rapidez e imparcialidad que requiere la situación, por lo cual no se sanciona a los responsables de vulnerar los derechos de los niños y niñas con responsabilidad penal (OEA-CIDH, 2011, párr. 585, 586). 162. Del mismo modo, y teniendo como base práctica al instrumento elaborado por el IIN “Lineamientos para Responder a la Violencia contra los Niños, Niñas y Adolescentes en Contacto con el Sistema de Justicia Penal” (2016) se ha podido determinar que no todos los Estados de la región cuentan con un mecanismo idóneo para prevenir y responder los actos de violencia institucional contra niños y niñas con responsabilidad penal. 163. En ese sentido señala el documento, la categoría de “idoneidad” de un instrumento responde respecto a la presencia de todos o gran parte de los siguientes elementos: - “Prohibición de actos de violencia contra los y las adolescentes. Que la prohibición de violencia se extienda a los funcionarios y autoridades del Centro, como a los otros/as adolescentes. - Mecanismo de denuncia o queja a disposición de los y las adolescentes, y que éste goce de garantías: inmediatez, confidencialidad, eficacia y se prevean sanciones para los intentos de bloqueo. - Obligación por parte de funcionarios de denunciar o comunicar, ya sea a su superior o la justicia, las situaciones que violenten los derechos de los y las adolescentes. - Que se contemple medidas de protección inmediatas para la víctima una vez conocido el hecho de violencia. - Que se prevean procedimientos para la investigación y sanción de las situaciones denunciadas, y que dichos mecanismos entreguen garantías de imparcialidad” (INN-OEA, 2016, p.10). 164. Teniendo en cuenta las premisas anteriores, a continuación, se describirán y analizarán las categorías propuestas por separado, con el objetivo de sentar un panorama general de prevención y gestión de la violencia institucional dentro de los sistemas de responsabilidad penal adolescente.
6.1. Desjudicialización de los niños, niñas y adolescentes. Políticas públicas y prácticas restaurativas. 165. Como se ha detallado, una de las primeras acciones a realizar para prevenir y gestionar la violencia institucional dentro de los sistemas de responsabilidad penal adolescente tiene que ver con reducir al máximo posible las eventuales oportunidades de que ésta tenga lugar.
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