JUEVES 07 DE AGOSTO DE 2025



JUEVES 07 DE AGOSTO DE 2025
Pasar o circular por ciertas vías de la provincia se ha vuelto un verdadero desafío para los conductores. En estos tramos se reportan con frecuencia asaltos a mano armada, secuestros exprés, robos de carga pesada y asesinatos selectivos. 6-7
Inauguran mural para promover la convivencia 3
La “eliminación” del Cpccs se va diluyendo a las pocas horas 10
Hay vacantes, pero no son ocupadas 11
VICTOR CORCOBA HERRERO
corcoba@telefonica.net
El comportamiento de la ciudadanía es plenamente humano, cuando el propio ser vive de la comunión conjunta de latidos en un poema perfecto, enraizado en el amor para conjugarlo con el amar, como única fuerza que nos reconstruye hacia lo bueno y la bondad. Nuestra esperanza está, precisamente, en esa fraternización donante. Sólo una humanidad en la que reine este espíritu de entrega, podrá gozar de una paz auténtica y duradera. Ciertamente, la vida son dimensiones poéticas, que han de confluir en una mística desposeída de pertenencias, haciéndonos ver en el prójimo a uno mismo. El afán dominador es destructivo, pues todos formamos parte de esa inspiración lírica reconstructiva y, como tal, también hemos de ser dueños de sí mismos.
En consecuencia, toda atribución es deber. Cualquier progreso se impulsa, por consiguiente, mediante alianzas. Hay que romper barreras y avivar la comunión de pulsos. Necesitamos sumar esfuerzos, lejos de todo poder despótico y opresivo, corrupto y satánico. Quizás tengamos que ser más multitud conjunta: Poetas en guardia, que es como realmente se comienza con la autocrítica personal y social, favoreciendo la práctica del mando con espíritu de servicio. Moverse y removerse en el ámbito de la ley natural para lograr el amparo colectivo y no de forma déspota, es vital; valgámonos de la estética escucha, alimentada por la ética de la libertad. Personalmente, agradezco ser la pasión creativa del verso, no una rueda del poderío monetario, sino una de las criaturas que son trituradas por ellas.
Tampoco el amor se domina, se cultiva. La supremacía es la más terrible de las enfermedades. Por tanto, canalizar nuestras corrientes mentales, animados por el ejercicio de las virtudes sociales y el perseverante compromiso de una recta voluntad, nos hará actuar con prudencia y discernimiento en las acciones que se deben llevar a cabo. Orden, pues.
RODRIGO CONTERO PEÑAFIEL rcontero@gmail.com
Psicopatología de la política
Desde la invención del poder jerárquico, surgieron figuras como reyes, magos y dictadores que, sin pudor, se proclamaron “elegidos” para gobernar y dominar pueblos enteros, con discur-
Directora Nacional Gabriela Vivanco Salvador
Editor General: Jean Cano
Redacción: editorgeneral@lahora.com.ec
Editor Los Ríos: María Contreras
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Publicidad: gerencialosrios@lahora.com.ec
Año: XXVII No. 14.174
El presidente Daniel Noboa emprende una batalla contra la Corte Constitucional, encabezada por los poderes Ejecutivo y Legislativo, que ya controla. La intensidad de la arremetida incrementa y ahora sobrepasa las críticas a decisiones y fallos de los jueces.
La herramienta de la estigmatización es vieja y peligrosa. Llamar a los jueces “enemigos del pueblo” al tiempo de proponer una pregunta en la consulta popular que autorizaría a la Asamblea a interpelar y removerlos de la Corte mediante juicio político, se suma al pronunciamiento conjunto de la ministra de Gobierno, Zaida Rovira, y el presidente la Asamblea, Niels Olsen, rodeados de policías y militares para cuestionar sus decisiones.
Esto último llamó la atención internacional, en especial de la relatora de la ONU para la independencia judicial, Margaret Satterhwaite. Ella alertó que las decisiones judiciales “pueden y deben debatirse por vías legales, pero las amenazas son inaceptables”.
Esta advertencia nos recuerda la peor arremetida contra la democracia que ha vivido Ecuador en las últimas cuatro décadas. En la época de la revolución ciudadana, su líder se autoconsagró el jefe de todas las funciones del Estado e intentó eliminar a todo el que se cruzaba en su camino, incluyendo jueces. Al contrario de mejorar la calidad democrática o la situación del país, dejó deudas en derechos humanos, economía, control de la corrupción, libertad de expresión e inversión privada nacional y extranjera.
Es inaudito que el país busque repetir la misma fórmula, ya fracasada.
La Corte Constitucional no es infalible. Sus fallos han alterado la paz nacional, como el que provocó la muerte cruzada, pero los límites democráticos deben ser respetados y quien tenga la voluntad política de limpiar al Estado de corrupción y crimen organizado, deberá hacerlo mediante el ordenamiento jurídico existente y respetando la doctrina internacional, pues ambas contienen normas que lo permiten.
sos mesiánicos que prometen redención, a menudo en nombre de ideologías que dicen combatir la opresión. Sin embargo, esta necesidad de dar órdenes y ejercer control revela, más que liderazgo auténtico, un profundo complejo de inferioridad disfrazado de autoridad moral o divina.
El poder ejercido sin legitimidad ni participación ha sido uno de los mayores mecanismos de deshumanización. Se anula la libertad de elegir y se impone un sistema de obediencia ciega. Cada ser humano nace con el
mismo valor y dignidad; nadie está por encima de otro por designio celestial, linaje o fuerza. La noción de “gobernantes elegidos por Dios” es una construcción arcaica sostenida por modelos donde la capacidad de mandar se convierte en un fin en sí mismo. El orden jerárquico, lejos de organizar el bienestar colectivo, perpetúa la dominación de una élite que disfruta de los privilegios del poder. La creencia de que algunos están “llamados” a gobernar responde, en muchos casos, a una necesidad narcisista
ROSALÍA ARTEAGA SERRANO rosaliaa@uio.telconet.net
El legado de un hombre visionario
Eltiempo aquilata y nos da la verdadera dimensión de los hechos y de las personas, cuando tenemos la perspectiva de los espacios, de los tiempos transcurridos y como la vida de un individuo ha impactado no solamente en su familia y en su entorno cercano, sino que va mucho más allá, puesto que sus ejecutorias se sintieron y continúan ejerciendo su influencia en un radio de acción mucho más amplio. Estas ideas surgen precisamente en torno a la personalidad de un constructor, idealista, que proviene del interior de la provincia de Loja y que impacta con su trabajo, sus iniciativas y su visión en las diversas geografías del país, nos referimos a Julio Hidalgo González, quien supera las dificultades de una niñez y de unos primeros años nada fáciles, en los que el trabajo es parte de sus actividades diarias, combinado con el estudio y luego con aprendizajes y emprendimientos que le impulsan a sentar las bases de un grupo empresarial poderoso, consciente de su rol en el desarrollo del país y que ha extendido su accionar a diversos países del continente americano. Ese empuje y trabajo es secundado de manera firme y amorosa por su esposa Olvia Barahona, con quien no solamente conforma una familia, sino que también forjan el emprendimiento que dará inicio al despegue de una robusta empresa constructora. He visto el trabajo de la empresa Hidalgo & Hidalgo constructores, una empresa generadora de empleo y de bienestar, solidaria con sectores a los que ha llegado con su influjo benéfico, protectora de las artes, la educación la cultura, tanto en la provincia natal de la que surge el patriarca, como también en diversos sectores del país, lo que habla bien de los miembros de la familia Hidalgo Barahona y de quienes son parte de su entorno empresarial. Pero hay también otro elemento que quiero destacar, y es que, bajo el liderazgo de Juan Francisco Hidalgo, ya en esta segunda generación que se hace cargo de la empresa, prima un amor filial, un reconocimiento de la valía de los progenitores que son quienes inician la saga familiar y cuya memoria cultivan con un afán encomiable y que habla tan bien de esta familia que desciende de un tronco robusto, excepcional. En tiempos como los actuales, duros, difíciles, vale la pena resaltar los valores familiares, empresariales, ciudadanos, que en este caso, dieron inicio con la figura y la personalidad de Julio Hidalgo González, en cuya memoria escribimos estas palabras, como un homenaje al centenario de su nacimiento.
de afirmación personal más que a una vocación de servicio. Esta adicción al mando revela la verdadera psicopatología del poder. Cuando un individuo, embriagado por el control, empieza a creerse superior a los demás, la libertad se convierte en un obstáculo, y el poder, en una enfermedad que prioriza los instintos sobre la razón. Es en ese escenario donde se originan los regímenes autoritarios, la servidumbre moderna y la corrupción estructural. El populismo, por ejemplo, revela esta fragilidad psicoló-
gica. Esta patología política ha causado innumerables guerras, persecuciones y masacres a lo largo de la historia, en nombre del control absoluto y la necesidad de someter a la sociedad a los caprichos del líder de turno. Hoy más que nunca, es urgente repensar el poder no como dominación, sino como responsabilidad compartida. La salud de la democracia está en su capacidad de proteger la igualdad y reconocer que la autoridad legítima solo nace de la ética, el consenso y el respeto a la dignidad humana.
El Comité de Desarrollo Comunal de Puerta Negra inauguró un colorido mural que busca fortalecer el vínculo social entre los habitantes.
BABAHOYO. El deporte, los buenos modales, la buena convivencia entre la comunidad y el servicio social ahora tienen un espacio de expresión artística en la Cdla. Puerta Negra. El Comité de Desarrollo Comunal de este sector inauguró un colorido mural en la cancha de uso múltiple, una obra que busca fortalecer el vínculo social entre los habitantes. El mural, elaborado por los propios moradores bajo la dirección artística de Juan Carlos Macías Intriago, conocido como ‘Juam Rap’, reconocido artista del graffiti y creador audiovisual, resalta valores fundamentales de la comunidad y transforma visualmente este espacio público, frecuentado a diario por niños, jóvenes y adultos.
Participación ciudadana
Vanessa Barco Ramírez, presidenta del Comité que agrupa también a los secto -
ARTE. La cancha de uso múltiple, escenario habitual de actividades recreativas y deportivas, fue el lienzo elegido para dar vida al mural.
res Nueva Babahoyo y Mujeres Solas, destacó que el objetivo de esta intervención es fomentar la unidad entre vecinos, embellecer el entorno y promover una cultura de respeto y participación activa en la zona. “Queremos que este mural sea un punto de encuentro para la diversión, el arte y la reflexión sobre lo que somos como comunidad”,
expresó durante el acto inaugural efectuado la mañana del pasado sábado.
La iniciativa, que empezó semanas atrás, contó con el respaldo de instituciones públicas, miembros de la Policía Nacional, autoridades locales y actores culturales de Babahoyo, quienes se sumaron al proyecto como muestra de apoyo al desarrollo ba -
rrial.
Durante el evento inaugural, los asistentes recorrieron los murales y apreciaron cada detalle artístico plasmado en ellos, reflejo del sentir colectivo de los moradores. El acto fue también un llamado a cuidar los espacios comunes y seguir promoviendo actividades que integren a la comunidad.
Autoridades presentes
El coor dinador distrital de Educación 12D01, Manuel Montoya Tello, quien estuvo presente en la inauguración, felicitó a los organizadores y resaltó la importancia de estas iniciativas. “Este mural es una herramienta pedagógica poderosa que transmite valores y promueve la participación ciudadana. Desde el ámbito educativo, respaldamos todo esfuerzo que incentive el desarrollo integral de la comunidad”, afirmó.
Por su parte, el gestor cultural Daniel Cabrera Alejandro también participó del recorrido junto a la directiva del Comité. “El arte urbano tiene el poder de transformar realidades y de conectar emocionalmente a las personas. Esta obra es un claro ejemplo de cómo la cultura y la organización barrial pueden generar impactos positivos y duraderos en la vida comunitaria”, expresó el también comunicador y docente universitario. Este mural se suma a los esfuerzos del Comité de Puerta Negra y los sectores Nuevo Babahoyo y Mujeres Solas por consolidar una población más unida, participativa y comprometida con su desarrollo. (KAT)
BUENA FE. Con el objetivo de impulsar el desarrollo urbano y productivo del cantón, el Gobierno Municipal de Buena Fe, liderado por la alcaldesa Ab. Diana Anchundia Yépez, entregó oficialmente dos importantes obras para el beneficio de la comunidad.
La ceremonia de entrega del nuevo Centro de Faenamiento Municipal y el soterramiento de cables en la avenida 7 de Agosto se llevó a cabo el martes 5 de agosto y contó con la presencia de los concejales del cantón, autoridades locales y miembros de la comunidad.
Centro de Faenamiento Tras estar más de cinco años
cerrado, el camal municipal de Buena Fe reabrió sus puertas con una infraestructura completamente renovada. El nuevo Centro de Faenamiento está diseñado para el procesamiento de ganado bovino y porcino bajo estrictos estándares sanitarios, cumpliendo con normativas nacionales que garantizan productos cárnicos de calidad y mayor seguridad alimentaria para la población. Esta obra fortalece al sector ganadero del cantón y promueve prácticas más sostenibles en la cadena de producción cárnica.
Soterramiento
El mismo día, la administración municipal también
entregó la obra de soterramiento de cables en la Av. 7 de Agosto, desde la calle Rosa Mosquera hasta Franklin Torres. Esta intervención que elimina el cableado aéreo, también incluye la instalación de luminarias LED, renovados espacios de esparcimiento, nodos con cámaras de seguridad, rampas de acceso para personas con discapacidad y ampliación de aceras.
“Buena Fe está marcando un precedente. Cuando hay voluntad y unidad, los colores de nuestro cantón brillan con más fuerza. Hoy, con orgullo, entrego esta obra para el bienestar de todos los buenafesi -
OBRA. Las obras entregadas están orientadas al beneficio de los buenafecinos.
nos”, comentó la alcaldesa. Esta transformación busca no solo embellecer el entorno urbano, sino
también mejorar la movilidad, la seguridad y el ordenamiento de la ciudad. (DLH)
Las festividades continúan este jueves 7 de agosto, fecha oficial de cantonización, con el desfile cívico-militar a las 08h00, seguido por la sesión solemne y baile popular.
BUENA FE vive días de celebración con una variada agenda cultural, religiosa y gastronómica por sus 33 años de cantonización, resaltando el orgullo de su gente y sus tradiciones.
Durante la Semana Cultural 2025, estudiantes de instituciones urbanas y rurales participaron en actividades como concursos de oratoria, interpretación de la canción nacional y amorfinos, fortaleciendo la identidad local. Uno de los eventos más esperados fue la tradicional Ronda Buenafesina, realizada el 1 de agosto por la Av. 7 de Agosto, donde participaron instituciones públicas y privadas rindiendo homenaje al cantón con comparsas, danzas y muestras artísticas.
También se llevó a cabo una colorida jornada en el redondel de Las Frutas, donde niños y jóvenes de la Escuela Permanente de Pintura del GAD Municipal, tanto del área urbana como rural, plasmaron su talento artístico pintando las frutas que dan la bienvenida a Buena Fe.
En el ámbito gastronómico, la tercera edición de la feria “Sabores de mi Tierra” atrajo a buenafesinos y visitantes, quienes disfrutaron de una muestra culinaria con los platos más representativos del cantón.
Agenda festiva
Otras actividades a desarrollarse:
° Domingo 10 de agosto. Festival de artes Lugar. Plaza Cívica Hora. 09h00
° Sábado 16 de agosto. Misa y Procesión a San Jacinto Lugar: Iglesia Central Hora: 18H00
° Domingo 17 de agosto. Festival Canino Segunda Edición Lugar: Parque de la Familia Hora: 9H00
° Sábado 30 de agosto. Feria Agrícola Campesina Lugar: Av. 7 de Agosto Hora: 9H00
° Domingo 31 de agosto. Parrilla Fest Lugar: Av. 7 de Agosto Hora: 11HOO
° Valeska Apraez Carbo fue proclamada oficialmente como Reina de Buena Fe 2025 en un acto especial, sin concurso, con el objetivo de redireccionar los recursos que tradicionalmente se destinaban al certamen hacia la adquisición de nuevo equipo caminero para mejorar la infraestructura vial del cantón. La decisión responde a una política de priorización de obras que beneficien a toda la comunidad.
Este mismo día, desde las 15h00, se realizará el Festival de la Calle 7, un espectáculo artístico con música en vivo, baile y alegría popular. Se presentarán artistas como La Suprema Corte, Linda Vélez y su agrupación vallenata, Orquesta Manaba, el doble de Daddy Yankee, y
El arte y la fiesta continúan Las festividades continúan este jueves 7 de agosto, fecha oficial de cantonización, con el desfile cívico-militar a las 08h00, seguido por la sesión solemne a las 13h00 en el Polideportivo 12 de Agosto.
el ambiente musical estará a cargo de DJ Franz.
Historia de cantonización
La historia de Buena Fe se remonta a la década de 1940, cuando Don Medardo Espinoza Cabezas y su esposa Rosa Figueroa Carrillo, provenientes de Salitre, se asentaron en lo que entonces se conocía como Alto Palenque. En su vivienda ofrecían productos, hospedaje y comida a los viajeros. Fue tal su hos-
pitalidad que el ciudadano Francisco Vera escribió en su casa la frase: “Esta gente es de buena fe”, dando origen al nombre de la comuna. El lugar fue creciendo y en 1979 fue parroquializado mediante el Decreto #174, convirtiéndose en parroquia rural del cantón Quevedo. El
paso definitivo hacia la cantonización llegó gracias al impulso del diputado Julio Zapatier Arias, quien presentó el proyecto al Congreso Nacional. El 7 de agosto de 1992, el entonces presidente Rodrigo Borja Cevallos firmó la ley que convirtió oficialmente a Buena Fe en cantón.
Terminar con el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), institución encargada de designar altas autoridades, está entre las preguntas de la próxima consulta popular. Pero su eliminación está en duda, ya que expertos observan inconvenientes jurídicos.
El Consejo de Participación
Ciudadana y Control Social (Cpccs) arrastra períodos cuestionados por la falta de celeridad en los procesos para designar autoridades, así como por las alineaciones políticas de sus vocales.
El periodo actual, liderado por Andrés Fantoni, no escapa a esas críticas, aunque el 6 de agosto de 2025 defendió la gestión.
El Cpccs tiene en sus manos, por ejemplo, el proceso para designar a la nueva autoridad para la Fiscalía General del Estado y a vocales del Consejo de la Judicatura
Eliminar al Cpccs es uno de los temas planteados en la próxima consulta popular del presidente Daniel Noboa. Sin embargo, no es una propuesta nueva. Esto fue planteado en 2019 por parte del Comité por la Institucionalización Democrática, pero la iniciativa no fue aprobada por la Asamblea
Nacional de ese entonces.
El expresidente Guillermo Lasso, en 2023, también incluyó dos preguntas de referéndum para eliminar la facultad de designación del Cpccs y cambiar la forma de elección de sus vocales, pero tampoco fueron aprobadas en las urnas.
Antecedentes jurídicos en la Corte Constitucional
La pregunta propuesta para la consulta popular de Noboa es: ¿Está usted de acuerdo con eliminar el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), y transferir sus deberes y atribuciones a la Asamblea Nacional, Defensoría del Pueblo y Contraloría General del Estado, enmendando la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?
El constitucionalista Carlos De Tomaso recuerda que la Corte Constitucional (CC) ya estableció, en un dic-
tamen previo el 21 de agosto de 2019, que “la eliminación del Cpccs tiene que ser por reforma parcial ”. Por eso, el jurista considera que “es muy probable que la Corte ratifique su criterio”.
En ese dictamen consta que “respecto de la eliminación del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, este Pleno de la Corte Constitucional ya se pronunció mediante Dictamen N° 3-19-RC/19, en el sentido de que es pertinente el procedimiento de reforma parcial”.
Sin embargo, “la Corte sí admitió como enmienda el traslado de competencias del Cpccs a la Asamblea Nacional. Por lo que, si la pregunta cambia, sí podría ser aprobada como enmienda”, apunta De Tomaso.
Fallas en el planteamiento de la pregunta
La pregunta de Noboa realmente contiene dos pregun-
tas, observa De Tomaso: eliminar al Cpccs y transferir funciones.
“Es muy probable que la parte de eliminar la vete la CC y diga que debe ser tramitada en la Asamblea como reforma parcial. Respecto del traslado de funciones, la CC debería aprobarlo para que vaya a consulta bajo la figura de enmienda constitucional”, expone el jurista.
Si la CC ratifica la vía de la reforma parcial, la pregunta de eliminar al Cpccs tiene que ser enviada a la Asamblea para su trámite (como ocurrió con la reforma parcial para poder establecer bases militares extranjeras) y no entraría en la consulta popular de finales de este año.
“Si va a la Asamblea, la Constitución establece que entre el primer y segundo debate debe pasar 90 días y luego ir a referéndum”, recuerda De Tomaso.
“Hoy el país no tiene preguntas. Hoy el país tiene un anuncio. No se conocen los anexos”, recalca, por su parte, el constitucionalista José Chalco. Por lo tanto, no se conocen las dimensiones de las propuestas anunciadas, añade. Hasta la tarde del 6 agosto, la CC no recibió las preguntas.
“La Constitución puede llegar a ser coqueta para el presidente (Noboa). Plantea esta tercera pregunta, donde lo que anuncia tiene algo deseable para el país. Hay consenso, que es el eliminar el Cpccs , pero está mal presentada. Yo he sido uno de los más categóricos en decir: elimínese el engendro del Cpccs , pero elimínese bien”, cuestiona Chalco.
competencias”, señala. Así, el Cpccs como institución seguirá existiendo.
¿Qué alternativas quedan?
Para Chalco, el cambio constitucional deseable implica tener un bicameralismo . Es decir, eliminar el Cpccs y dar paso un bicameralismo. “Una Cámara Baja que se encargue de leyes y un Senado que se encargue de la designación de autoridades más importantes del Estado. Esa es la posibilidad más coherente y responsable con el país. ¿Cómo se hace eso? Con una reforma parcial”. Chalco observa dos actitudes del Gobierno: “Ataca la CC por la suspensión provisional de normas , pero también le va a enviar las preguntas para que se pronuncie sobre una consulta popular”. Eso es confianza en la institucionalidad, según el experto.
Mientras tanto, Noboa alista una marcha hacia la CC para defender la vigencia de las leyes impulsadas por su Gobierno. Chalco recuerda que el mandatario o cualquier persona tienen derecho de marchar, pero recalca que la decisión de la CC es una decisión jurídica en la cual no se debe montar ningún espectáculo político, ideológico, ni de oposición, ni del Gobierno.
El analista político Lolo Echeverría también ve una “ambigüedad” en el contenido de la pregunta 3 y avizora que la CC no la aceptará porque “el procedimiento es equivocado”, y así no podría avanzar el trámite.
El “castrar” al Cpccs no servirá, según el analista. Plantea identificar la fórmula de evitar que incumplan sus obligaciones y responsabilidades, pero no eliminarlo. “Lo que debe cambiar es que los políticos no metan mano y no controlen este organismo. El daño está en que los vocales que van al Cpccs no representan a los ciudadanos, sino a los partidos políticos. Ese es el daño fundamental. Eso es lo que hay que corregir”. (KSQ)
Coincide con De Tomaso en que el problema es que en la pregunta de Noboa hay dos contenidos. “El anuncio (de Noboa) en la red social X dice que esto se haga vía enmienda. Ese es el error que existe. La eliminación requiere otro trámite (la reforma parcial). Indiscutiblemente, el trámite que requiere es más largo, por eso se dijo desde hace meses: presidente, hágalo, desmonte el Cpccs con reforma parcial. Pero se ha demorado y solamente quedará (para la consulta popular) la segunda parte, que es el transferir Te puede interesar: www.lahora.com.ec
Las carreteras principales siguen siendo foco de asaltos, extorsiones y violencia, pese a la reducción estadística de delitos.
LOS RÍOS. Pasar o circular por vías como Quevedo–El Empalme, Buena Fe–Patricia Pilar, Babahoyo–Jujan y Babahoyo–Baba–San Juan se ha vuelto un verdadero desafío para los conductores. En estos tramos se reportan con frecuencia asaltos a mano armada, secuestros exprés, robos de carga pesada y asesinatos selectivos. Las bandas organizadas aprovechan la falta de iluminación, los huecos en la calzada y la limitada presencia policial para emboscar a vehículos particulares, camiones y buses interprovinciales. En algunos casos, incluso instalan falsos controles para detener y desvalijar a las víctimas.
La inseguridad ha generado temor entre los transportistas y ciudadanos que se ven obligados a transitar por estas rutas diariamente. Muchos han optado por viajar en caravanas, evitar salir en horas de la noche o modificar sus horarios de trabajo. Sin embargo, la violencia no da tregua. Las denuncias por extorsión a conductores de carga y comerciantes continúan en estas zonas, donde operar sin pagar “vacuna” puede costar la vida. Mientras tanto, las acciones de control por parte de las autoridades resultan insuficientes para frenar el accionar delictivo.
El anillo vial se ha convertido en el paso de la muerte desde hace aproximadamente cuatro años. Los asaltos a conductores particulares y motociclistas, hasta ataques a camiones de carga son el pan de cada día. Esta vía, que conecta puntos estratégicos de la provincia, ha sido tomada por bandas que utilizan métodos violentos para controlar el territorio.
Estadísticas bajan, pero temor crece en conductores Desde el Distrito de Policía
Quevedo–Mocache y la Gobernación de Los Ríos se ha informado que los delitos por asaltos y robos en ejes viales han disminuido entre un 35% y 40% en comparación con el año 2024. Según sus estadísticas, actualmente no se superan los tres incidentes diarios por asaltos y robos en carreteras de la provincia, mientras que en años anteriores se llegaba a reportar entre siete y diez casos por día.
Sin embargo, para conductores como Francisco C., chofer de un tráiler, la realidad es otra. Él asegura que a varios de sus compañeros los han extorsionado durante el trayecto, exigiéndoles dinero o incluso llevándose la carga. En algunos casos, han sido secuestrados para luego pedir más dinero por su liberación. “Es mentira que la situación ha mejorado, todo sigue igual o peor. Además, la Policía no está de forma permanente en la vía, y a veces es entendible, porque estos grupos están fuertemente armados. Nosotros tenemos que entregar lo que sea con tal de no ser víctimas. Este trabajo de chofer se ha vuelto un verdadero riesgo en Ecuador”, expresó el conductor.
Urge estrategia integral de seguridad Mario Muentes, consultor en seguridad y policía en servicio pasivo, con experiencia en gestión de ejes viales en Los Ríos, señala que la problemática en las carreteras de la Costa ecuatoriana persiste debido a la falta de un control operativo sostenido y una estrategia integral de seguridad vial. “Los operativos actuales son esporádicos y no cuentan con un despliegue permanente ni con el uso adecuado de inteligencia y tecnología para desarticular las redes
° En Los Ríos, el 70% de los delitos reportados en las vías se concentran en las carreteras estatales de ingreso y salida, donde se registran la mayoría de los asaltos, robos y extorsiones. Mientras tanto, las vías internas urbanas y rurales representan el 30% restante de los incidentes delictivos, afectando principalmente a peatones, motociclistas y pequeños comercios en las comunidades locales.
delictivas que ope ran en estas zonas”, explicó.
Según Muen tes, la solución requiere un en foque multi dimensio nal que incluya coordi nación inte rinstitu cional entre Policía
Nacional, Fuerzas Ar madas y go biernos locales, además de la implementación de sistemas de monitoreo continuo y análisis de datos delictivos. “Es funda mental que los municipios participen activamente en la planificación y ejecución de planes de seguridad, aportando recursos y capa cidades para fortalecer la vigilancia y respuesta rápi
da, con el fin de mitigar los riesgos y mejorar la percepción de seguridad en la ciudadanía”, concluyó. (LL)
INSEGURIDAD. Conductores enfrentan todo tipo de peligros en las vías de Los Ríos.
Las vías más peligrosas en la provincia de Los Ríos, basado en datos de la Policía Nacional, CTE (Corporación de Transportes del Ecuador) y ANT (Agencia Nacional de Tránsito) para el periodo 2023–2025:
1. Quevedo – El Empalme
• Alta incidencia de robos y asaltos (aprox. 28% de los delitos en vías principales).
• Frecuentes bloqueos y emboscadas a vehículos de carga.
2. Babahoyo – Jujan
• Representa cerca del 25% de los delitos registrados en las vías estatales.
• Zonas oscuras y con poca vigilancia favorecen asaltos a mano armada.
3. Babahoyo – Baba – San Juan
• 20% de los incidentes por robo y extorsión.
• Problemas estructurales en el asfaltado que dificultan el control policial.
4. Buena Fe – Patricia Pilar
• 15% de los reportes de asaltos en carreteras.
• Puntos críticos con presencia de grupos delictivos organizados.
5. Montalvo – Babahoyo
• Cerca del 12% de los delitos viales.
• Reportes frecuentes de robos a vehículos livianos.
E25 - tramo Babahoyo - Patricia Pilar y viceversa.
E25 - tramo a Quevedo - Patricia Pilar es otras las vías consideradas peligrosa por los conductores.
Vías internas en cantones principales
1. Quevedo (Circunvalación Norte y Sur, parroquia San Camilo)
• 30% de los delitos viales internos.
• Asaltos a transeúntes, robos de motos y amenazas constantes.
2. Babahoyo (El Salto y zonas cercanas al anillo vial)
• 25% de los incidentes internos.
• Alta presencia de microtráfico y extorsiones.
3. Ventanas (entrada a Lechugal y sectores rurales)
• 15% de los casos.
• Asaltos nocturnos
E25 - Tramo VentanasPuebloviejo - Babahoyo.
E25 Quevedo que conecta con la E30 El Empalme.
JUICIO No. 12309-202400132
UNIDAD JUDICIAL
MULTICOMPETENTE CIVIL
CON SEDE EN EL CANTÓN VENTANAS, Ventanas, viernes 1 de agosto del 2025, a las 10h13.
UNIDAD JUDICIAL
MULTICOMPETENTE CIVIL
CON SEDE EN EL CANTÓN VENTANAS
EXTRACTO DE CITACIÓN
SE LE HACE SABER: ZAMORA
CORONEL JUAN BAUTISTA. JUICIO ORDINARIO No. 12309-2024-00132
CAUSA: COBRO DE DINERO
JUEZ ENCARGADO DE LA
CAUSA: DR: LENIN PAUL
JIMENEZ MALDONADO
VISTOS: En mi calidad de Juez
Multicompetente Civil de la ciudad de Ventanas Mgtr. Ab. Eduardo Peñarreta Jadan quien por delegación de la Unidad de Talento Humano del Consejo de la Judicatura de Los Ríos está encargado del despacho del Dr. Lenin Paul Jimenez Maldonado avoco legal conocimiento de la presente causa y dispongo En lo principal, estimase de clara, precisa y completa la demanda propuesta por BANCO PICHINCHA C.A. por medio de su representante legal, en contra de ZAMORA
CORONEL JUAN BAUTISTA, la misma que por reunir los requisitos legales generales y especiales previstos en los Arts. 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta al trámite ordinario de COBRO DE DINERO que le corresponde acorde al Art. 289 Ibídem. En consecuencia se ordena la citación de ZAMORA CORONEL JUAN BAUTISTA, debiendo pasar los autos a la oficina de citaciones de este distrito, para que acorde a lo prescrito en los Arts. 151, 152 y 291 de la precitada ley, la conteste dentro del término de treinta días deduciendo las excepciones previas de las que se crea asistida previstas en el Art. 153 Ibídem, y anuncie todos los medios probatorios destinados a sustentar su contradicción de ser el caso, con apercibimiento a la demandada de la obligación que tiene de señalar correo electrónico para recibir las notificaciones que le correspondan en la presente causa, y en caso de no comparecer a juicio se procederá en rebeldía. En atención a los principios de eficacia, celeridad, buena fe y lealtad procesal, que deben ser tutelados en toda actuación judicial, conforme lo previsto en el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador, en concordancia con el Art. 18 del Código Orgánico de la Función Judicial, la accionante brinde las facilidades para la práctica de la diligencia de citación. Téngase en cuenta el anuncio de los medios de prueba que ofrece la accionante para
acreditar los hechos, cuya admisibilidad será resuelta en la audiencia preliminar correspondiente acorde al Art. 294 numeral 7 literal d) del COGEP. Agréguese al proceso los documentos adjuntos al libelo de demanda y escrito complementario. Téngase en cuenta la cuantía de la acción, los correos electrónicos señalados por la accionante para recibir notificaciones que le correspondan, así como la autorización que les concede a sus defensores técnicos. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.- OTRA PROVIDENCIA.- Habiéndose solicitado se cite al demandado JUAN BAUTISTA ZAMORA CORONEL, conforme lo señala el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, se dispone que los demandados, antes señalado, sean citados por la prensa, en un periódico de amplia circulación en la capital de esta Provincia de Los Ríos. De no haberlo, se hará en uno de amplia circulación nacional.
PARRA QUIÑONEZ KATIUSKA MATILDE SECRETARIA OP-5003-02-1
12334-2024-00054OFICIO-03589-2025 Causa Nº 12334202400054 Babahoyo, miércoles 2 de julio del 2025
Señor(es) EXTRACTO DE PUBLICACIÓN CITACIÓN POR PRENSA ESCRITA Presente. En el juicio Nº12334202400054, hay lo siguiente: UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO.
CAUSA: No.123342024-00054; MATERIA: CIVIL; PROCEDIMIENTO: ORDINARIO; ASUNTO: PRESCRIPCIÓN EXTRAORDINARIO ADQUISITIVA DE DOMINIO
ACTOR: RODRIGUEZ VERA CARLO JULIO DEMANDADO: INVERSIONES Y PROMOCIONES URBANAS IMPROMUR CIA LTDA representada por el AB. CARLOS ALVARADO LATORRACA. AUTO DE CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA: Agréguese al proceso el escrito que antecede, acta de juramento rendido y en lo principal dispongo CALIFICACIÓN.La demanda que antecede y su complemento presentados por RODRIGUEZ VERA CARLOS JULIO es clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que, se califica y admite a trámite mediante procedimiento Ordinario.CITACIONES: 1.- Se ordena la citación de la parte
demandada: INVERSIONES Y PROMOCIONES URBANAS IMPROMUR CIA LTDA REPRESENTADA POR AB. CARLOS LAVARADO LATORRACA, en vista del juramento rendido y conforme lo ordena el Art. 56 numeral 1ro del COGEP mediante Publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en un periódico de amplia circulación del lugar. De no haberlo, se harán en un periódico de la capital de provincia, asimismo de amplia circulación. Si tampoco hay allí, en uno de amplia circulación nacional. La publicación contendrá un extracto de la demanda o solicitud pertinente y de la providencia respectiva. Las publicaciones íntegras se agregarán al proceso; 2.- Por cuanto lo ordena el Código Orgánico Organización Territorial, Autonomía, Descentralización COOTAD, en la Disposición General Décima CITESE al Gobierno Autónomo Descentralizado del Cantón Babahoyo, en la persona del Alcalde y Procurador Síndico, al efecto, a las mencionadas herederas y a los personeros del GAD Municipal remítanse las boletas correspondientes con copia de la demanda y este auto inicial de calificación, a fin de que el señor Citador observe lo dispuesto en los Arts. 54 y 55 del COGEP así como el Art. 10 de la Ley Orgánica Reformatoria al COGEP, finalmente dése cumplimiento estricto a la Resolución 0612020 del Pleno del Consejo de la Judicatura, que resuelve: EXPEDIR EL REGLAMENTO PARA LA GESTION DE CITACIONES JUDICIALES (de no tener las copias necesarias la parte actora deberá facilitar las mismas en el término de 3 días). TERMINO DE CONTESTACION. - Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a los demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo, téngase en cuenta lo establecido en el art. 56 numeral 2do inciso 5to que ordena: Transcurridos veinte días desde la última publicación o transmisión del mensaje radial comenzará el término para contestar la demanda.. INSCRIPCIÓN DE LA DEMANDA.- De conformidad a lo que establece el inciso 5to del Art. 146 del mentado COGEP Inscríbase la demanda en el Registro de la Propiedad del Cantón Babahoyo, para lo cual, NOTIFIQUESE en legal y debida forma a la señora Registradora entregándosele el oficio correspondiente, por lo que, el señor Actuario primero deberá remitir el oficio con notificación y posteriormente, el extracto de citación por la prensa.- ANUNCIO DE PRUEBAS.- Considérese el anuncio de los medios probatorios señalados, situación
que estará a lo previsto en el artículo 294 ibídem, en el evento que se formule la contestación y se llamare a Audiencia.
FUNDAMENTOS DE HECHO:
- Que desde el 15 de marzo del 2006, hasta la actualidad esto en posesión pacífica, permanente, tranquila, ininterrumpida, sin clandestinidad, pública, notoria, con ánimo de señor y duelo del lote de terno de 609.39 metros cuadrado, identificado con el código catastral 07-03-061-09, ubicado en la provincia de Los Ríos Cantón Babahoyo, provincia urbana Camilo Ponce, dentro del lote se encuentra signado solar 62 y 63 ubicado dentro de los siguientes linderos, por el norte. calle longitudinal 2 con 23m lineales. por el sur, calle longitudinal 1, con 24.75, por el este. solar número 64 con 26.9 metros lineales, por el oeste solar número 61 con 25.53 metros lineales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO. - El fundamento a lo que dispone el Art. 142.6 COGEP, art. 715, 969, 2392, 2393, 2398, 2410, 2411 y 2413 del Código Civil.
PRETENSIÓN QUE EXIJO.Que se declare en sentencia con lugar la demanda, declarando a mi favor la prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio a mi favor.C?ANTIA.- indeterminada
PROCEDIMIENTO. –ORDINARIO
Lo que comunico para los fines de ley.
TAPIA MEJIA GUIDO VICENTE SECRETARIO/A
OP-5004-02-1
JUICIO No.: 12313-202400822
UNIDAD JUDICIAL
MULTICOMPETENTE CON SEDE EN EL CANTÓN MONTALVO. Montalvo, jueves 24 de julio del 2025, a las 12h31.
UNIDAD JUDICIAL
MULTICOMPETENTE LOS RÍOS - MONTALVO
EXTRACTO DE CITACIÓN
JUICIO No.: 12313202400822
ASUNTO : RECONOCIMIENTO O DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO
ACTORA :AGUILAR PALMA
RINA ILIANA
A : HEREDEROS PRESUNTOS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ LOPEZ GUERRERO OMAR GABRIEL.
SE HACE SABER: Que, en esta Judicatura, se encuentra tramitando una demanda de Declaratoria De Unión De Hecho Post Mortem en contra de AARON GABRIEL LOPEZ AGUILAR,
KENNY FABRICIO LOPEZ AGUILAR, LOPEZ GUERRERO WLADIMIR AURELIO, en calidad de curador de la menor de edad GABRIELA SUSANA LOPEZ AGUILAR, y contra de los HEREDEROS PRESUNTOS CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ LOPEZ GUERRERO OMAR GABRIEL, en la que la actora manifiesta: QUINTO.- FUNDAMENTO DE HECHO O PRETENSIONES.La narración de los hechos detallados y pormenorizados, que sirven de fundamento a esta acción, lo hago debidamente clasificados y numerados. - 5.1.- De la partida de defunción que adjunto vendrá a su conocimiento señora Jueza, que el señor LOPEZ GUERRERO OMAR GABRIEL (+) con cédula Ciudadanía N°1203741473, falleció de PARO CARDIORESPIRATORIO en la Parroquia La Unión del Cantón Babahoyo, Provincia de Los Ríos, sin haber otorgado testamento alguno, el día 25 de enero del año 2020, quien, a la fecha de fallecimiento, su estado civil era el de soltero, conforme lo justifico con la partida de nacimiento conferida en el Registro Civil.-5.2.Con fecha 31 de DICIEMBRE de 1993, la compareciente AGUILAR PALMA RINA ILIANA Y el señor LÓPEZ GUERRERO OMAR GABRIEL, encontrándonos solteros, libres de vínculo matrimonial, decidimos por amor formar un hogar y dar por iniciada una unión de hecho estable y monogámica, con el fin de vivir juntos, apoyarnos, procrear y auxiliarnos mutuamente, formando nuestro hogar, por más de veintiséis años, lo manifestado lo demuestro con la información sumaria, celebrada ante el Ab. MIGUEL ALBERTO MORENO VITERI, Notario Cuarto del Cantón Babahoyo, el 4 de Febrero del 2020, como producto de cuya unión se originó la sociedad de bienes.-5.3.- Dentro de la unión de hecho estable y monogamia, con quien en vida se llamó LOPEZ GUERRERO OMAR GABRIEL, hemos procreado tres hijos llamados AARON GABRIEL LOPEZ AGUILAR de 27 años, KENNY FABRICIO LOPEZ AGUILAR de 23 años y la menor de edad llamada GABRIELA SUSANA LOPEZ AGUILAR de 11 años.5.4.- Por la unión de hecho mantenida entre nosotros, nos hemos venido tratando como marido y mujer en todas nuestras relaciones sociales y así hemos sido recibidos por nuestros parientes, amigos y vecinos.- 5.5.- En calidad de convivientes hemos venido suministrándonos lo necesario y contribuyendo dentro de nuestras posibilidades al mantenimiento del hogar común.- 5.6- Nuestra unión de hecho se encuentra protegida por las disposiciones que el Código Civil establece en materia de uniones de hecho.5.7.- Nuestro hogar y residen-
LOS RÍOS /JUEVES/07/AGOSTO/2025 P
cia lo tuvimos en el Recinto La Lola Grande perteneciente al cantón Montalvo de esta provincia de Los Ríos.- 5.8.Esta unión de hecho terminó por la muerte de mi conviviente LOPEZ GUERRERO OMAR GABRIEL, ocurrida el día 25 de Enero del 2020 en la parroquia La Unión, del cantón Babahoyo, conforme aparece de la partida de defunción que acompaño.- 5.9.Durante la unión de hecho, mi difunto conviviente LOPEZ GUERRERO OMAR GABRIEL, fue beneficiario de la Pensión de Jubilación y demás beneficios que le otorgó el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), por sus aportaciones, por tiempo de servicio que laboró en algunas empresas.- 5.10.- Por otro lado, declaró libre y voluntariamente que dentro de la unión de hecho estable y monógamia, no adquirimos bienes muebles e inmuebles.- Señora Jueza, por lo expuesto solicito se declare: con lugar mi demanda. DE RECONOCIMIENTO JUDICIAL DE UNION DE HECHO POST MORTEM, que he tenido y mantenido voluntariamente, por más de diecisiete años continuos, con mi conviviente LOPEZ GUERRERO OMAR GABRIEL, desde el 31 de diciembre del año 1993 hasta el 25 de enero del 2020, que, falleció.- La señora Jueza mediante Auto de fecha jueves 5 de junio del 2025, a las 11h58, provee: Continuando con la tramitación de la presente causa y puesto en mi despacho del día de hoy 05 de junio del 2025, en lo principal se dispone lo siguiente: PRIMERO.- Se ordena que forme parte de los autos los escritos presentados por la señora Aguilar Palma Rina Iliana, en cuenta su contenido, en lo principal.- La demanda de DECLARATORIA DE UNION DE HECHO presentada por la señora AGUILAR PALMA RINA ILIANA, en contra de los señores AARON GABRIEL LOPEZ AGUILAR, KENNY FABRICIO LOPEZ AGUILAR, LOPEZ GUERRERO WLADIMIR AURELIO, en calidad de curador de la menor GABRIELA SUSANA LÓPEZ AGUILAR, y contra de los presuntos herederos y desconocidos del causante LOPEZ GUERRERO OMAR GABRIEL (+), reúne los requisitos de los artículo 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos; razón por la cual, se la admite al trámite del procedimiento ordinario.SEGUNDO.- Se ordena la citación a los demandados señores AARON GABRIEL LOPEZ AGUILAR, KENNY FABRICIO LOPEZ AGUILAR, LOPEZ GUERRERO WLADIMIR AURELIO, en calidad de curador de la menor GABRIELA SUSANA LOPEZ AGUILAR, en el domicilio señalado para el efecto, debiendo adjuntarse copia de la demanda y los documentos que se acompañan a la misma. Pase el
proceso a la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial, para los fines de ley consiguientes. La parte accionante coordine y coadyuve el cumplimiento de la Diligencia.CÍTESE a los HEREDEROS PRESUNTOS, CONOCIDOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA SE LLAMÓ LOPEZ GUERRERO OMAR GABRIEL (+), de conformidad con lo dispuesto en el Art. 56 y 58 del COGEP, mediante tres publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, en el Diario La Hora que circula en esta Provincia, mediante tres publicaciones que deberán efectuarse en distintos días y por tres mensajes radiofónicos en una emisora de la localidad en el horario de las 18h00 a las 22h00; previamente, la actora concurra a esta Unidad Judicial a rendir su declaración juramentada sobre la imposibilidad de determinar la individualidad, domicilio o residencia de los presuntos herederos y desconocidos del de cujus LOPEZ GUERRERO OMAR GABRIEL (+). Hecho lo anterior. La Actuaria del Despacho proceda a elaborar el respectivo Extracto de Citación que deberá ser retirado por la parte interesada, advirtiéndole a los demandados de haberlos, que una vez citados, contesten la demanda; para lo cual deberán pronunciarse en forma expresa sobre cada una de las pretensiones de la parte actora, sobre la veracidad de los hechos alegados en la demanda y sobre la autenticidad de la prueba documental que se haya acompañado, con la indicación categórica de lo que admite y de lo que niega; deduciendo las excepciones que se crea asistida y acompañando la totalidad de sus pruebas, dentro del término máximo de TREINTA (30) DÍAS conforme lo establece el Art. 291 del COGEP; y, acorde con lo estipulado en los Arts. 151, 152 y 153, en relación con el Art. 169 Inciso 4to del texto legal citado.TERCERO.-Téngase presente los elementos probatorios adjuntos a la demanda; así como también el anuncio de los medios de prueba, detallados en la demanda, con los que la demandante ofrece acreditar los hechos; cuya admisibilidad se resolverá en la Audiencia que se convocará oportunamente; Téngase en consideración el trámite; la cuantía; la autorización conferida a su defensor particular, así como los correos electrónicos señalados para recibir sus notificaciones. - Lo que comunico para los fines de ley. Montalvo, 24 de Julio del 2025.
ARIAS MOREJÓN ALBA
ALEXANDRA
SECRETARIO/A
OP-5005-02-1
LOS RÍOS /JUEVES/ 07/AGOSTO/2025 P
JUICIO N° 12201-202500469
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN
BABAHOYO, Babahoyo, 5 de agosto del 2025, a las 10h51.
UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN EL CANTÓN BABAHOYO – LOS RIOS
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: HEREDEROS DESCONOCIDOS DE MANUEL MESIAS RIVERA DOMINGUEZ (+), ASÍ COMO LAS DEMÁS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO O INTERÉS DENTRO DE ESTA ACCIÓN.
SE LES HACE SABER LO
SIGUIENTE:
JUICIO N° 12201-202500469.
JUEZA DE LA CAUSA: ABG. SIUKIEN MARIEL WONG CRUZ.
CAUSA: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POSTMORTEM.
ACTOR/A: MONSERRATE CASTRO ROSALBA ROCIO.
DEMANDADO/A: CRISTHIAN MANUEL RIVERA
SANTOS, LADI LUCIA RIVERA SANTOS, VICTOR MANUEL RIVERA MONSERRATE.
Que en esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con sede en el Cantón Babahoyo, se ha presentado la demanda de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POSTMORTEM, signado con el N° 12201-2025-00469, propuesta por ROSALBA ROCIO
MONSERRATE CASTRO, en contra de CRISTHIAN MANUEL RIVERA SANTOS, LADI LUCIA RIVERA SANTOS, VICTOR MANUEL RIVERA
MONSERRATE; en mérito de lo actuado, la Sra. Jueza de la Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en el Cantón Babahoyo Provincia de Los Ríos, Abg. Siukien Wong Cruz, avoca conocimiento de la demanda de DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO POSTMORTEM, mediante Auto de Calificación de fecha, martes 8 de julio del 2025, a las 18H14, la misma que se califica y se admite a trámite en procedimiento ORDINARIO, por reunir los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos; y entre otras cosas ha dispuesto que se CITE a los HEREDEROS DESCONOCIDOS DE MANUEL MESIAS RIVERA DOMINGUEZ (+), ASÍ COMO LAS DEMÁS PERSONAS QUE SE CONSIDEREN CON DERECHO O INTERÉS DENTRO DE ESTA ACCIÓN, con publicaciones que se realizarán en tres fechas distintas, conforme lo dispuesto en auto de fecha 30 de Julio del 2025, a las 14h30, esto es en el Diario La Hora, la publi-
cación contendrá un extracto de la demanda y del auto de admisión a trámite, de conformidad a lo que dispone el Art. 58 y 56 del Código Orgánico General de Procesos. OBJETO DE LA DEMANDA: El 15 de marzo del año 2002, la compareciente ROSALBA ROCIO MONSERRATE CASTRO y el señor
MANUEL MESIAS RIVERA DOMINGUEZ, ambos libres de vínculo matrimonial, decidimos, movidos por el afecto y con el propósito de formar una familia, establecer una unión de hecho estable, monogámica, voluntaria y de convivencia permanente. Desde esa fecha residimos inicialmente en las calles Tercera Longitudinal y Cuarta Transversal de la Ciudadela El Mamey, Ciudad de Babahoyo, Provincia de Los Ríos, donde constituimos nuestro hogar hasta el 02 de agosto del 2010. El 2 de agosto del año 2010, debido a motivos laborales de mi conviviente, quien obtuvo un cargo en el Municipio del Cantón Ventanas, trasladamos nuestro domicilio a dicha ciudad. Inicialmente arrendamos un departamento y, fruto del esfuerzo conjunto, adquirimos un bien inmueble ubicado en las calles José Joaquín Gallegos y Maria Isabel Puga, parroquia 10 de Noviembre, Cantón Ventanas. Dicho inmueble fue registrado a nombre de mi conviviente, aunque ambos contribuímos económicamente a su adquisición, mantenimiento y mejora. Esta propiedad ha constituido el centro de nuestro hogar común. Como resultado de nuestra convivencia y relación estable, el 2 de julio del 2007 nació nuestro hijo VICTOR MANUEL RIVERA MONSERRATE, actualmente mayor de edad, a quien hemos criado de manera conjunta, siendo ello reflejo claro del compromiso y proyecto de vida familiar compartido. Nuestra unión ha sido pública, notoria, estable y monogámica durante toda su vigencia. La sociedad nos reconocía como pareja de hecho, compartíamos techo, realizábamos actividades familiares y sociales en conjunto, participábamos en eventos comunitarios, viajes y celebraciones, siendo ampliamente reconocidos como marido y mujer por nuestras familias, vecinos, amistades y demás círculos sociales, sin que existiera impedimento legal alguno para contraer matrimonio. En años recientes, debido a problemas de seguridad y convivencia con personas del entorno, presuntamente vinculadas a actividades al margen de la ley, decidí trasladarme nuevamente a esta ciudad de Babahoyo a vivir, con el fin de estar más cerca de mi hijo.
LA PRETENSIÓN CLARA Y PRECISA QUE SE EXIGE: Que se declare judicialmente la existencia de la unión de hecho entre la compareciente, ROSALBA ROCÍO MONSERRATE CASTRO, con cédula de identidad N.º 120570586-4, y el señor MANUEL MESIAS RIVERA
DOMÍNGUEZ, con cédula de ciudadanía N.º 060120548-7, quien en vida fue su conviviente, relación que se inició el 15 de marzo de 2002 y se mantuvo hasta el fallecimiento del señor Rivera Dominguez, ocurrido el 28 de julio de 2015 en la ciudad de Babahoyo, Provincia de Los Ríos. Que una vez ejecutoriada la sentencia, se disponga a la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, la inscripción de la presente declaratoria judicial de Unión de Hecho Post mortem. Transcurridos veinte días desde la última publicación, comenzará a discurrir el término para que los demandados presenten su contestación, propongan las excepciones previas; y, anuncien y agreguen la prueba que se estimen conveniente, conforme lo establece el Art. 151 y ss. del Código Orgánico General de Procesos (COGEP). Particular que pongo en conocimiento para los fines de ley.
MARTINEZ ESTRADA JULIO CESAR
SECRETARIO/A (RT)
OP-5005-02-1
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: SAA MUÑIZ DIONICIO COSME
SE LES HACE SABER: Que le correspondió conocer a esta Unidad Judicial el proceso Ejecutivo de Cobro de Pagaré a la Orden No.12331-202400326 presentada por el señor Ab. Washington Fidel Dávila Pazmiño procurador judicial de Banco Pichincha, cuyo extracto de demanda y providencia es como sigue:
ACTOR: Ab. Washington Fidel Dávila Pazmiño procurador judicial de Banco Pichincha
DEMANDADO: SAA MUÑIZ DIONICIO COSME. -
OBJETO DE LA DEMANDA: El accionante manifiesta que: Con los antecedentes descritos, las disposiciones legales señaladas y las pruebas anunciadas que serán producidas en el momento procesal oportuno, acudimos ante Usted Señor(a) Juez(a) y por los derechos que representamos en nuestras calidades de Procuradores Judiciales de BANCO PICHINCHA C.A, y demandamos el cumplimiento de las obligaciones contenidas en los PAGARES A LA ORDEN No. 4674086-01 y 467408602, que sustentan la acción; de tal manera, que se ordene al demandado señor DIONICIO COSME SAA MUNIZ, con cédula de ciudadanía No. 1203648868, por sus propios y personales derechos en calidad de “DEUDOR”, que en sentencia sea condenado a pagar a favor de mi representado los siguientes rubros: a) El saldo del capital adeudado en el PAGARE A LA ORDEN No. 4674086-01, que es la cantidad de DOCE MIL TRESCIENTOS
OCHENTAICUATRO dólares con CINCUENTAICUATRO
centavos de los Estados Unidos de América ($12.384,54), que corresponde al dividendo mensual vencido desde el 30 de Septiembre del año 2023, inclusive los posteriores. b) El saldo del capital adeudado en el PAGARE A LA ORDEN No. 4674086-02, que es la cantidad de SETECIENTOS DIECISIETE dólares con CUARENTAICUATRO centavos de los Estados Unidos de América ($717,44), que corresponde al dividendo mensual vencido desde el 30 det Septiembre del 2023, inclusive los posteriores. c) Al pago de los intereses normales pactados en el Titulo Ejecutivo No. 4674086-01, desde la fecha de suscripción del Pagaré hasta su cumplimiento. d) Al pago de los intereses de mora del Título Ejecutivo No. 467408601, desde el vencimiento hasta la cancelación total de la obligación, a la tasa máxima del interés establecido por la Regulación del Directorio del Banco Central del Ecuador; e) Al pago de las cuotas de, OCHOCIENTOS TRECE dólares con CINCUENTAIÚN centavos de los Estados Unidos de América ($813,51) interés normal; más interés de mora VEINTICINCO dólares con CINCO centavos de los Estados Unidos de América ($25,05); gestión gasto por mora VEINTITRES dólares con TREINTAICUATRO centavos de los Estados Unidos de América ($23,34); seguro de desgravamen NOVENTA dólares con OCHENTAITRÉS centavos de los Estados Unidos de América ($90,83); seguro reestructurado CUARENTAISEIS dólares con SESENTAIÚN centavos de los Estados Unidos de América ($46,61), que consta debidamente determinadas en Liquidación de Cartera número de operación actual 467408601, hasta la cancelación total de la obligación. f) El pago de los gastos judiciales y extrajudiciales que se hayan realizado para la recuperación de esta obligación; y, de las costas procesales que se sigan generando hasta la recuperación efectiva del pago de la obligación. g) el pago de honorarios profesionales, como lo establece el artículo 285 inciso segundo del Código Orgánico General de Procesos. Nos amparamos para concurrir ante su Autoridad, y por estar los documentos denominados PAGARÉ A LA ORDEN cumpliendo con los requisitos legales e inmersos en las disposiciones de los Arts. 186, 187, 188 y 189 del Código de Comercio, se enmarcan en lo dispuesto en el numeral 5 del Art. 347 del Código Orgánico General de Procesos, como PAGARÉ A LA ORDEN No. 4674086-01; No. 4674086-02 son de plazo vencido. -
CUANTÍA: $16.000
TRÁMITE: EJECUTIVO.
JUEZ DE LA CAUSA: En mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de lo Civil de Quevedo, mediante Acción de Personal N° 8309-DNTH2016-CIP, de fecha 28 de julio
de 2016, suscrita por Doctor Tomás Alvear Peña, Director General del Consejo de la Judicatura y en base a la resolución de 120-2016 emitida por el Pleno del Consejo de la Judicatura, cuya copia ordeno agregar al proceso y del acta de sorteo que precede, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma y dispongo lo siguiente: 1.- CALIFICACIÓN DE LA DEMANDA: La demanda que antecede, conforme disponen los Artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), se la califica de clara, precisa y cumple con los requisitos legales previstos en la ley, la misma que se fundamenta en dos Pagare a la Orden, documento que constituye título ejecutivo, al tenor de lo previsto en los artículos 347 y 348 del Código Orgánico General de Procesos, ya que contiene una obligación clara, pura, determinada y actualmente exigible; Por lo que se admite a trámite mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO; 2.- CITACIÓN: Se ordena citar al demandado señor DIONICIO COSME SAA MUÑIZ en calidad de deudor, la parte actora ha proporcionado la dirección de correo electrónico dionicio.saa@hortmail.com del demandado, se ordena que se le haga conocer por este medio, el extracto de la demanda y del auto inicial, de lo cual la secretaria dejará constancia en el sistema, sin perjuicio de la citación oficial que debe efectuarse, se le citará en la dirección señalada por el actor en su libelo inicial para lo cual se adjuntará la demanda, copia certificada de los documentos adjuntos, croquis y este auto inicial, se le citará mediante DEPRECATORIO ELECTRÓNICO, librado a uno de los señores Jueces de la Unidad Judicial Multicompetente con sede en el cantón Vinces, provincia de Los Ríos, ofreciéndole reciprocidad en casos análogos. Al deprecatorio se deberá adjuntar la demanda, copia de los documentos adjuntos y este auto inicial, quien lo hará observando 55 v 63 del Código Orgánico General de Procesos; (...) OTRA PROVIDENCIA: A fin de continuar con la sustanciación, atendiendo los principios dispositivo, celeridad procesal, la tutela judicial efectiva, para precautelar el debido proceso y el derecho a la seguridad jurídica, contemplados en el Art. 76 numerales 1 y 7 de la Constitución de la República del Ecuador, y en los Arts. 19, 20, 23 y 25 del Código Orgánico de la Función Judicial, se dispone lo siguiente: Por cuanto el actor ha realizado su juramento de desconocimiento del domicilio del señor SAA MUNIZ DIONICIO COSME, se dispone que el señor SAA MUNIZ DIONICIO COSME se le citará por la prensa en uno de los periódicos de amplia circulación del país, con el fin de que el mismo sea legalmente citado.- CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.-
Quevedo, 4 de Agosto de 2025
Ab. María Lorena Rodríguez Salinas. Msc Secretaria de la Unidad Judicial con Sede en el Cantón Quevedo
OP-5006-02-1
EXTRACTO DE CITACIÓN
A: MORA ZAMBRANO ARIANA PRISCILA
SE LES HACE SABER: Que le correspondió conocer a esta Unidad Judicial el proceso Ordinario de Cobro de Dinero No.12331-2024-01122 presentada por el señor Ab. Washington Fidel Dávila Pazmiño procurador judicial de Banco Pichincha, cuyo extracto de demanda y providencia es como sigue:
ACTOR: Ab. Washington Fidel Dávila Pazmiño procurador judicial de Banco Pichincha
DEMANDADO: MORA ZAMBRANO ARIANA PRISCILA. -
OBJETO DE LA DEMANDA: El accionante manifiesta que: La parte actora solicita Qué mediante sentencia, su Autoridad establezca el derecho del Banco Pichincha C.A., al cobro de la obligación pendiente que mantiene la señora MORA ZAMBRANO ARIANA PRISCILA, por los consumos realizados con la tarjeta de crédito VISA PLATINUM SUPERMAXI MILES No. 4454460004315908, por la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS TRECE dólares con SETENTA Y DOS centavos de los Estados Unidos de América ($ 3.213,72), constante en la liquidación de tarjeta de crédito de fecha 04 de julio del año 2024;9.2.- El pago de SETENTA Y TRES dólares con TREINTA centavos de los Estados Unidos de América ($ 73,30) interés de mora; NOVENTA Y CUATRO DÓLARES CON VEINTIDÓS CENTAVOS DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA ($ 94,22) costos operativos; Al pago de los gastos judiciales y extrajudiciales que se hayan realizado para la recuperación de la obligación, y de costas procesales que se sigan generando hasta la recuperación efectiva del pago de la obligación como intereses legales y de mora que se generen hasta el cumplimiento de la obligación total; y, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 285 inciso segundo del Código Orgánico, el pago de honorarios profesionales.-.- Los fundamentos de derecho que ampara mi demanda son los artículos 1453,1454,1461,1486 inciso segundo 1561,1567 numeral 1 todos del código civil, arts 194 del Código Orgánico Monetario, art 8 literal (g) del código de Comercio, art 289 del Código Orgánico General de Procesos.-
CUANTÍA: $5000
TRÁMITE: ORDINARIO.
JUEZ DE LA CAUSA: Dr. Pablo Mariano Ojeda Sotomayor. Msc., en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial de lo Civil del cantón Quevedo, encargado del despacho del señor Dr. Willam Panchi Chancusig, avoco conocimiento de la presente causa en legal y debida forma. En lo principal: La demanda que ha presentado el ciudadano Dr. Washington Dávila Pazmiño, en su calidad de procurador judicial y otros del Banco Pichincha CA., luego de ser revisada, cumple con los requisitos legales previstos en los artículos 142 y 143 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), por lo que, se la admite a trámite legal y se la califica de clara y precisa mediante PROCEDIMIENTO ORDINARIO de conformidad con lo determinado en el artículo 289 y siguientes del Código Orgánico General de Procesos. Con el contenido de la presente demanda, CÍTESE a la parte accionada, esto es a la ciudadana: MORA ZAMBRANO ARIANA PRISCILA, titular de la cédula NO. 1250086327, en la dirección que se describe de la demanda, para lo cual la señora secretaria remita a la oficina de citaciones las copias necesarias como este auto, de la demanda y otros habilitantes. La parte actora consigne estas copias y realice las diligencias ordenadas por este juzgador. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del Código Orgánico General de Procesos, se concede a la parte demandada el término de (treinta) días contados a partir de la citación para que dé contestación a la demanda en la forma establecida en el artículo 151 del mismo cuerpo normativo. (...) OTRA PROVIDENCIA; Agréguese la documentación aparejada, téngase en cuenta la autorización de defensa hecha a los señores abogados que firman esta demanda y los correos electrónicos señalados por la parte actora para futuras notificaciones. Notifíquese y Cúmplase. A fin de continuar con la sustanciación, atendiendo los principios dispositivo, celeridad procesal, la tutela judicial efectiva, para precautelar el debido proceso y el derecho a la seguridad jurídica, contemplados en el Art. 76 numerales 1 y 7 de la Constitución de la República del Ecuador, y en los Arts. 19, 20, 23 y 25 del Código Orgánico de la Función Judicial, se dispone lo siguiente: Por cuanto el actor ha realizado su juramento de desconocimiento del domicilio de la parte demandada MORA ZAMBRANO ARIANA PRISCILA, se dispone que la señora MORA ZAMBRANO ARIANA PRISCILA se le citará por la prensa en uno de los diarios de amplia circulación del país, con el fin de que la misma sea legalmente citada.CÚMPLASE Y NOTIFÍQUESE.-
Quevedo, 4 de Agosto de 2025
Ab. María Lorena Rodríguez Salinas. Msc Secretaria de la Unidad Judicial con Sede en el Cantón Quevedo OP-5006-02-1
ENTIDAD.
Desde la Asociación de Magistrados y Jueces del Ecuador (Aemaj) se cree que lo que se pretende con la declaratoria de emergencia al sistema judicial es poner jueces afines al régimen.
La Asociación Ecuatoriana de Magistrados y Jueces del Ecuador (Aemaj) pide a los jueces de la Corte Constitucional (CC) celeridad, admitir a trámite y dar tratamiento a su demanda de inconstitucionalidad planteada en contra de la vigencia de la Ley de Integridad Pública.
La acción legal, que fue presentada en la CC el 16 de julio de 2025, incluyó una solicitud de medida cautelar de suspensión temporal de la reforma al artículo 269 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ), que abre la puerta a un procedimiento excepcional para la declaratoria de
emergencia en la Justicia, el cual incluye:
1
Establecer un régimen especial y expedito de ingreso a la carrera judicial.
2
Reasignar y requerir recursos presupuestarios para atender la emergencia.
3
Realizar evaluaciones anticipadas a jueces y fiscales, afectando la carrera y la independencia judicial.
4Realizar las contrataciones por emergencia.
La facultad para declarar la emergencia le corresponde al Consejo de la Judicatura (CJ), como máximo organismo de administración y disciplina de la Función Judicial.
Nuevos vocales del Consejo de la Judicatura
° A los actuales vocales del CJ, Mario Godoy, Yolanda Yupangui y Solanda Goyes, en funciones desde enero de 2025, les quedan pocas semanas de gestión. El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) avanza en la designación de sus reemplazos que ejercerán el periodo constitucional 2025-2031. Los nuevos vocales serán elegidos de ternas de candidatos propuestos por la Presidencia de la
Sin embargo, la Aemaj advierte que es necesario detener su aplicación para que “no genere daños que pueden ser irreversibles para el sistema judicial y la democracia, evitando la escalada de un conflicto social”.
Luis Ávila , vocero de la Aemaj, explica que el ingreso súbito de servidores judiciales y, al mismo tiempo, la evaluación intempestiva aplicando nuevas reglas para la evaluación, generaría la ruptura de la carrera judicial, precarización del trabajo y la pérdida y afectación de la independencia judicial en favor de los usuarios del sistema.
“Se pronostica una grave-
República, la Asamblea Nacional, la Fiscalía General del Estado, Defensoría Pública y Corte Nacional de Justicia (CNJ).
De esta manera, lo más seguro es que sean las nuevas autoridades, que podrían ser designadas hasta antes de que finalice agosto de 2025, quienes adopten la decisión de declarar la emergencia judicial.
Desde que la reforma al Código Orgánico de la Función Judicial se aprobó en la Asamblea, el 24 de junio, varios han sido los intentos por detener su ejecución y frenar la decisión.
dad inminente y la dificultad de reparación en caso de que se aplique la emergencia”, remarcó Ávila.
Alertó que, incluso, no estaría descartado hacer constar en el nuevo reglamento de evaluación herramientas subjetivas o mecanismos como pruebas de confianza con la aplicación del polígrafo y otras evaluaciones psicológicas
“Lastimosamente se buscaría utilizarlo en el país para excluir a personal o removerlo”, dijo.
Según señaló, en otros países se usa este mecanismo, pero para determinar qué otras funciones podría cumplir un servidor público o privado, mas no para removerlo o para impedir que participe en un concurso público.
“Esto no daría oportunidad a los servidores judiciales a ser evaluados correctamente”, remarcó Ávila.
¿Se pretende intervenir en el poder judicial? Luis Ávila coincidió con otros sectores de que, con
la “declaratoria ficticia de la emergencia”, se pretendería básicamente intervenir en el poder judicial, restarle autonomía al sistema de Justicia y poner jueces que corresponden al régimen.
Considera que, con esto, si la declaratoria de emergencia no se suspende, “básicamente se afectaría la estabilidad democrática del país”.
Adelantó que en caso de que la CC no lo decida y no haya las condiciones para que se suspenda la emergencia, los jueces acudirán a instancias internacionales como el Sistema Interamericano de Derechos para solicitar medidas provisionales.
Ávila expone que la decisión de ir a una “emergencia” responde a una crisis del sistema judicial porque, entre otros temas, se ha reducido el presupuesto del Estado.
Además, se ha reportado inestabilidad en el poder judicial, mencionando que por el Consejo de la Judicatura han pasado cinco presidentes en los últimos cinco años. Y de los cinco vocales, apenas tres están en funciones.
“Con este contexto, precarizar aún más el poder judicial y exponer a los jueces a ser removidos con procedimientos que no observan los derechos, llevará a un empeoramiento de la crisis política”, enfatiza. (SC)
La Encuesta de Demanda de Habilidades Laborales, desarrollada por el Ministerio del Trabajo con apoyo del BID, revela una paradoja que afecta a los dos mayores polos económicos del país. Mientras el empleo adecuado apenas alcanzaba al 35% de los trabajadores, más del 15% de las empresas en Quito y el 10% en Guayaquil tienen vacantes sin cubrir.
En las calles de Quito y Guayaquil , miles de personas buscan trabajo. Sin embargo, dentro de oficinas, talleres y almacenes , muchos empleadores siguen esperando al candidato adecuado. No es que falte gente: lo que escasea son las habilidades que el mercado necesita.
La Encuesta de Demanda de Habilidades Laborales , desarrollada por el Ministerio del Trabajo con apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), revela una paradoja que afecta a los dos mayores polos económicos del Ecuador. Mientras que el empleo adecuado apenas alcanzaba al 35% de los trabajadores a nivel nacional, más del 15% de las empresas en Quito y el 10% en Guayaquil tenían vacantes sin cubrir.
¿Qué buscan en Quito y Guayaquil?
La composición del empleo refleja las diferencias entre la capital y el puerto principal. En Quito, predominan los técnicos y profesionales de nivel medio , así como el personal administrativo En Guayaquil, en cambio, las ocupaciones más comunes son las elementales: trabajos manuales, rutinarios y físicamente exigentes. Esto condiciona también las vacantes. Las empresas quiteñas tienen más dificultades para contratar operarios especializados . Mientras que en las guayaquileñas, el problema está en los cargos de gerencia y dirección, que exigen experiencia y competencias específicas. Pero también hay coincidencias claras. Tanto en Quito como en Guayaquil, los empleadores priorizan tres tipos de habilidades:
• Competencias técnicas específicas de la
ocupación.
• Habilidades digitales básicas e intermedias (como Excel, manejo de internet y correo).
• Comunicación clara, trabajo en equipo y liderazgo.
Sin embargo, no siempre las encuentran. Casi el 41% de las empresas reconoció enfrentar problemas para cubrir vacantes , principalmente por falta de experiencia y carencia de formación técnica.
Así el panorama, el tiempo promedio para cubrir un puesto supera las tres semanas y pueden llegar a varios meses.
Además, la forma en que se busca personal varía: en Guayaquil predomina el “boca a boca” (recomendaciones personales), mientras que en Quito destacan las redes sociales corporativas.
Si se analiza por sectores económicos, incluso en los más dinámicos existen pro-
blemas para cubrir todas las vacantes
En Quito, las vacantes difíciles de cubrir se concentran en construcción (36%), comercio (27%) y servicios (26%). En Guayaquil, la mayor dificultad está en comercio (36%), seguido por servicios (27%) y construcción (22%).
En cuanto a ocupaciones específicas, en Quito las más difíciles de llenar son operarios como soldadores, técnicos de mantenimiento, mecánicos y conductores . En Guayaquil, el desafío está en encontrar profesionales calificados para puestos directivos, lo que sugiere una escasez de liderazgo capacitado.
“Quito tiene el talento técnico, pero le falta músculo operativo. Guayaquil tiene el músculo, pero le falta cabeza estratégica. Esa brecha entre oferta laboral y demanda empresarial no se resuelve con más hojas de vida, sino con formación pertinente y experiencia real”, apuntó Eduar-
Guayaquil brindaron algún tipo de formación en 2023, especialmente las grandes. Sin embargo, muchas otras alegan falta de presupuesto para capacitar a sus trabajadores.
La encuesta sugiere varios caminos para revertir esta desconexión entre quienes buscan empleo y quienes lo ofrecen:
Fortalecer las políticas de capacitación técnica, alineándolas con las necesidades de sectores clave como comercio, servicios y construcción.
Difundir mejor a las plataformas como Encuentra Empleo y el Secap, poco conocidas entre empleadores, pero fundamentales para conectar talentos y necesidades.
Fomentar certificaciones por competencias, especialmente en ocupaciones donde la experiencia pesa más que los títulos.
Incluir habilidades blandas y digitales en los programas de formación , no solo técnicas.
do Ortega, economista y emprendedor. Añade que la reforma laboral que necesita el país va más allá de modalidades de contratación, sino también de formación y facilidades para formalización , porque considera que la brecha se profundiza en la mayoría de tejido empresarial informal que tiene el país.
Formación no se adapta al mercado laboral
Un dato revelador es que, aunque el 79% de los trabajadores en Quito y el 82% en Guayaquil son considerados competentes por sus empleadores, persisten brechas importantes, especialmente en vendedores, trabajadores de servicios y agricultores. Es decir, aunque muchas personas ya están empleadas, no tienen todas las habilidades que exige su cargo. Por eso, la capacitación aparece como una estrategia crítica. El 78% de las empresas en Quito y el 66% en
La encuesta también revela que el uso de plataformas públicas como Encuentra Empleo es mínimo , donde solo el 7% de las empresas las conocen y han utilizado. Esto representa una oportunidad desaprovechada para mejorar la intermediación laboral y conectar con perfiles capacitados, especialmente en ciudades donde los canales de reclutamiento son informales.
La inclusión laboral aún es baja
Uno de los objetivos de la encuesta fue detectar barreras para la inserción de grupos vulnerables. Sin embargo, los resultados muestran que la mayoría de las empresas aún no ha tomado medidas activas para contratarlos, revelando lo siguiente: Solo el 15% de las empresas ha contratado personas migrantes en los últimos dos años.
Apenas el 10% ha incorporado personas con discapacidad. La presencia femenina en cargos de liderazgo sigue siendo baja, especialmente en Guayaquil, donde los hombres ocupan el 90% de estos cargos. (JS)
En lo que va de 2025, 9.236 personas fueron mordidas por perros. Existen países que prohíben la tenencia de determinadas razas. ¿Qué pasa en Ecuador?
El ataque de un perro a una niña de cuatro años de edad quedó registrado en video. Ocurrió el 29 de julio de 2025, en Guayaquil, donde el can – de raza Pitbull, que estaba suelto– se abalanzó contra la menor y mordió su cabeza.
En el mundo existen países con razas de perros consideradas potencialmente peligrosas, cuya tenencia está normada o prohibida.
En Irlanda, por ejemplo, desde febrero de 2025, la posesión de la raza bully XL solo es posible de tener con un certificado de exención. Además, está prohibida su cría, venta, importación y realojo (dar en adopción).
Mientras que, en Reino Unido, la Ley de Perros Peligrosos prohíbe la tenencia de razas: pitbull terrier, el tosa inu, el dogo argentino y el fila brasileiro.
Bajo estos ejemplos internacionales, es importante preguntarse: ¿qué pasa en Ecuador?
¿Hay prohibición de razas de perros en Ecuador?
En Ecuador, en lo que va del 2025, 9.236 personas fueron mordidas por perros, lo que supera a todo el año 2021, cuando hubo 9.063 casos.
En medio de estas estadísticas, el país no cuenta con una ley nacional que prohíba específicamente ciertas razas de perros. Sin embargo, sí existen regulaciones y ordenanzas locales emitidas por cada municipio donde se establecen normas para la tenencia responsable de perros y cómo – por ejemplo–pasear a un can considerado peligroso.
Quienes viven en Quito, en particular, deben pasear con bozal a los perros que hayan sido diagnosticados como peligrosos. Esto suele hacerse lue-
MASCOTAS. La agresividad de un perro no está determinada por su raza.
go de que un perro haya atacado o presente comportamientos peligrosos. La evaluación la hace un profesional.
La ordenanza de la capital señala que circular con perros diagnosticados como peligrosos en el espacio público o comunitario, exceptuando los lugares de esparcimiento infantil, se debe hacer con un arnés en ‘H’ y una traílla que garantice la sujeción. Además, estas mascotas deberán usar un bozal de canasta o collar de cabeza, y un collar visible de color rojo.
En el Registro Metropolitano de Fauna Urbana (Remetfu) deben estar inscritos los perros diagnosticados, en la categoría especializada para animales de compañía calificados como peligrosos.
En cuanto a razas específicas, existen organizaciones que puedan guiar a los dueños de los canes sobre las normas de tenencia. Por ejemplo, la Asociación de Criadores de Perros Rottweiler del Ecuador (Asoro) tiene protocolos sobre la crianza y reproducción.
Munic ipios como el de Durán (Guayas) tienen una ordenanza que regula la tenencia de perros peligrosos y potencialmente peligrosos, de acuerdo con su peso. “Se consideran perros peligrosos aquellos que por sus características morfológicas tienen gran fuerza, un peso mínimo de 20 kg, tienen cuerpos musculosos, cabezas grandes con mandíbulas potentes, poseen gran resistencia al dolor y se supone que agresividad o valor por encima de la media”.
En estos casos, la norma municipal indica que los dueños deben tener a sus perros (sin que se especifique una raza), en un lugar seguro. En caso de pasearlos, deben salir sujetados con collar y un bozal. (AVV)
El proyecto de ley busca fomentar el uso responsable del cannabis a través de políticas públicas que promuevan la regularización, la capacitación y eviten la criminalización.
La iniciativa de generar una propuesta de proyecto de ley que regularice el uso del cannabis en Ecuador surgió en 2022, a partir de un movimiento ciudadano, pero el objetivo de implementarlo ya existía hace más de 10 años.
Sin embargo, fue en enero de 2025 que el Consejo Nacional Electoral (CNE) autorizó la recolección de firmas de respaldo para la iniciativa popular normativa del “Proyecto de ley orgánica para la regulación integral del uso responsable de cannabis en Ecuador”. Las firmas necesarias corresponden al 0,25% del registro electoral nacional, que representa alrededor de 35.000 rúbricas para que proceda a tratarse en
CANNABIS. Las condiciones climáticas de Ecuador permiten que el país sea competitivo a nivel internacional en la producción de materia prima y productos terminados. (Foto referencial)
la Asamblea Nacional (ver recuadro).
¿Qué incluye la propuesta de ley?
La propuesta está enfocada en una regulación integral del cannabis. Es decir, del uso completo de la planta, enfocada en el cuidado y regularización desde su consumo, su producción hasta la educación al respecto. Así lo explica Daniela Onofre, vocera de la Red de Acción Cannábica del Ecuador (Redcann), una agrupación que reúne a organizaciones cannábicas, profesionales, activistas y usuarios a nivel nacional.
De igual manera, Cristina Martínez, vicepresidenta de la Fundación Ecuatoriana de Medicina Cannábica (Femca), indica que el proyecto tiene como prioridad la prevención del uso problemático en niños y jóvenes que inician a una temprana edad en el consumo de sustancias psicoactivas.
Además, la promoción de un producto de calidad regularizado que evite el consumo de sustancias contaminadas, tóxicas, o que puedan generar problemas de salud mental.
Autocultivo y consumo comercial
El proyecto incluye dos tipos de producción: el autocultivo y el consumo comercial
En el primero, el autocultivo es sin fines comerciales, es decir personas usuarias que podrán cultivar en sus hogares para uso propio. “Se proponen 30 plantas por hogar, organización, etc., que va de la mano de espacios seguros de consumo”, que estarían destinados a personas adultas consumidoras, señala Onofre.
En relación al cultivo comercial, el objetivo es crear una industria regularizada en cuanto al uso medicinal. Daniela explica que el reglamento actual permite el uso medicinal bajo receta médica, pero existe un vacío en cuanto a la producción.
20.000 de 35.000 firmas recolectadas
° A principios de agosto de este año se venció el plazo de seis meses para la recolección de firmas, con un total de 20.000 recolectadas a través de la autogestión de la comunidad cannábica y sin ningún presupuesto.
Frente a este escenario, Onofre explicó que actualmente están exigiendo una prórroga, después de que recién en esta semana el CNE informara que debían acudir a la Asamblea Nacional en primera instancia.
“Pensamos que nos están poniendo trabas; sin embargo, queremos aprovechar la oportunidad y pedir a la Asamblea que nos dé más tiempo para completar las firmas, pero a la par presentar esta propuesta a las diferentes comisiones y esperar que alguien se interese en este proyecto”, indica Daniela. Explica que este proyecto podría significar la solución a temas problemáticos en Ecuador relacionados con la salud, la justicia social, la economía, el tema ambiental e incluso la crisis de las cárceles.
estándares, sin uso de agroquímicos y a un precio justo, son otras de las propuestas que el proyecto presenta.
Este punto también se enfoca en un “consumo basado en evidencias científicas y el acceso terapéutico”, expresa Martínez.
Los extractos de esta planta se investigan en el tratamiento de enfermedades como la epilepsia, el cáncer, el Parkinson y el Alzheimer, así como para aliviar dolores musculares, mejorar el apetito en personas con VIH, reducir la ansiedad, entre otros.
Uso recreativo o ‘uso adulto’
Este uso lúdico de la planta, catalogado como ‘uso adulto responsable’ dentro del proyecto, permite el consumo de cannabis por personas adultas bajo supervisión de expertos, como médicos y psicólogos, para evitar el uso problemático o que sean criminalizados por su consumo.
Los clubes y tiendas con regulaciones y controles de segu-
La propuesta incluye a personas desde los 18 años, pero se espera aumentar esta edad a los 21 años.
ridad permitirían un consumo responsable desde la concentración de cada compuesto en las semillas. “El acompañamiento es importante para reducir daños”, explica Martínez.
Educación y reducción de daños
La propuesta de ley incluye la creación de un instituto nacional de regulación del cannabis como entidad de regularización, control de cultivo, supervisión y comercialización, en conjunto con el Ministerio de Salud.
Con la educación como pilar, el proyecto impulsa talleres y capacitaciones para reducción de riesgos y daños. Se propone la inversión del Estado en campañas de educación con el fin de prevenir el uso temprano de cannabis en niños, niñas, jóvenes, así como poblaciones vulnerables y para las personas que ya presentan un uso problemático. (CPL)
“Como paciente, no sabes a dónde acudir para comprar tu medicina o qué productor va a ofrecerte el producto”, menciona.
La propuesta, entonces, incluye esta regulación al igual que la que tiene el CBD, pero con licencias accesibles y a precios justos para nuevos productores.
“Ecuador es uno de los países más importantes en abastecer materia prima a otros países, lo que quiere decir que funcionó la regulación del CBD. Entonces de esa misma forma queremos que sea el THC”, afirma.
Expertos y dispensarios autorizados
El uso medicinal del cannabis bajo una receta médica emitida por un profesional experto en el sistema endocannabinoide, la implementación de dispensarios médicos que aseguren una buena calidad de producto con
NOTARIO(A) VERONICA KATERINE ARMIJOS AGURTO NOTARIA TERCERA DEL CANTON LOJA
AVISO NOTARIAL DE LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD DE BIENES EN UNIÓN DE HECHO
De conformidad en lo dispuesto en el numeral 23 del Artículo 18 de la Ley Notarial, se pone en conocimiento del público en general que se va a proceder a la inscripción de la Liquidación de la sociedad de bienes en unión de hecho habida entre los señores ROSA ELVIRA MINGA SARANGO Y ANGEL BENIGNO LOZANO LOZANO, convenio celebrado mediante escritura pública otorgada en la Notaría Tercera del cantón Loja, el día trece de junio de dos mil veinticinco, y que comprende lote de terreno signado con el número SEIS (6), de la Manzana "K" del plano de subdivisión, ubicado en el barrio Jipiro, parroquia El Valle, cantón y provincia de Loja, lote de terreno signado con el número VEINTIUNO (21), de la manzana "J" del plano de subdivisión, ubicado en el barrio Jipiro, parroquia El Valle, cantón y provincia de Loja; y, lote de terreno número uno (1), hoy con construcción, ubicado en la Zona Pie de Milla, parroquia San Lucas, cantón y provincia de Loja. Particular que comunico para los fines legales consiguientes y de no existir oposición en el término de veinte días contados desde la publicación del presente extracto se dispondrá dicha Inscripción.Loja, 13 de junio de 2025
Dra. Verónica Armijos Agurto NOTARIA TERCERA DEL CANTÓN LOJA
A pesar de que el Gobierno de Brasil ha reiterado su “disposición para negociar”, la situación con Estados Unidos escala a la Organización Mundial del Comercio (OMC).
El Gobierno de Brasil ha presentado ante la Organización Mundial del Comercio (OMC) una petición de consultas con Estados Unidos en relación a los aranceles indiscriminados de hasta el 50% impuestos por el presidente Donald Trump y que, a juicio del país sudamericano, “violan flagrantemente” los compromisos suscritos por Washington.
El Ministerio de Exteriores brasileño ha advertido en
un comunicado de que una “amplia gama” de productos se verán afectados por las tasas aplicadas desde este 6 de agosto de 2025, que según Brasil incumplen, por ejemplo, los límites arancelarios negociados bajo el paraguas de la OMC.
El Gobierno de Luiz Inácio Lula da Silva ha reiterado su “disposición para negociar”, para lo cual aspira a entablar consultas bilaterales con el país norteameri-
cano con vistas a encontrar una “solución”, si bien el mecanismo que busca activar Brasil no es inmediato.
Disputa a la vista
Ante la situación, las partes deberían pactar “en las próximas semanas” la fecha
Brasil admite la posibilidad de incluir minerales y tierras raras en
° El ministro de Hacienda, Fernando Haddad, ha confirmado la posibilidad de incluir minerales críticos y tierras raras en las negociaciones arancelarias con Estados Unidos para alcanzar un acuerdo entre ambos países y evitar así la tasa del 50% anunciada por el presidente estadounidense, Donald Trump, a las importaciones brasileñas.
“Tenemos minerales críticos y tierras raras. Estados Unidos no es rico en estos minerales. Podemos establecer acuerdos de cooperación para producir baterías más eficientes”, declaró Haddad en una entrevista con la radio local BandNews.
Otros sectores estratégicos destacados por
y el lugar de esas supuestas consultas. Sin embargo, en caso de que Estados Unidos no aceptara, Brasil se reserva el derecho de solicitar la puesta en marcha de un panel encargado de dirimir en esta disputa.
La semana pasada, tras el anuncio de Trump, Lula se mostró también “abierto al diálogo”, pero avisó de que las autoridades brasileñas trabajarían para proteger la economía nacional y dar respuesta a los nuevos aranceles, atribuidos a razones de índole política.
Precisamente, Trump anunció hace una semana la implementación de un arancel adicional del 40% sobre las importaciones brasileñas, elevando así la tasa hasta el 50%, para “enfrentar las recientes políticas” que el gobierno de Luiz Inácio Lula da Silva está llevando a cabo, en especial el procesamiento “por motivos políticos” del expresidente brasileño, Jair Bolsonaro.
el ministro en los que ambos países podrían colaborar fueron las energías renovables o la tecnología.
Respecto al impacto inmediato de los aranceles, Haddad aseguró que Estados Unidos representaba el 25% de las exportaciones brasileñas, pero que esta cifra se ha reducido hasta el 12%. El Gobierno brasileño ya ha elaborado un plan de contingencia con medidas crediticias y apoyos de emergencia que será adaptado a la situación específica de cada sector.
Sin embargo, el titular de Hacienda ha reconocido que algunas empresas deberán invertir en nuevos equipos y reorientar su producción. En esos casos, “la solución podría ser una línea de crédito subsidiada”, apuntó.
Con todo, el representante gubernamental expresó su confianza en alcanzar un acuerdo con Estados Unidos, puesto que existen “muchas oportunidades de beneficio mutuo que se están bloqueando sin motivo alguno”. (Europa Press)
Con Gabriela Vivanco
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Expertos de Virginia Tech han sido pioneros en un nuevo enfoque para crear plásticos resistentes totalmente reciclables a partir de algas de células completas y componentes químicos comunes. El nuevo plástico híbrido es robusto y altamente adaptable. Puede remodelarse fácilmente en nuevas formas o incluso descomponerse por completo. (Europa Press)