Automática e Instrumentación - nº 470

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INFORME

Automática e Instrumentación

Inmisión

Emisión

Gestión del ruido ambiental 2002/49/CE Salud laboral - ruido 2003/10/CE

Emisiones ruido vehículos 70/157/CEE 1999/101/CE Uso de maquinaria al aire libre 2000/14/CE - 2005/88/CE Ruido de neumáticos 92/23/CEE 2001/43/CE

Salud laboral - vibraciones 2002/44/CE

Europa

Trasposiciones de directivas y desarrollo reglamentario Ley 37/2003, del ruido R.D. 1513/2005 y R.D. 1376/2007, desarrollo Ley del ruido R.D. 524/2006, emisiones sonoras R.D. 286/2006, protección a los trabajadores - ruido de maquinaria R.D. 1311/2005 protección a los trabajadores- vibraciones

,

CCAA

Leyes y reglamentos, en la gestión de ruido ambiental, ya que las competencias están trasferidas a las CCAA.

Municipios

Ejemplos

España

Instrumentación: R.D. 889/2006, Orden ITC/2845/2007 control metrológico Edificación: R.D. 1371/2007 y R.D. 1675/2008, código técnico de la edificación (DB-HR) Cataluña : Ley 16/2002 Aragón: Ley 7/2010 Baleares: Ley 1/2007

Ordenanzas municipales de gestión de la contaminación acústica

n Cuadro resumen de la normativa existente.

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del ruido (contaminación acústica) sobre las personas están demostrados y publicados en numerosos estudios. No solamente daños auditivos (pérdida auditiva y afectación a la estructura interna del oído) por una exposición muy elevada y continua, sino que existen toda una serie de patologías, no auditivas, asociadas a la exposición al ruido, como son alteración del sueño, trastornos psicológicos (depresión, estrés, ansiedad), efectos sobre el comportamiento (irritabilidad, interferencias de comunicación, disminución del rendimiento y aprendizaje), problemas cardiovasculares, con un aumento de la presión arterial, y problemas sobre el sistema inmunológico, respiratorio o digestivo. Normativa Debido a los efectos perjudiciales del ruido sobre las personas, la mayor parte de la legislación desarrollada va encaminada a proteger a las personas de la contaminación acústica. Esta protección puede realizarse limitando el nivel o tiempo de exposición sobre las personas (receptores) o puede realizarse disminuyendo el nivel generado por las fuentes emisoras de ruido. Las limitaciones del ruido generado por los diferentes emisores acústicos (maquinaria, vehículos,…) vienen principalmente determinadas por directivas europeas, que a su vez

son transpuestas por cada estado miembro de la UE mediante leyes o reglamentos. También los límites de exposición al ruido y a las vibraciones de los trabajadores en el lugar de trabajo, y los procedimientos de medida y evaluación, quedan establecidos por directivas europeas y transpuestas a legislación estatal. En el campo de la edificación, donde hay normativa específica, se establecen requisitos de aislamiento acústico al ruido aéreo, aislamiento al ruido de impacto o del tiempo de reverberación para asegurar la calidad acústica de espacios en ambiente interior, así como los procedimientos de medida y de cálculo asociados a cada uno de los ensayos. Uno de los ámbitos de la acústica más legislado es el ambiental, debido a los múltiples aspectos regulados y donde las competencias están muy distribuidas en las diferentes administraciones. En este apartado encontraríamos directivas cuyo objetivo es la gestión del ruido a largo plazo, normativa específica estatal y autonómica, con límites y procedimientos de las diferentes fuentes de ruido que podemos encontrar en nuestro entorno, y finalmente reglamentación a nivel municipal, donde las ordenanzas municipales regulan aspectos muy concretos de la convivencia urbana, buscando un compromiso entre el derecho de los ciudadanos a la calidad acústica y el

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funcionamiento de las actividades o las relaciones de vecindad. Dentro de este apartado de normativa se deberían incorporar normas generadas y/o publicadas por organismos (públicos y privados) que sirven de referencia, y que más adelante pueden ser adoptadas como guía para las diferentes administraciones responsables de regular los diferentes ámbitos de la acústica: europea, estatal, autonómica o local. Estas normas, como UNE, ISO, CEI, pueden desarrollar tanto procedimientos y métodos de medida y cálculo como valores de referencia, pero no son vinculantes, solo orientativas de las magnitudes a medir. Cuando las diferentes administraciones legislan, finalmente tienen en cuenta estos procedimientos o métodos de cálculo, y en muchas ocasiones sitúan los valores de referencia de la norma como valores límite. Algunas normas de referencia en los diferentes campos de la acústica pueden ser: • Medidas del ruido ambiental: UNE-ISO 1996-1 / UNE-ISO 19962. • Medidas de vibraciones: UNEISO 2631-1 / UNE-ISO 2631-2 • Medidas de los niveles de potencia acústica de maquinas y equipos: UNE-EN ISO 3740, UNE-EN ISO 3741, UNE-EN ISO 3744, UNE-EN ISO 3746,… • Medidas de aislamiento acústico: UNE-EN ISO 16283-1, UNE-EN ISO 140-5 / UNE-EN ISO 140-7, UNE-EN ISO 717-1 / UNE-EN ISO 717-2,… • Medidas del tiempo de reverberación: UNE-EN ISO 3382-1 / UNE-EN ISO 3382-2 • Medidas del ruido emitido por máquina y equipos en el lugar de trabajo: UNE-EN ISO 11200 / UNEEN ISO 11202,… Instrumentación La instrumentación utilizada para realizar todas estas mediciones es variada y amplia, aunque podríamos distinguir un elemento común: el sonómetro o analizador. Básicamente, un sonómetro se compone de un transductor y el


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