PARA UNA TEORÍA DE LA NORMA JURÍDICA

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dentro de él serán normas, en honor al principio epistemológico de uniformidad del

objeto.

Ello

porque

las

entidades

«leyes»,

«contratos»,

«actos

administrativos», «expropiación», «matrimonio», «tributo», etc., reducidos a la expresión más simple, asumen la condición de normas jurídicas. Y la prueba de ello está en la circunstancia según la cual la institución, modificación y extinción de esas figuras se realizan mediante reglas de derecho.

En el plano de las formulaciones normativas, al mencionarse el contenido de la norma general y concreta en términos primarios o secundarios, nos depararemos con una importante sección semántica. Dado que la aplicación de la norma secundaria sujeto compete únicamente al Estado-Juez, ésta viene a constituir un subconjunto dentro de aquél en el que se inscriben los sujetos competentes de la norma primaria. En ésta, son sujetos de derecho el Estadolegislativo, el Estado-ejecutivo y el Estado-judicial, así como los particulares, puesto que hay hipótesis en las que la ley autoriza al particular a hacer efectiva la norma jurídica. El contenido de la norma primaria abarca el de la norma secundaria, aunque con más amplitud.

Por último, depuraremos la norma individual y abstracta, menos frecuente en el sistema que las tres antes explicitadas. Es aquélla que toma el hecho descrito en el antecedente como una tipificación de un conjunto de hechos; y que, en el marco de sus destinatarios, se orienta a un cierto individuo o grupo identificado de personas. Sería el caso, por ejemplo, de una consulta fiscal, en la que el interesado, aunque inerte, cuestiona al Fisco sobre la posibilidad de una determinada conducta a efectos tributarios. La respuesta del Fisco sacará a la luz una norma individual y abstracta: yuxtapone el antecedente hipotético (objeto de la consulta), al consecuente individualizado, dado que ya se pueden determinar los sujetos y el objeto de la relación vehiculada por la consulta.

Otros dos ejemplos significativos son la servidumbre de paso y el régimen especial. Al conceder una servidumbre de paso mediante sentencia, el Juez expide una norma individual y abstracta. En el antecedente no indica un hecho determinado en el tiempo y en el espacio, sino una hipótesis factual que se desarrolla en el tiempo. Ante el análisis lingüístico del vocablo «paso», 20


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