El Nuevo Diario

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MARTES, 20 DE SEPTIEMBRE DE 2016

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5B

Asunto: Solicitud de Anuncio de Pérdida de Certificación

AVISO PERDIDA CERTIFICADO FINANCIERO

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Se hace público que se han extraviado los el certificado de depósitos 98700130007333476861733347686, expedido por el BANCO POPULAR DOMINICANO en fecha 27/07/2006, por valor de TREINTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 00/22 (RD$30,550.22), a favor de LUIS CASTRO, cédula 001-0652947-2. Santo Domingo, D.N., 16 de septiembre 2015.

Se hace de público conocimiento y para los fines de ley correspondiente, la pérdida del Certificado Financiero No.402-1-50-34457-3 , emitido por BANRESERVAS, por la suma de RD$100,000.00 (CIEN MIL PESOS DOMINICANOS CON 00/100), con apertura en fecha 27 de Septiembre del año 2011, a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor del señor : FRANCISCO ANTONIO SUAREZ REYES Depositante (RDCO-11366-DA-19-20-21/09/2016)

Se avisa por este medio que se ha extraviado el Certificado Financiero No. 402-02-750-000563-9, documento No. 124210, por la suma de Seis Mil Doscientos Dólares (U$6,200.00), documento No. 124210, Expedido por el BANRESERVAS, a nombre de la señora DENNY ALTAGRACIA RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, dominicana, mayor de edad, casada, empleada privada, portadora de la cédula de identidad y electoral No. 031-0021362-7, domiciliada y residente en la calle 8, No. 37, Henríquez, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros.

PUBLICACION DE DIVORCIO

AVISO DE EMPLAZAMIENTO DE DIVORCIO

En virtud de las disposiciones de la ley 1306- Bis, se hace de Público conocimiento lo siguiente: Que en fecha Doce (12) del mes de Agosto del año dos mil Dieciséis (2016), La Octava Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, Especializada en Asuntos de Familia, ha dictado en sus atribuciones civiles la Sentencia Civil No.00829-16, cuyo dispositivo es el siguiente: PRIMERO: ADMITE el divorcio por Mutuo Consentimiento entre los esposos Sara Herminia De La Cruz y Margarito Sánchez, en consecuencia homologa el Acto de estipulaciones y convenciones de divorcio No.25/2016, Instrumentado por el Notario Público del Distrito Nacional Lic. Geris Rodolfo de León, en fecha 15/04/2016. SEGUNDO: ORDENA al Oficial del Estado Civil correspondiente, a pronunciar el Presente divorcio, COMPENSA pura y simplemente las costas del procedimiento. Así se Pronuncia, Ordena, Manda y Firma: (Firmados: ROSA ENCARNACION FERRERAS, SECRETARIA. La sentencia que antecede ha sido dada y firmada por la Magistrada Jueza de este tribunal Daysi Miguelina Abreu Urbáez, el mismo día, mes y año citados, la cual ha sido leída y publicada por la Secretaria que certifica. El presente Divorcio fue pronunciado en fecha Dieciocho (18), del mes de Agosto, del año dos mil Dieciséis (2016), por ante el Oficial del Estado Civil de la Primera Circunscripción del Distrito Nacional, en el Libro Registro de Divorcio No.00015, Folio No.0138, Acta No.001447, del año 2016; En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los Quince (15) días del mes de Septiembre del año dos mil Dieciséis (2016).

En cumplimiento con las disposiciones delArtículo 22, de la Ley 1306-Bis, sobre Divorcio en la República Dominicana, la señora VICTORIA GARCIA, dominicana, mayor de edad, casada, comerciante, provista de la Cédula de identidad y Electoral número 031-0208255-3, domiciliada y residente en la calle Vanessa Ramírez Fañas (tramo, antigua Proyecto Calle 9), EntradaA, número 11, del sector de Gurabo al Medio, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, República Dominicana, quien tiene comoAbogado Constituido yApoderadoEspecialalDR.CARLOSJOSEHERNANDEZHERNÁNDEZ,AbogadodelosTribunalesdelaRepública, debidamente inscrito en el Colegio deAbogados, mediante Matrícula número 41421-571-86, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la Cédula de Identidad y Electoral número 031-0148213-5, con estudio profesional abierto en la Carretera Turística Luperón, número 152, del sector de Gurabo, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, por este medio leADVIERTE a su legítimo esposo, JUAN GARCIA, cuyo último domicilio conocido en el país fue en la calle Prolongación 7, casa número 7, del subsector Cristo Rey, del sector de Gurabo al Medio, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, y que falta la información y conocimiento de su domicilio y lugar de residencia actual, procederá a EMPLAZARLE enAcción de Divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres, en la persona del Magistrado del Distrito Judicial de Santiago, el día miércoles, que contaremos a doce (12) del mes de octubre del año Dos Mil Dieciséis (2016), a las nueve (8:00) horas de la mañana, por ante la Cuarta Sala Civil y Comercial, de Asuntos da Familia, del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santiago, a la audiencia que a puertas cerradas y en sus atribuciones civiles celebrará dicha Sala en el Salón deAudiencias de la Segunda Sala Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santiago, ubicado en la cuarta planta del Palacio de Justicia Lic. Federico CarlosAlvarez, situado en la manzana formada por las avenidas 27 de Febrero y Circunvalación, y las calles E. Guerrero y Dr. Ramón García, del Ensanche Román I, de esta ciudad de Santiago de los Caballeros, provincia de Santiago, República Dominicana, a los fines de conocer sobre la Demanda de Divorcio por la causa determinada de Incompatibilidad de Caracteres y domicilio desconocido, interpuesta por su legítima esposa, VICTORIA GARCÍA, en contra de su legítimo esposo, JUAN GARCIA. En la ciudad de Santiago de los Caballeros, Municipio y Provincia de Santiago, a los quince (15) días del mes de septiembre, del año Dos Mil Dieciséis (2016).

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO

Atentamente, LICDO. PEDRO ANTONIO MERCEDES, Abogado Apoderado.

FC 337177

Lic. Yhonni H. Gómez Báez Abogado FC337260

DR. CARLOS JOSE HERNANDEZ HERNANDEZ, Abogado Apoderado.

AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA DE INMUEBLE EMBARGADO

AVISO DE VENTA EN PUBLICA SUBASTA DE INMUEBLE EMBARGADO

Fía sido fijada para el día Jueves que contamos a Veintisiete (27) del mes de Octubre del año Dos Mil Dieciséis (2016) a las 9:00 horas de la mañana, la audiencia pública de pregones, en que se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, que celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial de San Pedro de Macorís sito en la Calle l,aureano Galano Canto No. 01 Esquina calle Hermanas Mirabal, del, Sector Villa Providencia de la ciudad de San Pedro de Macorís, del inmueble siguiente: Una Porción de Terreno con su mejora, que mide 1,010.99 Mts2, con la Matrícula No.2100010977, de la Designación Catastral No. 405357779719; ubicado en la provincia de San Pedro de Macorís; embargado en perjuicio del Sr. VLADIMIR BULAVIN, de Nacionalidad Rusa, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 023-01519514, casado, residente en la ciudad de Santo Domingo, de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 189-11, del 12 de Febrero del 1963, a requerimiento del BANCO DE AHORRO Y CREDITO FEDERAL, S.A. Entidad de Intennediación Financiera constituida de conformidad con las leyes de la República Dominicana, RNC 1-01-14602-8, Registro Mercantil número 11476SD, con su domicilio y asiento social sito en la avenida Abraham Lincoln número 1061, del sector Serralles, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, debidamente representada por su Vicepresidente Ejecutiva quien actúa de conformidad con la facultad otorgada a su favor por el Consejo de Administración la señora EYILDE MARGARITA GRACIA SANZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, ejecutiva bancaria, pasaporte venezolano número 114822642, domiciliada y residente en la ciudad de Santo Domingo, el cual tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a las LICDAS. LUZ MARIA DUQUELA CANO y TANIA MARIA KARTER DUQUELA, dominicanas, mayores de edad, abogadas de los tribunales de la Republica, portadoras de las cédula de identidad y electorales Nos. 001-0145023-7 y 001-1098579-3, domiciliada y residente en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, con su estudio profesional abierto en la Ave. 27 de Febrero No. 265, Apto. 201, Ensanche Piantini, Teléfono No. (809)565-0322, y domicilio Ah-doc, en la Secretaria de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Distrito judicial de San Pedro de Macorís, sito en la Calle Laureano Galano Canto No. 01 Esquina calle Hermanas Mirabal, del Sector Villa Providencia de la ciudad de San Pedro de Macorís, lugar donde ha hecho elección de domicilio el persiguiente para los fines del procedimiento de embargo inmobiliario. ACTUACIONES PRELIMINARES: El mandamiento de pago fue notificado al embargado el día Ocho (08) del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciséis (2016) mediante el Acto Número 388/2016, instrumentado por el Ministerial Ramón Villa, alguacil Ordinario de la Suprema Corte de Justicia, y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario, e inscrito por ante el Registro de Títulos de San Pedro de Macorís, en fecha Veintinueve (29) del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciséis (2016). El Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones, que regirá la Venta en Pública Subasta, fue depositado en fecha Siete (07) del mes de Septiembre del año Dos Mil Dieciséis (2016), en la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís. El persiguiente BANCO DE AHORRO Y CREDITO FEDERAL, S.A., ha fijado para la primera puja, la suma de SEIS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 86/100 (RD$6,824,352.86), que es el monto a que asciende la deuda principal e intereses. Todo subastador deberá depositar en manos del Abogado del persiguiente, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria de la República Dominicana. Se advierte a los Licitadores, que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. El deudores, serán citados por Acto de Alguacil para presenciar la venta. Todo extranjero que desee hacerse adjudicatario, deberá tener previamente autorización del Poder Ejecutivo. En la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, hoy día catorce (14) del mes de septiembre del año dos mil dieciséis (2016).

Ha sido fijada para el día Jueves que contamos a Veintisiete (27) del mes de Octubre del año Dos Mil Dieciséis (2016) a las 9:00 horas de la mañana, la audiencia pública de pregones, en que se procederá a la venta en pública subasta al mejor postor y último subastador, que celebrará la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial de San Pedro de Macorís sito en la Calle Laureano Galano Canto No. 01, esquina calle Hermanas Mirabal, del Sector Villa Providencia de la ciudad de San Pedro de Macorís, del inmueble siguiente: La unidad funcional G-1, que mide 271.79 Mts2 del condominio ALEXANDRA, ubicado en la provincia de San Pedro de Macorís, con la matrícula No.2100018583, de la Designación Catastral No. 405377880502; embargado en perjuicio de los Sres. ROMAN KRYMOV, de Nacionalidad Ucraniana, mayor de edad, portador de la cédula de identidad No. 402-2499982-7, casado con IANA KRYMOVA, ambos residente en la ciudad de Santo Domingo, de acuerdo con las disposiciones de la Ley No. 189-11, del 12 de Febrero del 1963, a requerimiento del BANCO DE AHORRO Y CREDITO FEDERAL, S.A. Entidad de Intermediación Financiera constituida de conformidad con las leyes de la República Dominicana, RNC 1-01-14602-8, Registro Mercantil número 11476SD, con su domicilio y asiento social sito en la avenida Abraham Lincoln número 1061, del sector Serrallés, de la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, debidamente representada por su Vicepresidente Ejecutiva, quien actúa de conformidad con la facultad otorgada a su favor por el Consejo de Administración la señora EYILDE MARGARITA GRACIA SANZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, ejecutiva bancaria, pasaporte venezolano número 114822642, domiciliada y residente en la ciudad de Santo Domingo, el cual tiene como abogados constituidos y apoderados especiales a las LICDAS. LUZ MARIA DUQUELA CANO y TANIA MARIA KARTER DUQUELA, dominicanas, mayores de edad, abogadas de los tribunales de la República, portadoras de las cédula de identidad y electorales Nos. 0010145023-7 y 001-1098579-3, domiciliada y residente en esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, con su estudio profesional abierto en la Ave. 27 de Febrero No. 265, Apto. 201, Ensanche Piantini, Teléfono No. (809) 565-0322, y domicilio Ah-doc, en la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Distrito judicial de San Pedro de Macorís, sito en la Calle Laureano Galano Canto No. 01 Esquina calle Hermanas Mirabal, del Sector Villa Providencia de la ciudad de San Pedro de Macorís, lugar donde ha hecho elección de domicilio el persiguiente para los fines del procedimiento de embargo inmobiliario. ACTUACIONES PRELIMINARES: El mandamiento de pago fue notificado al embargado el día Ocho (08) del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciséis (2016) mediante el Acto número 389/2016, instrumentado por el Ministerial Ramón Villa, alguacil Ordinario de la Suprema Corte de Justicia, y convertido de pleno derecho en embargo inmobiliario, e inscrito por ante el Registro de Títulos de San Pedro de Macorís, en fecha Veintinueve (29) del mes de Agosto del año Dos Mil Dieciséis (2016). El Pliego de Cargas, Cláusulas y Condiciones, que regirá la Venta en Pública Subasta, fue depositado en fecha Siete (07) del mes de Septiembre del año Dos Mil Dieciséis (2016), en la Secretaría de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Pedro de Macorís. El persiguiente BANCO DE AHORRO Y CREDITO FEDERAL, S.A, ha fijado para la primera puja, la suma de CUATRO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 03/100 (RD$4,562,455.03), que es el monto a que asciende la deuda principal e intereses. Todo subastador deberá depositar en manos del Abogado del persiguiente, el equivalente a un diez por ciento (10%) del precio de la primera puja en efectivo o cheque certificado por una institución bancaria de la República Dominicana. Se advierte a los Licitadores, que las pujas sólo serán recibidas por ministerio de abogado. Los deudores, serán citados por Acto de Alguacil para presenciar la venta. Todo extranjero que desee hacerse adjudicatario, quedan sometidos a los mismo requisitos que los dominicanos. En la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, hoy día catorce (14) del mes de septiembre del año dos mil dieciséis (2016).

En virtud de la Ley No. 189-11, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana.

LICDAS. LUZ MARIA DUQUELA CANO, Y TANIA MARIA KARTER DUQUELA, Abogados del Persiguiente.

FC 337241

En virtud de la Ley No. 189-11, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en la República Dominicana.

LICDAS. LUZ MARIA DUQUELA CANO, Y TANIA MARIA KARTER DUQUELA, Abogados del Persiguiente.

FC 337241

Se hace de público conocimiento y para los fines de ley correspondiente, la pérdida del Certificado Financiero No. 020449, emitido por la ASOCIACION LA VEGA REAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, (ALAVER), a nombre de las señoras AURA ESTELA HERNANDEZ, ZAIDA MARGARITA BASILIS HERNANDEZ Y AURA ESTELA BASILIS HERNANDEZ, por la suma de RD$2,000,000.00, con apertura en fecha primero (1ro.) del mes de mayo de 2013 y vencimiento el treinta (30) de mayo de 2013, a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del certificado sustituto a favor de las señoras AURA ESTELA HERNANDEZ, ZAIDA MARGARITA BASILIS HERNANDEZ Y AURA ESTELA BASILIS HERNANDEZ. (JMCM-AC-9978-PC-19-20-21/09/2016-2/3).

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento y para los fines de ley correspondiente, la pérdida del Certificado Financiero No. 020448, emitido por la ASOCIACION LA VEGA REAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, (ALAVER), a nombre de las señoras AURA ESTELA HERNANDEZ, ZAIDA MARGARITA BASILIS HERNANDEZ Y AURA ESTELA BASILIS HERNANDEZ, por la suma de RD$2,000,000.00, con apertura en fecha primero (lro.) del mes de mayo de 2013 y vencimiento el treinta (30) de mayo de 2013, a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del Certificado sustituto a favor de las señoras AURA ESTELA HERNANDEZ, ZAIDA MARGARITA BASILIS HERNANDEZ Y AURA ESTELA BASILIS HERNANDEZ. (JMCM-AC-9978-PC-19-20-21/09/2016-1/3).

PERDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se hace de público conocimiento y para los fines de ley correspondiente, la pérdida del Certificado Financiero No. 026103, emitido por la ASOCIACION LA VEGA REAL DE AHORROS Y PRESTAMOS PARA LA VIVIENDA, (ALAVER), a nombre de los señores AURA ESTELA HERNANDEZ, RICARDO SALVADOR BASILIS Y SALVADOR ENRIQUE BASILIS, por la suma de RD$1,000,000.00, con apertura en fecha cuatro (04) del mes de diciembre de 2015 y vencimiento el tres (03) de junio de 2016, a los fines de que la institución proceda a la anulación de dicho certificado y a la expedición del Certificado sustituto a favor de los señores AURA ESTELA HERNANDEZ, RICARDO SALVADOR BASILIS Y SALVADOR ENRIQUE BASILIS. (JMCM-AC-9978-PC-19-20-21/09/2016-3/3).

AVISO DE PÉRDIDA DE CERTIFICADO DE TÍTULO Una poción de Terreno dentro de la parcela No. 2402, del distrito Catastral No. 7, Distrito municipal de El Llano, Municipio de Baní, con una extensión superficial de Trecientos Diez metros cuadrados, (310.000 mts2), dentro de los linderos generales de Dicha Parcela; Amparado por el título o matrícula No. 9531, de fecha 28 de noviembre del año mil novecientos noventa y uno (1991); Expedido por el registrador de Títulos del Departamento de Baní, propiedad de BENANCIO DE JESÚS HERNANDEZ CABRERA. En la ciudad de Baní, Provincia Peravia, República Dominicana, hoy día diecinueve (19) del mes del año dos mil dieciséis (2016).

LIC. MIGUEL ELIAS SUAREZ PEREZ. ABOGADO APODERADO.

FC337273

PÉRDIDA DE CERTIFICADO FINANCIERO Se ha extraviado el Certificado Financiero No. 403-011-018834-5, por un valor de 20,000.00 (VEINTE MIL PESOS), expedido por BANCOMERCIO a nombre de RAMONA SÁNCHEZ PACHE, HERIBERTO MATEO SÁNCHEZ Y TERESITA S. RODRÍGUEZ. FC337268


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