas personas que posean algún tipo de discapacidad.

De estas apreciaciones en cuanto a los beneficios tributarios que pueden recaer sobre personas en situación de doble vulnerabilidad, vemos como aparte de los mecanismos de protección hacia este grupo de atención prioritaria, es necesario acoplar en nuestro ordenamiento jurídico como bien lo hace el Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades, esta especie de mecanismos de beneficencia para este necesitado grupo de personas. La protección especial y la eficacia de esa protección reza sobre todo lo que concierte cuando se habla de las personas de doble vulnerabilidad.

Conclusiones: Los derechos constitucionales han dado la pauta para la protección eficiente y eficaz de los derechos de las personas vulnerables, en especial de aquellas que se encuentran en una doble vulnerabilidad de sus derechos como ya se ha podido demostrar a lo largo del presente artículo. El estado ecuatoriano a través de sus diversas normas permite que las personas en estado de vulnerabilidad puedan acceder a beneficios y aspectos favorables para su desarrollo y crecimiento.

Autores: Yandry M. Loor Loor & Byron Espinoza Guillén Yandrylooryl_97@hotmail.com, baiiron20@gmail.com

1.Constitución de la República del Ecuador. (2008) Quito: CEP.

2.Pacheco, M. (2017) Poblaciones vulnerables y en situación de vulnerabilidad. UNESCO. 3.bíd.

4.Racismo etnocentrista: Está basado en la superioridad cultural del propio grupo, por lo que este asume que otros grupos diferentes suponen una amenaza cultural. (2019) ACNUR.

5.Gestión Digital (2020) “Niños y adolescentes, más vulnerables que nunca por la pandemia”

6.Valladolid, V. (2007). Introducción al Derecho Constitucional. Lima: Grijley.

7.Corte Interamericana de Derechos Humanos, Garantías Judiciales en Estados de Emergencia (arts. 27.2, 25 y 8 Convención Americana sobre Derechos Humanos), Opinión Consultiva OC-9/87 del 6 de octubre de 1987, Serie A No. 9, párr. 23. Ver, además, Corte Interamericana de Derechos Humanos, El Hábeas Corpus Bajo Suspensión de Garantías (arts. 27.2, 25.1 y 7.6 Convención Americana sobre Derechos Humanos), Opinión Consultiva OC-8/87 del 30 de enero de 1987, Serie A No. 8, párr. 32.

8.Reglamento a la Ley Orgánica de Discapacidades (2017). Quito.

miércoles 06 de agosto de 2025

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